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      <title>Clon de SEM 7_sección[2AT1]-[Ipanaqué_Barera__Mendo_Camino]-LOS PODERES DEL ESTADO by </title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Cité y explique los artículos constitucionales donde se detalla la estructura y funciones del poder judicial del Perú.</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>En la Constitución Política del Perú de 1993, se detalla la estructura y funciones del Poder Judicial en varios artículos clave:</p><p><br></p><ul><li><p>Artículo 139: Establece que el Poder Judicial es independiente y está encargado de administrar justicia. Este artículo también define los principios de la función judicial, como la tutela judicial efectiva y la imparcialidad.</p></li></ul><p><br></p><ul><li><p>Artículo 140: Detalla la organización del Poder Judicial, que incluye la Corte Suprema, las cortes superiores, y los juzgados. Este artículo establece las jerarquías y la división de competencias entre las distintas instancias judiciales.</p></li></ul><p><br></p><ul><li><p>Artículo 141: Se refiere a la duración del mandato de los jueces y a la manera en que son nombrados, asegurando que el sistema de nombramiento sea transparente y se base en méritos.</p></li></ul><p><br></p><ul><li><p>Artículo 142: Regula la jurisdicción y competencia del Poder Judicial, indicando que este tiene la facultad de conocer y resolver los conflictos que surjan entre las partes, garantizando el acceso a la justicia.</p></li></ul><p><br></p><ul><li><p>Artículo 143: Describe el control de la legalidad de los actos de la administración pública, asegurando que los ciudadanos puedan recurrir al Poder Judicial en caso de vulneraciones de derechos.</p></li></ul><p><br></p><p>Estos artículos, en conjunto, establecen la base sobre la cual opera el Poder Judicial en el Perú, asegurando su independencia y eficacia en la administración de justicia.</p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Ejemplo 1</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Caso de la Vacancia Presidencial: </strong>En 2022, el Poder Judicial tuvo un papel crucial en el proceso de vacancia presidencial. El Tribunal Constitucional tuvo que decidir sobre la legalidad de la interpretación de los votos requeridos para la vacancia, destacando su función en la resolución de conflictos políticos. Este caso subrayó la importancia de la imparcialidad del Poder Judicial en situaciones de alta tensión política.</p>]]></description>
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         <title>Ejemplo 2</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Sentencias sobre Corrupción:</strong> En varias ocasiones, el Poder Judicial ha condenado a exfuncionarios por casos de corrupción, como el caso de Odebrecht. Estos juicios, ampliamente cubiertos en medios digitales, reflejan cómo el sistema judicial busca combatir la impunidad y fortalecer la confianza pública en la justicia. La cobertura de estos casos también pone de manifiesto el impacto social de las decisiones judiciales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Fuentes:</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>Derecho, L. •. P. P. E. (2024, 15 octubre). <em>Constitución Política del Perú (actualizada 2024)</em>. LP. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://lpderecho.pe/constitucion-politica-peru-actualizada/">https://lpderecho.pe/constitucion-politica-peru-actualizada/</a>. </p><p><br></p><p>Plasencia, E. S. V. (2021, 23 noviembre). <em>¿Se debe eliminar la permanente incapacidad moral establecida en el artículo 113 inciso 2 de la Constitución peruana?</em> LP. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://lpderecho.pe/eliminar-permanente-incapacidad-moral-articulo-113-inciso-2-constitucion-peruana/">https://lpderecho.pe/eliminar-permanente-incapacidad-moral-articulo-113-inciso-2-constitucion-peruana/. </a></p><p><br></p><p>De la Cruz, S., &amp; De la Cruz, S. (2022, 12 octubre). Pedro Castillo: ¿qué dice el artículo 117 de la Constitución Política del Perú? <em>La </em><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://Rep%C3%BAblica.pe"><em>República.pe</em></a>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://larepublica.pe/politica/actualidad/2022/10/12/pedro-castillo-que-dice-el-articulo-117-de-la-constitucion-politica-del-peru-y-por-que-beneficiaria-al-presidente-pedro-castillo-fiscalia-de-la-nacion-fiscal-patricia-benavides-noticias-atmp">https://larepublica.pe/politica/actualidad/2022/10/12/pedro-castillo-que-dice-el-articulo-117-de-la-constitucion-politica-del-peru-y-por-que-beneficiaria-al-presidente-pedro-castillo-fiscalia-de-la-nacion-fiscal-patricia-benavides-noticias-atmp</a>. </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Equipo</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>MENDO ROJAS, XIOMARA STEPHANY LISSETE (0009-0007-2293-4006) </p><p><br></p><p>IPANAQUÉ / BRUNO/ YESSICA MILAGROS (0009-0008-3938-7640)</p><p><br></p><p>CAMINO PÉREZ, ANTUANED SHERLIN (0009-0003-0447-5521)</p><p><br></p><p>BARRERA EGAS AXEL (0009-0002-0452-0997)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Estructura y Funciones</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>Estructura:</p><p>Ley Orgánica N 27972-TÍTULO II LA ORGANIZACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES CAPÍTULO ÚNICO LOS ÓRGANOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES </p><p>ARTÍCULO 4º.- LOS ÓRGANOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES Son órganos de gobierno local las municipalidades provinciales y distritales. La estructura orgánica de las municipalidades está compuesta por el concejo municipal y la alcaldía. </p><p>ARTÍCULO 5º.- CONCEJO MUNICIPAL El concejo municipal, provincial y distrital, está conformado por el alcalde y el número de regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales. Los concejos municipales de los centros poblados están integrados por un alcalde y 5 (cinco) regidores. El concejo municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras. </p><p>ARTÍCULO 6º.- LA ALCALDÍA La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.</p><p><strong>Funciones:</strong></p><p><strong>ARTÍCULO 9º.- ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL</strong> Corresponde al concejo municipal: 1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo. 2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos. 3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. 4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley. 5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial. 6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades. 7. Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional. 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. 9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. 10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor. 11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. 12. Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal. 13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República. 14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal. 15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento. 16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad. 17. Aprobar el balance y la memoria. 18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley, conforme a los artículos 32º y 35º de la presente ley. 19. Aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales. 20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. 21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías económicas y otros actos de control. 22. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización. 23. Autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. 24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley. 25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública. 26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales. 27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores. 28. Aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores. 29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. 30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave. 31. Plantear los conflictos de competencia. 32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo. 33. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la municipalidad. 34. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento. 35. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Continuacion:</title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950448</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>ARTÍCULO 20º.- ATRIBUCIONES DEL ALCALDE </strong>Son atribuciones del alcalde: 1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos; 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal; 3. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad; 4. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos; 5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación; 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; 7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil; 8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal; 9. Someter a aprobación del concejo municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado; 10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley; 11. Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido; 12. Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios; 13. Someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional; 14. Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal; 15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado; 16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; 17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza; 18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad; 19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del serenazgo y la Policía Nacional; 20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal; 21. Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control; 22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna; 23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones; 24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales; 25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado; 26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en que se implementen; 27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia; 28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera; 29. Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley; 30. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción; 31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes; 32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo municipal; 33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad; 34. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal; 35. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Fuentes</title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950450</link>
         <description><![CDATA[<p>Plataforma Digital Única del Estado.(18-08-2021). Ley N 27867 Orgánica de gobiernos regionales.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas-gsru/informes-publicaciones/2075969-ley-n-27867-ley-organica-de-gobiernos-regionales">https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas-gsru/informes-publicaciones/2075969-ley-n-27867-ley-organica-de-gobiernos-regionales</a></p><p><br/></p><p>La pasión por el derecho (1993). Constitución Política del Perú.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://lpderecho.pe/constitucion-politica-peru-actualizada/">https://lpderecho.pe/constitucion-politica-peru-actualizada/</a></p><p><br/></p><p>Plataforma digital única del estado(s/f). Ley N 27972</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.munlima.gob.pe/images/descargas/normas-administrativas/Ley%2027972%20_%20Ley%20Org%C3%A1nica%20de%20Municipalidades.pdf">https://www.munlima.gob.pe/images/descargas/normas-administrativas/Ley%2027972%20_%20Ley%20Org%C3%A1nica%20de%20Municipalidades.pdf</a></p><p><br/></p><p>Plataforma Digital Única del Estado.(19-06-2024). Gobernador Regional Salcedo Álvarez Impulsa Transformación En Paucartambo Con Compromisos De Desarrollo Y Cero Corrupción</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/noticias/975068-gobernador-regional-salcedo-alvarez-impulsa-transformacion-en-paucartambo-con-compromisos-de-desarrollo-y-cero-corrupcion">https://www.gob.pe/institucion/regioncusco/noticias/975068-gobernador-regional-salcedo-alvarez-impulsa-transformacion-en-paucartambo-con-compromisos-de-desarrollo-y-cero-corrupcion</a></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>1. ¿Que es constitución politica ?</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>Es un conjunto de nomas fundamentales que rigen la organización y el funcionamiento de un estado. Define los derechos y deberes de los ciudadanos, establece las estructuras de gobierno, distribuye los poderes entre las distintas ramas del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) y organiza el territorio.</p><p>¿Por que importante para el orden democrático?</p><p>La constitución política es esencial para el funcionamiento de una democracia, ya que organiza el poder político dentro del Estado, definiendo las funciones y atribuciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como su forma de interacción. Esto impide que el poder se concentre en una sola entidad o persona, lo cual es fundamental para prevenir abusos y garantizar una administración justa. Además, la constitución protege los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, como la libertad de expresión, la igualdad ante la ley y el derecho al voto, asegurando que el gobierno no pueda vulnerar estos derechos de manera arbitraria. El respeto a estos principios es crucial para mantener la legitimidad de un sistema democrático.</p><p>¿Que es un ''Momento Constituyente?</p><p>Un <strong>"Momento Constituyente"</strong> es un período histórico en el que una sociedad decide crear, reformar o redefinir su <strong>constitución política</strong>, generalmente en respuesta a crisis políticas, sociales, o a cambios significativos en la estructura de poder o en las aspiraciones de la población. Durante este proceso, se redefine el marco legal y político que regirá al Estado y sus instituciones.</p><p>¿Que es el ''Poder Constituyente"?</p><p>El <strong>Poder Constituyente</strong> es el poder que tiene la capacidad de crear, modificar o reformar una constitución. Es el poder soberano y originario que reside en el pueblo, como fuente de legitimidad política, y que se manifiesta en momentos clave para establecer o cambiar el orden constitucional de un Estado. A diferencia de los poderes constituidos (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), que operan dentro del marco de la constitución existente, el poder constituyente se sitúa por encima de ellos, ya que puede crear o reformar las normas fundamentales que los regulan.</p><p>¿Que es el "Poder Constituido"?</p><p>El <strong>Poder Constituido</strong> es el conjunto de instituciones y autoridades que ejercen sus funciones dentro del marco establecido por una constitución. A diferencia del <strong>Poder Constituyente</strong>, que es el poder originario y soberano encargado de crear o modificar la constitución, el poder constituido está subordinado a ella y se limita a actuar dentro de los parámetros que esta define.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>2.¿En que consiste la Piramide de Kelsen?</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>La <strong>Pirámide de Kelsen</strong> es una representación gráfica de la estructura jerárquica de las normas en un sistema jurídico, creada por el jurista austriaco <strong>Hans Kelsen</strong>. Esta teoría, también conocida como <strong>Teoría Pura del Derecho</strong>, establece que las normas jurídicas se organizan en diferentes niveles o escalones, en los cuales las normas de mayor rango o jerarquía condicionan la validez de las normas de menor rango.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>¿Como esta organizada la Constitución vigente (Libros, Títulos, Artículos)?</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>La organización de una constitución varía de un país a otro, ya que cada Estado adopta un formato propio. Si te refieres a una constitución específica, como la <strong>Constitución vigente de un país concreto</strong>, puedo ofrecerte los detalles particulares de esa constitución. Sin embargo, a continuación te explico cómo suelen estar organizadas muchas constituciones modernas.</p><p>Estructura Típica de una Constitución:</p><p><strong>Libros o Partes (en algunos casos)</strong>: Algunas constituciones se organizan en <strong>Libros</strong> o <strong>Partes</strong>, que agrupan grandes secciones temáticas. Cada libro puede tratar un tema amplio, como los derechos fundamentales, la organización del Estado o las finanzas públicas.</p><p>Ejemplo:</p><ul><li><p><strong>Libro I</strong>: Derechos y libertades fundamentales.</p></li><li><p><strong>Libro II</strong>: Organización del poder público</p><p><br></p><p><br></p></li><li><p><strong>Títulos</strong>: Los <strong>Títulos</strong> son divisiones que agrupan varios <strong>capítulos</strong> o <strong>artículos</strong> bajo un mismo tema general. Por ejemplo, un Título puede abordar exclusivamente los <strong>derechos fundamentales</strong>, otro la <strong>organización del gobierno</strong>, y otro las <strong>finanzas del Estado</strong>. Cada título abarca varias disposiciones y suele tratar un aspecto particular del funcionamiento del Estado o de la relación entre el gobierno y los ciudadanos.</p></li><li><p><strong>Artículos</strong>: Los <strong>artículos</strong> son las unidades normativas básicas de la constitución. Cada artículo establece una disposición legal concreta. Los artículos pueden tratar desde derechos individuales, como la libertad de expresión, hasta el procedimiento para la reforma constitucional.</p><p><br></p><p><br></p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>¿Que reformas se han hecho a la Constitución del 2024?</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>La <strong>reforma de la Constitución de España de 2024</strong> se enfocó en modificar el <strong>artículo 49</strong>, principalmente para actualizar el lenguaje utilizado respecto a las personas con discapacidad. El cambio principal fue la eliminación del término <strong>"disminuidos"</strong>, que fue sustituido por <strong>"personas con discapacidad"</strong>. Este ajuste busca alinearse con los principios de <strong>respeto</strong> y <strong>dignidad</strong>, adecuándose a los estándares contemporáneos en derechos humanos.</p><p>Además, se añadieron nuevas disposiciones para garantizar la <strong>plena inclusión social</strong> y el respeto a la <strong>autonomía personal</strong> de las personas con discapacidad, prestando especial atención a los grupos más vulnerables dentro de este colectivo, como las <strong>mujeres</strong> y <strong>menores de edad</strong>. Este cambio refuerza el compromiso de España con la protección de los derechos de las personas con discapacidad, en consonancia con la <strong>Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad</strong>, ratificada por el país en <strong>2008</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>¿Que reformas constitucionales crees que serian convenientes?</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>1. <strong>Reforma del sistema de representación política</strong>: Implementación de listas desbloqueadas o un sistema mixto de representación proporcional y mayoritaria.</p><ul><li><p><strong>Justificación</strong>: En muchos países, el sistema electoral actual con listas cerradas puede alejar a los ciudadanos de sus representantes, ya que los votantes no pueden elegir candidatos específicos, sino que deben votar por listas cerradas elaboradas por los partidos políticos. Esto puede contribuir a la falta de rendición de cuentas y a la percepción de corrupción o clientelismo, ya que los partidos tienen el control total sobre quién ocupa los escaños en el parlamento.</p><p><strong>Propuesta</strong>: Reformar el sistema electoral para permitir <strong>listas desbloqueadas</strong>, donde los ciudadanos puedan votar por los candidatos individuales dentro de una lista de partido, no solo por la lista completa. También podría adoptarse un <strong>sistema mixto</strong>, como el que existe en Alemania o Nueva Zelanda, que combine representación proporcional y mayoritaria. Esto permitiría que algunos representantes sean elegidos directamente en distritos, mientras que otros sean asignados proporcionalmente según el voto del partido, lo que podría equilibrar la representación territorial y partidista.</p></li><li><p><strong>Beneficios</strong>: Mejoraría la <strong>responsabilidad política</strong> y acercaría a los representantes a sus electores, promoviendo una mayor participación ciudadana y un vínculo más directo entre los votantes y quienes ocupan cargos públicos. Además, se mantendría un equilibrio entre la representación proporcional de partidos y la representación territorial directa.</p></li></ul><p>2. <strong>Protección ambiental constitucionalizada</strong>: Reconocimiento del derecho a un medio ambiente sano y la obligación estatal de preservarlo.</p><ul><li><p><strong>Justificación</strong>: En un contexto de cambio climático y crisis ecológicas globales, muchas constituciones no reflejan aún el imperativo de proteger el medio ambiente de manera contundente. Aunque algunas ya incluyen referencias al medio ambiente, una reforma que garantice un <strong>derecho constitucional</strong> a un entorno sano y establezca obligaciones claras para el Estado podría ser crucial para garantizar políticas públicas sostenibles.</p><p><strong>Propuesta</strong>: Reformar la constitución para incluir el <strong>derecho fundamental a un medio ambiente sano</strong> y obligar al Estado y sus instituciones a promover la sostenibilidad, mitigar el cambio climático, y proteger los recursos naturales. Esto incluiría principios de <strong>justicia intergeneracional</strong>, asegurando que las generaciones futuras también tengan derecho a disfrutar de un entorno saludable.</p></li><li><p><strong>Beneficios</strong>: Una reforma de este tipo proporcionaría una base legal sólida para desarrollar políticas ambientales más ambiciosas. Facilitaría la adopción de <strong>leyes ecológicas</strong> que busquen mitigar los efectos del cambio climático y proteger la biodiversidad, además de dotar a los ciudadanos de una herramienta legal para exigir al Estado la protección ambiental.</p></li></ul><p>Estas reformas son relevantes en el contexto actual para mejorar la calidad de la democracia y asegurar un desarrollo sostenible y más inclusivo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Fuentes</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>. Jumpa, A. P. (2013). Las Comunidades Campesinas y nativas en la Constitución Política del Perú: Un Análisis Exegético del Artículo 89<sup>o</sup> de la Constitución. <em>Derecho &amp; Sociedad</em>, <em>40</em>, 195–206. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/12800">https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/12800</a></p><p><br>LeyPlay. (2024, February 22). <em>Reforma Constitución Española 15 Febrero de 2024 - CE BOE</em>. LeyPlay. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://leyplay.es/novedades-legislativas/ce/">https://leyplay.es/novedades-legislativas/ce/</a></p><p><br>(N.d.). <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://Com.Pe">Com.Pe</a>. Retrieved October 19, 2024, from <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.alertainformativa.com.pe/modulos/documentos/archivos/c1a71afafbcfefd5796d8c18391dcac3.pdf">http://www.alertainformativa.com.pe/modulos/documentos/archivos/c1a71afafbcfefd5796d8c18391dcac3.pdf</a></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Casos de Corrupción </title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Caso Odebrecht:</strong></p><p>Es<strong> </strong>uno de los escándalos de corrupción más significativos en la historia reciente del Perú, afectando a varios niveles del gobierno y provocando crisis políticas. La empresa constructora brasileña Odebrecht, a través de su departamento de "Operaciones Estructuradas", realizó pagos de sobornos a funcionarios públicos peruanos para obtener contratos de obras públicas.</p><p>Los principales implicados en el Caso Odebrecht en Perú incluyen a Alejandro Toledo, quien se enfrenta a acusaciones de recibir 20 millones de dólares a cambio de favorecer a la empresa en la concesión de la Carretera Interoceánica; Alan García, investigado por sobornos relacionados con el Metro de Lima y la misma carretera, quien se suicidó en 2019 ante la inminente detención; y Ollanta Humala, acusado de recibir financiamiento ilegal para su campaña presidencial. Además, se menciona a Félix Moreno, exgobernador regional del Callao, condenado a prisión preventiva por recibir sobornos para la construcción de la Costa Verde</p><p><br></p><p><strong>Caso "Proyecto Pisco":</strong></p><p>Este caso involucra al expresidente <strong>Ollanta Humala</strong>, quien enfrenta una acusación de colusión agravada por la compra de un equipo de inteligencia valorado en 21.6 millones de dólares para la <strong>Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) </strong>en el 2012, bajo el nombre de "Proyecto Pisco". El equipo nunca fue utilizado, y se sospecha que la compra se realizó sin seguir procedimientos legales adecuados. En el año 2023, la Fiscalía peruana solicitó una pena de 10 años y 4 meses de prisión para Humala por el delito de colusión agravada, en un intento por restablecer la confianza en las instituciones y combatir la corrupción que ha plagado al estado peruano durante año. Se investiga también la participación del exdirector de la DINI, <strong>Víctor Gómez Rodríguez</strong>, y un representante de la empresa israelí Verint Systems Ltd.</p><p><br></p><p><strong>Desvío de fondos en el hospital de Huancayo:</strong></p><p>Uno de los casos recientes de corrupción en Huancayo involucra el desvío de fondos del Hospital Regional Docente Materno Infantil "El Carmen", específicamente en contrataciones irregulares. En 2023 y 2024, se contrataron a 115 personas bajo el sistema de suplencia temporal sin realizar concursos de méritos, como exige la ley. Este procedimiento violaba el Decreto Legislativo N° 276 y revelaba posibles casos de nepotismo y favoritismo. De acuerdo con un informe de la Contraloría (N°028-2024-2-2814), estas contrataciones incluían obstetras, enfermeras y técnicos en varias áreas, algunos de los cuales incluso ocuparon simultáneamente dos plazas en diferentes fechas. A pesar de la evidencia, los responsables justificaron las contrataciones por su carácter temporal, lo que agravó la situación y generó consecuencias legales y administrativas. </p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Medidas preventivas para evitar o disminuir la corrupción en el estado. </title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950460</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>Fortalecimiento de la Contraloría general: </strong> Una de las principales causas de la corrupción en el Perú es la falta de supervisión y control en la gestión de los recursos públicos. Fortalecer la Contraloría implicaría aumentar su capacidad operativa, asegurando que cuente con suficientes recursos humanos y tecnológicos para realizar auditorías exhaustivas. Esto permitiría detectar irregularidades en tiempo real y sancionar a los funcionarios que incurran en prácticas corruptas. Además, sería fundamental garantizar la independencia de la Contraloría respecto del poder político, evitando así interferencias en sus investigaciones.</p></li><li><p><strong>Sanciones más severas y ejemplares</strong>: Imponer sanciones penales y administrativas más contundentes a los responsables de corrupción, junto con la recuperación de los fondos malversados, puede disuadir a funcionarios de participar en actos corruptos.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Fuente</title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950461</link>
         <description><![CDATA[<p>Silva, R. (2024, 23 mayo). El largo brazo de Odebrecht en el Perú: Los procesos más sonados por presunta corrupción. <em>RPP Noticias</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://rpp.pe/politica/judiciales/el-largo-brazo-de-odebrecht-en-el-peru-los-procesos-mas-sonados-por-presunta-corrupcion-noticia-1556654">https://rpp.pe/politica/judiciales/el-largo-brazo-de-odebrecht-en-el-peru-los-procesos-mas-sonados-por-presunta-corrupcion-noticia-1556654</a>.</p><p><br/></p><p>Rpp, R. (2017, 25 abril). Conoce el perfil de los involucrados en el caso Odebrecht en el Perú <em>RPP Noticias</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://rpp.pe/politica/judiciales/conoce-el-perfil-de-los-primeros-denunciados-en-peru-por-el-caso-odebrecht-noticia-1025470">https://rpp.pe/politica/judiciales/conoce-el-perfil-de-los-primeros-denunciados-en-peru-por-el-caso-odebrecht-noticia-1025470</a>. </p><p><br/></p><p>Cornejo, D., &amp; Cornejo, D. (2023, 12 octubre). Fiscalía pide 10 años de prisión para Ollanta Humala por caso de espionaje Proyecto Pisco. <em>La </em><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://Rep%C3%BAblica.pe"><em>República.pe</em></a>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://larepublica.pe/politica/2023/10/12/ollanta-humala-fiscalia-pide-10-anos-de-prision-para-expresidente-por-caso-de-espionaje-proyecto-pisco-corrupcion-espionaje-ministerio-publico-ministerio-del-interior-pnp-servicio-de-inteligencia-ntb-945732">https://larepublica.pe/politica/2023/10/12/ollanta-humala-fiscalia-pide-10-anos-de-prision-para-expresidente-por-caso-de-espionaje-proyecto-pisco-corrupcion-espionaje-ministerio-publico-ministerio-del-interior-pnp-servicio-de-inteligencia-ntb-945732</a>. </p><p><br/></p><p>N, R. C. (2023, 12 octubre). Caso Proyecto Pisco: Fiscalía pide 10 años de prisión contra Ollanta Humala. <em>Canal N</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://canaln.pe/actualidad/caso-proyecto-pisco-fiscalia-pide-10-anos-prision-contra-ollanta-humala-n466835">https://canaln.pe/actualidad/caso-proyecto-pisco-fiscalia-pide-10-anos-prision-contra-ollanta-humala-n466835</a>. </p><p><br/></p><p>Santiago, O. M. (2024, 10 septiembre). Hospital El Carmen de Huancayo contrata a “dedo” a 115 en plazas de suplencia. Correo. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://diariocorreo.pe/edicion/huancayo/hospital-el-carmen-de-huancayo-contrata-a-dedo-a-115-en-plazas-de-suplencia-noticia/">https://diariocorreo.pe/edicion/huancayo/hospital-el-carmen-de-huancayo-contrata-a-dedo-a-115-en-plazas-de-suplencia-noticia/</a>. </p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Artículos constitucionales que explican las funciones de los gobiernos Regionales: </title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p><br/></p><ul><li><p><strong>Artículo 191: </strong> Establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa para gestionar los asuntos de su competencia, sin interferir con las municipalidades. La estructura básica de estos gobiernos incluye al Consejo Regional (órgano normativo y fiscalizador), al Presidente Regional (ejecutivo), y al Consejo de Coordinación Regional, que incluye alcaldes y representantes de la sociedad civil. Este sistema garantiza que las decisiones se alineen con las necesidades locales y las políticas nacionales.</p></li><li><p><strong>Artículo 192: </strong> Especifica las competencias de los gobiernos regionales, como aprobar su organización interna y presupuesto, formular planes de desarrollo regional, administrar sus bienes y rentas, y promover actividades en sectores clave como agricultura, salud, educación y medio ambiente.</p></li><li><p><strong>Artículo 193: </strong> Detalla los bienes y rentas de los gobiernos regionales, que incluyen transferencias específicas del Estado, recursos de concesiones, privatizaciones y operaciones financieras, así como el canon derivado de los recursos naturales. </p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Ejemplos de funciones:  </title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950466</link>
         <description><![CDATA[<ol><li><p><strong>Proyecto Hidroenergético en Huancavelica:</strong> El Gobierno Regional de Huancavelica ha iniciado un proyecto hidroenergético para aprovechar los recursos hídricos de la región con el fin de generar energía renovable. El objetivo de este proyecto es no solo abastecer de energía a las localidades rurales, sino también contribuir al desarrollo económico mediante la generación de empleo y la mejora de la infraestructura energética. Este tipo de proyecto refuerza las capacidades locales para gestionar sus propios recursos naturales y mejorar la calidad de vida de los habitantes de la región.</p><p><br></p></li><li><p><strong>Planes de Reactivación Económica en Puno:</strong> En respuesta a la crisis económica post-pandemia, el Gobierno Regional de Puno implementó un plan de reactivación económica enfocado en el fomento de la agricultura y el turismo. Esta medida no solo busca reactivar la economía local, sino también fortalecer la competitividad de la región, otro aspecto contemplado en sus competencias.</p><p><br></p></li><li><p>En octubre de 2023, el Gobierno Regional de Arequipa anunció un nuevo <strong>proyecto de infraestructura hospitalaria</strong> en la provincia de Camaná, como parte de su plan de desarrollo en el sector salud. Este proyecto es una muestra de la autonomía que tienen los gobiernos regionales para gestionar obras de impacto local.</p><p><br></p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Fuentes </title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950469</link>
         <description><![CDATA[<p>Cavero, A. (2024, 24 agosto). ▷ Todo sobre el Artículo 191 de la Constitución Política del Perú: Organización de los Gobiernos Regionales Explicada | Actualizado octubre 2024. Alejandro Cavero. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://alejandrocavero.pe/articulos/articulo-191-de-la-constitucion-politica-del-peru-organos-de-los-gobiernos-regionales/">https://alejandrocavero.pe/articulos/articulo-191-de-la-constitucion-politica-del-peru-organos-de-los-gobiernos-regionales/</a>. </p><p><br></p><p>Politica, C. (2023, 18 julio). Capítulo XIV: De la descentralización . Título IV. De la estructura del estado - Constitución Política del. Constitución Política del Perú. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://constitucionpoliticadelperu.net/titulo-iv/capitulo-ix-2/">https://constitucionpoliticadelperu.net/titulo-iv/capitulo-ix-2/.</a></p><p><br></p><p>Olortegui, A. (2024, 23 octubre). Midagri financiará el proyecto de represa de Piedra Hermosa en Huancavelica. Peru Construye. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://peruconstruye.net/2024/10/23/proyecto-de-represa-de-piedra-hermosa-huancavelica/">https://peruconstruye.net/2024/10/23/proyecto-de-represa-de-piedra-hermosa-huancavelica/</a>. </p><p><br></p><p>Resolución Ejecutiva Regional N.° 356-2020-GR-GR PUNO. (2020). Normas y Documentos Legales - Gobierno Regional Puno - Plataforma del Estado Peruano. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/1365715-356-2020-gr-gr-puno">https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/1365715-356-2020-gr-gr-puno.</a></p><p><br></p><p><em>Pronis y Gore Arequipa firman importantes&nbsp; acuerdos para la modernización del Hospital Goyeneche</em>. (2024). Noticias - Programa Nacional de Inversiones En Salud - Plataforma del Estado Peruano. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.gob.pe/institucion/pronis/noticias/960501-pronis-y-gore-arequipa-firman-importantes-acuerdos-para-la-modernizacion-del-hospital-goyeneche">https://www.gob.pe/institucion/pronis/noticias/960501-pronis-y-gore-arequipa-firman-importantes-acuerdos-para-la-modernizacion-del-hospital-goyeneche</a>. </p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Cite la Estructura y  Funciones</title>
         <author>xiomaramr07</author>
         <link>https://padlet.com/favoritedoctorstores/f6j3vmehmufxprrj/wish/3183950471</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Estructura:</strong></p><p><strong>Constitución Política del Perú(20-03-2024)- CAPITULO I<br>PODER LEGISLATIVO-Artículo 90.- Bicameralidad*&nbsp;</strong></p><p>El Poder Legislativo reside en el Congreso de la República, el cual está conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.</p><p>El Senado está conformado por un número mínimo de sesenta senadores, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley, asegurando que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional. El número de senadores puede ser incrementado mediante ley orgánica.</p><p>La Cámara de Diputados cuenta con un número mínimo de ciento treinta diputados, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley. El número de diputados puede ser incrementado mediante ley orgánica en relación con el incremento poblacional.</p><p>Durante el receso funciona la Comisión Permanente, conforme a lo previsto en el Reglamento del Congreso.</p><p>La Presidencia del Congreso de la República recae de manera alternada sobre los presidentes de cada cámara.</p><p>Para ser elegido senador se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido cuarenta y cinco años al momento de la postulación o haber sido congresista o diputado, y gozar del derecho de sufragio.</p><p>Para ser elegido diputado se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido veinticinco años al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio.</p><p>Los candidatos a la Presidencia o vicepresidencias de la República pueden ser simultáneamente candidatos a senador o diputado.</p><p>Los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.</p><p><strong>Artículo 92.-&nbsp;Función y mandato del congresista. Incompatibilidades</strong></p><p>La función de senador o diputado es de tiempo completo. Les está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso.</p><p>El mandato del senador o diputado es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra función pública, excepto la de ministro de Estado, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional. Igualmente se exceptúa el ejercicio de la docencia universitaria.</p><p>La función de senador o diputado es, asimismo incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o miembro del directorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran rentas públicas o prestan servicios públicos.</p><p>La función de senador o diputado es incompatible con cargos similares en empresas que, durante la vigencia de su mandato, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.</p><p><strong>Artículo 102-B. Son atribuciones de la Cámara de Diputados:*</strong></p><p><strong>1.</strong> Aprobar las propuestas normativas a ser remitidas al Senado, conforme a su reglamento.</p><p><strong>2.</strong> Interpelar y censurar a los ministros de Estado.</p><p><strong>3.</strong> Otorgar o rehusar la confianza planteada por iniciativa ministerial.</p><p><strong>4.</strong> Conformar comisiones investigadoras con la finalidad de iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.</p><p><strong>5.</strong> Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de su función.</p><p><strong>Artículo 102-A. Son atribuciones del Senado:*</strong></p><p><strong>1.</strong> Aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados.</p><p><strong>2.</strong> Elegir al defensor del pueblo con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros y, de ser el caso, removerlo por falta grave con igual votación.</p><p><strong>3.</strong> Designar al contralor general de la República y, de ser el caso, removerlo por falta grave.</p><p><strong>4.</strong> Elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros.</p><p><strong>5.</strong> Elegir a tres directores del Banco Central de Reserva y ratificar la designación de su presidente con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros y removerlos por falta grave con igual votación.</p><p><strong>6.</strong> Ratificar al superintendente de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones.</p><p><strong>7.</strong> Autorizar al presidente de la República para salir del país.</p><p><strong>8.</strong> Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.</p><p><strong>9.</strong> Revisar los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario y proceder a modificación de acuerdo con su reglamento.</p><p><strong>10.</strong> Ejercer control sobre decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados y los decretos de régimen de excepción.</p><p><strong>11.</strong> Aprobar los tratados señalados en el artículo 56 antes de su ratificación por el presidente de la República.</p><p><strong>12.</strong> Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de su función.</p><p><strong>Artículo 102.- Atribuciones del Congreso*</strong><br>Son atribuciones del Congreso:</p><p><strong>1.</strong> Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes, de acuerdo con el Reglamento del Congreso y el de cada cámara.</p><p><strong>2.</strong> Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.</p><p><strong>3.</strong> Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General de la República.</p><p><strong>4.</strong> Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.</p><p><strong>5.</strong> Ejercer el derecho de amnistía.</p><p><strong>6.</strong> Aprobar las leyes de demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo conforme al proceso legislativo ordinario.</p><p><strong>7.</strong> Aprobar o modificar su reglamento.</p><p><strong>8.</strong> Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de la función legislativa.</p><p><br></p><p><strong>Funciones:</strong></p><p><strong>Constitución política del Perú -CAPÍTULO II<br>DE LA FUNCIÓN LEGISLATIVA</strong></p><p><strong>Artículo 103.-&nbsp;Leyes especiales, irretroactividad, derogación y abuso del derecho</strong></p><p>Pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por razón de las diferencias de las personas. La ley, desde su entrada en vigencia, se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes y no tiene fuerza ni efectos retroactivos; salvo, en ambos supuestos, en materia penal cuando favorece al reo. La ley se deroga sólo por otra ley. También queda sin efecto por sentencia que declara su inconstitucionalidad.</p><p>Constitución no ampara el abuso del derecho.</p><p><strong>Artículo 105.-&nbsp;Proyectos de Ley*&nbsp;</strong></p><p>Ningún proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por las respectivas comisiones dictaminadoras, salvo excepción señalada en los reglamentos. Toda ley debe ser votada en su respectiva cámara. Tienen preferencia los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia.</p><p>Aprobada la propuesta de ley por la Cámara de Diputados, su presidente da cuenta en el plazo establecido en su reglamento, al presidente del Senado, el cual lo somete a revisión. Rechazado el proyecto de ley por la Cámara de Diputados, este se archiva.</p><p>Dentro del plazo establecido en su reglamento, el Senado aprueba o modifica la propuesta legislativa remitida por la Cámara de Diputados y remite la autógrafa de ley al presidente de la República para su promulgación.</p><p>Vencido el plazo para su revisión en el Senado, el presidente del Congreso remite al presidente de la República, la autógrafa de ley aprobada por la Cámara de Diputados.</p><p>Rechazada la propuesta por el Senado, esta se archiva.</p><p><strong>Artículo 107.- Iniciativa Legislativa*</strong></p><p>El presidente de la República y los diputados tienen derecho a iniciativa en la formación de leyes.</p><p>También tienen el mismo derecho en las materias que les son propias los otros poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y los colegios profesionales. Asimismo lo tienen los ciudadanos que ejercen el derecho de iniciativa conforme a ley.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Tres ejemplos</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p><a rel="noopener noreferrer nofollow" class="story-item__title block overflow-hidden primary-font line-h-xs mt-10" href="https://elcomercio.pe/ecdata/el-actual-congreso-de-la-republica-es-el-mas-fragmentado-de-las-ultimas-dos-decadas-ecdta-congreso-poder-legislativo-congresistas-noticia/"><strong>El Comercio: 08-09-2023: El actual Congreso de la República es el más fragmentado de las últimas dos décadas</strong></a></p><p><br/></p><p>El Parlamento cuenta con 12 bancadas y supera lo alcanzado al inicio del tercer año de los cinco períodos legislativos previos. Perú Libre perdió el 67,5% de sus miembros y es la bancada oficialista con mayor proporción de bajas.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" class="story-item__title block overflow-hidden primary-font line-h-xs mt-10" href="https://elcomercio.pe/politica/congreso/congreso-de-la-republica-aprobo-en-segunda-votacion-proyecto-que-le-permite-designar-a-su-procurador-publico-parlamento-procuraduria-general-del-estado-daniel-soria-noticia/"><strong>El Comercio(10-05-2023) Congreso de la República aprobó en segunda votación proyecto que le permite designar a su procurador público</strong></a></p><p><br/></p><p>En la segunda votación la iniciativa obtuvo 64 votos a favor, pese a la oposición de la Procuraduría General del Estado</p><p>El pleno del <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://elcomercio.pe/noticias/congreso-de-la-republica/">Congreso de la República</a> aprobó este miércoles, 10 de mayo, el proyecto de ley que le permite designar a su procurador público, lo que había causado el rechazo de la <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://elcomercio.pe/noticias/procuraduria-general-del-estado/">Procuraduría General del Estado</a> (PEG).</p><p><br><a rel="noopener noreferrer nofollow" class="story-item__title block overflow-hidden primary-font line-h-xs mt-10" href="https://elcomercio.pe/politica/congreso/congreso-debatira-aprobacion-de-demanda-de-competencia-contra-el-poder-judicial-ante-el-tribunal-constitucional-video-defensoria-del-pueblo-rmmn-noticia/"><strong>El Comercio(09-08-2022)Congreso debatirá aprobación de demanda de competencia contra el PJ ante el TC</strong></a></p><p>También se planteó interponer una denuncia penal por prevaricato contra el juez John Javier Paredes Salas, del Tercer Juzgado Constitucional de Lima, y una queja funcional.</p><p>El Consejo Directivo del Congreso aprobó este martes 9 de agosto consultar al Pleno la aprobación del inicio de una demanda de competencia ante el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://elcomercio.pe/noticias/tribunal-constitucional/">Tribunal Constitucional</a> (TC) por la<em> “constante interferencia”</em> del <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://elcomercio.pe/noticias/poder-judicial/">Poder Judicial</a> en las atribuciones del <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://elcomercio.pe/noticias/poder-legislativo/">Poder Legislativo</a>.</p><p>A través de un comunicado, informó que la decisión se adoptó por 26 votos a favor, uno en contra y 3 abstenciones, a solicitud de la primera vicepresidenta del Parlamento, Martha Moyano (Fuerza Popular), y luego de escuchar al procurador público de ese poder del Estado, Manuel Peña Tavera. </p><p>El procurador del Congreso lamentó que algunos jueces cometan excesos en sus resoluciones judiciales, al referirse a la orden de suspensión provisional del procedimiento de elección del nuevo defensor del Pueblo, y a otras decisiones del Parlamento como es la aprobación de leyes.</p><p>Además, planteó interponer una denuncia penal por prevaricato contra el juez del Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.</p><p>Del mismo modo, presentará un recurso impugnatorio de apelación contra lo resuelto en la Resolución Nro. 02 del 3 de agosto y en la Resolución Nro. 03 del 8 de este mes. Además, se presentará un escrito complementario informando al órgano jurisdiccional de la inejecutabilidad de lo dispuesto en ambas resoluciones judiciales.</p><p>Finalmente, se procederá a la presentación de la ampliación de una queja funcional contra el magistrado John Javier Paredes Salas, en su condición de juez a cargo del despacho del Tercer Juzgado Constitucional de Lima.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 15:29:29 UTC</pubDate>
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         <title>Fuentes</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p>La pasión por el derecho (1993). Constitución Política del Perú Actualizado 2024.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://lpderecho.pe/constitucion-politica-peru-actualizada/">https://lpderecho.pe/constitucion-politica-peru-actualizada/</a></p><p><br/></p><p><br/></p><p>El Comercio (s/f) Poder Legislativo.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://elcomercio.pe/noticias/poder-legislativo/">https://elcomercio.pe/noticias/poder-legislativo/</a></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 16:18:47 UTC</pubDate>
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         <title>Tres ejemplos:</title>
         <author>xiomaramr07</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Gobernador Regional Salcedo Álvarez Impulsa Transformación En Paucartambo Con Compromisos De Desarrollo Y Cero Corrupción</strong></p><p>Nota de prensa</p><p>Resaltó avances clave en infraestructura y servicios esenciales, reafirmando el compromiso regional con un desarrollo transparente y efectivo</p><p>Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas</p><p>19 de junio de 2024 - 8:05 p. m.</p><p>En el Teatro Municipal de Paucartambo, se desarrolló la Mesa Técnica de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación de los compromisos del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados 2024 – 2026. El Gobernador Regional de Cusco, Werner Salcedo Álvarez, fue recibido con entusiasmo y destacó la importancia de un enfoque estratégico en la gestión pública.</p><p>Durante su intervención, el gobernador enfatizó la necesidad de destrabar proyectos estancados: "No podemos permitir que la ineficiencia y la corrupción sigan retrasando nuestro progreso. Este gobierno regional está comprometido con resultados tangibles y transparentes". Salcedo Álvarez subrayó además los avances significativos en infraestructura y servicios básicos para Paucartambo, detallando proyectos como el inicio del Puente Huambutio y mejoras en el sistema de salud local.</p><p>En la exposición durante la mesa técnica se informó que, hasta la fecha, se ha ejecutado un 65% de los compromisos asumidos con Paucartambo, lo que representa una inversión de más de 91 millones de soles y la generación de más de 5,000 puestos de trabajo en la provincia. Este logro refleja el compromiso del Gobierno Regional por cumplir con las expectativas de desarrollo de la población, enfocándose en áreas críticas como la salud, la educación y la infraestructura vial.</p><p>La reunión también destacó el papel fundamental del Presupuesto Participativo Multianual como herramienta para canalizar eficientemente los recursos y prioridades de la comunidad, promoviendo así un gobierno cercano y efectivo, con iniciativas claras y una gestión transparente, el Gobernador Salcedo Álvarez reiteró su compromiso de seguir trabajando en colaboración con las autoridades locales y la sociedad civil para asegurar un futuro próspero y sostenible para todos los ciudadanos de Paucartambo.</p><p>La Mesa técnica culminó con la firma del convenio de cooperación interinstitucional entre el gobierno Regional Cusco y la Municipalidad Distrital de Colquepata para la evaluación y aprobación de expediente técnico y posterior financiamiento para la ejecución física del proyecto de inversión: “Ampliación y mejoramiento de los servicios educativos en la institución educativa secundaria N°50422 Diego Quispe tito del Centro Poblado de Tocra”.</p><p>En la mesa técnica participaron los consejeros por la provincia de Paucartambo, María Elena Yábar Peralta y José Corrales Vizcarra; alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Paucartambo, Miriam Hancco Huallpa; alcalde de la Municipalidad Distrital de Challabamba, Riben Fredi Huillca Peña; alcalde de la Municipalidad Distrital de Colquepata, Américo Percca Ccoaquira; alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancarani, Mario Suma Huaracca; regidores de Paucartambo; gerentes y directores del Gobierno Regional y sociedad civil.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-23 17:14:09 UTC</pubDate>
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         <title>Ejemplo 3 </title>
         <author>sherlincaminoperez</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Protección de Derechos Humanos: </strong>Recientemente, varios informes han documentado decisiones del Poder Judicial que han garantizado derechos fundamentales, como el acceso a la justicia para grupos vulnerables, incluyendo comunidades indígenas. La cobertura mediática ha destacado cómo los jueces han ordenado medidas cautelares para proteger estos derechos, mostrando el rol proactivo del Poder Judicial en la defensa de la legalidad y la equidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-26 00:25:40 UTC</pubDate>
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