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      <title>Instituciones culturales by Diana Aguirre Córdova</title>
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      <description>Hecho con cariño</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-10-24 14:02:44 UTC</pubDate>
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         <title>Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú       DECRETO SUPREMO N° 010-2017-MC.    </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/dianaaguirrecordova/h8md1jwisark3icb/wish/858083686</link>
         <description><![CDATA[<div>Art. 1: Aprobación del decreto.<br>Art. 2: Financiamiento. Presupuesto institucional de la Biblioteca Nacional, no recursos adicionales del tesoro público. <br>Art. 3. Difusión.  Portal del Estado Peruano, Portal del Min. de Cultura, Portal de la Biblioteca Nacional.<br>Art . 4. Por el Ministerio de Cultura. Presidente Pedro Pablo Kuckzynski . Ministro Salvador del Solar. <br><br>TÍTULO I.<br>Art. 1: Ámbito de Aplicación: Órganos y unidades orgánicas de la BNP. <br><br>Art 2. Objeto. Tiene por objeto regular los lineamientos generales para el funcionamiento de la BNP.<br><br>Art. 3: Naturaleza y régimen jurídico.La BNP es un organismo<br>público ejecutor y ente rector del Sistema Nacional<br>de Bibliotecas, adscrito al Ministerio de Cultura; tiene<br>personería jurídica pública, autonomía económica,<br>administrativa y financiera.<br><br>Art. 4: Principios. <br>Accesibilidad; atención preferente; continuidad; cooperación; igualdad; inclusión; innovación; institucionalidad; interculturalidad; participación ciudadana; prevención; servicio de calidad; simplificación; uso de recursos tecnológicos; aplicación supletoria.  <br><br>Art. 5: Glosario de Términos.  Ejemplar en formato accesible. Innovación Tecnológica.<br> Material Especial.<br> Material Peruanista. <br> Normas Técnicas Bibliotecológicas. <br>Peritaje.<br>Plan Nacional de Desarrollo de Bibliotecas Públicas.<br>Plataforma Virtual.<br>Proceso Técnico Bibliotecológico. Servicio Bibliotecológico. <br>Servicio de Investigación.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-24 14:43:21 UTC</pubDate>
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         <title>Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú </title>
         <author>ba2019000046</author>
         <link>https://padlet.com/dianaaguirrecordova/h8md1jwisark3icb/wish/858089199</link>
         <description><![CDATA[<div>LEY N°30570<br>Art 1: (Objeto de la ley) Establecimiento de las normas básicas y alineamientos generales para el funcionamiento de la Biblioteca Nacional del Perú<br>Art 2: (Denominación y  naturaleza de la Biblioteca Nacional del Perú) Organismo ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector de Sistema Nacional de Bibliotecas, conforme con la ley 30034. De igual manera es el centro depositario del patrimonio bibliográfico digital, documental, fílmico fotográfico y musical peruano, de igual manera con el capital universal con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural científico, y social, garantizando su integridad y facilitando su acceso a generaciones futuras. <br>Art 3: ( Regimen Jurídico y autonomia de la biblioteca nacional del peru) <br>Posee personería jurídica pública, de igual manera autonomía en su economía y su distribución, de acuerdo a la ley 29565 .<br>Art 4: (Fines de la biblioteca nacional) <br>A) Difundir el patrimonio que posee al ser un centro depositario de registros culturales. <br>B) Promover espacios físico y virtuales para acceder a la información que apoye al desarrollo personal y de la comunidad.<br>C) Contribución al desarrollo y consolidación de una sociedad democrática inclusiva intercultural, competitiva y sostenible.  <br>Art 6: (Bienes culturales) <br>-Posee un patrimonio propio e integrado por el conjunto de derechos y bienes  de los que es titular. <br>-Gestión y administración de los bienes y derechos propios, de igual manera del patrimonio del estado que se les adscriba, ejercidas bajo la ley 29151<br>-Todo patrimonio se somete al regimen especial de protección y tutela establecida por la ley 28296<br>-Aquellos otros que se integren por la ley 26905, Ley de Deposito legal en la biblioteca nacional del Perú y sus modificatorias. </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-24 14:48:54 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú                          Ley N°30570</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/dianaaguirrecordova/h8md1jwisark3icb/wish/858089787</link>
         <description><![CDATA[<div>Art. 5 Funciones-&gt;<br>1. Ejecutar , revisar y evaluar las acciones de conservacion  e investigacion del P.C. documental-bibliográfico del a nación.<br>2. Planificar ejecutar y supervisar el cumplimiento de los planes de desarrollo bibliotecario .<br>3. Generar programas  y proyectosa que se focalicen  en las poblaciones campesinas , nativas y vulnerables.<br>4.Impulsar y regular la creacion de centros coordinadores regionales de bibliotecas .<br>5. Normas técnicas y estandares de calidad que sean aplicable en todo el Sistema Nacional de Bibliotecas.<br>6. Promover , ejecutar y apoyar la investigación y puesta en valor del patrimonio bibliográficoy documental .<br>7.Promover la carrera técnica de bibliotecario.<br>8.Elaborar programas de hábitos de lectura.<br>9. Difusion de las obras artíticas de los peruanos.<br>10.Convenios con organismos publicos, privados, nacionales e internacionales.<br>11. Plataforma tecnologica que permita intercambiar , difundir los servicio y productos .<br>12. Digitalizacion del patrimonio.<br>13. Fomentar la reacion de repositorios y catalogos<br>14.Identificación y mapeo del patrimonio documental de sus custodios a nivel nacional.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-24 14:49:35 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/dianaaguirrecordova/h8md1jwisark3icb/wish/858095759</link>
         <description><![CDATA[<div>Titulo II<br>FUNCIONES Y RECURSOS ECONOMICOS DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ<br>Material bibliografico documental<br>-Protege y custodia los materiales bibliograficos documentales declarados patrimonio cultural de la nacion<br>-Vigila y protege los materiales bibliograficos dicuementales no declarados patrimonio cultural de la nacion<br>-Ambos sugetos a  sanciones<br>CAPITULOII  <br>POLITICA EDITORIAL<br>-Desarrolla el servicio editorial de dus ediciones y coediciones , estableciendo los lineamientos de produccion,publicacion y difusion del material<br>-Las ediciones publicadas deben cumplir con el criterio de eficiencia y calidad de forma y contenido<br>-Promueve la creatividad y produccion intelectual<br>CAPITULOIII<br>BIENES Y RECURSOS ECONOMICOS<br>Recursos asignados y recaudados y donaciones<br>TITULOIII<br>-Atencion preferencial a usuarios con discapacidad<br>-Promocion de material idoneo y didactico para el usuario<br><br><br><br></div>]]></description>
         <pubDate>2020-10-24 14:56:04 UTC</pubDate>
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         <title>LEY DE DEFENSA, CONSERVACIÓN E INCREMENTO DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL DECRETO LEY No 19414.      Publicado el 16 de mayo 1972                                     Habla sobre el Deber que tiene el estado para la defensa, conservación e incremento del Patrimonio, además la responsabilidad de las personas naturales o jurídicas que posean documentos que, de acuerdo al Reglamento, revistan interés público, histórico o cultural continuarán con la tenencia de los mismos, debiendo inscribirlos en el Registro que para tal efecto abrirá el Archivo General de la Nación y conservarlos en condiciones que garanticen su integridad, (artículo 7).  </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/dianaaguirrecordova/h8md1jwisark3icb/wish/858101356</link>
         <description><![CDATA[<div>La ley señala como esta constituido el PDN, los derechos de transferencia, precisa para cada caso el tiempo en el cual deben ser transferidos al Archivo General de la Nación, prohibiciones respecto de la extracción del AGN y salida del territorio, responsables de los archivos, aranceles de los servicios que preste el AGN… <br><br>La ley indica y encarga al AGN la elaboración del reglamento de la ley así como el dictado de normas para la buena clasificación, ordenamiento, conservación y depuración de los archivos de las reparticiones y organismos del Sector Público Nacional. <br>La encargado al AGN del entonces INC, de velar por el cumplimiento Ley, de acuerdo a lo que disponga el reglamento.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-24 15:01:47 UTC</pubDate>
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         <title>Recursos económicos.</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>1. DEl tesoro público  (ley anual de presupuesto)<br>2. Directamente recaudados<br>3.Donaciones -&gt; organismos publicos<br>4.Recursos de la cooperacion nacional e internacinal<br>5. Otros que se establezcan .<br>Disposiciones  <br>PRIMERA<br>Utilización de las distintas lenguas (país plurilingüe), especial atención en lenguas aborígenes.<br>REGIMEN LABORAL DE LA BNP<br>Estandarización de los regimenes laborales  en la BNP<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-24 15:14:34 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>DECRETO SUPREMO         No 022-75-E DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/dianaaguirrecordova/h8md1jwisark3icb/wish/858112970</link>
         <description><![CDATA[<div>El reglamento habla sobre la protección de documentos transferidos, ya que requieren autorización de la dirección nacional de cultura, además de todo reglamento a usar, considerado los archivos patrimonio. Como el archivo nacional el dueño y protector de todos estos para mantenerlos.<br><br></div><div>También explica bajo qué reglas un archivo es parte de él. Sea porque pasaron 30 años de ser escritos o que el titular haya fallecido.<br><br></div><div>El Reglamento desarrolla lo establecido en la Ley <br><br></div><div>El Reglamento se organiza en siete  capítulos y desarrolla los siguientes temas <br><br></div><div>CAPITULO I PATRIMONIO DOCUMENTAL DE LA NACIÓN <br><br></div><div>CAPITULO II TRANSFERENCIA DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL <br><br></div><div>CAPITULO III TRASLADO DE ARCHIVO DE DOCUMENTOS <br><br></div><div>CAPITULO IV DOCUMENTOS EN PODER DE PARTICULARES <br><br></div><div>CAPITULO V SALIDA DEL PAÍS DE DOCUMENTOS<br><br></div><div>CAPITULO VI CONSERVACIÓN Y ELIMINACIÓN DE DOCUMENTO<br>CAPITULO VII<br>DISPOSICIONES FINALES<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-10-24 15:14:34 UTC</pubDate>
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