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      <title>Técnicas especiales de investigación. by AMA</title>
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      <description>Cptn. Galarza Ramón Juan Estuardo.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-08-21 04:20:47 UTC</pubDate>
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         <title>Integrantes.</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>Cptn. Galarza Ramón Juan Estuardo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 21:04:10 UTC</pubDate>
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         <title>Tema.</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>Técnicas especiales de investigación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 21:05:56 UTC</pubDate>
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         <title>Técnicas especiales de investigación.</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 21:29:24 UTC</pubDate>
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         <title>Operaciones encubiertas (Art. 483)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>-De manera excepcional, bajo la dirección de la unidad especializada de la Fiscalía, se podrá planificar y ejecutar con los policías investigadores, una operación encubierta.<br><br><br>-Se podrá autorizar a sus agentes para involucrarse o introducirse en organizaciones o agrupaciones delictuales ocultando su identidad oficial.<br><br><br>-El objetivo es identificar a los participantes, reunir y recoger información, elementos de convicción y evidencia útil para los fines de la investigación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 21:44:39 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Agente encubierto informático (Art. 483.1)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>-<mark>Intercambio de archivos y contenido ilícito</mark>: El texto menciona la posibilidad de intercambiar y enviar archivos o ficheros que contengan contenido ilícito como parte de las actividades de investigación.<br><br>-<mark>Preservación y descifrado de información</mark>: Se hace referencia a la aplicación de técnicas para preservar y descifrar información recolectada que sea relevante para la investigación. Esto sugiere que se trate de una actividad relacionada con la recopilación y el análisis de pruebas.<br><br><mark>Obtención de imágenes y grabaciones</mark>: Se autoriza la obtención de imágenes y grabaciones en audio o video de las conversaciones con personas bajo investigación. Esta acción se llevará a cabo utilizando cualquier medio tecnológico disponible en cualquier lugar.</div><div><br>-<mark>Autorización judicial</mark>: Se menciona que el fiscal debe obtener autorización judicial previa para llevar a cabo la obtención de imágenes y grabaciones, lo que implica un proceso legal y regulado para garantizar la legalidad de estas acciones.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 21:46:51 UTC</pubDate>
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         <title>Reglas(Art. 484)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>Tiene 8 reglas:<br><br>-La operación será dirigida por la unidad especializada de la Fiscalía, y solicitada por los policías investigadores.<br><br>-Responde al principio de necesidad, con limitaciones de tiempo y controles de no vulnerar DD.HH.<br><br>-El agente no podrá impulsar un delito (tiene que ser por iniciativa de los investigados)<br><br>-La identidad al agente se mantendrá en la versión y se podrá mantener por 2 años, con una prórroga de 2 años más.<br><br>-Todo agente encubierto tendrá las mismas protecciones que los testigos.<br><br>-Las versiones del agente encubierto servirán como elementos de convicción.<br><br>-Las diligencias necesarias en la operación el Fiscal las solicitará al juzgador competente por cualquier medio.<br><br>-Los elementos de convicción obtenidos por agentes encubiertos no autorizados carecen de todo valor.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 22:17:39 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Entregas vigiladas o controladas (Art. 485)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>-<mark>Propósito de la acción:</mark> El propósito principal de esta acción es identificar e individualizar a las personas que participan en actividades ilícitas, conocer sus planes, evitar el uso ilícito de instrumentos y productos relacionados con actividades delictivas, así como prevenir delitos y comprobar.<br><br>-<mark>Autorización de la Fiscalía</mark>: La Fiscalía tiene la autoridad para autorizar y permitir el movimiento de remesas o envíos que sean considerados ilícitos o sospechosos. Esto incluye instrumentos que pueden utilizarse para cometer delitos, productos de actividades ilícitas y sustancias sujetas a fiscalización.<br><br>-<mark>Control y vigilancia</mark>: La autoridad competente, que generalmente sería la Fiscalía o las fuerzas de seguridad, tiene la responsabilidad de supervisar dentro y controlar el movimiento de estos elementos y fuera del territorio nacional. Esto implica la capacidad de interceptar, guardar o circular dichos elementos bajo su vigilancia.<br><br>-<mark>Prevención del crimen</mark>: La medida descrita en el texto tiene como objetivo principal prevenir la comisión de delitos al detectar y evitar el uso ilícito de instrumentos, productos y sustancias relacionadas con actividades ilícitas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 22:23:37 UTC</pubDate>
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         <title>Procedimiento para la entrega vigilada (Art. 486)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2667967389</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Entregas vigiladas o controladas</mark></strong><strong>:</strong> La Fiscalía puede planificar y llevar a cabo entregas vigiladas o controladas como una técnica de investigación en casos de delincuencia organizada. Esto implica permitir que ciertas actividades delictivas continúen bajo supervisión para obtener más información y evidencia.<br><br>-<strong><mark>Objetivo</mark></strong><strong>:</strong> El propósito de utilizar esta técnica es facilitar la identificación de otros participantes en el delito, ya sea en el país o en el extranjero.<br><br>-<strong><mark>Suspensión de la técnica</mark></strong><strong>:</strong> Si durante el desarrollo de la entrega vigilada o controlada surgen riesgos para la vida o la integridad de los agentes encubiertos, informantes o servidores públicos involucrados, la Fiscalía tiene la autoridad para suspender la técnica en cualquier momento.<br><br>-<strong><mark>Detención en flagrancia</mark></strong><strong>:</strong> En casos de peligro inminente, los servidores encargados de la entrega vigilada o controlada pueden aplicar las normas de detención en flagrancia, lo que significa que pueden arrestar a los delincuentes en el acto si es necesario para proteger vidas o recolectar evidencia importante .<br><br>-<strong><mark>Subsistencia del delito</mark></strong><strong>:</strong> El delito que se está investigando a través de una entrega vigilada o controlada sigue siendo válido y punible incluso si se sustituyen las sustancias o instrumentos relacionados con la infracción, o si participan servidores públicos, agentes encubiertos o informantes en la operación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 22:34:41 UTC</pubDate>
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         <title>Protección de la operación (Art. 487)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2667974715</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Secreto y Confidencialidad</mark></strong> : El texto establece claramente que todas las acciones relacionadas con estas operaciones deben mantenerse en secreto. Esto implica que la información relacionada con estas no debe ser divulgada de ninguna manera y debe ser tratada con la máxima confidencialidad.<br><br>-<strong><mark>Operaciones Encubiertas</mark></strong> : Se hace referencia a operaciones encubiertas, lo que sugiere que estas actividades están destinadas a ser llevadas a cabo de manera discreta, posiblemente con el fin de mantener la confidencialidad o evitar la detección por parte de personas ajenas.<br><br>-<strong><mark>Entregas Vigiladas o Controladas</mark></strong> : También se mencionan entregas vigiladas o controladas. Esto puede implicar que se están realizando entregas de bienes o información bajo un escrutinio cuidadoso o supervisión para garantizar que se cumplan ciertos objetivos específicos, posiblemente con investigaciones relacionadas o seguridad.<br><br>-<strong><mark>Exclusión de Actuaciones Judiciales</mark></strong> : El texto indica que estas operaciones deben consolidarse fuera de actuaciones judiciales, lo que sugiere que no deben ser reveladas o utilizadas como pruebas en procedimientos legales. Esto podría deberse a la necesidad de proteger la identidad de los agentes involucrados o preservar la integridad de la operación en sí.<br><br>-<strong><mark>Normativa Legal</mark></strong> : El texto parece estar relacionado con algún tipo de regulación o legislación que rige estas operaciones encubiertas y entregas vigiladas. Es importante seguir las leyes y regular las pertinentes en relación con estas actividades para garantizar su legitimidad y evitar problemas legales.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 22:48:51 UTC</pubDate>
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         <title>Remisión de elementos probatorios (Art. 488)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2667984877</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Cooperación Internacional:</mark></strong> El texto aborda la cooperación entre autoridades judiciales y policiales de diferentes países en asuntos relacionados con investigaciones criminales y el intercambio de pruebas.<br><br>-<strong><mark>Responsabilidad del Fiscal:</mark></strong> El fiscal tiene un papel destacado en este proceso. Es el fiscal quien solicita directamente a las autoridades extranjeras la remisión de pruebas necesarias para sustentar una investigación penal en su país.<br><br>-<strong><mark>Pruebas y Elementos Probatorios:</mark></strong> El objetivo principal de esta cooperación es obtener los elementos probatorios necesarios para acreditar la existencia de un delito y la presunta responsabilidad penal de las personas investigadas en el país de origen.<br><br>-<strong><mark>Instrumentos Internacionales Vigentes:</mark></strong> La cooperación se basa en instrumentos internacionales vigentes, lo que significa que los países involucrados han acordado previamente cómo se llevará a cabo esta colaboración y qué normas se seguirán.<br><br>-<strong><mark>Reciprocidad:</mark></strong> El texto establece que este proceso es recíproco. Esto significa que si un país solicita pruebas a otro país, debe estar dispuesto a proporcionar pruebas a ese país si lo solicita en un caso similar.<br><br>-<strong><mark>Respeto a la Legalidad:</mark></strong> La cooperación se lleva a cabo "de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes", lo que implica que todas las acciones deben realizarse de acuerdo con la legalidad y los acuerdos internacionales aplicables.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 23:10:45 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Principio de reserva judicial (Art. 490)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2667994072</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Juzgador Competente</mark></strong> : Se menciona que el juez competente es la autoridad encargada de tomar decisiones en este contexto. Esto implica que el juez tiene la autoridad para decidir sobre el uso y la revelación de técnicas de investigación.<br><br>-<strong><mark>Pedido del Fiscal</mark></strong> : Parece que el fiscal, que es la parte acusada en un proceso legal, puede solicitar al juez que tome medidas relacionadas con las técnicas de investigación. Esto sugiere que el fiscal tiene un papel importante en el proceso y puede influir en las decisiones sobre la reserva de técnicas de investigación.<br><br>-<strong><mark>Derechos de los Participantes</mark></strong> : El juez debe tomar en consideración los derechos de los participantes en el desarrollo de la investigación. Esto indica que se debe respetar y proteger los derechos legales de todas las partes involucradas en el proceso, lo que incluye a los sospechosos, testigos y otras partes relevantes.<br><br>-<strong><mark>Mantenimiento en Reserva de Técnicas de Investigación</mark></strong> : El texto sugiere que el juez puede ordenar que ciertas técnicas de investigación se mantengan en reserva. Esto podría significar que se prohíba la divulgación pública de cierta información relacionada con las técnicas utilizadas en la investigación.<br><br>-<strong><mark>Plazos Determinados en este Código</mark></strong><mark> </mark>: Se hace referencia a plazos determinados en un código legal. Esto implica que las decisiones sobre el mantenimiento en reserva de las técnicas de investigación pueden tener un límite de tiempo específico, que está definido en ese código.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-21 23:24:26 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Cooperación eficaz (Art. 491)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
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         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Definición del acuerdo</mark></strong> : Se define como un acuerdo en el cual una persona procesada se compromete a proporcionar datos, instrumentos, efectos, bienes o informaciones precisas, verídicas y comprobables.<br><br>-<strong><mark>Propósito del acuerdo</mark></strong> : El propósito principal del acuerdo es contribuir al esclarecimiento de los hechos investigados; además, puede tener otros objetivos, como la identificación de los responsables de los delitos, la prevención de otros delitos graves y la identificación del destino de bienes, dinero, fondos, activos y beneficios relacionados con actividades ilícitas.<br><br>-<strong><mark>Deber del fiscal</mark></strong> : El fiscal tiene la responsabilidad de expresar en su acusación motivada y comprobable si la cooperación prestada por el procesado ha sido eficaz para cumplir con las multas mencionadas en el acuerdo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 00:35:18 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Trámite de la cooperación eficaz. (Art. 492)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2668067332</link>
         <description><![CDATA[<div>-<mark>Individualización de la sanción penal:</mark></div><ol><li>La pena se determinará después de que se haya individualizado la sanción penal. Esto significa que antes de imponer una pena, es necesario tener en cuenta las circunstancias específicas del caso y del delincuente.</li><li>Se mencionan circunstancias atenuantes o agravantes generales. Estas son consideraciones que pueden influir en la determinación de la pena. Las circunstancias atenuantes tienden a disminuir la gravedad de la pena, mientras que las agravantes pueden aumentarla.</li></ol><div><br>-<mark>Cooperación eficaz</mark>:</div><ol><li>Se establece que la cooperación eficaz será analizada, verificada y comprobada por el juzgador de garantías penales en la audiencia de juzgamiento. Esto significa que la colaboración o ayuda prestada por un acusado en el proceso penal será evaluada en una audiencia específica.</li><li>La eficacia generalmente se refiere a la asistencia que un acusado puede brindar a las autoridades judiciales en la investigación o persecución de otros delincuentes o actividades criminales.</li><li>Su análisis en la audiencia de juzgamiento implica que esta cooperación puede tener un impacto en la determinación de la pena o en otros aspectos del caso, dependiendo de la legislación y las circunstancias específicas.</li></ol><div><br><br></div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 00:47:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Concesión de beneficios de lacooperación eficaz (Art. 493)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2668073689</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Cooperación con la Justicia</mark></strong><strong>:</strong> El texto se refiere a la cooperación de un individuo con la justicia en el contexto de un caso de delincuencia organizada. Esto implica que alguien está proporcionando información o testimonio relevante para ayudar en la investigación o el enjuiciamiento de una organización delictiva.<br><br>-<strong><mark>Determinación de la Pena</mark></strong><strong>:</strong> El fiscal, que es el representante del Estado en el proceso penal, tiene la autoridad para proponer una pena a un juzgador (juez) en función de la cooperación del acusado. La pena propuesta debe ser al menos el 20% del mínimo de la pena fijada para la infracción en la que está involucrado el cooperador.<br><br>-<strong><mark>Casos de Alta Relevancia Social:</mark></strong> En situaciones de alta relevancia social, cuando la cooperación del testigo es especialmente importante y puede llevar al enjuiciamiento de los líderes de la organización delictiva (cúpula), el fiscal puede solicitar una pena que sea al menos el 10% del mínimo de la pena fijada. Esto sugiere que la cooperación en casos de alto perfil puede llevar a una pena menor para el cooperador.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 00:53:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Medidas cautelares y de protección en la cooperación eficaz (Art. 494)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2668077669</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Solicitud del Fiscal</mark></strong><strong>:</strong> El fiscal, como representante del estado en un proceso penal, está tomando la iniciativa de solicitar al juez que tome medidas específicas.<br><br>-<strong><mark>Medidas Cautelares</mark></strong><strong>:</strong> Las medidas cautelares son acciones legales que se toman para garantizar que la persona procesada cumpla con las normas legales durante el proceso penal. Estas medidas suelen incluir restricciones como arresto domiciliario, prohibición de acercarse a ciertas personas o lugares, entre otras.<br><br>-<strong><mark>Medidas de Protección</mark></strong><strong>:</strong> Además de las medidas cautelares, se está solicitando al juez que imponga medidas de protección. Estas medidas tienen como objetivo garantizar la seguridad o integridad física y emocional de la persona procesada que está colaborando con las investigaciones.<br><br>-<strong><mark>Colaboración Eficaz</mark></strong><strong>:</strong> Se menciona que la persona procesada está colaborando de manera eficaz en las investigaciones. Esto puede ser relevante en casos en los que la cooperación de la persona procesada es valiosa para resolver el caso o para obtener información sobre otros delincuentes.<br><br>-<strong><mark>Éxito de las Investigaciones</mark></strong><strong>:</strong> Una de las razones para imponer estas medidas es garantizar el éxito de las investigaciones. Esto implica que se busca preservar la integridad de la evidencia y de la persona procesada para que el proceso legal pueda avanzar adecuadamente.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 00:57:15 UTC</pubDate>
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         <title>Informante (Art. 495)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2668083522</link>
         <description><![CDATA[<div>-<mark>Definición de informante:</mark> Un informante como cualquier persona que proporciona información a un fiscal o al personal del Sistema Especializado Integral de Investigación de Medicina Legal y Ciencias Forenses sobre la preparación o comisión de una infracción, así como sobre las personas que participaron en ella, esta definición es fundamental para comprender quién se considera un informante en este contexto.<br><br>-<mark>Propósito de la información:</mark> La información proporcionada por un informante se utiliza para iniciar investigaciones y tomar medidas procesales relacionadas con la infracción informada. Esto sugiere que el informante desempeña un papel importante en el proceso de investigación y persecución de infracciones.<br><br>-<mark>Limitaciones de la información del informante:</mark> Es la información proporcionada por el informante no tiene valor probatorio por sí misma. Esto significa que la información no puede ser considerada como evidencia concluyente para la detención o condena de personas. En cambio, se necesita confirmar esta información a través de investigaciones adicionales.<br><br>-<mark>Medidas investigativas y procesales:</mark> Se menciona que sobre la base de la información proporcionada por el informante, se pueden tomar medidas investigativas y procesales. Esto indica que la información del informante puede ser el punto de partida para llevar a cabo investigaciones más profundas y reunir evidencia adicional.</div><div><br>-<mark>Requisitos adicionales para la detención</mark>: La detención de personas no puede basarse únicamente en la información proporcionada por el informante. Es necesario contar con pruebas adicionales y fundamentos sólidos para tomar medidas como la detención de sospechosos.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 01:02:50 UTC</pubDate>
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         <title>Investigaciones conjuntas (Art. 496)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2668095051</link>
         <description><![CDATA[<div>-La República del Ecuador, en conformidad con las normas de asistencia penal internacional, tiene la facultad de llevar a cabo investigaciones conjuntas en colaboración con uno o varios países u organismos mixtos de investigación con el objetivo de combatir eficazmente la delincuencia organizada transnacional.<br><br></div><div><br>-Esta cooperación internacional en materia de asistencia penal puede incluir, entre otras cosas, la compartición de información relevante, el intercambio de evidencia, la ejecución de operativos conjuntos, y la coordinación de esfuerzos para identificar, perseguir y desmantelar redes criminales que operen más allá de las fronteras nacionales.<br><br></div><div><br>-Es importante destacar que la República del Ecuador se compromete a cumplir con todas las obligaciones y acuerdos internacionales pertinentes en este ámbito, y a respetar los derechos humanos y las garantías legales de todas las partes involucradas en las investigaciones conjuntas.<br><br></div><div><br>-Esta cooperación internacional es esencial para hacer frente a la delincuencia organizada transnacional, ya que muchos grupos criminales operan en múltiples países y utilizan tecnologías avanzadas para cometer delitos, lo que hace necesario que las naciones trabajen juntas para combatir eficazmente este tipo de actividades delictivas que trascienden las fronteras nacionales.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 01:13:29 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Asistencia judicial recíproca (Art. 497)</title>
         <author>diamondprincessbyama</author>
         <link>https://padlet.com/diamondprincessbyama/hlsd1ylzp01rgxge/wish/2668102754</link>
         <description><![CDATA[<div>-<strong><mark>Cooperación Internacional en Materia Penal</mark></strong><strong>:</strong> La importancia de la cooperación internacional en asuntos penales. Los fiscales ecuatorianos tienen la capacidad de solicitar asistencia directa a sus contrapartes extranjeras y a las agencias policiales en el extranjero para llevar a cabo diversas acciones relacionadas con investigaciones y procesos judiciales, como la detención y remisión de procesados, la obtención de testimonios, la exhibición de documentos, la recuperación de contenido digital, entre otros. Esta cooperación se basa en la asistencia penal internacional y es gestionada por la Fiscalía General del Estado a través de su unidad operativa de cooperación internacional.<br><br>-<strong><mark>Tipos de Asistencia Penal</mark></strong><strong>:</strong> El texto distingue entre dos tipos de asistencia penal: activa y pasiva. La asistencia penal activa implica que las autoridades fiscales ecuatorianas solicitan información o la realización de diligencias en el extranjero para respaldar investigaciones penales o procesos judiciales en Ecuador. Por otro lado, la asistencia penal pasiva involucra solicitudes similares, pero son iniciadas por autoridades penales extranjeras que requieren información o diligencias en Ecuador para sus propias investigaciones o procesos judiciales.<br><br>-<strong><mark>Procedimiento de Asistencia Penal Internacional</mark></strong><strong>:</strong> Se menciona que la solicitud de Asistencia Penal Internacional (API) sigue un formato único y es la herramienta principal utilizada para solicitar esta cooperación entre países. Esta solicitud es elaborada por la autoridad judicial penal del país que la necesita (país requirente) y se envía a la autoridad judicial penal del país que puede proporcionar la asistencia (país requerido). La gestión de estas solicitudes se realiza a través de la Dirección de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Fiscalía General del Estado en Ecuador.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-08-22 01:19:27 UTC</pubDate>
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