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      <title>Importancia de los derechos de los niños y las niñas  by </title>
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      <pubDate>2023-11-09 22:25:20 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>danielasifontes65067_</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>UNIVERSIDAD PEDAGOGICA DE EL SALVADOR</strong></p><p><br/></p><p><strong>Alumnas: Iris Abigail, Ruiz Reyes</strong></p><p><strong>Heiby Alexandra, Cruz López</strong></p><p><strong>Linda Marisol, Bustillo Peralta </strong></p><p><strong>Katerin Abigail,&nbsp;Paredes&nbsp;Jovel</strong></p><p><strong>Daniela Alejandra, Sifontes Alvarado</strong></p><p><br/></p><p><strong>INTRODUCCIÓN</strong></p><p><strong>         </strong></p><p>Los derechos de los niños y de las niñas son fundamentales en cualquier sociedad, ya que aseguran su bienestar, protección y desarrollo integral. Estos derechos se basan en el principio de que todos los niños y niñas tienen los mismos derechos, sin importar su género, raza, religión o cualquier otra condición. La importancia de estos derechos radica en garantizar que los niños y niñas puedan crecer en un entorno seguro y saludable, donde se respeten sus necesidades emocionales, físicas y cognitivas.</p><p>En primer lugar, los derechos de los niños y de las niñas son indispensables para su protección y cuidado adecuado. Estos derechos aseguran que los niños no sean víctimas de abuso, violencia o explotación, y les otorgan el derecho a vivir en un ambiente seguro y libre de peligro. Además, brindan a los niños y niñas el derecho a la alimentación, vivienda, educación y atención médica adecuada, garantizando así su bienestar físico y emocional.</p><p>Otro aspecto importante de los derechos de los niños y de las niñas es su papel en el desarrollo integral de los mismos. Estos derechos reconocen la importancia de la educación de calidad, que promueva el desarrollo cognitivo, social y emocional de los niños y niñas. También reconocen la importancia del juego, la recreación y la participación en actividades culturales, deportivas y artísticas, que fomentan su desarrollo y les permiten expresar su creatividad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-13 04:19:18 UTC</pubDate>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2023-11-13 22:45:01 UTC</pubDate>
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         <author>danielasifontes65067_</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong><mark>Perspectiva histórica de la evolución de los Derechos del Niño</mark></strong></p><p><br></p><p>En la antigüedad nadie pensaba en ofrecer protección especial a los niños.</p><p>En la Edad Media, los niños eran considerados “adultos pequeños”.</p><p>A mediados del siglo XIX, surgió en Francia la idea de ofrecer protección especial a los niños; esto permitió el desarrollo progresivo de los derechos de los menores. A partir de 1841, las leyes comenzaron a proteger a los niños en su lugar de trabajo y, a partir de 1881, las leyes francesas garantizaron el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derecho-educacion/">d<strong>erecho de los niños a una educación</strong></a><strong>.</strong></p><p>A principios del siglo XX, comenzó a implementarse la protección de los niños, incluso en el área social, jurídica y sanitaria. Este nuevo desarrollo, que comenzó en Francia, se extendió más adelante por toda Europa.</p><p>Desde 1919, tras la creación de la Liga de las Naciones (que luego se convertiría en la ONU), la comunidad internacional comenzó a otorgarle más importancia a este tema, por lo que elaboró el Comité para la Protección de los Niños.</p><p><br></p><p>El 16 de septiembre de 1924, la Liga de las Naciones aprobó la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/"><strong>Declaración de los Derechos del Niño</strong></a><strong>&nbsp;</strong>(también llamada la Declaración de Ginebra), el primer tratado internacional sobre los Derechos de los Niños. A lo largo de cinco capítulos la Declaración otorga derechos específicos a los niños, así como responsabilidades a los adultos.</p><p>La <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/"><strong>Declaración de Ginebra</strong></a><strong> </strong>se basa en el trabajo del médico polaco Janusz Korczak.</p><p>La Segunda Guerra Mundial dejó entre sus víctimas a miles de niños en una situación desesperada. Como consecuencia, en 1947 se creó el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (conocido como UNICEF) al cual se le concedió el estatus de organización internacional permanente en 1953.</p><p>Durante sus inicios, la UNICEF se centró particularmente en ayudar a las jóvenes víctimas de la Segunda Guerra Mundial, principalmente a los niños europeos. Sin embargo, en 1953 su mandato alcanzó una dimensión internacional y comenzó a auxiliar a niños en países en vías de desarrollo. La Organización luego estableció una serie de programas para que los niños tuvieran acceso a una <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derecho-educacion/"><strong>educación</strong></a><strong>,</strong> buena salud, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derecho-agua/"><strong>agua potable</strong></a><strong> </strong>y <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derecho-alimentacion/"><strong>alimentos</strong></a><strong>.</strong></p><p><br></p><p>Desde el 10 de diciembre de 1948 la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derechos-humanos-1948/"><strong>Declaración Universal de los Derechos Humano</strong></a><strong>s </strong>reconoce que “la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales”.</p><p>En 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/declaracion-1959/"><strong>Declaración de los Derechos del Niño</strong></a><strong>,</strong> que describe los <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derechos"><strong>derechos de los niños en diez principios</strong></a><strong>. </strong>Si bien este documento todavía no ha sido firmado por todos los países y sus principios tienen carácter indicativo, le facilita el camino a la Declaración Universal sobre los Derechos del Niño.</p><p>Luego de aprobar la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derechos-humanos-1948/"><strong>Declaración de los Derechos Humanos</strong></a><strong>, </strong>la ONU deseaba presentar una Carta de Derechos Fundamentales que exigiera a los gobiernos a respetarla. Como consecuencia, la Comisión de los Derechos Humanos se dispuso a redactar este documento.</p><p><br></p><p>En medio de la Guerra Fría, y tras arduas negociones, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en Nueva York dos textos complementarios a la Declaración Universal de los Derechos Humanos:</p><ul><li><p>El <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/pacto-1966/"><strong>Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales</strong></a><strong>,</strong> que reconoce el derecho a la protección contra la explotación económica y el derecho a la educación y a la asistencia médica.</p></li><li><p>El <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/pacto-1966/"><strong>Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos</strong></a><strong>,</strong><br>que establece el derecho a poseer un nombre y una nacionalidad.</p></li></ul><p>La ONU proclamó al año 1979 como el Año Internacional del Niño. Durante este año, tuvo lugar un verdadero cambio de espíritu, ya que Polonia propuso crear un grupo de trabajo dentro de la Comisión de los Derechos Humanos que se encargara de redactar una carta internacional.</p><p>Así, el 20 de noviembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/convencion/"><strong>Convención sobre los Derechos del Niño</strong></a><strong>. </strong>A lo largo de 54 artículos el documento establece los derechos económicos, sociales y culturales de los niños.</p><p><br></p><p>Este es el tratado sobre derechos humanos que se ha aprobado más rápidamente. Se convirtió en un tratado internacional y el 2 de septiembre de 1990 entró en vigencia luego de ser ratificado por 20 países.</p><p>El 11 de julio de 1990 la Organización para la Unidad Africana aprobó la Carta Africana sobre los Derechos y Bienestar del Niño.</p><p>Se adoptó el 17 de junio de 1999 la&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/convenio-182-peores-formas-trabajo-infantil-1999/"><strong>Convención sobre las peores formas de trabajo infantil</strong></a><strong>.</strong></p><p>En mayo de 2000, se ratificó el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/facultativo-conflictos-armados-2000/"><strong>Protocolo facultativo de la Carta Internacional sobre los Derechos del Niño, que trata la participación de los niños en conflictos armados</strong></a> y entró en vigor en 2002. Este documento prohíbe que los menores participen en conflictos armados.</p><p>Hasta ahora, la&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/convencion/"><strong>Convención sobre los Derechos del Niño</strong></a><strong> </strong>ha sido firmada por 190 de 192 Estados, aunque hay algunas reservas sobre ciertos fragmentos del documento. Sólo Estados Unidos y Somalia la han firmado, pero no ratificado.</p><p>Actualmente, su ideal y carácter contundente son universalmente aceptados. Sin embargo, su funcionamiento puede mejorar y aún es necesario transformar las palabras en acciones. En un mundo en dónde la urgencia es lo esencial, en dónde un niño muere de hambre cada 5 segundos, es hora de unificar la teoría con la práctica. Tal vez es así como deberíamos de haber comenzado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-14 01:43:32 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>danielasifontes65067_</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong><mark>Los organizadores de los derechos de los niños</mark></strong></p><p><br></p><p>El Comité de los Derechos del Niño (CDN) es el órgano de 18 expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de sus Estados miembros. También supervisa la aplicación de los Protocolos Facultativos de la Convención, sobre la participación de niños en conflictos armados y sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil.</p><p>En los últimos 30 años, la vida de los niños se ha transformado gracias al tratado de derechos humanos más ratificado de la historia. La Convención sobre los Derechos del Niño ha inspirado a los gobiernos a cambiar las leyes y las políticas, para que más niños reciban la atención sanitaria y la nutrición que necesitan. Hay mejores salvaguardias para proteger a los niños de la violencia y la explotación. Más niños se hacen oír y participan en la sociedad. Pero aún queda trabajo por hacer.</p><p><br></p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/hrbodies/crc/cvmembers/cv-crc-Suzanne.pdf"><strong>Sra. Suzanne AHO</strong></a>**Togo</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/hrbodies/crc/cvmembers/cv-al-Barwani.pdf"><strong>Sra. Thuwayba AL BARWANI</strong></a>**Oman</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2014/CV_Ayoubi_Idrissi_EN.pdf"><strong>Sra. Hynd AYOUBI IDRISSI</strong></a>**Marruecos</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/hrbodies/crc/cvmembers/CV-crc-Beloff.pdf"><strong>Sra. Mary BELOFF</strong></a>**Argentina</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2020/CV_RinchenCHOPHEL.docx"><strong>Sr. Rinchen CHOPHEL</strong></a>* (Vicepresidente y relator)Bután</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/hrbodies/crc/cvmembers/cv-crc-Correa.pdf"><strong>Sra. Rosaria CORREA</strong></a>**Panamá</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/CVMembers/CV_BragiGudbrandsson.docx"><strong>Sr. Bragi GUDBRANDSSON</strong></a>** (Vicepresidente)Islandia</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/CVMembers/CV_PhilipJaffe.doc"><strong>Sr. Philip D. JAFFE</strong></a>**Suiza</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2020/CV_KILADZE.docx"><strong>Sra. Sopio KILADZE</strong></a>* (Vicepresidente)Georgia</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/CVMembers/CV_FAITH_MARSHALL-HARRIS.docx"><strong>Sra. Faith MARSHALL-HARRIS</strong></a>**Barbados</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/CVMembers/BenyamDawitMezmur.pdf"><strong>Sr. Benyam Dawit MEZMUR</strong></a>*Etiopía</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/CVMembers/CV_AissatouSidikou.docx"><strong>Sra. Aissatou ALASSANE SIDIKOU</strong></a>**Níger</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/CVMembers/MikikoOtani.docx"><strong>Sra. Mikiko OTANI</strong></a>*Japón</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/documents/hrbodies/crc/cvmembers/minibiopedernera2022.pdf"><strong>Sr. Luis Ernesto PEDERNERA REYNA</strong></a>* (Vicepresidente)Uruguay</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2016/CV_AnnSkelton.docx"><strong>Sra. Ann Marie SKELTON</strong></a>* <strong>(Presidenta)</strong>Sudáfrica</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2016/CV_VelinaTodorova.doc"><strong>Sra. Velina TODOROVA</strong></a>*BulgariaSr. Benoit VAN KEIRSBILCK*<br><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2020/CV_BenoitVAN_KEIRSBILCK_EN.docx"><strong>English</strong></a> | <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2020/CV_BenoitVAN_KEIRSBILCK_FR.docx"><strong>Français</strong></a>BélgicaSra. Ratou Jean ZARA*<br><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2020/CV_RATOU_EN.docx"><strong>English</strong></a> | <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.ohchr.org/sites/default/files/Documents/HRBodies/CRC/Elections2020/CV_RATOU_FR.docx"><strong>Français</strong></a>Chad</p><p><br></p><p><strong>El plazo expira el 28 de febrero de 2025*<br>El plazo expira el 28 de febrero de 2027**</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-14 01:54:32 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>danielasifontes65067_</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong><mark>¿Que son los derechos de los niños?</mark></strong></p><p>Los derechos de los niños son derechos humanos. Debemos tratar a los niños con igualdad, respeto y dignidad, no porque sean “el futuro” o “los adultos del mañana”, sino porque ya hablamos de seres humanos. Todo ser humano nace con derechos y libertades fundamentales inherentes a su persona.</p><p>Los niños deben disfrutar de los mismos derechos humanos que todos, desde el derecho a la libertad de expresión al derecho a la privacidad. Esto significa que todas las leyes de los derechos humanos se aplican de igual forma a niños y adultos.&nbsp;</p><p>Esto significa que los niños tienen derechos específicos que les protegen de toda amenaza, exclusión y discriminación a los que son vulnerables. Estos derechos han sido incorporados al Derecho internacional mediante la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://archive.crin.org/en/node/34653">Convención sobre los Derechos del Niño</a> (CDN) y sus Protocolos Facultativos (uno sobre <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://archive.crin.org/en/library/legal-database/optional-protocol-un-convention-rights-child-sale-children-child-prostitution.html">la venta de niños, y la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía</a>; otro sobre <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://archive.crin.org/en/node/6548">conflictos armados</a>; y otro que establece un mecanismo internacional de denuncias para que la ONU pueda intervenir en los casos de violación de los derechos de los niños).&nbsp;</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-14 03:55:20 UTC</pubDate>
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         <author>danielasifontes65067_</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong><mark>Declaración de los derechos de los niños en general y en el país.</mark></strong></p><p>En 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/declaracion-de-los-derechos-del-nino-texto-completo/">Declaración de los Derechos del Niño</a>. Este reconocimiento supuso el primer gran consenso internacional sobre los principios fundamentales de los derechos del niño.</p><p><strong>Origen de la Declaración de los Derechos del Niño</strong></p><p>En 1924, la Sociedad de Naciones (SDN) aprobó la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/">Declaración de Ginebra</a>, un documento que pasó a ser histórico, ya que por primera vez reconocía y afirmaba la existencia de derechos específicos de los niños, así como la responsabilidad de los adultos hacia ellos.</p><p>Las Naciones Unidas (ONU) se fundaron una vez terminada la Segunda Guerra Mundial.&nbsp;Después de la aprobación de la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/derechos-humanos-1948/">Declaración Universal de los Derechos Humanos</a> en 1948, la mejora en el ámbito de los derechos reveló&nbsp;ciertas deficiencias en la<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/ginebra-1924/"> Declaración de Ginebra</a>, propiciando así la modificación de dicho texto.</p><p>Fue entonces cuando decidieron optaron por elaborar una segunda <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/declaracion-de-los-derechos-del-nino-texto-completo/">Declaración de los Derechos del Niño</a>, considerando nuevamente la noción de que «la humanidad le debe al niño lo mejor que puede darle ofrecerle».</p><p>El 20 de noviembre de 1959, se aprobó la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/declaracion-de-los-derechos-del-nino-texto-completo/">Declaración de los Derechos del Niño</a> de manera unánime por todos los 78 Estados miembros de la ONU. Esta fue adoptada y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución 1386 (XIV) en la Resolución 1386 (XIV).</p><p><br></p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.humanium.org/es/declaracion-de-los-derechos-del-nino-texto-completo/"><strong>La Declaración de los Derechos del Niño</strong></a><strong> establece diez principios:</strong></p><p><strong>1.</strong> El derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.</p><p><strong>2. </strong>El derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental y social del niño.</p><p><strong>3. </strong>El derecho a un nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.</p><p><strong>4. </strong>El derecho a una alimentación, vivienda y atención médicos adecuados.</p><p><strong>5. </strong>El derecho a una educación y a un tratamiento especial para aquellos niños que sufren alguna discapacidad mental o física.</p><p><strong>6. </strong>El derecho a la comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.</p><p><strong>7. </strong>El derecho a actividades recreativas y a una educación gratuita.</p><p><strong>8. </strong>El derecho a estar entre los primeros en recibir ayuda en cualquier circunstancia.</p><p><strong>9. </strong>El derecho a la protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y explotación.</p><p><strong>10. </strong>El derecho a ser criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos y hermandad universal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-14 03:56:06 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>danielasifontes65067_</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong><mark>Para que sirven los derechos de los niños</mark></strong></p><p>Los derechos de los niños son fundamentales para garantizar su bienestar y desarrollo integral. En la actualidad, existen diversas convenciones y tratados internacionales que establecen y promueven estos derechos, reconociendo a los niños como sujetos de derechos y no como simples objetos de protección. Estos derechos se basan en principios como el interés superior del niño, la igualdad, la no discriminación y el derecho a la participación, entre otros. </p><p>En primer lugar, los derechos de los niños garantizan su protección y seguridad. A través de estos derechos se busca brindar a los niños un entorno seguro y libre de violencia, así como protegerlos de cualquier forma de maltrato, abuso o explotación. Esto implica que los niños tienen derecho a vivir en un ambiente familiar y comunitario seguro, recibir una educación de calidad, acceder a servicios de salud adecuados y estar protegidos frente a cualquier forma de violencia o discriminación.</p><p>En segundo lugar, los derechos de los niños promueven el desarrollo integral de los mismos. Esto implica que los niños tienen derecho a crecer en un ambiente propicio para su desarrollo físico, emocional, intelectual y social. Los niños deben tener acceso a una alimentación adecuada, a la educación, a la recreación y al juego, así como a recibir el amor y el cuidado necesarios para su desarrollo. Además, los derechos de los niños reconocen el derecho a la identidad y a la nacionalidad, asegurando que todos los niños sean registrados al nacer y tengan derecho a conocer a sus padres.</p><p>En tercer lugar, los derechos de los niños fomentan su participación y su voz. Los niños tienen derecho a ser escuchados y a participar en las decisiones que les afectan, acorde a su edad y madurez. Esto implica que los niños deben tener la oportunidad de expresar sus opiniones, de ser tomados en cuenta en la familia, en la escuela y en la sociedad, y de participar activamente en la vida comunitaria. Además, los derechos de los niños promueven la educación en derechos humanos desde temprana edad, para que los niños conozcan sus derechos y sepan cómo ejercerlos y respetar los derechos de los demás.</p><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2023-11-14 03:56:45 UTC</pubDate>
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