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      <title>Requisitos Legales y Aspectos Significativos Parque Héctor Zuñiga Rovira by Dunia Chaves</title>
      <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l</link>
      <description>Grupo 01: Dunia Chaves Traña C32192 Isabella Sánchez Murillo C37325 Lesly Villagra Bolaños C38419</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-11-30 06:08:25 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2024-12-13 04:07:53 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Descripción del Parque</title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240492599</link>
         <description><![CDATA[<p>El Parque Héctor Zúñiga Rovira, conocido como el "Pulmón de Liberia", es un espacio verde inaugurado en 1991 en la ciudad de Liberia, en honor al músico guanacasteco Héctor Zúñiga Rovira. Este parque juega un papel vital en la mejora de la calidad del aire y la salud ambiental, sirviendo como un lugar de recreación y esparcimiento para los residentes y visitantes. Además de sus jardines y áreas para caminatas, el parque también es utilizado para eventos culturales y comunitarios, consolidándose como un importante punto de encuentro en la ciudad.</p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 06:11:51 UTC</pubDate>
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         <title>Aspectos Significativos Ambientales</title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240492798</link>
         <description><![CDATA[<p>Para la escala de evaluación, se marcan puntos altos, medios y bajos para los aspectos ambientales. El parque logra cumplir con 4 de los criterios que estaban siendo evaluados de una manera alta, y, siendo así, cumple medianamente con un criterio y con una puntuación baja el criterio faltante. Por lo que se deduce que la calificación en materia ambiental es un 66.6% alta, un 16.6% media y un 16.6% baja.</p><p>Además, se resalta que no fue evaluado un aspecto significativo como lo es la contaminación por ruido, a pesar de que este es un lugar público. El ente administrador debe velar por el cumplimiento del Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido (Decreto Ejecutivo N.º 39438-S-MINAE), Artículo 16: <em>"Actividades en plazas, parques y estadios"</em>, que establece: <em>"En eventos culturales, musicales y deportivos realizados en plazas, parques y estadios, los niveles de sonido permitidos en horario diurno se extienden hasta las 22:00 horas. Para otros eventos, aplica el horario nocturno a partir de las 20:00 horas."</em> (Decreto Ejecutivo N° 39428-S).</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 06:12:57 UTC</pubDate>
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         <title>Aspectos Significativos Salud Ocupacional</title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240492989</link>
         <description><![CDATA[<p>Según la evaluación del Manual de Criterios de calidad regulatoria  del parque Hector Zúñiga Rovira en cuanto a las condiciones de seguridad y salud ocupacional se detallan los aciertos y desaciertos analizados:</p><p><br></p><ol><li><p><strong>Señalización de área libre de humo de tabaco 😐:</strong> El parque si cuenta con la señalización autorizada, sin embargo, se localiza en un espacio poco visible para las personas, por lo que se le califico con puntación media. </p></li><li><p><strong>Señalización del área libre de dispositivos electrónicos que utilicen tabaco calentado o tecnologías similares (con o sin nicotina) 😔: </strong>El parque no cuenta con la señalización instalada  por lo que se le clasifica en puntuación baja, sin embargo, no se tomo en cuenta que en el momento de la inspección la rotulación oficial aun no salía en circulación. </p></li><li><p><strong>Adecuado equipo de protección personal (EPP) 😊: </strong>El personal municipal encargado de brindar limpieza y mantenimiento al espacio público cuenta con equipo de protección personal proporcionados por el gobierno local, calificándolo con una puntación alta. Sin embargo, falto indicar cuales implementos específicamente son los que utilizan y el estado de las mismos. </p></li><li><p><strong>Higiene y seguridad en venta de alimentos y bebidas </strong>😔: Las ventas de comida realizadas en el parque de estudio no cuentan con el permiso temporal creado a partir del artículo 218 bis de la Ley General de Salud, ni tampoco con la autorización sanitaria, dándoles una clasificación de baja. </p></li></ol><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 06:13:33 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240492989</guid>
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         <title>Aspectos Significativos de Infraestructura</title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240493255</link>
         <description><![CDATA[<ol><li><p>Uso responsable de parques y jardines <strong>😐</strong>: Se identificó que no hay personal de seguridad en las instalaciones, lo que ha llevado al deterioro de estructuras como bancas y columpios, aunque el medio natural permanece en buen estado, por lo que se colocó una calificación media.</p></li><li><p>Aceras<strong> 😊</strong>: Se analizó que las aceras son inclusivas, con rampas adecuadas y baldosas táctiles para personas no videntes, por lo que se le dio una calificación alta.</p></li><li><p>Anuncios publicitarios<strong> 😊</strong>: Se observó que dentro del parque no hay anuncios publicitarios en sus árboles, por lo que se le dio una calificación alta.</p></li><li><p>Pasillos<strong>😔</strong>: Se identificó que el parque carece de pasillos accesibles y solo tiene senderos de lastre no aptos para personas con discapacidad, por lo que se colocó calificación baja.</p></li><li><p>Capacidad de carga de contenedores de residuos<strong>😔</strong>: Se observó que el parque no tiene contenedores para separación de residuos, incumpliendo la normativa ambiental, por lo que le colocaron una calificación baja. Pero cabe resaltar que este aspecto no se relaciona con el apartado de infraestructura, debería de ser en el apartado de ambiental debido a que se trata de gestión de residuos.</p></li><li><p>Entradas y Rampas<strong> 😊</strong>: Se determinó que las entradas son universalmente accesibles, con rampas inclusivas conectadas a las aceras, por lo que se le dio una calificación alta.</p></li><li><p>Señalización del parqueo para accesibilidad universal <strong>😐</strong>: Consideraron que el parque tiene señalización de parqueo accesible, salvo excepciones señaladas en los apartados de salud pública y seguridad, por lo que se asignó una calificación media. Cabe resaltar que dichas excepciones que mencionaron no tienen ningún tipo de relación con la salud pública y seguridad como indicaron, ya que en los apartados de salud pública y seguridad solo se mencionan señalización sobre residuos y humo de tabaco, por lo cual no tiene relación con el parqueo para accesibilidad universal, por lo que la calificación debió de ser alta.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 06:14:17 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Requisitos Legales del Parque Héctor Zuñiga Rovira </title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240494010</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>Ley Orgánica del Ambiente (N° 7554).</p></li><li><p>Ley para la Gestión Integral de Residuos (No. 8839).</p></li><li><p>Reglamento General sobre el Manejo de Residuos Sólidos Ordinarios (Decreto N° 36093-S).</p></li><li><p>Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido (Decreto Ejecutivo N.º 39438-S-MINAE)</p></li><li><p>Ley N° 7451: Ley de Bienestar de los Animales.</p></li><li><p>Reglamento sobre la Protección, Uso y Mantenimiento de Parques y Espacios Públicos de Competencia Municipal.</p></li><li><p>Regulación de los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN), sistemas similares sin nicotina (SSSN) y dispositivos electrónicos que utilizan tabaco calentado y tecnologías similares (N° 10066).</p></li><li><p>Ley General de Salud (N.º 5395).</p></li><li><p>Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos a la Salud (N° 9028).</p></li><li><p>Reglamento a la Ley General de Control de Tabaco y sus efectos nocivos en la Salud (N° 37185-S-MEIC-MTSS-MP-H-SP).</p></li><li><p>Reglamento especial para el control de riesgos sanitarios en ventas autorizadas de acuerdo con el artículo 218 bis de la Ley General de Salud (Nº 41332-S-MTSS).</p></li><li><p>Reglamento General de Seguridad e Higiene de Trabajo (N° 1).</p></li><li><p>Reglamento General de los Riesgos del Trabajo (Nº 13466-TSS).</p></li><li><p>Código Municipal</p></li><li><p>Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (N° 7600).</p></li><li><p>Reglamento Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad (N° 26831).</p></li><li><p>Reglamento de Construcciones (INVU).</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 06:16:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Aspectos Ambientales </title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240818707</link>
         <description><![CDATA[<p>En la escala de evaluación alta, media o baja de los 100 puntos solo 4 puntos tiene un cumpliento total mientras que uno tiene un cumpliento medio y el otro un cumplimiento bajo po lo que la calificación final es de66.6% alta 16.6% medi y 16.6% baja.</p><ol><li><p>Generación de residuos<strong>😔</strong></p><p> El parque no implementa un sistema de separación de residuos debido a la falta de contenedores diferenciados para desechos orgánicos, reciclables y no reciclables. A lo dispuesto por los compañeros  se evidencia el incumplimiento de la <strong>Ley N° 8839 </strong> obliga a separar residuos en origen mediante contenedores diferenciados para orgánicos, reciclables y no reciclables (arts. 43, 44 y 50). La falta de esta práctica en el parque incumple estas disposiciones, afectando la sostenibilidad y gestión ambiental adecuada. Por lo cual se concuerda con la calificación otorgada por los compañeros.</p></li><li><p>Señalización el parque <strong>😊</strong></p><p>Tiene señalización adecuada para prevenir que los visitantes arrojen residuos, lo cual contribuye a fomentar la responsabilidad ciudadana en la gestión de desechos. Esto está alineado con el <strong>Artículo 2, inciso n)</strong> de la <strong>Ley para la Gestión Integral de Residuos (Ley N° 8839)</strong>, que enfatiza la necesidad de involucrar a las personas en la correcta disposición de los residuos y en la protección ambiental.Por lo que se esta de acuerdo con la calificación brindada por el grupo de compañeros.</p></li><li><p>Recolección de los residuos <strong>😐</strong>por parte de los trabajadores Según el <strong>artículo 8, incisos a) y d) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos (Ley N° 8839)</strong>, las municipalidades deben garantizar la gestión integral de residuos mediante un plan municipal y proveer un sistema de recolección selectiva en donde van incluidos los espacios públicos. En este caso, la municipalidad, como administradora del parque, tiene la responsabilidad de implementar estos sistemas. La falta de contenedores diferenciados incumple con sus deberes de garantizar una gestión sostenible y eficiente de los residuos generados en el lugar. Con esto se esta en desacuerdo con lo dispuesto por los compañeros ya que se le asigna calificación alta si bien es cierto la clasificación que hacen los colaboradores es buena aún falta gestión administrativa para poder calificarla con un cumplimiento alto  po lo que se le califica con un cumplimiento medio.</p></li><li><p>Mantenmiento de áreas verdes<strong>😊</strong></p><p> El parque cuenta con trabajadores encargados de su mantenimiento, el cual se realiza dos veces por semana. Este servicio está en línea con las responsabilidades de la Municipalidad de Liberia, que gestiona actividades como la "Limpieza de Vías, Parques y Ornato" para asegurar espacios públicos limpios y bien mantenidos, promoviendo la calidad del entorno urbano(Municipalidad de Liberia, 2024). Se concuerda con lacalificacón otorgada cumplimiento alto.</p></li><li><p>Protección de la flora y fauna <strong>😐</strong>De acuerdo con la Municipalidad de Liberia, aunque se establece que los usuarios no deben manipular la flora ni fauna del parque, la realidad demuestra lo contrario, ya que se ha observado que sí se realizan estas acciones. Esto contradice los principios de protección de especies establecidos en los Artículos 19 y 20, que prohíben actividades como la manipulación de árboles y plantas, así como la caza o persecución de animales en los parques y espacios<em> </em><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://p%C3%BAblicos.LA"><em>públicos. </em>La</a> calificación obtenida es media y se concuerda ya que aún le falta gestionar mejor esta parte a la administración del parque<em>.</em></p></li><li><p><em>Responsabilidad de los dueños de las mascotas</em><strong>😊</strong></p><p><em> </em>El parque tiene señalización que prohíbe arrojar heces de perro en sus instalaciones. Según el Artículo 7 de la Ley N° 8839, los propietarios de animales de compañía están obligados a recoger y depositar los excrementos de sus mascotas en lugares apropiados de espacios públicos, como parques y calles. Esta normativa busca mantener la higiene y prevenir la propagación de enfermedades, lo que coincide con la prohibición visible en el parque. Con esto se concluye el cumplimiento en este aspecto por lo que se esta de acuerdo con la califición que brindaron los compañeros con un cumplimiento alto.</p></li><li><p>Para resaltar que en el parque se debió haber evaludado la contaminación por ruido esto dado que se presentan ensayos de bandas y demás actividades que pueden llegar a contener más ruido de lo acostumbrado. Enfocado en el art 16 del  Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido Decreto Ejecutivo 39438-S ya que este contiene la regulación para actividades en parques.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 16:41:15 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Aspectos de mejora en Salud Ocupacional</title>
         <author>sanchezisabella554</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240892513</link>
         <description><![CDATA[<ol><li><p><strong>Área libre de humo de tabaco:</strong> Realizar una medición del parque para determinar el área en metros cuadrados componen el sitio de estudio, tal como lo establece el artículo 9 de la Ley N°9028: Deberán colocarse al menos dos rótulos por cada diez mil metros cuadrados (10.000 m2), dando énfasis en los lugares de mayor concurrencia de personas. En los espacios externos menores a diez mil metros cuadrados (10.000 m2), deberá colocarse al menos un rótulo.</p></li><li><p><strong>Señalización del área libre de dispositivos electrónicos que utilicen tabaco calentado o tecnologías similares (con o sin nicotina): </strong>Instalar la rotulación oficial en el parque teniendo en cuenta las dimensiones del lugar tal y como se establece en el artículo 9 de la Ley N°9028 y la Ley N°10066</p></li><li><p><strong>Higiene y seguridad en venta de alimentos y bebidas: </strong>Regular las ventas ambulantes en el parque ya que esto puede ser foco de enfermedades transmitidas por alimentos (ETAs) debido que no cuentan con las condiciones higiénicas mínimas para obtener el permiso temporal especificado en art. 218 bis de la Ley General de Salud. </p></li><li><p><strong>Salud ocupacional de los trabajadores municipales:</strong> En cuanto al trabajo realizado por los compañeros falto tomar en cuenta la Ley N° 7794 Código Municipal específicamente lo estipulado en el capítulo IX y X sobre derechos y deberes de los servidores municipales. </p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 19:05:17 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Aspectos de Mejora en la parte Ambiental </title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240956308</link>
         <description><![CDATA[<p>Para mejorar la gestión ambiental en el parque, es esencial implementar medidas clave respaldadas por la normativa vigente. La instalación de un sistema de separación de residuos, la recolección selectiva, la protección de la flora y fauna, y la evaluación de la contaminación por ruido son pasos fundamentales para garantizar la sostenibilidad del parque. Estas acciones no solo aseguran el cumplimiento de la legislación, sino que también contribuyen a la protección del medio ambiente, preservan la biodiversidad y mejoran la calidad de vida de los usuarios, promoviendo un entorno limpio, saludable y respetuoso con la naturaleza.</p><ol><li><p><strong>Sistema de separación de residuos:</strong> La implementación de contenedores diferenciados para residuos orgánicos, reciclables y no reciclables es crucial para promover una gestión adecuada de los residuos, conforme a los artículos 43, 44 y 50 de la Ley N° 8839. Estas disposiciones buscan reducir la contaminación ambiental, aumentar el reciclaje y garantizar que los residuos sean gestionados de manera eficiente. Cumplir con esta normativa es esencial para lograr una gestión sostenible de los recursos y reducir el impacto ecológico en los espacios públicos, como los parques.</p></li><li><p><strong>Recolección selectiva de residuos:</strong> La Ley N° 8839 establece en su artículo 8 la obligación de las municipalidades de garantizar un sistema de recolección selectiva para la gestión integral de los residuos. Este proceso es clave para asegurar que los residuos sean clasificados y tratados de manera adecuada, reduciendo la carga sobre los vertederos y mejorando la eficiencia de la recolección. Cumplir con esta ley en el parque promovería una gestión adecuada y sustentable, además de contribuir a la protección ambiental.</p></li><li><p><strong>Protección de flora y fauna:</strong> La Ley N° 8839 establece en los artículos 19 y 20 las medidas para proteger la flora y fauna en espacios públicos. Evitar la manipulación de especies en el parque no solo ayuda a preservar la biodiversidad, sino que también asegura que los ecosistemas locales sigan siendo saludables y funcionales. Desarrollar un plan de concientización sobre la importancia de esta protección contribuiría a mantener la riqueza natural del parque, fomentando el respeto por el entorno natural.</p></li><li><p><strong>Evaluación de la contaminación por ruido:</strong> El artículo 16 del Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido (Decreto Ejecutivo 39438-S) establece que las actividades que generen niveles elevados de ruido en espacios públicos deben ser evaluadas para garantizar que no afecten la calidad de vida de los habitantes y visitantes. Es fundamental que el parque realice una evaluación de las actividades que generen ruido, como ensayos de bandas, para prevenir posibles impactos negativos en la salud auditiva y el bienestar general de los usuarios del parque.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 21:57:24 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Aspectos de mejora en Infraestructura</title>
         <author>leslyvillagra39</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3240974051</link>
         <description><![CDATA[<ol><li><p>Los compañeros evaluaron el aspecto de la capacidad de los contenedores de residuos en el apartado de infraestructura, pero cabe resaltar que este aspecto no se relaciona con el apartado de infraestructura, debería de ser en el apartado de ambiental debido a que se trata de gestión de residuos.</p></li><li><p>Además, los compañeros le dieron una calificación media al aspecto de señalización de parqueo debido a que no cumplía en la carencia mencionada en salud pública y seguridad. Pero cabe resaltar que dichas excepciones que mencionaron no tienen ningún tipo de relación con la salud pública y seguridad como indicaron, ya que en los apartados de salud pública y seguridad solo se mencionan señalización sobre residuos y humo de tabaco, por lo cual no tiene relación con el parqueo para accesibilidad universal, por lo que la calificación debió de ser alta.</p></li><li><p>Los compañeros debieron incluir en su manual el artículo 130.- Elementos urbanos, del Reglamento a la Ley de igualdad de oportunidades para personas con discapacidad N°26831-MP. Ya que este menciona que os elementos urbanos tales como cabinas telefónicas, fuentes, basureros, bancos, maceteros y otros análogos, deben ser accesibles para personas con discapacidad y no obstruir el paso de los transeúntes.</p></li><li><p>También debieron considerar incluir el artículo 127.- Señales y salientes, del Reglamento a la Ley de igualdad de oportunidades para personas con discapacidad N°26831-MP. Ya que este indica que Cualquier señal u objeto en calles o espacios públicos debe estar a una altura mínima de 2.20 mts.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-30 23:14:18 UTC</pubDate>
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         <title>Evaluación Total del Parque Héctor Zuñiga Rovira</title>
         <author>duniachaves</author>
         <link>https://padlet.com/duniachaves/dmpkmtgohs8g0a5l/wish/3241006694</link>
         <description><![CDATA[<p>Datos Generales:</p><ol><li><p>Número total de criterios evaluados: 17.</p><ul><li><p>Ambiental: 6 criterios.</p></li><li><p>Salud y Salud Ocupacional: 4 criterios.</p></li><li><p>Infraestructura: 7 criterios.</p></li></ul></li><li><p>Valor de cada criterio en base a 100 puntos: 5.88 puntos por criterio.</p></li></ol><p>Resultados por área:</p><p>1. Área Ambiental:</p><ul><li><p>Total de criterios evaluados: 6.</p></li><li><p>Calificación alta: 3 criterios (50% del total del área).</p></li><li><p>Calificación media: 2 criterios (33.33% del total del área).</p></li><li><p>Calificación baja: 1 criterio (16.67% del total del área).</p></li></ul><p>2. Área de Salud y Salud Ocupacional:</p><ul><li><p>Total de criterios evaluados: 4.</p></li><li><p>Calificación alta: 2 criterios (50% del total del área).</p></li><li><p>Calificación media: 1 criterio (25% del total del área).</p></li><li><p>Calificación baja: 1 criterio (25% del total del área).</p></li></ul><p>3. Área de Infraestructura:</p><ul><li><p>Total de criterios evaluados: 7.</p></li><li><p>Calificación alta: 2 criterios (28.57% del total del área).</p></li><li><p>Calificación media: 2 criterios (28.57% del total del área).</p></li><li><p>Calificación baja: 3 criterios (42.86% del total del área).</p></li></ul><p>Resultados Totales:</p><ol><li><p>Criterios con calificación alta: 7 de 17 criterios (41.18% del total general).</p></li><li><p>Criterios con calificación media: 5 de 17 criterios (29.41% del total general).</p></li><li><p>Criterios con calificación baja: 5 de 17 criterios (29.41% del total general).</p></li></ol><p>Análisis:</p><ul><li><p>El desempeño general muestra que 41.18% de los criterios tienen una calificación alta, lo que es positivo. Sin embargo, el 58.82% restante (media y baja) indica que hay áreas que requieren mejora.</p></li><li><p>El área con mayor porcentaje de calificaciones bajas es Infraestructura (42.86%), lo que sugiere atención prioritaria en esta categoría.</p></li><li><p>Las áreas de Ambiental y Salud y Salud Ocupacional presentan mejor desempeño relativo, con 50% de criterios en calificación alta cada una. </p><p><br></p><p>Para mejorar integralmente la gestión ambiental, la salud ocupacional,salud pública y la infraestructura del parque, se recomienda establecer un programa integral de sostenibilidad y accesibilidad, que incluya la instalación de un sistema eficiente de separación y recolección selectiva de residuos, la implementación de medidas de protección para flora y fauna, la regulación de las actividades que generen contaminación acústica, y la señalización adecuada para áreas libres de humo y dispositivos electrónicos de tabaco, todo en estricto cumplimiento de la normativa nacional. Este programa debe incorporar un enfoque inclusivo para garantizar accesibilidad universal en todos los elementos urbanos y priorizar la capacitación del personal municipal en salud ocupacional, promoviendo un parque limpio, seguro y respetuoso con el medio ambiente, que sea modelo de sostenibilidad y bienestar para la comunidad de Liberia.</p><p>El parque no solo representa un espacio recreativo, sino también un pulmón verde vital para el cantón de Liberia, promoviendo la conexión con la naturaleza, la actividad física y el bienestar mental. Su importancia radica en su capacidad para mejorar la calidad de vida de las personas, preservar la biodiversidad y fomentar la sostenibilidad, convirtiéndose en un refugio que equilibra la vida urbana con el entorno natural.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-12-01 01:42:06 UTC</pubDate>
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