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      <title>Padlet Semana 9 by Antonella Goicochea Rodriguez</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-11-06 02:32:13 UTC</pubDate>
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         <title>Equipo</title>
         <author>antonellagr96</author>
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         <description><![CDATA[<p>FALLA / RODRÍGUEZ / NAOMI BELÉN (0009-0001-5634-0149)</p><p><br></p><p>AMPUERO / APARICIO / SANDRA GABRIELLA (0009-0009-2860-1805)</p><p><br></p><p>GOICOCHEA / RODRIGUEZ / ANTONELLA ROCIO (0009-0009-8590-9873)</p><p><br></p><p>MATO GONZALES, NICOLE IVONNE (<strong>0009-0000-6487-7256</strong>)</p><p><br></p><p>LOCK/ PASSALAQCUA / BRUNO (0009 0003 5486 9158)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 02:32:13 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>nicolmato05</author>
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         <description><![CDATA[<p>La libertad de contratar es fundamental porque permite a los individuos y empresas decidir libremente sobre sus relaciones comerciales y los acuerdos que desean establecer. Este principio es clave en una economía de mercado, donde el intercambio de bienes y servicios se basa en acuerdos voluntarios y mutuamente beneficiosos.</p><p>La <strong>importancia de la libertad de contratar</strong> radica en que:</p><ol><li><p><strong>Fomenta la autonomía y el desarrollo económico</strong>: La libertad de contratar permite a las personas tomar decisiones sobre el uso de sus recursos y el destino de su propiedad. Esto es esencial para la iniciativa privada y la eficiencia económica, ya que los agentes pueden establecer acuerdos que maximicen sus beneficios.</p></li><li><p><strong>Promueve la justicia y el respeto entre las partes</strong>: Al permitir que las personas y empresas celebren acuerdos en los que ambas partes estén de acuerdo, se fomenta un trato justo y el cumplimiento de las obligaciones acordadas.</p></li><li><p><strong>Facilita la seguridad jurídica</strong>: La libertad de contratar, en un marco de leyes claras, da confianza a los agentes económicos, ya que pueden prever las consecuencias legales de sus contratos y hacer cumplir sus derechos.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 02:47:46 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>nicolmato05</author>
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         <description><![CDATA[<p>El <strong>Estado protege la libertad de contratar</strong> porque:</p><ol><li><p><strong>Garantiza el orden y el respeto mutuo</strong>: Al asegurar que los contratos se cumplan según lo pactado, el Estado contribuye a un entorno donde las partes pueden confiar en que sus derechos serán respetados.</p></li><li><p><strong>Impulsa el bienestar general</strong>: La protección de los contratos ayuda a crear un entorno económico estable y dinámico, lo que es positivo para el desarrollo social y económico.</p></li></ol><p>Artículos de la Constitución del Perú</p><p>En la <strong>Constitución Política del Perú de 1993</strong>, se encuentran artículos que refuerzan y protegen la libertad de contratar:</p><ul><li><p><strong>Artículo 2, inciso 14</strong>: Este artículo garantiza a las personas la libertad de contratar y establecer relaciones de acuerdo a sus necesidades e intereses, en tanto no se infrinja el orden público ni las buenas costumbres. Señala:</p><blockquote><p>"A contratar con fines lícitos, siempre que no se infrinjan leyes de orden público."</p></blockquote></li><li><p><strong>Artículo 62</strong>: Este artículo garantiza la libertad de contratación y estipula que los términos de los contratos no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones. Este artículo protege la estabilidad y cumplimiento de los contratos:</p><blockquote><p>“La libertad de contratar garantiza que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones. Conflictos contractuales que surjan se solucionarán de acuerdo a lo convenido o según la ley.”</p></blockquote></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 02:49:15 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>sandragabriellampuero</author>
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         <description><![CDATA[<p>La inversión nacional y extranjera es crucial para la economía, ya que impulsa el crecimiento, genera empleo y mejora la competitividad. El Estado promueve estas inversiones para atraer capital, tecnología y fomentar el desarrollo económico. Por ejemplo, en Perú, la inversión extranjera directa (IED) alcanzó US$ 6,717 millones en 2023, siendo clave en sectores como minería y telecomunicaciones. Además, la IED permite a las empresas locales acceder a nuevas tecnologías y mercados, beneficiando a la economía en general. En el Título III de la Constitución, se establece que el Estado debe promover la inversión privada y garantizar un marco legal que favorezca el desarrollo económico (Artículos 58 y 59).</p><p><br/></p><p><br/></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 02:52:42 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Referencias</title>
         <author>sandragabriellampuero</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3203618783</link>
         <description><![CDATA[<p>Pro Inversión (2023) Inversión Extranjera Directa. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.investinperu.pe/es/invertir/inversion-extranjera/inversion-extranjera-directa">https://www.investinperu.pe/es/invertir/inversion-extranjera/inversion-extranjera-directa</a> </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 02:53:41 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>brunolockp1512</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3203676979</link>
         <description><![CDATA[<p>La protección al consumidor en el Perú es el conjunto de derechos y garantías que el Estado ofrece para proteger a los consumidores frente a posibles abusos y prácticas desleales en el mercado. Esto incluye el derecho a recibir productos y servicios de calidad, la transparencia en la información, y la protección de la salud y seguridad. El Estado busca prevenir la asimetría informativa, es decir, la desventaja de los consumidores frente a los proveedores por falta de información adecuada, y garantizar que las transacciones sean justas y equilibradas. La Ley N.º 29571, o Código de Protección y Defensa del Consumidor, regula los derechos de los consumidores y establece los mecanismos de protección frente a prácticas abusivas.</p><p>La intervención estatal en este ámbito es esencial para construir una economía social de mercado sólida y equilibrada. En este contexto, el Estado peruano debe promover la protección al consumidor para asegurar la seguridad de los productos y servicios que se ofrecen, reduciendo prácticas abusivas y evitando que las empresas tomen ventaja de su posición. Según el Artículo 65 de la Constitución del Perú, el Estado tiene la obligación de defender los intereses de los consumidores, regulando y supervisando el mercado en favor de los derechos y bienestar de los ciudadanos.</p><p>Diversas instituciones intervienen en esta protección. INDECOPI es la principal entidad que supervisa el cumplimiento de las normas de consumo, sancionando prácticas comerciales injustas y educando a los consumidores. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) se encarga de proteger los derechos de los consumidores en el sector financiero, asegurando un trato justo en créditos, seguros y otros servicios financieros. La Defensoría del Pueblo también contribuye a proteger a los consumidores, especialmente en sectores sensibles como la educación y la salud, monitoreando que se respeten sus derechos.</p><p><strong>Referencia en formato APA:</strong><br>Constitución Política del Perú. Título III.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 03:29:08 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>antonellagr96</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3203677593</link>
         <description><![CDATA[<p>La <strong>economía social de mercado</strong> es un modelo que combina la libertad económica con una intervención estatal moderada para asegurar el bienestar de la población. Este modelo busca equilibrar el crecimiento económico con la justicia social, asegurando que los beneficios del mercado lleguen a la mayor parte de la población, garantizando al mismo tiempo un nivel mínimo de bienestar. (Economipedia, 2020)​.</p><p>Se enfoca en la protección de la propiedad privada y la competencia, pero también reconoce la necesidad de que el Estado intervenga en áreas esenciales como servicios públicos y bienestar social, para corregir fallos de mercado y evitar desigualdades (Economipedia, 2020)​.</p><p>Este modelo es común en países como <strong>Alemania</strong>, <strong>Suecia</strong>, <strong>Austria</strong> y <strong>Japón</strong>, donde se ha logrado un equilibrio entre el desarrollo económico y la protección social. Los pilares clave de este modelo incluyen la protección de los derechos sociales, la redistribución de la riqueza, y la sostenibilidad (Economipedia, 2020)​.</p><p>En cuanto a la diferencia con el <strong>libre mercado</strong>, que se basa principalmente en la mínima intervención del Estado en la economía, la economía social de mercado reconoce que ciertos sectores requieren regulación y apoyo para garantizar que los beneficios de la economía lleguen a todos los sectores de la sociedad. Mientras que el libre mercado permite que el mercado determine los precios y recursos sin restricciones gubernamentales, la economía social de mercado asegura que el mercado funcione de manera eficiente sin que se produzcan grandes desigualdades sociales (Economipedia, 2020)​.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 03:29:31 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>antonellagr96</author>
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         <description><![CDATA[<p>En el contexto peruano, el modelo de <strong>economía social de mercado</strong> está reflejado en la Constitución, donde se promueve un sistema económico libre con la intervención estatal en áreas clave para el bienestar social. Según el Título III de la Constitución peruana, el Estado promueve la iniciativa privada dentro de un marco de justicia social y desarrollo sostenible, lo que resalta el enfoque del Estado en la regulación de la economía para proteger los derechos sociales y garantizar la competitividad (LP Derecho, 2024).</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 03:29:50 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>antonellagr96</author>
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         <description><![CDATA[<p>La posición de dominio en la economía se refiere a la capacidad que tiene una empresa o grupo de empresas para influir de manera significativa en el mercado, alterando las condiciones de competencia en su favor. Esto ocurre cuando un actor económico tiene poder suficiente para fijar precios o imponer condiciones que afecten a otros competidores, proveedores y consumidores sin depender de la competencia.</p><p>El Estado combate el abuso de la posición de dominio debido a que este tipo de prácticas puede generar distorsiones en el mercado, perjudicar a los consumidores y restringir la competencia. El abuso de esta posición puede implicar prácticas anticompetitivas como la discriminación de precios, la exclusión de competidores o la imposición de condiciones comerciales desfavorables para los consumidores.</p><p><strong>Un ejemplo </strong>claro de abuso de posición de dominio en Perú es el caso de Telefónica del Perú, que ha sido sancionada por prácticas de "venta atada", donde condicionaba la compra de servicios adicionales a la contratación de su servicio principal, lo que limitaba las opciones del consumidor y restringía la competencia​.</p><p>En cuanto a la legislación, el artículo 61 de la Constitución peruana establece que el Estado debe facilitar y vigilar la libre competencia y combatir toda práctica que la limite, así como el abuso de posiciones dominantes o monopólicas​. Además, el Decreto Legislativo N° 1034 sanciona el abuso de posición de dominio en mercados donde se percibe una concentración excesiva de poder económico, con el fin de proteger el bienestar del consumidor.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 03:36:00 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Referencias:</title>
         <author>antonellagr96</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3203686513</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>Constitución Política del Perú. (1993). Art. 61.</p></li><li><p>Yamali Rojas, Y. (2012). El abuso de la posición de dominio en el mercado.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://derechousmp.com">https://derechousmp.com</a>.</p></li><li><p>Serperuano. (2018). Constitución prohíbe abuso de posición de dominio, pero falta ley antimonopolio. <strong> </strong><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://serperuano.com">https://serperuano.com</a>.</p></li><li><p>Indecopi. (2020). Las leyes de libre competencia en el Perú y el abuso de posición de dominio. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://economica.pe">https://economica.pe</a>.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 03:36:14 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Referencias:</title>
         <author>antonellagr96</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3203687050</link>
         <description><![CDATA[<p>Economipedia. (2020). <em>Economía social de mercado</em>. Economipedia. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://economipedia.com/definiciones/economia-social-de-mercado.html">https://economipedia.com/definiciones/economia-social-de-mercado.html</a></p><p>LP Derecho. (2024). <em>Economía social de mercado como rol económico político ordoliberal de la Constitución de 1993</em>. LP Derecho. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://lpderecho.pe/economia-social-mercado-rol-economico-politico-ordoliberal-constitucion-1993/">https://lpderecho.pe/economia-social-mercado-rol-economico-politico-ordoliberal-constitucion-1993/</a></p><p>Westreicher, G. (2020). <em>Economía social de mercado</em>. Economipedia. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://economipedia.com/definiciones/economia-social-de-mercado.html">https://economipedia.com/definiciones/economia-social-de-mercado.html</a></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 03:36:41 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>naomifalla</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3204331557</link>
         <description><![CDATA[<p>Es la coexistencia de diversos sistemas económicos y modelos de producción dentro de una misma sociedad o economía. Esto implica que no existe un único modelo económico dominante, sino que conviven diferentes formas de organizar la producción, la distribución y el consumo de bienes y servicios.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 11:53:10 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>naomifalla</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3204332772</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Ventajas del Pluralismo Económico</strong></p><p><br/></p><ul><li><p><strong>Mayor resiliencia:</strong> Una economía diversificada es menos vulnerable a crisis. Si un sector se ve afectado, otros pueden compensar la pérdida.</p></li><li><p><strong>Innovación:</strong> La competencia entre diferentes modelos estimula la innovación y la búsqueda de nuevas soluciones.</p></li><li><p><strong>Equidad:</strong> Al promover la diversidad, el pluralismo económico puede contribuir a una distribución más equitativa de la riqueza.</p></li></ul><p><br/></p><p><strong>Desventajas del Pluralismo Económico</strong></p><p><br/></p><ul><li><p><strong>Incertidumbre:</strong> La diversidad de modelos económicos puede generar incertidumbre para los inversores y las empresas.</p></li><li><p><strong>Conflictos: </strong>La competencia entre diferentes actores económicos puede generar conflictos y tensiones sociales.</p></li><li><p><strong>Dificultad de coordinación:</strong> Coordinar las políticas económicas de diferentes sectores puede ser complejo.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 11:54:10 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>naomifalla</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3204339723</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Consecuencias del Pluralismo Económico en el Perú</strong></p><p><br/></p><p>Consecuencias Positivas</p><ul><li><p><strong>Diversificación económica:</strong> El pluralismo económico ha promovido la diversificación de la economía peruana, reduciendo la dependencia de sectores tradicionales como la minería y la agricultura. Esto ha llevado a la creación de nuevas empresas y sectores, generando empleo y dinamizando la economía.</p></li><li><p><strong>Mayor competencia:</strong> La coexistencia de diversas empresas ha generado una mayor competencia, lo que ha llevado a una mejora en la calidad de los productos y servicios, así como a una reducción de precios.</p></li><li><p><strong>Innovación:</strong> Al fomentar la competencia y la diversidad, el pluralismo económico ha incentivado la innovación y el desarrollo de nuevas tecnologías.</p><p><br/></p></li></ul><p>Consecuencias negativas</p><ul><li><p><strong>Desigualdad:</strong> A pesar de sus beneficios, el pluralismo económico también ha contribuido a aumentar la desigualdad en el Perú. La concentración de la riqueza en pocas manos y la informalidad laboral son problemas persistentes.</p></li><li><p><strong>Informalidad:</strong> El pluralismo económico no ha logrado erradicar la informalidad en la economía peruana, lo que limita la recaudación de impuestos y dificulta la aplicación de normas laborales.</p></li><li><p><strong>Falta de coordinación:</strong> La coexistencia de diversos actores económicos ha dificultado la coordinación de políticas públicas y la creación de un marco regulatorio adecuado.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 12:00:11 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Referencias</title>
         <author>naomifalla</author>
         <link>https://padlet.com/antonellagr96/cxo4868rcw3gu4xe/wish/3204353399</link>
         <description><![CDATA[<p>Constitución Política del Perú.(1993). Art. 60 y Art. 61.</p><p><br/></p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con3_uibd.nsf/9C1C43653C97169D052578C300776BC1/%24FILE/Constituci%C3%B3n_Pol%C3%ADtica_delPer%C3%BA_1993_art.58-77.pdf">https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con3_uibd.nsf/9C1C43653C97169D052578C300776BC1/$FILE/Constituci%C3%B3n_Pol%C3%ADtica_delPer%C3%BA_1993_art.58-77.pdf</a></p><p><br/></p><p>Ramírez, Willy. (22/04/2022). Pluralismo económico. Expreso.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.expreso.com.pe/opinion/pluralismo-economico/">https://www.expreso.com.pe/opinion/pluralismo-economico/</a></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-11-06 12:12:11 UTC</pubDate>
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