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      <title>Prestaciones de Régimen General by VICTOR HERNANDEZ COLINA</title>
      <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz</link>
      <description>Víctor Hernández Colina 
1ºSMRA-M</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-05-01 18:47:12 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2022-06-15 16:53:13 UTC</lastBuildDate>
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         <title>Incapacidad Temporal</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165938254</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.<br><br></div><div>Esta prestación económica está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General y de los regímenes especiales de la Seguridad Social.</div><div><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?<br>Estar Afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante<br>En la enfermedad común: tener cotizados 180 días en los 5 años inmediatamente anteriores.</div><div><br></div><div>¿Cómo puedo calcularla?<br>Contigencias Comunes:<br>BCCC mes anterior a la baja / Numero de dias cotizados (30,31,28 o 29)<br><br>Contingencias Profesionales:<br>BCCP mes anterior a la baja sin horas extraordinarias / Numero dias cotizados + Horas Extraordinarias del año natural anterior / 365 o 360<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 18:47:44 UTC</pubDate>
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         <title>Riesgo durante la lactancia natural</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165938738</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>La prestación económica trata de cubrir la pérdida de ingresos que se produce, cuando la trabajadora es declarada en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia natural de un menor de 9 meses, en los supuestos en que, debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su situación, dicho cambio&nbsp; no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.<br><br></div><div>Esta nueva prestación está incluida dentro de la acción protectora de todos los regímenes del Sistema de la Seguridad Social y se podrá reconocer a partir del 24-03-07, aunque el parto se haya producido con anterioridad, siempre que el lactante no haya cumplido los 9 meses.</div><div><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?<br>(No todas)<br><br>Las trabajadoras por cuenta ajena y socias trabajadoras de sociedades cooperativas o laborales, declaradas en situación de suspensión de contrato o permiso por riesgo durante la lactancia, siempre que reúnan los siguientes <strong>requisitos:<br></strong>Estar afiliadas y en alta en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social. <br>Se considerarán de pleno derecho afiliadas y en alta, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones.<br>Para las profesionales taurinas, la inclusión en el censo de activos equivale a la situación de alta.<br>Se considera situación de alta especial la huelga legal o cierre patronal.<br><em>En el caso de los representantes de comercio</em> se exige, además, estar al corriente del pago de cuotas en la fecha en que sobrevenga la contingencia. Si no están al corriente, se advertirá de la necesidad de que se pongan al corriente, quedando condicionado el pago de la prestación al cumplimiento de dicha obligación.<br><em>En los supuestos de pluriactividad:<br>No se exige período mínimo de cotización </em>al derivarse de contingencias profesionales.</div><div><br>¿Cómo puedo calcularla?<br>La prestación económica consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 18:48:38 UTC</pubDate>
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         <title>Nacimiento y cuidado de menor</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165938896</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>Se consideran situaciones protegidas, durante los períodos de descanso y permisos que se disfruten por tales situaciones:</div><ul><li>El nacimiento de hijo o hija.</li><li>La adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar siempre que, en este último caso, su duración no sea inferior a un año, y se trate de:<ul><li>Menores de 6 años.&nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;</li></ul></li></ul><div><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?</div><ol><li>Estar afiliados o afiliadas y en alta o en situación<em> asimilada al alta.</em></li><li>Tener cubierto un período mínimo de cotización que varía en función de la edad:</li></ol><ul><li>Si las personas trabajadoras tienen <strong>menos de 21 años de edad</strong> en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:<ul><li>No se exigirá período mínimo de cotización.</li></ul></li><li>Si las personas trabajadoras tienen<em> </em><strong>cumplidos 21 años de edad y son menores de 26 </strong>en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:<ul><li>90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente,</li><li>180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.</li></ul></li><li>Si las personas trabajadoras tienen <strong>cumplidos los 26 años de edad</strong> en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción:<ul><li>180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente,</li><li>360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.</li></ul></li></ul><div><br>¿Cómo puedo calcularla?<br>La prestación económica por nacimiento y cuidado de menor consistirá en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 18:48:59 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165938896</guid>
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         <title>Incapacidad permanente</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165944328</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>Prestación económica que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.<br><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?<br>Hay varios grados de incapacidad permanete:<br>Parcial: Disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para la profesión.&nbsp;<br>Total: Inhabilita para las tareas fundamentales de la profesion habitual.<br>Absoluta: Inhabilita por completo al trabajador para cualquier profesion.<br>Gran Invalidez: A consecuencia de perdidas anatómicas y funcionales graves, se necesita otra persona para los actos esenciales de la vida.<br><br>¿Cómo puedo calcularla?<br>B.R en enfermedad comun:<br>ΣBCCC 96 Mese anteriores / 112 - Mayores de 52 años.<br>ΣBCCC (periodo de cotizacion inferior a 8 años) Mensuales del periodo de cotizacion minimo exigible / numero de mesesx1'1666<br><br>B.R por accidente no laboral:&nbsp;<br>Se suman las BCCC de 24 meses ininterrumpidos elegidos por el interesado en los 7 años anteriores entre 28.<br><br>B.R en CP:<br>Se divide por la 12 la suma de:<br>Sueldo y antigüedad diarios multiplicado por 365.<br>Importe Anual de las pagas extraordinarias, beneficios o participacion.<br>Pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias del año anterior, dividida por los dias efectivamente trabajados y multiplicada por 273, salvo que el numero de dias laborables efectivos sea inferior.<br><br>Cuantía:<br>Parcial - Indemnización de 24 mensualidades de la misma base reguladora que en IT.<br>Total - 55% de la base reguladora. En enfermedad comun, no sera menor al 55% de la base minima de cotización vigente. Se incrementa en un 20% para los mayores de 55 años que no trabajen. Los menores de 60 años que trabajan pueden sustituirla por una indemnizacion.<br>Absoluta - 100% de la base reguladora<br>Gran Invalidez - 100% de la base regulaora más un complemento (C)<br>C = 45% base minima de cotizacion vigente + 30% ultima base de cotizacion del beneficiario, donde C= 45% de la pension sin complemento</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 18:58:54 UTC</pubDate>
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         <title>Lesiones permanentes no incapacitantes</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165944997</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>Prestación consistente en una indemnización a tanto alzado que la Seguridad Social reconoce a los trabajadores que sufran lesiones, mutilaciones y deformidades causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución de la integridad física del trabajador, siempre que aparezcan recogidas en el baremo<a href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Normativa?categoria1=2010&amp;categoria2=3033#095323">&nbsp;</a>establecido al efecto.<br><br></div><div>Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social y de los Regímenes Especiales de Trabajadores del Mar, Trabajadores Autónomos y Minería del Carbón.</div><div><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?<br>Los trabajadores integrados en el <a href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10548/10562/4072">Régimen General</a>, en alta o situación asimilada a la de alta, que hayan sufrido la lesión, mutilación o deformación con motivo de un accidente de trabajo o enfermedad profesional y hayan sido dados de alta médica por curación.<br><br>¿Cómo puedo calcularla?<br><br></div><ul><li>La prestación consiste en una indemnización a tanto alzado, que se concede por una sola vez, cuya cuantía está fijada por <a href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Normativa?categoria1=2010&amp;categoria2=3033#095323">baremo</a> y para las lesiones, mutilaciones y deformidades que en el mismo se recogen.</li><li>La cuantía de la prestación se aumentará, según la gravedad de la falta, de un 30% a un 50% cuando la lesión, mutilación o deformidad se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 19:00:20 UTC</pubDate>
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         <title>Jubilación</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165945262</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>La prestación por jubilación, en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos.<br><br></div><div>Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales que integran el Sistema de la Seguridad Social, con las particularidades y salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo Régimen Especial. Junto a ella, pervive la pensión de vejez del Régimen residual del SOVI.</div><div><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?<br>Personas de 67 años o personas de 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.</div><div><br>¿Cómo puedo calcularla?<br>BCCC (De los últimos 300 meses)/ 350</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 19:00:53 UTC</pubDate>
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         <title>Muerte y supervivencia</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165945371</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>Las prestaciones por muerte y supervivencia están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras.<br><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?<br>Viudedad: Conyuge o pareja de hecho<br>Orfandad: Hijo del causante y el conyuge sobreviviente<br>En favor de familiares: Familiares que hayan convivido a expensas del fallecido.<br><br>¿Cómo puedo calcularla?<br>Viudedad -&nbsp;<br>B.R CC: Cociente que resulte de dividir por 28 la suma de las bases de cotizacion del interesado durante un periodo ininterrumpido de 24 meses, elegido por los beneficiarios dentro de los 15 años inmediatamente anteriores.<br><br>B.R CP: Se calcula dividiendo por 12 la suma de:.&nbsp;<br>Sueldo y antigüedad diarios multiplicado por 365<br>Importe anual de las pagas extraordinarias, beneficios o participacion.<br>Cantidad total de los complementos salariales del año anterior, dividida entre los dias efectivamente trabajados y multiplicada por 273, salvo que el numero de dias laborables efectivos sea inferior.&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 19:01:10 UTC</pubDate>
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         <title>Prestaciones por desempleo (SEPE)</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165947151</link>
         <description><![CDATA[<div>¿En qué consiste?<br>La prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %.<br><br></div><div>Para el acceso a la misma se requiere, además de cumplir los requisitos que más adelante se indican, la cotización previa por desempleo de la persona trabajadora a la Seguridad Social.</div><div><br>¿Quién puede llegar a solicitarla?</div><ul><li>Las personas trabajadoras por cuenta ajena incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, que coticen por la contingencia de desempleo.</li><li>Las personas trabajadoras por cuenta ajena incluidas en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social que protegen esta contingencia de desempleo (Minería del Carbón, Régimen Especial de los Trabajadores del Mar), las personas trabajadoras fijas por cuenta ajena del Sistema Especial Agrarío de la Seguridad Social y las personas trabajadoras eventuales por cuenta ajena del mismo Sistema.</li><li>Los socios y socias de cooperativas de trabajo asociado y de cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, así como los socios y socias de trabajo de otras cooperativas, que se incluyan en un Régimen de la Seguridad Social que proteja esta contingencia.</li><li>Las personas penadas que hubiesen sido liberadas de prisión por cumplimiento de condena o libertad condicional.</li><li>Las personas trabajadoras emigrantes retornadas.</li><li>Las personas trabajadoras extranjeras en España, nacionales de países que pertenecen a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo o que no pertenecen a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo que residen legalmente en nuestro país y que cumplen los requisitos legalmente exigidos, tendrán derecho a las prestaciones por desempleo de nivel contributivo siempre que estén inscritas como demandantes de empleo.</li><li>Los funcionarios y funcionarias de empleo y personal contratado de colaboración temporal en régimen de derecho administrativo al servicio de las Administraciones Públicas.</li><li>Militares de Complemento y militares profesionales de Tropa y Marinería.</li><li>Miembros de corporaciones locales y de Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares de Baleares, que desempeñen dichos cargos con dedicación exclusiva o parcial y perciban una retribución por el desempeño del cargo.</li><li>Cargos representativos de los sindicatos constituidos al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, que ejerzan funciones sindicales de dirección con dedicación exclusiva o parcial, siempre que perciban una retribución.</li><li>Altos cargos de las Administraciones Públicas que tengan dedicación exclusiva, estén retribuidos y no sean personal funcionario público ni tengan derecho a percibir cualquier tipo de prestación compensatoria como consecuencia de su cese.</li></ul><div><br>¿Cómo puedo calcularla?<br>B.R= ΣBCCP últimos 180 días sin horas extraordinarias / 180<br>Cuantía:<br>Hasta día 180 - 70% de la B.R<br>A partir del día 181 - 50% de la B.R</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 19:04:18 UTC</pubDate>
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         <title>Tipos de Prestaciones en el Régimen General</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2165960634</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-05-01 19:27:36 UTC</pubDate>
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         <title>BIBLIOGRAFIA</title>
         <author>victorhernandezcolina</author>
         <link>https://padlet.com/victorhernandezcolina/cq21cq9l6ihdbskz/wish/2222174129</link>
         <description><![CDATA[<div>https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores<br><br>El propio libro de texto.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-06-15 16:53:07 UTC</pubDate>
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