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      <title>Convención colectiva de la rama de actividad, la convención colectiva en la administración pública by </title>
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      <description>Derecho del trabajo III</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2018-08-14 23:20:17 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>sailygamboa</author>
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         <description><![CDATA[<div>Cuando se establece una relación laboral o colectiva en la administración publica, entre partes ( obrero-patrono) y están constituidas por un reglamento convencional aprobado y autorizado por la asamblea de trabajadores autorizados,&nbsp; mediante la cual se fijan o se acuerdan las condiciones generales de trabajo dado que la misma imparte poder publico, ya que goza de autoridad propia del derecho de trabajo como mecanismo a la formación de un acuerdo entre partes.&nbsp; &nbsp;<br>Su ámbito de aplicación interviene mediante convenciones y contratos colectivos que están relacionados entre la administración publica, funcionarios y empleados públicos que en determinados momentos tienen derecho a negociar según lo establece el articulo 6 de la LOTTT ( Se regirán por las normas sobre la función publica en todo lo relativo a su ingreso, ascenso, traslado, supervisor, retiro, sistema de remuneración, estabilidad, jubilaciones, pensiones y los beneficios acordados en la Ley.<br>Cuando son funcionarios públicos tendrán derecho a la negociación colectiva, a la solución pacifica de los conflictos y&nbsp; a ejercer el derecho a la huelga; Cuando son empleados contratados y obreros se regirán por su contrato de trabajo y estarán amparados por la Ley de Seguridad Social.<br>Cabe destacar que para que se establezcan están normas sera aplicable el articulo 442 de la LOTTT, mediante lineamientos y criterios que deberán atender quienes representen las negociaciones colectivas, por ante inspectorias de trabajo de la jurisdicción correspondiente, aplicando el mismo determinados pasos y solicitudes para el posterior informe que deberá ser presentado en un lapso de 30 días continuos y así culminar con una negociación sin conflictos y con feliz termino entre las partes.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-14 23:20:17 UTC</pubDate>
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         <title>ART 440 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
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         <description><![CDATA[<div>En las convenciones colectivas de trabajo que acuerden las organizaciones sindicales y los patronos y patronas, quedará establecido un procedimiento y un comité de carácter permanente, para la debida evaluación y seguimiento de la aplicación de la Convención Colectiva de Trabajo.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-14 23:20:17 UTC</pubDate>
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         <title>ART 452 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273154977</link>
         <description><![CDATA[<div>El objeto.<br>La convención colectiva de trabajo por rama de actividad puede ser acordada en una Reunión Normativa Laboral, especialmente convocada o reconocida como tal, entre una o varias organizaciones sindicales de trabajadores y trabajadoras y uno o varios patronos, una o varias patronas o sindicatos de patronos y patronas, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una misma rama de actividad.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-14 23:20:17 UTC</pubDate>
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         <title>ART 453 LOTTT</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273154978</link>
         <description><![CDATA[<div>Solicitud<br>Uno o varios sindicatos, federaciones, confederaciones o centrales sindicales de trabajadores y trabajadoras, o uno o varios patronos, una o varias patronas o sindicatos de patronos y patronas, podrán solicitar al ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo, la convocatoria de una Reunión Normativa Laboral para negociar y suscribir una convención colectiva de trabajo con efectos para determinada rama de actividad.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-14 23:20:17 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273154979</link>
         <description><![CDATA[<div>En el campo de las obligaciones y convenios la convención colectiva por rama de actividad constituye la forma de acción mas abierta y expansiva de la negociación sectorial mediante la cual se estudian los reglamentos, requisitos y condiciones bajo los cuales se presta un servicio en una rama de actividad, donde las posibilidades lo permitan, cabe destacar que la misma busca la posibilidad de que obrero-patrono tenga una misma condición que la rija.<br>Para que esto se aplique o se cumpla existe un comité de evaluación o seguimiento con el fin de mantener las condiciones de trabajo y sus efectos que a principio se mencionan o se implementan según "el decreto Ley articulo 440 LOTTT". Este decreto se implementaba como instrumento para favorecer las relaciones colectivas de trabajo, en beneficio del trabajador, su familia y la nación misma.<br>El Decreto Ley 440 tenia como característica principal la obligatoriedad de que los sindicatos y patronos cumplieran con el acuerdo firmado sino que también todos aquellos individuos que pertenezcan a la misma rama de la industria debe acogerse a ella; Al pasar del tiempo hubo descontento en el sector industrial he aquí donde intervienen la reforma de 1991 de La Ley de Trabajo, donde se mejoran varios aspectos del Decreto Ley 440 dando paso al articulo 528 de la LOTTT; "La Reunión Normativa Laboral" (RNL). Aquí intervienen varias organizaciones tanto sindicales como laborales  y las mismas deben cumplir varios requisitos  para extenderse a otras organizaciones.<br>En el articulo 452 LOTTT. Habla sobre el objeto que la misma tiene que no es mas que convocar a varios sindicatos de trabajadores y patronos para establecer las condiciones mediante las cuales debe presentar el trabajo en una misma actividad conla finalidad de mejorar las condiciones generales de servicios.<br>Luego mencionamos el articulo 453 que nos habla sobre la solicitud de una Reunión Normativa Laboral, donde los sindicatos de trabajadores y patronos intervienen en la misma ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo cumpliendo con determinadas normas, requisitos y lapsos que se fundamentan en el articulo 454, 455 y 456 de la LOTTT. Al cumplir con todos los pasos antes mencionados dentro del lapso de treinta días pasa a la publicación de la misma art 457 LOTTT; En ella intervendrá directamente el Ministerio del poder Popular con competencia de trabajo.<br>La aplicación o convocatoria de la Reunión Laboral trae como efecto o produce el cese de la tramitación de las peticiones y la inamovilidad de los trabajadores que presten servicios en las entidades de trabajos convocados; La duración de la reunión concluirá a los 120 días continuos de su instalación según se establece en el articulo 464 de la LOTTT.<br>Cabe destacar que pasado todos los tramites en los cuales interviene todas las partes en la reunión Normativa Laboral tienen su efecto y se convierten en clausulas obligatorias y en parte integrante de los contratos individuales, todo esto a beneficio de las partes obrero-patrono. </div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-14 23:20:17 UTC</pubDate>
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         <title>ART 454 LOTTT</title>
         <author>sailygamboa</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Requisitos.<br></strong>El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social, convocará la Reunión Normativa Laboral al verificar que se cumplen las condiciones siguientes:<br><strong>a)</strong> Que los patronos y las patronas solicitantes representen la mayoría en la rama de actividad de que se trate en escala local, regional o nacional.<br><strong>b)</strong> Que las organizaciones sindicales de trabajadores y trabajadoras solicitantes re presenten la mayoría de los sindicalizados y sindicalizadas en la rama de actividad de que se trate, en escala local, regional o nacional.<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:01:03 UTC</pubDate>
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         <title>ART 455 Y 456 LOTTT</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273172410</link>
         <description><![CDATA[<div>455 lapso para la convocatoria.<br>El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social en un término de treinta días continuos, deberá hacer la convocatoria de la Reunión o negarla por considerar que no se cumplen los requisitos legales.</div><div>456 convocatoria.<br>Si la solicitud cumple con los requisitos exigidos, el Ministerio del poder popular en materia de trabajo y seguridad social ordenará la convocatoria de la Reunión Normativa Laboral para la rama de actividad de que se trate, mediante una Resolución que se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela dentro del plazo improrrogable de treinta días continuos, contados a partir de la fecha de la publicación en la Gaceta. La Resolución contendrá:<br><strong>a)</strong> Día y hora en que se instalará la Reunión Normativa Laboral y sede de la misma.<br><strong>b)</strong> Lista de patronos y patronas y de organizaciones sindicales de trabajadores y trabajadoras que hacen actividad en la rama.<br><strong>c)</strong> Rama de actividad de que se trate.<br><strong>d)</strong> Alcance local, regional o nacional que se proponga darle a la Reunión Normativa.<br><strong>e)</strong> Anuncio de que a partir de la publicación se suspenderá la tramitación de los proyectos de convenciones colectivas o pliegos de peticiones en curso en los cuales sea parte alguno de los patronos y patronas convocados y convocadas y&nbsp;<br><strong>f)</strong> Advertencia de que desde el día y hora de la solicitud de la Reunión, y hasta que esta haya concluido, ningún patrono o patrona podrá despedir, trasladar ni desmejorar a ningún trabajador sin causa justificada debidamente calificada por un Inspector ó Inspectora de Trabajo.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:05:36 UTC</pubDate>
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         <title>ART. 457 LOTTT</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273172864</link>
         <description><![CDATA[<div>Publicación.<br>Dentro del plazo de los treinta días establecido en el artículo anterior se publicará una convocatoria donde se indique la sede, día y hora en que se instalará la Reunión Normativa Laboral, la rama de actividad convocada y se hará referencia a la Gaceta Oficial donde se publicó la Resolución.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:10:03 UTC</pubDate>
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         <title>ART. 458 LOTTT</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273173105</link>
         <description><![CDATA[<div>Presidencia de la reunión.<br>En toda Reunión Normativa Laboral intervendrá directamente el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social, por órgano del Ministro o de la Ministra, o del funcionario o funcionaria que éste o ésta designe.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:12:15 UTC</pubDate>
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         <title>ART. 459 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273173151</link>
         <description><![CDATA[<div>Efectos.<br>La convocatoria o el reconocimiento de una Reunión Normativa Laboral producirá de inmediato, la terminación en escala local, regional o nacional según sea el caso, en la rama de actividad de que se trate, de la tramitación legal de todo pliego de peticiones en el cual sean parte patronos, patronas o asociaciones de patronos y patronas, o bien sindicatos, federaciones o confederaciones de sindicatos de trabajadores y trabajadoras comprendidos y comprendidas en la Reunión Normativa Laboral.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:12:42 UTC</pubDate>
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         <title>ART 460 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273173339</link>
         <description><![CDATA[<div>OPORTUNIDAD DE OPOSICIÓN.<br>Sólo en la oportunidad de la instalación de la Reunión Normativa Laboral podrá cualquiera de las partes o un tercero o tercera afectado o afectada, oponer alegatos o defensas de fondo de la solicitud tendientes o no a impedir la continuación de la Reunión por lo que a ella respecta.........</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:13:52 UTC</pubDate>
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         <title>ART 464 LOTTT. </title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273173551</link>
         <description><![CDATA[<div>Duración de la reunión.<br>La Reunión Normativa Laboral concluirá a los ciento veinte días continuos de su instalación, pudiendo las partes convenir prórrogas de su duración.<br>El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo, podrá también prorrogarla hasta por un máximo de sesenta días continuos cuando, a su juicio, hubiere la posibilidad de que las partes lleguen a un acuerdo definitivo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:15:28 UTC</pubDate>
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         <title>ART 461 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273173835</link>
         <description><![CDATA[<div>Adhension.<br>Uno o varios sindicatos, federaciones, confederaciones o centrales sindicales de trabajadores y trabajadoras, uno o varios patronos, o una o varias patronas, que no hubieren sido convocados ni convocadas a una Reunión Normativa Laboral, podrán adherirse a ella, dentro de su ámbito de actuación, el cual deberá ser concurrente con el ámbito de aplicación de la Reunión Normativa Laboral..........</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:17:58 UTC</pubDate>
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         <title>ART. 466 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273173865</link>
         <description><![CDATA[<div>Homologacion.<br>La convención colectiva de trabajo por rama de actividad acordada en Reunión Normativa Laboral, o en su defecto, el laudo arbitral, se le dictará homologación, mediante Resolución emanada del Ministro o Ministra del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social, dicha Resolución será publicada en Gaceta Oficial.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:18:12 UTC</pubDate>
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         <title>ART.462 LOTTT</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273174029</link>
         <description><![CDATA[<div>Efectos.<br>Se considerará legalmente obligado y obligada por la convención colectiva de trabajo suscrita en la Reunión Normativa Laboral, al patrono, patrona o sindicato de patronos y patronas y a los sindicatos, federaciones, confederaciones y centrales sindicales de trabajadores y trabajadoras que, hayan sido convocados y convocadas o que se hayan adheridos de conformidad con lo establecido en la presente sección.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:19:16 UTC</pubDate>
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         <title>ART 467 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273174243</link>
         <description><![CDATA[<div>De la aplicación<br>La convención &nbsp;colectiva de trabajo por rama de actividad acordada en Reunión Normativa Laboral, o en su defecto el laudo arbitral, se aplicará a los trabajadores y a las trabajadoras que presten servicios a los patronos y a las patronas comprendidos y comprendidas en uno u otro, cualesquiera que sean sus profesiones u oficios, sin perjuicio que se establezcan condiciones de trabajo específicas para cada oficio o profesión o para determinadas entidades de trabajo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:21:04 UTC</pubDate>
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         <title>ART 468 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273174324</link>
         <description><![CDATA[<div>Solicitud de extensión.</div><div>La convención colectiva de trabajo suscrita en una Reunión Normativa Laboral o el laudo arbitral que se derive de ella, podrán ser declarados por el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social, de extensión obligatoria para los demás patronos, patronas, trabajadores y trabajadoras de la misma rama de actividad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes, a solicitud de la propia Reunión Normativa Laboral o de cualquiera de los sindicatos, federaciones, confederaciones o centrales que sean parte en la convención colectiva de trabajo o laudo arbitral.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:21:48 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>ART 470 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273174673</link>
         <description><![CDATA[<div>Efectos de la extensión.<br>La convención colectiva de trabajo o laudo arbitral declarado de extensión obligatoria, se aplicará sobre cualquier disposición en contrario contenida en los contratos de trabajo individuales o convenciones colectivas, salvo en aquellos puntos en que las estipulaciones de estas últimas sean más favorables a los trabajadores y a las trabajadoras.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:25:10 UTC</pubDate>
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         <title>ART 471 LOTTT.</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273174785</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Adhesión posterior a la homologación.<br></strong>Cuando la convención colectiva de trabajo no pudiese ser extendida por no llenar los requisitos exigidos, bastará sin embargo, que uno o varios patronos o patronas y uno o varios sindicatos de trabajadores y trabajadoras de una misma actividad, extraños a aquella convención colectiva, como resultado de un acuerdo previo, manifiesten ante el Ministerio del poder popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social su voluntad de adherirse a esa convención colectiva para que surta todos sus efectos entre los adherentes, a partir de las fechas en que manifestaren su adhesión.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 02:26:15 UTC</pubDate>
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         <title>ART 445 LOTTT &quot;Garantía de legalidad&quot;</title>
         <author>sailygamboa</author>
         <link>https://padlet.com/sailygamboa/etx7mel9j28k/wish/273183271</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;Art 446 LOTT "Responsabilidad legal".<br>Art 447 LOTTT "Oportunidad de aplicación de los acuerdos.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-08-15 04:23:54 UTC</pubDate>
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