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      <title>Foro: Diversas  especies de obligaciones by Diseño Cursos Virtuales (REPOSITORIO) Recursos de Apoyo</title>
      <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj</link>
      <description>Participe respondiendo lo siguiente:
- ¿Qué son obligaciones naturales?
- ¿Qué son obligaciones civiles? 

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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-11-29 16:34:18 UTC</pubDate>
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         <title>Katherine Juliette Alvarez Turcios</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2736621935</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><em>¿Que son obligaciones Naturales?</em></strong><br>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Estas obligaciones están desprovistas de acciones, es decir que no existen mecanismos legales o medios procedimentales para su ejecución. Son deberes de conciencia asumiendo así solamente obligaciones Morales.<br><strong><em><br>¿Qué son las obligaciones civiles?</em></strong></div><div>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Son aquellas que están provistas de acción cuyas obligaciones contraídas se ejecutan mediante mecanismos procedimentales o se pueden hacer valer en un juicio.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-07 17:47:39 UTC</pubDate>
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         <title>FATIMA MELISSA PAGUAGA</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>¿QUE SON LAS OBLIGACIONES NATURALES?<br>Las obligaciones naturales son un concepto legal que varía según la jurisdicción y el sistema legal en cuestión. En general, se refieren a obligaciones que no pueden ser exigidas legalmente a través de un tribunal o un proceso judicial, pero que aún representan una obligación moral o ética.<br><br></div><div><br>Estas obligaciones suelen surgir en situaciones en las que una deuda ha prescrito o no puede ser legalmente ejecutada debido a la expiración de los plazos legales o a la falta de cumplimiento de ciertos requisitos legales. A pesar de que no pueden ser forzadas legalmente, las personas pueden sentir una responsabilidad ética o moral para cumplirlas.<br><br></div><div><br>Un ejemplo común de una obligación natural es una deuda que ha prescrito debido al vencimiento de los plazos legales para presentar una demanda. Aunque la deuda no puede ser legalmente exigida, el deudor puede sentir la obligación de pagarla por razones morales o éticas.<br><br>¿QUE SON LAS OBLIGACIONES CIVILES?<br>Las obligaciones civiles son un concepto legal que se refiere a compromisos o deberes legales que surgen de acuerdos o contratos celebrados entre partes privadas, así como de las leyes civiles y comerciales. Estas obligaciones están respaldadas por el sistema legal de un país y pueden ser objeto de cumplimiento forzado a través de los tribunales en caso de incumplimiento. A diferencia de las obligaciones naturales, que mencioné anteriormente, las obligaciones civiles son legalmente exigibles.<br><br></div><div><br>Algunos ejemplos comunes de obligaciones civiles incluyen:<br><br></div><ol><li>Contratos: Las partes celebran acuerdos voluntarios que crean obligaciones legales. Por ejemplo, un contrato de compraventa establece la obligación de un vendedor de entregar un producto y la obligación del comprador de pagar por él.</li><li>Obligaciones legales: Las leyes civiles pueden imponer obligaciones a individuos o entidades. Por ejemplo, las leyes pueden establecer la obligación de los empleadores de proporcionar un entorno de trabajo seguro o la obligación de los arrendadores de mantener en buen estado de funcionamiento una propiedad alquilada.</li><li>Deudas: Cuando una persona toma prestado dinero, se crea una obligación civil para pagar el préstamo de acuerdo con los términos acordados.</li><li>Responsabilidad civil: Si alguien causa daños a otra persona o propiedad debido a su negligencia, puede tener una obligación civil de compensar a la parte perjudicada por los daños.</li><li>Acuerdos legales varios: Además de los contratos tradicionales, existen varios acuerdos legales que generan obligaciones civiles, como acuerdos de licencia, acuerdos de arrendamiento, acuerdos de sociedad, entre otros.</li></ol><div><br><br></div><div><br><br><br><br></div><div><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-15 04:41:59 UTC</pubDate>
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         <title>Axleny Grisell Castellanos Pineda</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<ul><li>¿Qué son obligaciones naturales?</li></ul><div>Son Obligaciones Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado, en razón de ellas.</div><ul><li>¿Qué son obligaciones civiles?</li></ul><div>Las Obligaciones Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-15 18:01:48 UTC</pubDate>
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         <title>Flor de Maria Enamorado Mejia </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2747012046</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>¿Qué son obligaciones naturales?</li></ul><div>Son aquellas que no son exigibles, pero que si se prometen, la promesa es válida, y si se pagan, su pago o cumplimiento es irrepetible.<br><br>Qué son obligaciones civiles?<br>Son las obligaciones sancionadas por la ley que le permite al acreedor satisfacer su ejecución judicialmente. &nbsp;</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-15 19:22:39 UTC</pubDate>
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         <title>Fabricio Nahun Tabora Aguilar </title>
         <author>fabritabora</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2747077916</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Qué son obligaciones naturales?</li></ul><div><br>En el derecho obligatorio, las <strong>obligaciones naturales</strong> son una categoría intermediaria entre las obligaciones civiles o jurídicas&nbsp; y las obligaciones morales.</div><div>A diferencia de las obligaciones civileslas obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento; en otras palabras, la obligación natural es lícita, pero no goza de coactividad, es decir, no son judicialmente exigibles. Que sea lícita implica que las obligaciones naturales permitan retener el pago realizado en virtud de estas obligaciones, por lo tanto, si el pago se cumple voluntariamente, éste no es luego repetible.<br><br></div><ul><li>¿Qué son obligaciones civiles?</li></ul><div>La obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.​</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-15 21:13:59 UTC</pubDate>
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         <title>Genesis Nicolle Roduguez Ortiz</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2747161068</link>
         <description><![CDATA[<div>1. ¿Qué son obligaciones naturales?<br>Las obligaciones naturales son compromisos morales o éticos que, a pesar de no ser legalmente exigibles, tienen un fundamento moral, social o personal. En otras palabras, se trata de obligaciones que no pueden ser forzadas mediante un proceso judicial, pero que aún así se espera que la persona las cumpla debido a un sentido de responsabilidad, moralidad o solidaridad.<br><br>2. ¿Qué son obligaciones civiles?<br>Las obligaciones civiles, por otro lado, son compromisos legalmente vinculantes que pueden ser exigidos a través de un proceso judicial si no se cumplen voluntariamente. Estas obligaciones están respaldadas por la ley y pueden incluir contratos, deudas, acuerdos comerciales y otras obligaciones legales reconocidas.Si una parte no cumple con una obligación civil, la otra parte tiene derecho a buscar reparación o cumplimiento a través de un tribunal u otro mecanismo legal.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-16 00:02:10 UTC</pubDate>
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         <title>Graciela Flores </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2747239342</link>
         <description><![CDATA[<div>Que son las obligaciones civiles?<br>Son aquellas que dan derecho a exigir su cumplimiento.<br>Que son las obligaciones Naturales?<br>Son las que confieren el derecho para exigir su cumplimiento pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado.<br>&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-16 01:09:36 UTC</pubDate>
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         <title>Kimberley Jarleth Fuentes Martínez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2751162696</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Qué son obligaciones naturales?</li></ul><div>las obligaciones naturales son una categoría intermediaria entre las obligaciones civiles y las obligaciones morales.&nbsp;</div><div>por ejm.</div><div>Si un menor de edad que le presta dinero a otro. Una deuda de juego. Oposición de deudas en compensación, a partir de una deuda no constituida formalmente. Un demente que compra un producto sin estar en su capacidad plena.</div><div><br></div><ul><li>¿Qué son obligaciones civiles?</li></ul><div>Es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.​&nbsp;<br>Por ejem.<br>Decir la verdad cuando se está bajo juramento. Cumplir siempre los términos de un contrato legal que se haya firmado. No adueñarse de los bienes ajenos. No comer cerdo si se es judío o musulmán practicantes.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-17 16:40:44 UTC</pubDate>
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         <title>Bessy Abigail Romero      DIVERSAS ESPECIES DE OBLIGACIONES     </title>
         <author>bessy4527</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2751236206</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><strong>Obligaciones Naturales</strong> : carecen de acción judicial para su cumplimiento. En otras palabras, son deberes morales o éticos que no pueden ser forzados legalmente. A pesar de no ser exigibles ante un tribunal, las obligaciones naturales tienen un valor moral y ético, y pueden ser cumplidas voluntariamente. En algunos casos, las obligaciones naturales pueden ser el resultado de una deuda que ha prescrito o de un contrato nulo o anulado.</li><li><strong>Obligaciones Civiles</strong> :  pueden ser exigidas legalmente en los tribunales, están respaldadas por el sistema legal y pueden dar lugar a sanciones si no se cumplen.  En caso de incumplimiento, la parte perjudicada puede presentar una demanda para hacer cumplir la obligación.Estas obligaciones pueden incluir contratos, préstamos, acuerdos comerciales y otros compromisos legales.</li></ul><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-17 17:23:10 UTC</pubDate>
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         <title>Aryani Daniela Castro Serrano </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2751478390</link>
         <description><![CDATA[<div>¿Qué son las obligaciones Naturales?<br>Son aquellas obligaciones que están desprovistas de acción, es decir que no existen mecanismos legales o medios procedimentales para su ejecución. Se basan en derecho natural como los deberes de conciencia asumiendo asi solamente obligaciones morales.<br><br>¿Qué son obligaciones civiles?<br>Son aquellas que si están provistas de acción o "actio" ,cuyas obligaciones contraídas se ejecutan mediante mecanismos procedimentales o se pueden hacer valer en un juicio.<br><br>Código Civil&nbsp;<br>Artículo 1372. Las obligaciones son civiles o meramente naturales ñ.<br><br>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.<br><br>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-17 20:08:43 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>MILBIA LIZETH VALLE ROSA Diversas especies de obligaciones</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2751645309</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></div><div><br></div><div>Las obligaciones naturales son aquellas en las que existe una deuda moral, pero no legalmente exigible. En otras palabras, son deudas que no pueden ser forzadas por la ley, pero que, de alguna manera, el deudor siente la obligación moral de cumplir. Estas obligaciones suelen surgir cuando una deuda legal se ha extinguido por alguna razón (por ejemplo, debido a la prescripción), pero el deudor aún siente la responsabilidad de cumplirla voluntariamente. Un ejemplo común es una deuda de juego, que en muchos sistemas legales no puede ser exigida en los tribunales.</div><div><br></div><div><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></div><div><br></div><div>Las obligaciones civiles son aquellas en las que existe una deuda legalmente exigible. Esto significa que son obligaciones respaldadas por la ley y pueden ser objeto de acción legal si el deudor no cumple con sus compromisos. Las obligaciones civiles son vinculantes y pueden dar lugar a sanciones legales si no se cumplen. Ejemplos de obligaciones civiles incluyen contratos comerciales, deudas de préstamos, obligaciones derivadas de acuerdos legales y otras situaciones en las que las partes están legalmente obligadas a cumplir un compromiso.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-17 23:34:31 UTC</pubDate>
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         <title>BYRON JOSUE GARCIA SOLORZANO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2751896635</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;¿Qué son obligaciones naturales?<br><br></div><div>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.<br><br>¿Qué son obligaciones civiles?<br><br></div><div>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-18 02:35:00 UTC</pubDate>
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         <title>Bryam Joshua Dubon</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753031236</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Obligaciones Naturales:<br>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles por medio de un proceso judicial, sí poseen cierta fuerza moral o ética. En otras palabras, no se pueden reclamar judicialmente, pero si se cumplen, no generan enriquecimiento sin causa. Estas obligaciones están relacionadas con deberes morales o sociales, y su incumplimiento no conlleva sanciones legales directas.<br>Un ejemplo típico de obligación natural podría ser una deuda prescrita, es decir, una deuda que ha superado el plazo de prescripción establecido por la ley y, por lo tanto, ya no puede ser exigida legalmente. Aunque la ley no respalda su reclamación, el deudor puede optar por cumplirla de manera voluntaria por consideraciones éticas o personales.<br>2. Obligaciones Civiles:<br>Las obligaciones civiles, por otro lado, son aquellas que tienen respaldo legal y pueden ser exigidas mediante un proceso judicial. Estas obligaciones están reguladas por el sistema legal y generan derechos y deberes entre las partes involucradas. En caso de incumplimiento, la parte perjudicada tiene el derecho de buscar una compensación o cumplimiento a través de los tribunales.<br>Un ejemplo común de obligación civil sería un contrato de arrendamiento, donde ambas partes tienen derechos y deberes claramente definidos por la ley. Si una de las partes incumple con sus obligaciones, la otra puede recurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos.<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-18 16:28:24 UTC</pubDate>
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         <title>Diego Luis Cantillano Padilla</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753304639</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>¿Qué son obligaciones naturales?</li></ul><div>Las obligaciones naturales son aquellas en las que no existe una acción legal para exigir su cumplimiento. A pesar de que la obligación moral o ética existe, no hay una base legal sólida para hacer cumplir estas obligaciones.&nbsp;<br><br></div><ul><li>¿Qué son obligaciones civiles?</li></ul><div>Las obligaciones civiles, por otro lado, son aquellas en las que existe un respaldo legal para exigir el cumplimiento. Son compromisos que están respaldados por la ley y para los cuales existen medidas legales que se pueden tomar si una de las partes no cumple con la obligación acordada. Estas obligaciones pueden ser de diversa índole, como pagar una deuda, entregar bienes o servicios, o cumplir con un contrato.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-18 19:23:29 UTC</pubDate>
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         <title>Hola </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753344807</link>
         <description><![CDATA[<div>Obligaciones Naturales;<br>Son obligaciones naturales las contraídas por personas que teniendo 'suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las leyes.<br><br>El efecto de las obligaciones naturales es que no puede reclamarse lo pagado, cuando el pago de ellas se ha hecho voluntariamente por el que tenía capacidad legal para hacerlo.<br><br>Obligaciones Civiles;<br>son civiles <em>"aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. </em>obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.​ <br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-18 19:54:10 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Lizeth Consuelo Garrido Castro </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753364084</link>
         <description><![CDATA[<div>Obligaciones Naturales;<br>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado, en razón de ellas.<br>Son obligaciones naturales las contraídas por personas que teniendo 'suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las leyes, <br><br>Obligaciones Civiles;<br>son civiles <em>"aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento</em>Las obligaciones civiles constituyen la regla general en materia de <a href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_las_obligaciones">obligaciones</a>, pues lo normal es que los derechos estén revestidos de acción para exigir que se cumplan, y tratándose de los <a href="https://es.m.wikipedia.org/wiki/Derechos_personales">derechos personales</a>, que son los que pueden reclamarse de ciertas personas porque han contraído las obligaciones correlativas, las acciones se llaman personales. Al igual que las obligaciones naturales, las civiles también permiten retener lo pagado en razón de ellas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-18 20:12:22 UTC</pubDate>
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         <title>RIBAS AREL MEZA GARCIA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753443269</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Diversas especies de obligaciones<br></strong><br></div><div>¿Qué son obligaciones naturales?<br><br></div><div>R: Consisten “en la necesidad jurídica de prestar una conducta a favor de un acreedor, quien puede obtener y conservar lo que el deudor le pague, pero puede exigirlo legítimamente por medio de la fuerza pública". En otras palabras, lo que caracteriza o distingue a este tipo de obligaciones es el hecho una vez cumplida voluntariamente la obligación por el deudor, el derecho autoriza al acreedor a retenerlo válidamente, sin que pueda repetirse contra éste.<br><br></div><div>¿Qué son obligaciones civiles?<br><br></div><div>R: Es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-18 21:46:23 UTC</pubDate>
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         <title>Dariela Michelle Lopez Pacheco</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753542450</link>
         <description><![CDATA[<div>¿Qué son las obligaciones naturales?<br>son aquellas obligaciones que están desprovistas de acción, es decir, que no existen mecanismos legales o medios procedimentales para su ejecución. se basa en el derecho natural como los deberes de conciencia asumiendo así solamente morales. ejemplo: pagar una deuda de juego informal.<br><br>¿Que son las obligaciones civiles?<br>son aquellas que si están provistas de acción cuyas obligaciones contraídas se ejecutan mediante mecanismos procedimentales o se puede hacer valer en un juicio.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-19 00:11:12 UTC</pubDate>
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         <title>FATIMA MELISSA PAGUAGA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2753961887</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>¿Qué son obligaciones naturales?</li><li>¿Qué son obligaciones civiles?</li></ul><ol><li>Obligaciones Naturales:<ul><li>Las obligaciones naturales son aquellas deudas que no pueden ser forzadas o exigidas a través de un tribunal o una acción legal. A pesar de no tener una base legal sólida para su cumplimiento, todavía representan una deuda moral o ética. En otras palabras, son obligaciones que no están respaldadas por la ley, pero que una persona puede optar por cumplir voluntariamente debido a consideraciones éticas, morales o de buena fe.</li><li>Un ejemplo clásico de una obligación natural es una deuda de juego. En muchos sistemas legales, las deudas de juego no son legalmente exigibles, pero algunas personas pueden optar por pagarlas voluntariamente por razones éticas o morales.</li><li>Aunque no se pueden imponer por la fuerza, si alguien elige pagar una obligación natural, generalmente se considera válido y vinculante desde un punto de vista moral o ético.</li></ul></li><li>Obligaciones Civiles:<ul><li>Las obligaciones civiles, por otro lado, son obligaciones legales que están respaldadas por la ley y son exigibles a través de acciones legales. Estas son deudas que una persona está legalmente obligada a cumplir, y el incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones legales, como multas, juicios o la ejecución de un contrato.</li><li>Las obligaciones civiles se derivan de acuerdos contractuales, leyes, reglamentos o cualquier otro aspecto del sistema legal. Por ejemplo, pagar el alquiler de una propiedad de acuerdo con un contrato de arrendamiento o cumplir con una sentencia de un tribunal son ejemplos de obligaciones civiles.</li><li>Las obligaciones civiles suelen tener una base legal sólida y, en caso de incumplimiento, el acreedor puede recurrir a la justicia para hacer cumplir la obligación.</li></ul></li></ol><div><br>En resumen, las obligaciones naturales son deudas que no pueden ser legalmente exigibles pero que pueden cumplirse por razones éticas, mientras que las obligaciones civiles son deudas respaldadas por la ley y son legalmente exigibles.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-19 05:12:23 UTC</pubDate>
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         <title>Diversas especies de obligaciones Iris Marizol Cobos Rivera 114200018</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2756465796</link>
         <description><![CDATA[<div>buen día.<br>¿Qué son obligaciones naturales?<br>estas obligaciones nos dan una situación clara en la que un determinado individuo tiene una obligación con otro y este si la paga es por voluntad o por concia propia pero no hay nada que lo obligue . un ejemplo una deuda entre dos niños... si el uno no le paga al otro no hay nada que lo obligue puesto que no es algo legal firmado o sellado por nadie ya que son dos menores de edad que llegaron a un convenio.<br>¿Qué son obligaciones civiles?<br>relación jurídica por virtud de la cual un sujeto llamado deudor queda vinculado jurídicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor a realizar una conducta que puede consistir en un dar, en un hacer o en un no hacer.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-20 16:17:33 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Adely Virgilia Calix Canales 222010003</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2756571126</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Obligaciones Civiles: Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Son las que nacen a partir de leyes o contravenciones, de las que no puede acusarse desconocimiento y las que tienen una función en pos del equilibrio o contrato social que se ha explicado antes.<br><br>Obligaciones Naturales: Las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Aunque carece de acción jurídico para ser exigida, por sus características no debe confundirse con el simple deber moral, en la medida que sí produce una serie de efectos jurídicos.<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-20 17:49:25 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Alumno: Juan María Velásquez Bonilla Obligaciones naturales: Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente, representan un deber moral o social que una persona tiene hacia otra. Estas obligaciones no pueden ser reclamadas a través de acciones legales, lo que significa que no existe un recurso legal específico para hacer cumplir estas obligaciones. Sin embargo, el cumplimiento voluntario de estas obligaciones puede tener implicaciones legales y sociales.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2756707116</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Un ejemplo común de obligación natural es una deuda prescrita. Cuando una deuda ha superado el plazo establecido por la ley para su reclamación legal, se convierte en una obligación natural. Aunque el deudor no esté legalmente obligado a pagarla, puede sentir una responsabilidad moral o social de hacerlo. El cumplimiento voluntario de esta obligación puede contribuir a mantener relaciones armoniosas y preservar la confianza entre las partes involucradas.<br><br>Obligaciones civiles: Por otro lado, las obligaciones civiles son aquellas que están reguladas por el sistema jurídico y pueden ser exigidas judicialmente. Estas obligaciones se derivan de contratos, leyes o normas establecidas por la legislación vigente. El incumplimiento de una obligación civil puede dar lugar a acciones legales, buscando el cumplimiento forzado de la obligación o la compensación por los daños y perjuicios sufridos.<br><br>Un ejemplo común de obligación civil es el pago de una deuda contraída en el marco de un contrato. Cuando dos partes acuerdan voluntariamente celebrar un contrato, ambas adquieren obligaciones recíprocas y están legalmente obligadas a cumplir con los términos y condiciones acordados. En caso de incumplimiento, la parte afectada puede recurrir a los tribunales para exigir el cumplimiento de la obligación o buscar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Las obligaciones civiles son fundamentales para establecer y regular las relaciones jurídicas entre las personas y son respaldadas por el sistema legal del país.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-20 20:37:32 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Yuny Roscicela Castro Bautista.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2756764511</link>
         <description><![CDATA[<div>¿Qué son obligaciones naturales?</div><div>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Ejemplo de obligaciones naturales pueden ser: un menor de edad que le presta dinero a otro, oposición de deudas en compensación, a partir de una deuda no constituida formalmente. Por ende, las obligaciones naturales son una categoría intermediaria entre las obligaciones civiles y las obligaciones morales.</div><div><br></div><div>¿Qué son obligaciones civiles?</div><div>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Tiene la virtud de conferir accion, esta misma se opone a la obligación natural. las obligaciones civiles son la relación jurídica por virtud de la cual un sujeto llamado deudor, queda vinculado jurídicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor, a realizar una conducta que puede consistir en un da, en un hacer o en un no hacer.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-20 22:53:29 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Evelyn Roxana Vindel Perez</title>
         <author>evelynvindel478_</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2757378341</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><em>¿Qué son obligaciones naturales?</em></strong><br>son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Naturales son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.<br><strong><em>¿Qué son obligaciones civiles?<br></em></strong>&nbsp;La obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-21 22:09:31 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Thaily Daritsa Secoff </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2757390384</link>
         <description><![CDATA[<div>¿Qué son obligaciones naturales?<br>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.<br><br>¿Qué son obligaciones civiles?<br>La obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento.  </div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-21 23:01:20 UTC</pubDate>
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         <title>Obligaciones Naturales:</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2758361077</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Las obligaciones naturales son </strong>obligaciones que no pueden ser exigidas en un tribunal o mediante un proceso legal. A pesar de que existe una deuda moral o ética para cumplirlas, no se pueden hacer cumplir legalmente. Estas obligaciones a menudo surgen de situaciones en las que, en un principio, había una obligación legal, pero con el tiempo, la ley cambió o la deuda se volvió obsoleta y no puede ser exigida en la actualidad. Por ejemplo, una deuda que ha prescrito o una deuda moral que se acordó voluntariamente, pero no está respaldada por un contrato legalmente vinculante, sería considerada una obligación natural.</div><div><br><br><br><strong>Obligaciones Civiles:</strong><br><br>Las obligaciones civiles son obligaciones que son legalmente vinculantes y exigibles en un tribunal de justicia. Estas obligaciones se derivan de contratos, leyes, acuerdos o cualquier otro acto jurídico. Cuando una persona o entidad incumple una obligación civil, la parte afectada puede presentar una demanda ante un tribunal para hacer cumplir la obligación o buscar una compensación. Las obligaciones civiles son parte fundamental del sistema legal y son aplicables en una sociedad organizada.</div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-23 03:33:10 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Hernán A.CORTES </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2888230732</link>
         <description><![CDATA[<p>Según el Código Civil de Honduras, las Obligaciones Naturales son aquellas que no otorgan derecho para exigir su cumplimiento ante los tribunales, pero que, si son cumplidas, permiten al deudor liberarse de la obligación y al acreedor retener lo que se le ha dado o pagado.Tales son:<br>1. Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y discernimiento,<br>son, sin embargo, incapaces de obligarse, según las leyes, como los menores<br>adultos no habilitados de edad.<br>2. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción.<br>3. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para<br>que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado impuesto por un<br>testamento que no se ha otorgado en la forma debida.4. Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.<br>(Artículo 1372)<br>Las Obligaciones Civiles son aquellas que están reguladas por el derecho civil y que implican derechos y deberes entre personas físicas o jurídicas. Estas obligaciones se derivan de acuerdos voluntarios, contratos, leyes o normativas específicas es decir son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-19 14:41:24 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>GLENDA ALEXANDRA CARTAGENA CRUZ </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2888769098</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Estas obligaciones  son aquellas que no otorgan al acreedor acción para exigir su cumplimiento. En resumen, no se puede forzar el cumplimiento de estas obligaciones, pero si se cumplen, el deudor no puede reclamar la devolución de lo entregado</p></li><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>estas obligaciones se rigen por normas específicas y se aplican en una variedad de situaciones. Desde las acciones más rutinarias hasta las más intrincadas, las obligaciones civiles están presentes en nuestra vida cotidiana. Cuando dependemos unos de otros debido a nuestros numerosos deseos y recursos limitados, se desarrollan nuevas conexiones obligatorias.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-20 02:27:22 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ALEXA AVIGAIL MEMBREÑO PINEDA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2892975204</link>
         <description><![CDATA[<p>¿QUÉ SON OBLIGACIONES NATURALES?</p><p>No pueden ser reclamados legalmente ante un tribunal de justicia, tienen un componente moral que demuestra su relevancia, estas obligaciones pueden surgir por diversas razones, como deudas que han prescrito, promesas que no se basan en un contrato o deudas que no están debidamente registradas.</p><p>Si bien estas obligaciones no son exigibles por ley, su cumplimiento puede tener consecuencias legales si se realiza de forma voluntaria.</p><p>¿QUÉ SON OBLIGACIONES CIVILES?</p><p>Las obligaciones civiles son obligaciones que están garantizadas por el derecho civil y son exigibles ante los tribunales, estas obligaciones derivan de contratos, acuerdos legales, actos regulatorios. Tienen fuerza legal entre las partes y deben realizarse de conformidad con los términos del contrato o la ley.</p><p>Una obligación civil suele referirse a una obligación que una parte tiene derecho a exigir a la otra y, si no se cumple, puede llevarse ante los tribunales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-22 22:36:39 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Oscar Enrique Pagoada Bonilla</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2893061452</link>
         <description><![CDATA[<ol><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Son aquellas en las que el deudor no está legalmente obligado a cumplir, es decir, no existe una acción legal para exigir su cumplimiento. Sin embargo, si el deudor decide cumplir voluntariamente con la obligación, el acreedor no puede rechazar el pago. Un ejemplo común de obligación natural es cuando una deuda ha prescrito, es decir, ha pasado tanto tiempo que ya no puede ser legalmente exigible, pero el deudor decide pagar de todos modos.</p></li><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Son obligaciones que están respaldadas por la ley y pueden ser exigidas mediante acciones legales si el deudor no cumple voluntariamente. Estas obligaciones pueden surgir de contratos, leyes o acciones ilícitas. Por ejemplo, cuando una persona compra un producto en una tienda, está adquiriendo una obligación civil de pagar el precio acordado.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-23 01:00:28 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Yony Orlando Pineda Padilla</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2894066456</link>
         <description><![CDATA[<p>Buenas tardes, abogada y compañeros</p><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p>Tales son:</p><p>1. Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse, según las leyes, como los menores adultos no habilitados de edad.</p><p>2. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción.</p><p>3. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado impuesto por un testamento que no se ha otorgado en la forma debida.</p><p>4. Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.</p><p>Para que no pueda pedirse la restitución en virtud de estas cuatro clases de obligaciones, es necesario que el pago se haya hecho voluntariamente por el que tenía la libre administración de sus bienes.</p><p>&nbsp;</p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-23 20:57:19 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Lendy Karina Sauceda Rivera</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2894255371</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p><strong><em><sup>¿Qué son obligaciones naturales?</sup></em></strong></p><p><strong><em><sup>R/ OBLIGACIONES NATURALES,</sup></em></strong><em><sup> son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en virtud de ellas, Completando este concepto podemos decir que obligación natural es un vínculo jurídico entre personas determinadas, en cuya virtud una se encuentra en la necesidad de ejecutar a favor de la otra una determinada prestación; pero que no confiere al acreedor acción para demandar su cumplimiento, sino únicamente excepción para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella. </sup></em></p><p><br/></p><p><strong><em><sup>¿Qué son obligaciones civiles?</sup></em></strong></p><p><strong><em><sup>R/ OBLIGACIONES CIVILES</sup></em></strong><em><sup> son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento, las obligaciones civiles son aquellas que están respaldadas por la ley y son exigibles judicialmente. Estas obligaciones están claramente definidas en los términos del contrato o de la ley, y su incumplimiento puede dar lugar a acciones legales. Las obligaciones civiles son aquellas que podemos encontrar en el Código Civil y otras leyes relacionadas.</sup></em></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-24 06:56:22 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Gabriela Alejandra Pineda Portillo.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2894543321</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p>Qué son obligaciones naturales?<br><br>obligaciones naturales son las que fundadas sólo en el derecho natural y en la equidad, no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor autorizan para retener lo que se ha dado por razón de ellas. son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.<br><br>¿Qué son obligaciones civiles?<br><br>En congruencia con lo anteriormente expuesto, podemos definir a la obligación civil como la relación jurídica por virtud de la cual un sujeto llamado deudor queda vinculado jurídicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor a realizar una conducta que puede consistir en un dar, en un hacer o en un no hacer.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-24 20:48:10 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>JULIO ARMANDO MARQUEZ RAMOS        CUENTA 322290021</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2894573308</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p><strong>OBLIGACION NATURAL:</strong></p><p>Podemos definirla como aquella obligación que carece de sanción alguna, ya que no posee acción sobre los tribunales para hacerle pagar.</p><p>Dicha obligación no concede acción lo cual conlleva adivinar el papel pasivo del acreedor. Pues solo el pago hecho voluntariamente por su deudo, lo cual da seguimiento a su derecho que no es otro el de retener lo que se le ha pagado.</p><p><br/></p><p><strong>OBLIGACION CIVIL:</strong></p><p>Se refiere al vinculo que existe entre dos personas de las cuales una de ellas es denominada deudor y el otro acreedor, dicha relación se vera reflejada por la prestación de un favor o servicio inscrito de manera tacita en un convenio plasmado por escrito y sujeto a sentencia jurídica en caso de no acreditarse el pago de lo prestado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-24 22:55:42 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ARNOLD JAVIER MEJIA DUBON</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2895210013</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>QUE SON LAS OBLIGACIONES NATURALES</strong></p><p>Son aquellas en las que existe un vinculo moral o etico que impulsa al deudor a cumplir pero no hay una sancion legal,en el caso de las deudas prescritas aunque legalemente no pueden ser persegudidas ,las personas pueden honrarlas por consideraciones eticas,otro ejemplo que coloque en mi informe sobre este tema tambien fue la falta de formalidades legales en los prestamos que nos haces amigos o familiares,la obligacion puede ser natural,la persona a pesar de no tener un documento que le exija el cumplimiento de la deuda contraida se vera forzado moralmente a cumplirla</p><p><br/></p><p><strong>QUE SON OBLIGACIONES CIVILES</strong></p><p>Un ejemplo puede ser cuando firmamos un contrato de prestacion de servicio,en el mes de noviembre yo por ejemplo firme un contrato de prestacion de servicios con una agencia de colocacion donde me veia obligado a pagar el 50% de mis dos primeras quincenas si la empresa con la que habia firmado la prestacion de servicios me ayudaba a conseguir un empleo formal,al obtenerlo yo no me podia librar facilmente de esa obligacion ,porque era un trato contractual,otro ejemplo el matrimonio donde hay capitulaciones matrimoniales que regulan los bienes,la disolucion del matrimonio,los derechos y deberes de cada conyuge .</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-26 01:11:28 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Edward Paul Pineda Vargas.                                                           </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2895285580</link>
         <description><![CDATA[<p>- ¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>R: Son Obligaciónes Naturales las  que, siendo lícitas en conciencia, no son, Ejemplos comunes incluyen: deudas prescritas por el tiempo, promesas sin respaldo legal y situaciones donde, debido a circunstancias particulares, una obligación no es legalmente exigible. Aunque no conllevan sanciones legales, el incumplimiento de obligaciones naturales puede tener consecuencias sociales o moralessin embargo, legalmente exigibles por el acreedor.</p><p>- ¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Estas obligaciones están respaldadas por la ley y pueden ser exigidas mediante acciones legales en caso de incumplimiento, las obligaciones civiles abarcan una amplia gama de situaciones, como contratos, acuerdos legales, y responsabilidades derivadas de actos jurídicos y disposiciones legales</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-26 02:35:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Fany Maria Vásquez Méndez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/2895441361</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las obligaciones Naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no pueden ser exigidas mediante acciones legales, siguen siendo moralmente vinculantes. Esto significa que, aunque no hay una sanción legal por incumplirlas, las partes involucradas aún sienten una obligación moral de cumplirlas. Por lo general, surgen de ciertas situaciones donde anteriormente existía una obligación legal, pero esta ha sido extinguida por alguna razón (como la prescripción legal), o donde la ley no reconoce la obligación pero las partes involucradas consideran que existe un deber moral de cumplirla.</p><p>Por ejemplo, en algunas culturas o sociedades, puede haber obligaciones naturales relacionadas con deudas que han prescrito legalmente pero que aún se consideran éticamente válidas para pagar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la exigibilidad de estas obligaciones varía según la jurisdicción y las normas culturales.</p><p><strong>Qué son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles, por otro lado, son aquellas que están claramente definidas y respaldadas por la ley. Estas obligaciones pueden surgir de contratos, actos ilícitos o disposiciones legales. En caso de incumplimiento, la parte afectada puede recurrir a los tribunales para hacer cumplir la obligación y buscar una compensación o remedio.</p><p>Por ejemplo, cuando dos partes firman un contrato de compraventa, están creando obligaciones civiles. Si una de las partes no cumple con sus obligaciones bajo el contrato (por ejemplo, no entrega el bien vendido), la otra parte puede recurrir a los tribunales para exigir el cumplimiento del contrato o buscar una compensación por los daños sufridos.</p><p>En resumen, considero que las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no tienen fuerza legal para ser exigidas, siguen siendo moralmente vinculantes, mientras que las obligaciones civiles son aquellas que están respaldadas por la ley y pueden ser exigidas mediante acciones legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-02-26 05:43:51 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Greysi Lineth Cabrera Perdomo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3030570019</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Que son las Obligaciones Naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que nacen de un deber moral y no jurídico, es decir, que no son exigibles ante los tribunales porque carecen de fuerza legal, aunque dan lugar a efectos juridical cuando se cumplen voluntariamente.</p><p><br></p><p>¿Que son las Obligaciones Civiles?</p><p>Por otro lado, las obligaciones civiles son aquellas que, si originan un vínculo jurídico entre el obligado y el acreedor, por lo que pueden ser exigidas mediante el ejercicio de una acción ante los tribunales. El Código Civil contempla diferentes clases de obligaciones civiles, como las que nacen de contratos, cuasicontratos, actos ilícitos y otros supuestos legales.</p><p><br></p><p>Así, mientras que las obligaciones naturales se fundan en un deber ético antes que jurídico, las obligaciones civiles crean un derecho subjetivo que permite al acreedor requerir coercitivamente su cumplimiento por parte del obligado cuando este incumple voluntariamente.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-18 02:11:58 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jorge Luis Guerrero zaldivar</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031229011</link>
         <description><![CDATA[<p><strong><em>¿Qué son obligaciones naturales?</em></strong></p><p><strong><em>R:</em></strong> En el derecho de las obligaciones, las obligaciones naturales constituyen una categoría intermedia entre las obligaciones jurídicas y obligaciones morales. A diferencia de las primeras, las obligaciones naturales carecen de la misma fuerza coercitiva externa que garantice su cumplimiento; es decir, aunque son lícitas, no tienen carácter coactivo, y por tanto, no son exigibles legalmente. La licitud de estas obligaciones implica que permiten retener cualquier pago efectuado en relación con las mismas, lo cual significa que si el pago se efectúa de forma voluntaria, no se puede reclamar posteriormente.</p><p><br/></p><p><strong><em>¿Qué son las obligaciones civiles?</em></strong></p><p><strong><em>R: </em></strong>Desde el punto de vista del deudor, se perciben como una imperiosa obligación de cumplir. Se trata de satisfacer al acreedor con una prestación determinada. Vistas desde esta óptica pasiva, se les denomina obligaciones, ya que al derecho del titular corresponde un deber u obligación por parte del deudor.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-18 13:55:04 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ernesto Alejandro Vasquez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031382639</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>El concepto de obligaciones naturales también está presente en el sistema legal, influenciado en gran medida por el derecho civil, que a su vez tiene sus raíces en las tradiciones jurídicas españolas y latinoamericanas.</p><p>Según el <strong>Código Civil de Honduras</strong>, específicamente en su artículo 1574, se define y regula las obligaciones naturales. Este artículo establece lo siguiente:</p><blockquote><p>"No se puede pedir la restitución de lo que se ha pagado voluntariamente en cumplimiento de una obligación puramente natural, y que no ha sido extinguida por prescripción".</p></blockquote></li></ul><p><br></p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles se rigen por el Código Civil, el cual establece las normas y principios fundamentales que regulan las relaciones jurídicas entre individuos. A continuación, se presentan los aspectos clave sobre las obligaciones civiles en Honduras:</p><p>Elementos de la Obligación</p><ol><li><p><strong>Sujeto Activo (Acreedor)</strong>: La persona que tiene el derecho de exigir la prestación.</p></li><li><p><strong>Sujeto Pasivo (Deudor)</strong>: La persona obligada a cumplir con la prestación.</p></li><li><p><strong>Objeto o Prestación</strong>: Lo que se debe entregar, hacer, o no hacer.</p></li><li><p><strong>Vínculo Jurídico</strong>: La relación que vincula al acreedor y al deudor, creando derechos y deberes recíprocos.</p></li></ol></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-18 17:31:01 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031382639</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031403853</link>
         <description><![CDATA[<p><strong><em>Billy Jose Sanchez Martinez</em></strong> 120290133</p><p>Para complementar mi participacion a este foro me gustaria definir que son las obligaciones naturales, basandome en la informacion que pude recopilar del codigo civil de Honduras he de aclarar que: </p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque reconocidas por el ordenamiento jurídico, no pueden ser exigidas judicialmente por el acreedor. Esto significa que el acreedor no tiene el derecho legal de acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento. Sin embargo, si el deudor decide cumplir voluntariamente con la obligación, el cumplimiento es válido y no puede reclamarse su devolución. Las obligaciones naturales suelen basarse en principios morales o éticos y pueden surgir en situaciones donde, por ejemplo, la obligación ha prescrito o se origina en contextos no sancionados legalmente, como en ciertos juegos o apuestas. </p><p><br></p><p>Por otra parte es importante de igual forma aclarar que: Las obligaciones civiles, en contraste, son vínculos jurídicos plenamente exigibles ante los tribunales de justicia. Estas obligaciones imponen al deudor la necesidad de cumplir con una prestación de dar, hacer o no hacer a favor del acreedor, quien tiene el derecho de demandar su cumplimiento en caso de incumplimiento. Están respaldadas por la fuerza coercitiva del Estado, lo que asegura que el acreedor pueda obtener el cumplimiento forzoso o una compensación adecuada. Estas obligaciones están claramente definidas y reguladas por el Código Civil y otras leyes aplicables, lo que proporciona seguridad jurídica y previsibilidad en las relaciones legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-18 18:11:20 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>EDWIN NOE HERNANDEZ DOMINGUEZ</title>
         <author>edwinhwrnandez6</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031542617</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿<strong>Qué son obligaciones naturales?</strong></p></li></ul><p>Las obligaciones naturales son una categoría intermediaria entre las obligaciones civiles (o jurídicas) y las obligaciones morales. Art. 515. Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Naturales son las que, fundadas sólo en el derecho natural y en la equidad, no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor, autorizan para retener lo que se ha dado por razón.</p><p>Las obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento; en otras palabras, la obligación natural es lícita, pero no goza de coactividad, es decir, no son judicialmente exigibles. Que sea lícita implica que las obligaciones naturales permitan retener el pago realizado en virtud de estas obligaciones, por lo tanto, si el pago se cumple voluntariamente, éste no es luego repetible.</p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p>Civiles son aquellas que dan derecho a exigir su cumplimiento.</p><p>La obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-18 23:36:07 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>EDWINGUEZ NOE HERNANDEZ DOMIN</title>
         <author>edwinhwrnandez6</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031556102</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿<strong>Qué son obligaciones naturales?</strong></p></li></ul><p>Las obligaciones naturales son una categoría intermediaria entre las obligaciones civiles (o jurídicas) y las obligaciones morales. Art. 515. Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Naturales son las que, fundadas sólo en el derecho natural y en la equidad, no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor, autorizan para retener lo que se ha dado por razón.</p><p>Las obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento; en otras palabras, la obligación natural es lícita, pero no goza de coactividad, es decir, no son judicialmente exigibles. Que sea lícita implica que las obligaciones naturales permitan retener el pago realizado en virtud de estas obligaciones, por lo tanto, si el pago se cumple voluntariamente, éste no es luego repetible.</p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p>Civiles son aquellas que dan derecho a exigir su cumplimiento.</p><p>La obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-18 23:52:36 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031556102</guid>
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      <item>
         <title></title>
         <author>escalantelopezdenisjosue</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031969638</link>
         <description><![CDATA[<p>DENIS JOSUE ESCALANTE 123470007</p><p><br></p><p><br></p><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales se refieren a aquellas que, aunque no son exigibles mediante acciones legales, sí generan un deber moral de cumplimiento. En otras palabras, son obligaciones que no pueden ser judicialmente reclamadas, pero su incumplimiento puede tener consecuencias sociales o morales. El Código Civil las define como aquellas que "no tienen fuerza ejecutiva, pero que cumplidas dan lugar a una acción natural para retener lo que se ha dado o pagado por ellas" (Poder Judicial, 1906).</p><p>Ejemplos comunes de obligaciones naturales incluyen deudas prescritas, donde legalmente ya no se puede exigir el pago, pero el deudor puede optar por cumplirlas por su propia voluntad.</p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Por otro lado, las obligaciones civiles son aquellas que están reconocidas y protegidas por la ley y pueden ser exigidas judicialmente si no se cumplen voluntariamente. Estas obligaciones se derivan de contratos, actos ilícitos, o disposiciones legales explícitas. Según el Código Civil, las obligaciones civiles "dan derecho para exigir su cumplimiento" (Poder Judicial, 1906).</p><p>Las obligaciones civiles están respaldadas por la fuerza coercitiva del sistema legal y pueden ser objeto de acciones judiciales para asegurar su cumplimiento. Por ejemplo, el pago de una deuda estipulada en un contrato es una obligación civil que puede ser exigida mediante una demanda judicial si el deudor no cumple voluntariamente.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-19 05:29:29 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3031969638</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Alumna: Lilian Lorena Villatoro Guzmán</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3032483858</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las Obligaciones Naturales son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Art. 1372, Código Civil de Honduras.</p><p><strong>Tipos de Obligaciones Naturales:</strong></p><ol><li><p><strong>Contraídas por incapaces:</strong> Obligaciones asumidas por personas con capacidad de discernimiento, pero que según la ley no pueden obligarse, como menores de edad no emancipados.</p></li><li><p><strong>Prescritas:</strong> Obligaciones civiles extinguidas por la prescripción (estatuto de limitaciones).</p></li><li><p><strong>Falta de solemnidades:</strong> Obligaciones derivadas de actos que carecen de las formalidades legales para producir efectos civiles, como pagar un legado de un testamento no otorgado en la forma debida.</p></li><li><p><strong>No reconocidas en juicio:</strong> Obligaciones no reconocidas en un proceso judicial por falta de pruebas.</p></li></ol><p><strong>Recuperación de lo pagado en Obligaciones Naturales:</strong></p><p>Para que no se pueda solicitar la restitución de lo pagado en virtud de estas cuatro clases de obligaciones, es necesario que el pago se haya efectuado voluntariamente por quien tenía la libre administración de sus bienes.</p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las Obligaciones Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Art. 1372, Código Civil de Honduras.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-19 16:33:17 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jaime Alfredo Padilla Barahona</title>
         <author>jbarahona0724</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3033576538</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden ser exigidas judicialmente, es decir, el acreedor no puede llevar al deudor a los tribunales para forzar su cumplimiento. Sin embargo, estas obligaciones tienen un fundamento ético y moral, y si el deudor decide cumplirlas voluntariamente, dicho cumplimiento es válido y no puede ser revertido. Ejemplos de obligaciones naturales incluyen deudas prescritas o compromisos que, aunque no cumplan con todos los requisitos legales formales, aún son consideradas justas o equitativas por las partes involucradas.</p><p><br></p><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas respaldadas por el derecho positivo y pueden ser exigidas judicialmente, lo que significa que el acreedor puede demandar su cumplimiento a través de los tribunales. Estas obligaciones tienen plena fuerza legal y su incumplimiento puede dar lugar a diversas consecuencias jurídicas, como la indemnización por daños y perjuicios o la ejecución forzosa. Ejemplos de obligaciones civiles incluyen contratos de compraventa o préstamos, donde las partes están legalmente obligadas a cumplir con los términos acordados y pueden ser llevadas a juicio en caso de incumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-20 14:24:45 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>KEREN GRACIELA SANTOS GAELEAS</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3033888844</link>
         <description><![CDATA[<p>•	¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p>•	¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p><p>Las obligaciones civiles se definen como las relaciones jurídicas en las cuales una persona está comprometida a cumplir con una prestación a favor de otra, la cual puede consistir en dar, hacer o no hacer algo.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-21 00:34:25 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Nimia Arely Cortes Varela </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3033981021</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p><strong>obligaciones naturales</strong> son las <strong>que</strong> fundadas sólo en el derecho <strong>natural</strong> y en la equidad, no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero <strong>que</strong> cumplidas por el deudor autorizan para retener lo <strong>que</strong> se ha dado por razón de ellas. son aquellas <strong>que</strong> dan derecho para exigir su cumplimiento.</p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>La obligación civil es un tipo de obligación que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-21 01:40:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Yuri Lisbeth Jimenez Perez - 123450186</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3034239407</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p></li></ul><p>Podemos definir a las obligaciones naturales como una relación o lazo jurídico que une a dos personas, siendo uno un acreedor y un deudor, basándose principalmente en la moralidad y los valores éticos, ya que no pueden ser reclamadas de manera judicial.</p><p><br></p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p></li></ul><p>Son aquellas, que de igual forma que las naturales, forman un lazo jurídico, con la diferencia que las obligaciones civiles, estas tienen un reconocimiento por la ley y pueden ser reclamadas o exigidas de manera judicial, cuentan con una proteccion legal. </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-21 05:19:41 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Diana Nicolle Rivera Suazo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3034643006</link>
         <description><![CDATA[<p>Las&nbsp;obligaciones naturales son&nbsp;las que fundadas sólo en el derecho&nbsp;natural&nbsp;y en la equidad, no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor autorizan para retener lo que se ha dado por razón de ellas,&nbsp;son&nbsp;aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento</p><p><br/></p><p>Podemos definir a la obligación&nbsp;civil&nbsp;como la relación jurídica&nbsp;por&nbsp;virtud de la cual un sujeto llamado deudor queda vinculado jurídicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor a realizar una conducta que puede consistir en un dar, en un hacer o en un no hacer.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-21 14:52:07 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jose Jaredy Pineda Castañeda </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3034814302</link>
         <description><![CDATA[<p>Obligaciones Civiles</p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que otorgan el derecho de exigir su cumplimiento. Esto significa que, en caso de incumplimiento, el acreedor tiene el respaldo legal para acudir a los tribunales y demandar el cumplimiento de la obligación. Las características principales de las obligaciones civiles incluyen:</p><p><strong>Exigibilidad</strong>: El acreedor puede legalmente exigir que el deudor cumpla con la obligación.</p><p><strong>Protección Legal</strong>: El incumplimiento de la obligación permite al acreedor recurrir a los tribunales para obtener una resolución favorable que obligue al deudor a cumplir.</p><p><strong>Consecuencias del Incumplimiento</strong>: El deudor que no cumple con una obligación civil puede enfrentarse a sanciones legales, incluyendo la ejecución forzosa de la obligación y el pago de daños y perjuicios.</p><p>Obligaciones Naturales</p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que no otorgan el derecho de exigir su cumplimiento mediante acción judicial. Sin embargo, si la obligación es cumplida voluntariamente, el cumplimiento es válido y no puede reclamarse la devolución de lo pagado. Las principales características de las obligaciones naturales son:</p><p><strong>Inexigibilidad</strong>: No se puede obligar judicialmente al deudor a cumplir con la obligación. El acreedor no tiene derecho a recurrir a los tribunales para exigir su cumplimiento.</p><p><strong>Validez del Pago Voluntario</strong>: Si el deudor cumple voluntariamente con la obligación, el pago es válido y no se puede exigir la devolución de lo pagado.</p><p><strong>Fundamento Moral o Ético</strong>: Estas obligaciones suelen basarse en principios morales, éticos o de equidad más que en la estricta legalidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-22 00:25:08 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jhan Raul Hernandez Martinez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035092093</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales? Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, desde el punto de vista jurídico, no están sancionadas legalmente. Aunque no confieren acción para exigir su cumplimiento, si el deudor las cumple, el acreedor tiene derecho a retener lo que se le ha dado por razón de ellas.</p></li><li><p>¿Qué son obligaciones civiles? Estas obligaciones permiten al acreedor recurrir a la justicia si el deudor no cumple voluntariamente, para que se cumpla de forma coactiva.</p></li></ul>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-06-22 16:44:12 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Heydy Melissa Diaz Rivera</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035208195</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son un tipo de obligación en el derecho civil que, aunque no pueden ser exigidas judicialmente, tienen una base moral o de justicia que puede llevar a su cumplimiento voluntario. Estas obligaciones no otorgan al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento a través de los tribunales, pero si el deudor decide cumplirlas, el cumplimiento es válido y no puede ser reclamado como indebido.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que son exigibles y tienen fuerza vinculante en el ámbito legal, es decir, el acreedor puede exigir su cumplimiento a través de acciones judiciales si el deudor no cumple voluntariamente. Estas obligaciones están reguladas por la ley y, en caso de incumplimiento, el acreedor tiene derecho a recurrir a los tribunales para obtener la ejecución forzada de la obligación o la reparación del daño causado por el incumplimiento.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-06-23 00:46:22 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035208195</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Sheysel Adelita Cárdenas Gonzales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035217773</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las obligaciones naturales? </p><p>Las obligaciones naturales son las que fundadas sólo en el derecho natural y en la equidad, no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas por el deudor autorizan para retener lo que se ha dado por razón de ellas.</p><p><br></p><p>¿Qué son las obligaciones civiles? </p><p>Es el cumplimiento  con lo que se estipulado en un contrato, dicho de otra manera; es cumplir a cabalidad las cláusulas establecidas en un contrato. Para citar un ejemplo;pagar los derechos de autor en los casos que corresponda. </p><p><br></p><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-23 01:42:20 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>SILVIA MARIA CRUZ ORDOÑEZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035486362</link>
         <description><![CDATA[<p>¿QUE SON LAS OBLIGACIONES NATURALES?</p><p>Son las que, fundadas solo en el derecho natural y la equidad, no confieren accion para exigir su cumplimiento pero que cumplidas con el deudor autorizan a retener lo que es dado en razón de ellas,</p><p><br/></p><p>¿QUE SON OBLIGACIONES CIVILES?</p><p>Es el vinculo jurídico establecido entre dos o mas personas, por virtud del cual una de ellas el deudor se encuentra en la necesidad de realizar en provecho de la otra o del acreedor una prestación </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-23 16:37:11 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Crissui Yisel Rodríguez Ramirez-122450021</title>
         <author>crisr0878</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035580039</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Obligaciones naturales:</strong></p><p>Son aquellas que, a pesar de tener una causa lícita, no pueden exigirse judicialmente<strong>. </strong>Esto significa que el acreedor no tiene derecho a forzar al deudor a cumplir con la obligación.</p><p>Sin embargo, si el deudor decide cumplir voluntariamente con la obligación, no puede luego reclamar lo pagado<strong>.</strong> Es decir, el pago es válido y el acreedor no está obligado a devolver el dinero.</p><p><br></p><p>Las obligaciones naturales surgen en diversas situaciones, como por ejemplo:</p><ul><li><p>Deudas que no cumplen con las formalidades legales requeridas.</p></li><li><p>Obligaciones contraídas por menores de edad o personas incapaces.</p></li><li><p>Deudas prescritas.</p></li><li><p>Promesas realizadas sin contraprestación.</p></li></ul><p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>Obligaciones Civiles:</strong></p><p>Son aquellas que pueden exigirse judicialmente. Esto significa que el acreedor tiene derecho a acudir a un juez para que este le ordene al deudor que cumpla con la obligación.</p><p><br></p><p>Las obligaciones civiles se caracterizan por tener tres elementos esenciales:</p><p><strong>Sujeto acreedor:</strong> La persona que tiene derecho a exigir el cumplimiento de la obligación.</p><p><strong>Sujeto deudor:</strong> La persona que está obligada a cumplir con la prestación.</p><p><strong>Objeto de la obligación:</strong> La prestación que debe realizar el deudor, que puede consistir en dar, hacer o no hacer algo.</p><p><br></p><p>En resumen, la principal diferencia entre las obligaciones naturales y las obligaciones civiles radica en la posibilidad de exigir su cumplimiento judicialmente. Las obligaciones naturales no pueden exigirse en un tribunal, mientras que las obligaciones civiles sí pueden.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-23 22:43:12 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Katerine Lissely Coto Galdamez 322450077</title>
         <author>katerinecoto123</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035713109</link>
         <description><![CDATA[<p>Las obligaciones civiles son aquellas que están reguladas y pueden ser exigidas conforme al Derecho Civil de un país específico. Estas obligaciones se derivan de acuerdos voluntarios (como contratos) o de actos ilícitos que causan daño a otra persona (como la responsabilidad civil). En el contexto del Derecho Civil, las obligaciones civiles se caracterizan por ser:</p><ol><li><p><strong>Exigibles en los Tribunales</strong>: Las obligaciones civiles pueden ser reclamadas y ejecutadas judicialmente si no se cumplen voluntariamente por la parte obligada.</p></li><li><p><strong>Reguladas por Leyes Civiles</strong>: Están reguladas por el código civil u otras leyes relacionadas que establecen las condiciones y requisitos para su validez, ejecución y extinción.</p></li><li><p><strong>Constituyen Deberes Jurídicos</strong>: Establecen deberes y derechos específicos entre las partes involucradas, donde una parte (deudor) tiene la obligación de cumplir con una prestación a favor de otra parte (acreedor).</p></li><li><p><strong>Involucran Relaciones Privadas</strong>: Por lo general, las obligaciones civiles surgen de relaciones privadas entre individuos, aunque también pueden involucrar a entidades corporativas o institucionales.</p></li><li><p><strong>Tipos Variados</strong>: Pueden ser de diversa índole, como obligaciones derivadas de contratos (por ejemplo, pagar una suma de dinero), responsabilidad civil por daños causados a terceros (por ejemplo, indemnizar por un accidente), obligaciones familiares (como el pago de alimentos), entre otras.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-24 01:11:46 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Odalys María Euceda Hernández</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035844948</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razon de ellas. </p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-24 02:38:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ANA VIRGINIA JIMENEZ RODRIGUEZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035855066</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales? </strong></p><p>Son aquellas que crean un vínculo cuasi moral o cuasi legal. Aunque no están sancionadas jurídicamente, sí obligan en conciencia. Su cumplimiento es voluntario y no supone una sanción en caso de incumplimiento. En otras palabras, el deudor no puede ser obligado a cumplirlas mediante acciones judiciales. Si el deudor decide cumplirlas espontáneamente, equivale al pago, pero no es susceptible de repetición. Es importante destacar que estas obligaciones se basan en el derecho natural y la equidad, y suelen estar relacionadas con situaciones particulares o morales.</p><p><br></p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son compromisos legales y morales que una persona o entidad adquiere para realizar una acción o abstenerse de ella en beneficio de otra persona, grupo o entidad. Estas obligaciones pueden derivarse de contratos, acuerdos tácitos, leyes y normas sociales. En el derecho civil, una obligación se entiende como la capacidad que tiene una persona para que otra desarrolle una conducta determinada, ya sea hacer algo, abstenerse de hacerlo o prestar un servicio. Su incumplimiento puede conllevar sanciones o la reparación del daño</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-24 02:43:20 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Odalys María Euceda Hernández</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035860822</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong> </p><p>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado, en razón de ellas</p><p><br/></p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.   </p><p><br/></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-06-24 02:46:58 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>MAYRA LISETH SERRANO PAZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3035861546</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Son aquellas que no confieren derecho al acreedor para exigir su cumplimiento, pero una vez cumplidas puede retener lo pagado.</p><p>Las obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento; en otras palabras, la obligación natural es lícita, pero no goza de coactividad, es decir, no son judicialmente exigibles. Que sea lícita implica que las obligaciones naturales permitan retener el pago realizado en virtud de estas obligaciones, por lo tanto, si el pago se cumple voluntariamente, éste no es luego repetible.</p></li><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Son aquellas que otorgan derecho al acreedor para exigir su cumplimiento tiene plena fuerza vinculante y de exigibilidad.</p><p>La obligación civil es un tipo de obligaciones que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Las obligaciones civiles constituyen la regla general en materia de obligaciones, pues lo normal es que los derechos estén revestidos de acción para exigir que se cumplan, y tratándose de los derechos, que son los que pueden reclamarse de ciertas personas porque han contraído las obligaciones correlativas, las acciones se llaman personales. Al igual que las obligaciones naturales, las civiles también permiten retener lo pagado en razón de ellas.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-06-24 02:47:27 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Diversas especies de obligaciones </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168526434</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Son aquellas que pueden ser exigidas a través de mecanismos legales. Si una de las partes no cumple con su parte del acuerdo, la otra parte puede demandar y solicitar a un tribunal que se haga cumplir la obligación. Estas obligaciones están plenamente respaldadas por la ley.</p><p>Por ejemplo, si una persona firma un contrato de alquiler con un propietario, esa persona está obligada a pagar la renta acordada cada mes. Si no cumple con lo estipulado en el contrato, el propietario tiene derecho a llevar el caso a un tribunal y exigir el pago e incluso desalojar al inquilino.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Son aquellas que, si bien moralmente deben cumplirse, no otorgan a la otra parte el derecho legal de exigir su cumplimiento en un tribunal. Sin embargo, si una persona cumple voluntariamente con una obligación natural, ese cumplimiento es válido y no puede pedir que se le devuelva lo que ha dado o pagado.</p><p>Ejemplos:</p><ul><li><p>Si una persona menor de edad no emancipada (que no tiene la capacidad legal plena) paga una deuda, aunque no esté obligada a hacerlo legalmente, el pago es válido. Nadie puede exigir que ese dinero le sea devuelto si lo hizo voluntariamente.</p></li><li><p>Si alguien te prestó dinero, pero ha pasado tanto tiempo que la ley ya no permite que te exijan legalmente el pago (prescripción), esa deuda sigue siendo moralmente una obligación. Si decide pagarla voluntariamente, el acreedor puede quedarse con el dinero.</p></li><li><p>Si alguien incluye un legado en un testamento, pero el testamento no cumple con las formalidades legales necesarias, esa obligación sería natural. Aunque no se pueda exigir judicialmente el cumplimiento del legado, si los herederos deciden entregarlo voluntariamente, ese pago será válido.</p></li><li><p>Si hay una deuda que no se pudo probar en juicio por falta de pruebas, aunque legalmente no se pueda reclamar, la obligación moral sigue existiendo. Si el deudor decide pagar voluntariamente, ese pago será legítimo y no podrá ser reclamado.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-14 15:46:30 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>MAYNOR WILFREDO CRUZ AVILA </title>
         <author>cruzmaynor526</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168763094</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿QUÉ SON OBLIGACIONES NATURALES?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p>son las que no requieren de intervención judicial para exigir su cumplimiento, esto implica que, a pesar de que hay una responsabilidad moral o social de satisfacerlas, el acreedor no puede recurrir a la justicia para obligar al deudor a hacerlo. No obstante, si el deudor actúa de manera voluntaria, no tiene el derecho de demandar la restitución de lo abonado.</p><p><br><strong>¿QUÉ SON OBLIGACIONES CIVILES?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento, también las que dan derecho a exigir su cumplimiento.</p><p>son las que están respaldadas por el derecho y, por lo tanto, son exigibles judicialmente. Si el deudor no cumple, el acreedor tiene la opción de acudir a los tribunales para demandar la satisfacción de la deuda o obtener una compensación.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>&nbsp;</strong></p><p><strong>&nbsp;</strong></p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-14 18:34:00 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168763094</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Norma Cecilia Vidaur</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168925016</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>Obligaciones naturales</strong><br>Son aquellas que no otorgan al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento a través de mecanismos judiciales, es decir, no pueden ser reclamadas ante un tribunal si no son satisfechas voluntariamente por el deudor. A pesar de esto, si el deudor decide cumplir con la obligación de manera espontánea, el pago es válido y no puede solicitar su devolución. Estas obligaciones son más un deber moral o social que una obligación legal estrictamente vinculante. Un ejemplo típico de una obligación natural es una deuda de juego, que legalmente no se puede demandar, pero si el deudor la paga, no se le puede exigir la devolución.</p><p><br></p></li><li><p><strong>Obligaciones civiles</strong><br>Las obligaciones civiles son aquellas que pueden ser exigidas judicialmente, y cuyo incumplimiento habilita al acreedor a recurrir a los tribunales para forzar el cumplimiento o solicitar una reparación. Estas obligaciones están respaldadas por la ley, y su inobservancia genera consecuencias legales como la ejecución forzada o la indemnización de daños y perjuicios. Este tipo de obligaciones tiene plena fuerza legal, ya que implica una relación jurídica formal entre el acreedor y el deudor, la cual está sujeta a ser defendida y protegida en los tribunales.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-14 21:09:50 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168925016</guid>
      </item>
      <item>
         <title>DANIA LEONELA ORDOÑES GARCIA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168987047</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque son moralmente vinculantes, no tienen fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento. Esto significa que no son judicialmente exigibles, es decir, no se pueden reclamar a través de un proceso legal. Su cumplimiento es de carácter voluntario y, aunque son lícitas, carecen de coactividad.</p><p> </p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen un sustento legal y pueden ser exigidas a través de un proceso judicial. Esto implica que, si una de las partes no cumple con su obligación, la otra puede recurrir a la ley para forzar su cumplimiento. En resumen, las obligaciones civiles son exigibles y tienen efectos jurídicos claros</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-14 22:47:09 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168987047</guid>
      </item>
      <item>
         <title>DANIA LEONELA ORDOÑES GARCIA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168988422</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque son moralmente vinculantes, no tienen fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento. Esto significa que no son judicialmente exigibles, es decir, no se pueden reclamar a través de un proceso legal. Su cumplimiento es de carácter voluntario y, aunque son lícitas, carecen de coactividad </p><p> </p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen un sustento legal y pueden ser exigidas a través de un proceso judicial. Esto implica que, si una de las partes no cumple con su obligación, la otra puede recurrir a la ley para forzar su cumplimiento. En resumen, las obligaciones civiles son exigibles y tienen efectos jurídicos claros</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-14 22:49:15 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>RAFAEL CASTELLANOS</title>
         <author>castellanosrafael634</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3168997812</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Obligaciones Naturales</strong></p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, aunque no pueden ser exigidas judicialmente, pueden ser cumplidas voluntariamente por el deudor. Es decir, si el deudor paga de manera voluntaria una obligación natural, no podrá exigir la devolución del pago. Estas obligaciones no tienen acción legal para su cumplimiento, pero su pago no puede ser reclamado posteriormente.</p><p><strong>Ejemplo</strong>: El pago de una deuda de juego, donde no existe una acción judicial para exigir el pago, pero si el deudor decide pagar voluntariamente, no puede reclamar lo entregado.</p><p><strong>Obligaciones Civiles</strong></p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que tienen plena fuerza legal y son exigibles ante los tribunales. Esto significa que si el deudor no cumple con la obligación, el acreedor tiene derecho a recurrir a la justicia para exigir su cumplimiento, ya sea forzando el pago o la ejecución de lo acordado.</p><p><strong>Ejemplo</strong>: Un contrato de arrendamiento o de compraventa, donde el acreedor puede exigir el pago o la entrega del bien en caso de incumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-14 23:04:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Helen Ninosca Rodríguez López  </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3169163755</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>R/ Las obligaciones naturales son las que no confieren derechos para exigir su cumplimiento pero que, cumplida autorizan para retener lo que sea dado o pagado en virtud de ellas (art 1373 código civil) por ejemplo En una deuda de juego si una persona pierde una apuesta, la obligación de pagar no es exigible legalmente, pero el deudor puede decidir cumplirla por un sentido de honor.</p><p>Las obligaciones naturales tienen determinado sus elementos en los cuales se constituye: que son acreedor deudor y objeto mientras que el deber moral no hay tal determinación.</p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles son aquella en las que se tiene el derecho a exigir el cumplimiento. Por ejemplo, En un contrato de arrendamiento El propietario de un inmueble (arrendador) tiene la obligación de ceder el uso del mismo a cambio de un pago de renta (arrendatario). Si el arrendatario no paga, el arrendador puede demandarlo.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-15 01:19:03 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>DIRIAN CARIELY CALLES CABALLERO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3169205677</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Por natural yo entiendo que son obligaciones que hacemos de manera voluntaria, que el incumplimiento no nos castiga con sanciones las veo más como obligaciones morales, aunque si existen maneras de regularlas por el código civil</p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Es lo contrario de las obligaciones naturales, obligación civil indica una relación con lo jurídico a las cuales si se les puede exigir el cumplimiento de ellas, por ejemplo un acreedor puede exigirle a un deudor que pague por medio de documentos que hayan sido firmados, como los pagaré, los compromisos de pago, se puede hacer que se cumpla una carta de compromiso de venta, una factura, un crédito, todo lo que esté vinculado con la ley y quede de manera pendiente es una obligación civil.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-15 01:39:30 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Yessy Carolina Palma Mondragon</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3169288741</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p>Esta obligación es el hecho una vez cumplido voluntariamente la obligación por el deudor, el derecho autoriza al acreedor a retenerlo válidamente, sin que pueda repetirse contra éste.  Estas son:</p><p>1.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Estas son las personas que son incapaces de obligarlos a una ley; como menores o adultos no habilitados de edad.</p><p>2.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción.</p><p>3.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige.</p><p>4.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.</p><p><br/></p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento; es decir cuando el vinculo es fuerte, vigoroso, en consecuencia, el acreedor puede accionar judicialmente para exigir su cumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-15 02:26:04 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Silvia Maribel Flores Chacón</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3169477804</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales? </strong></p><p><strong>R=</strong>Son aquellas obligaciones que, aunque no confieren derecho para exigir su cumplimiento judicialmente, una vez cumplidas voluntariamente, autorizan al acreedor para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Es decir, no puedes obligar al deudor a cumplir, pero si decide hacerlo, lo que se haya entregado queda en manos del acreedor.</p><p><br></p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p><strong>R=</strong>Son aquellas obligaciones que, aunque no confieren derecho para exigir su cumplimiento judicialmente, una vez cumplidas voluntariamente, autorizan al acreedor para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Es decir, no puedes obligar al deudor a cumplir, pero si decide hacerlo, lo que se haya entregado queda en manos del acreedor.</p><p><br></p><p>En conclusión Las obligaciones naturales son como promesas que pueden ser cumplidas por honor, mientras que las civiles son exigibles por ley.</p><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-15 04:33:25 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Gerson Colindres Oliva</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3171007599</link>
         <description><![CDATA[<p>Diversas Especies de obligaciones.</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no están respaldas por una acción legal o coercitiva, es decir, que no pueden ser exigidas judicialmente, pero si el deudor decide cumplir con ellas, el pago realizado no puede ser reclamado de vuelta.</p><p><br/></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que establecen una relación jurídica entre dos partes, en la cual el deudor esta legalmente obligado a cumplir con una prestación especifica. Dar, Hacer o no Hacer algo. y el acreedor tiene el derecho de exigir judicialmente el cumplimiento de esa obligación.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-15 22:00:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>&quot;Diversos tipos de Obligaciones&quot;</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3171116433</link>
         <description><![CDATA[<p><strong><mark>Darien Andrea Murillo Casaca</mark></strong></p><p>1. <strong>Obligaciones naturales:</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden ser exigidas judicialmente por el acreedor, ya que no tienen fuerza legal para ser reclamadas ante un tribunal. Sin embargo, si el deudor decide voluntariamente cumplir con la obligación, el cumplimiento es válido y no puede ser reclamado de vuelta. Aunque no son legalmente exigibles, pueden surgir de vínculos morales, éticos o de justicia.</p><p>Ejemplos de obligaciones naturales:</p><ul><li><p>Deudas prescriptas: si una persona tiene una deuda y el plazo para reclamarla ha caducado, la deuda sigue existiendo pero no puede ser exigida judicialmente. Si el deudor decide pagarla, es válido.</p></li><li><p>Pagos voluntarios: si alguien paga algo por un acuerdo no obligatorio pero basado en buena fe, no puede luego exigir la devolución.</p></li></ul><p>En Conclucion, las obligaciones naturales son aquellas en las que <strong>no existe coerción legal para su cumplimiento</strong> , pero si el deudor las cumple voluntariamente, es un acto válido.</p><p>2. <strong>Obligaciones civiles:</strong></p><p>Las obligaciones civiles, por otro lado, son aquellas que tienen plena fuerza legal y pueden ser exigidas judicialmente. Si el deudor no cumple con lo pactado, el acreedor tiene el derecho de acudir a los tribunales para exigir el cumplimiento forzado o solicitar una compensación en caso de incumplimiento.</p><p>Ejemplos de obligaciones civiles:</p><ul><li><p>Contratos formales: si una persona firma un contrato, la obligación derivada de ese contrato es exigible legalmente.</p></li><li><p>Deudas reconocidas: si una persona debe una cantidad de dinero como resultado de un préstamo o un contrato de compraventa, el acreedor puede reclamar ante un tribunal si no se paga.</p></li></ul><p>En Conclusion, las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que <strong>tienen carácter vinculante ante la ley</strong> , y su incumplimiento puede derivar en acciones legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-16 00:10:42 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jorge Neftaly Romero Mejia</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3171473099</link>
         <description><![CDATA[<p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son compromisos que, aunque no pueden ser exigidos legalmente, una vez cumplidos no se puede pedir que se devuelva lo pagado. Un ejemplo de esto es una <strong>deuda de juego</strong>: si alguien pierde dinero apostando, moralmente podría sentir que debe pagar, pero no puede ser obligado a hacerlo por un juez. Sin embargo, si decide pagar, no puede pedir el dinero de vuelta alegando que no estaba obligado legalmente.</p><p>Por otro lado, las <strong>obligaciones civiles</strong> sí pueden ser exigidas ante los tribunales, y su incumplimiento tiene consecuencias legales. Un ejemplo claro es una <strong>hipoteca</strong>: si una persona deja de pagar su préstamo, el banco puede demandar y obligar al cumplimiento de la deuda. Otro ejemplo sería un <strong>contrato de alquiler</strong>: si no se paga la renta, el propietario puede demandar al inquilino para cobrar el dinero.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-16 03:21:34 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Derek Enrique Castillo Rivas</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3172445211</link>
         <description><![CDATA[<p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Asimismo, son aquellas que, aunque nacen de un vínculo jurídico o moral, no son exigibles jurídicamente. Esto significa que el deudor no puede ser compelido por los tribunales a cumplirlas, pero si lo hace voluntariamente, el pago es válido y no puede ser reclamado de vuelta.</p><p>&nbsp;</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Es decir, son aquellas reconocidas y protegidas por el ordenamiento jurídico, lo que significa que su incumplimiento puede ser exigido coercitivamente a través de los tribunales de justicia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-16 14:21:22 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Karen Yessenia Cabrera Ortiz </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3172620574</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p></li></ul><p>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas</p><p>fundadas sólo en el&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/derecho-natural/derecho-natural.htm">derecho natural</a>&nbsp;y en la equidad, no confieren acción para exigir su&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/cumplimiento/cumplimiento.htm">cumplimiento</a>, pero que, cumplidas por el&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/deudor/deudor.htm">deudor</a>, autorizan para retener lo que se ha dado por razón de ellas.</p><p>Su diferencia con las&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/obligaciones/obligaciones.htm">obligaciones</a>&nbsp;civiles o perfectas radica precisamente en que estas confieren al&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/acreedor/acreedor.htm">acreedor</a>&nbsp;una acción para obligar al&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/deudor/deudor.htm">deudor</a>&nbsp;a cumplir.</p><p><br/></p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p></li></ul><p>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento</p><p>Es aquella en que el&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/deudor/deudor.htm">deudor</a>&nbsp;puede ser forzado a cumplir mediante los&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/arbitrios/arbitrios.htm">arbitrios</a>&nbsp;legales, a diferencia de la&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://www.enciclopedia-juridica.com/d/obligaci%C3%B3n-natural/obligaci%C3%B3n-natural.htm">obligación natural</a>, desprovista de sanciones.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-16 15:57:52 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Maykelin Nohelia Coto Cordova </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3173005454</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no tienen un carácter jurídico vinculante, es decir, no pueden ser exigidas legalmente ante un tribunal. Sin embargo, tienen un reconocimiento moral y pueden ser cumplidas de forma voluntaria.</p><p>Por ejemplo, si alguien tiene una deuda que ha prescrito, el deudor ya no está obligado a pagarla legalmente, pero puede sentirse moralmente obligado a hacerlo. Las obligaciones naturales se consideran una forma de responsabilidad ética o moral, y su cumplimiento puede estar motivado por el deseo de honrar compromisos personales o familiares.</p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen un carácter jurídico y son exigibles ante la ley. Estas obligaciones surgen de un contrato, de la ley o de un acto ilícito y, al ser reconocidas por el ordenamiento jurídico, su incumplimiento puede dar lugar a acciones legales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-16 20:53:05 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3173449888</link>
         <description><![CDATA[<p>KARLA MARISELA CARBAJAL SANTAMARIA</p><p><br/></p><p>¿Que son las obligaciones naturales?</p><p>son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidos, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p><br/></p><p>¿Que son las obligaciones civiles?</p><p>las obligaciones son civiles aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-17 02:47:52 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Diversas especies de obligaciones</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3174600765</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no otorgan un derecho para exigir su cumplimiento judicialmente, sí permiten que, una vez cumplidas voluntariamente, el deudor pueda retener lo que ha dado o pagado. En otras palabras, son obligaciones que no pueden ser reclamadas por medios legales, pero que, si se cumplen espontáneamente, generan efectos jurídicos, como la imposibilidad de exigir la devolución del pago realizado.</p><p>Ejemplos de obligaciones naturales son:</p><ol><li><p>Obligaciones contraídas por personas con capacidad de discernimiento pero que, legalmente, son incapaces de obligarse, como los menores no habilitados.</p></li><li><p>Obligaciones civiles que se extinguieron por prescripción.</p></li><li><p>Actos que carecen de las formalidades exigidas por la ley para producir efectos civiles, como un testamento no otorgado de forma correcta.</p></li><li><p>Obligaciones no reconocidas en juicio debido a la falta de pruebas.</p><p><br></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que otorgan a los acreedores el derecho legal de exigir su cumplimiento. Son obligaciones respaldadas por la ley, por lo que, si el deudor no cumple con lo pactado, el acreedor puede recurrir a los tribunales para hacer valer su derecho y obligar al deudor a cumplir, ya sea mediante la ejecución de la prestación o a través de compensaciones.</p></li></ol>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-17 15:30:48 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3175027185</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Obligacion Naturales</strong></p><p>Las obligaciones naturales<strong> </strong>son aquellos vínculos jurídicos que, aunque no son exigibles judicialmente, generan un sentido de deber moral en el deudor. Estas obligaciones se caracterizan por no estar respaldadas por la ley para su cumplimiento, lo que significa que, si el deudor incumple, el acreedor no puede acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento. Sin embargo, si el deudor decide cumplir con la obligación, puede retener lo que ha dado o pagado.</p><p><br/></p><p><strong>Obligaciones Civiles</strong></p><p>Las obligaciones civiles son un componente esencial del derecho civil que establece un vínculo jurídico entre dos o más partes, en el cual una de ellas (el deudor) se compromete a realizar una prestación a favor de la otra (el acreedor). Estas obligaciones son reguladas por el Código Civil </p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-17 21:39:35 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3175070003</link>
         <description><![CDATA[<p>PAOLA ELIZABETH GARCIA </p><p><br/></p><p>¿Que son obligaciones Naturales?</p><p>Son aquellas que, no tienen fuerza legal para ser exigirlas en un tribunal, y si la persona deudora cumple voluntariamente con la obligación, no puede reclamar lo que ha pasado.</p><p><br/></p><p>¿Que son obligaciones Civiles?</p><p>Estas están respaldadas por la ley y pueden ser exigidas judicialmente, si una persona incumple con su Obligacion, la parte afectada puede acudir a los tribunales para forzar su cumplimiento o recibir una compensación. </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-17 22:47:29 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Ana Gabriela Garcia Gonzales</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3176658132</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas en las que existe un deber moral de cumplimiento, pero que carecen de un respaldo legal que permita exigir su cumplimiento mediante acciones legales. En otras palabras, son obligaciones en las que la ley no proporciona medios para obligar a la persona que las contrae a cumplirlas.</p><p><br/></p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Son aquellas que están respaldadas por el ordenamiento jurídico y cuyo cumplimiento puede ser exigido a través de acciones legales. Estas obligaciones surgen de un acuerdo voluntario entre las partes o de un hecho ilícito que genere la obligación de indemnizar a la parte perjudicada. En este sentido, las obligaciones civiles son aquellas que están reguladas por la ley y cuyo incumplimiento puede acarrear consecuencias legales para la parte que no cumple con lo pactado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-18 20:14:16 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Walter David Ávila (Especie de Obligaciones).</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3176863300</link>
         <description><![CDATA[En el Código Civil de Honduras, las obligaciones civiles y las obligaciones naturales son categorías que distinguen el grado de exigibilidad de las obligaciones entre las partes.
Obligaciones Civiles
Las obligaciones civiles son aquellas que están respaldadas por la ley y, por lo tanto, pueden ser exigidas judicialmente. Esto significa que, si una persona no cumple con una obligación civil, la parte afectada tiene el derecho de acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento o el resarcimiento correspondiente. Estas obligaciones están reguladas por el artículo 1372 del Código Civil, que establece los elementos que deben tener las obligaciones para ser consideradas civiles.

Obligaciones Naturales
Las obligaciones naturales, por otro lado, son aquellas que no son exigibles judicialmente. Esto significa que, aunque existe un deber moral o social de cumplirlas, la ley no otorga a la otra parte el derecho de exigir su cumplimiento en los tribunales. 
Esto implica que estas obligaciones son actos de buena fe o basados en la equidad, donde la ley no interviene para forzar su cumplimiento.
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         <pubDate>2024-10-19 03:19:28 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Nelsy Marieth Velasquez Polanco </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3177477691</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Que son obligaciones naturales?</strong></p><p>son un tipo de obligación que, aunque no es exigible legalmente a través de los tribunales, genera un deber moral o social de cumplimiento. Estas obligaciones no otorgan al acreedor el derecho de demandar judicialmente su cumplimiento, pero si el deudor decide cumplir voluntariamente, el pago realizado no puede ser reclamado de vuelta. En otras palabras, las obligaciones naturales no tienen fuerza coactiva, pero su cumplimiento voluntario es válido y no reversible.</p><p><strong>Que son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Son aquellas que tienen fuerza jurídica plena, es decir, que están respaldadas por el ordenamiento legal y son exigibles judicialmente. Si el deudor no cumple con la obligación, el acreedor tiene el derecho de acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento o, en su defecto, el pago de una indemnización por los daños causados.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-19 23:40:40 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Diversas especies de obligaciones</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3177553115</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente, generan un deber moral o ético de cumplimiento. Esto significa que, si una persona decide cumplir con una obligación natural, no puede ser forzada a hacerlo, pero si cumple, tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado en virtud de dicha obligación.</p><p><strong>Características de las obligaciones naturales:</strong></p><p><strong>Inexigibilidad:</strong> No se pueden exigir legalmente ante un tribunal. No hay un recurso legal para forzar su cumplimiento.</p><p><strong>Cumplimiento Voluntario:</strong> Aunque no se puede exigir, si una persona decide cumplir con la obligación, el cumplimiento es válido y genera efectos.</p><p><strong>Efectos Jurídicos:</strong> Si se cumple una obligación natural, el que cumple tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado, aunque no tenga obligación legal de hacerlo</p><p><strong>Ejemplos:</strong> Las obligaciones que surgen de ciertas relaciones familiares, el pago de deudas prescriptas, o las obligaciones que se derivan de situaciones de hecho donde no hay un contrato formal, pueden considerarse obligaciones naturales.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente, generan un deber moral o ético de cumplimiento. Esto significa que, si una persona decide cumplir con una obligación natural, no puede ser forzada a hacerlo, pero si cumple, tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado en virtud de dicha obligación.</p><p><strong>Características de las obligaciones naturales:</strong></p><ol><li><p><strong>Inexigibilidad:</strong> No se pueden exigir legalmente ante un tribunal. No hay un recurso legal para forzar su cumplimiento.</p></li><li><p><strong>Cumplimiento Voluntario:</strong> Aunque no se puede exigir, si una persona decide cumplir con la obligación, el cumplimiento es válido y genera efectos.</p></li><li><p><strong>Efectos Jurídicos:</strong> Si se cumple una obligación natural, el que cumple tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado, aunque no tenga obligación legal de hacerlo.</p></li><li><p><strong>Ejemplos:</strong> Las obligaciones que surgen de ciertas relaciones familiares, el pago de deudas prescriptas, o las obligaciones que se derivan de situaciones de hecho donde no hay un contrato formal, pueden considerarse obligaciones naturales.</p></li></ol><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-20 03:08:45 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Diversas especies de obligaciones Roger Lopez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3177555517</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente, generan un deber moral o ético de cumplimiento. Esto significa que, si una persona decide cumplir con una obligación natural, no puede ser forzada a hacerlo, pero si cumple, tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado en virtud de dicha obligación.</p><p><strong>Características de las obligaciones naturales:</strong></p><p><strong>Inexigibilidad:</strong> No se pueden exigir legalmente ante un tribunal. No hay un recurso legal para forzar su cumplimiento.</p><p><strong>Cumplimiento Voluntario:</strong> Aunque no se puede exigir, si una persona decide cumplir con la obligación, el cumplimiento es válido y genera efectos.</p><p><strong>Efectos Jurídicos:</strong> Si se cumple una obligación natural, el que cumple tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado, aunque no tenga obligación legal de hacerlo</p><p><strong>Ejemplos:</strong> Las obligaciones que surgen de ciertas relaciones familiares, el pago de deudas prescriptas, o las obligaciones que se derivan de situaciones de hecho donde no hay un contrato formal, pueden considerarse obligaciones naturales.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente, generan un deber moral o ético de cumplimiento. Esto significa que, si una persona decide cumplir con una obligación natural, no puede ser forzada a hacerlo, pero si cumple, tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado en virtud de dicha obligación.</p><p><strong>Características de las obligaciones naturales:</strong></p><ol><li><p><strong>Inexigibilidad:</strong> No se pueden exigir legalmente ante un tribunal. No hay un recurso legal para forzar su cumplimiento.</p></li><li><p><strong>Cumplimiento Voluntario:</strong> Aunque no se puede exigir, si una persona decide cumplir con la obligación, el cumplimiento es válido y genera efectos.</p></li><li><p><strong>Efectos Jurídicos:</strong> Si se cumple una obligación natural, el que cumple tiene derecho a retener lo que ha dado o pagado, aunque no tenga obligación legal de hacerlo.</p></li><li><p><strong>Ejemplos:</strong> Las obligaciones que surgen de ciertas relaciones familiares, el pago de deudas prescriptas, o las obligaciones que se derivan de situaciones de hecho donde no hay un contrato formal, pueden considerarse obligaciones naturales.</p></li></ol><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-20 03:14:54 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Dilcia Rachelle Rivera Dubon</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3178098181</link>
         <description><![CDATA[<p><strong><em>Foro </em></strong></p><p><br/></p><p><strong><em>1¿Qué son las Obligaciones Naturales?</em></strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden ser exigidas judicialmente, pero que, una vez cumplidas voluntariamente, no pueden reclamarse como indebidas. Esto significa que, si una persona cumple con una obligación natural, no puede solicitar la devolución de lo que ha entregado o pagado. Estas obligaciones no tienen fuerza coercitiva, por lo que el deudor no está obligado a cumplirlas legalmente, pero su cumplimiento puede depender de la moral o la conciencia del deudor.</p><p>Ejemplo: El pago de una deuda prescripta. Aunque el plazo legal para exigir el pago ha vencido y no puede ser demandado, si el deudor decide pagar voluntariamente, no puede luego exigir la devolución del dinero.</p><p><br/></p><p><strong><em>2. ¿Qué son las Obligaciones Civiles?</em></strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen fuerza legal y pueden ser exigidas judicialmente. Esto significa que, si el deudor no cumple con la obligación, el acreedor tiene el derecho de acudir a un tribunal para exigir el cumplimiento forzoso de la misma o para obtener una indemnización por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento.</p><p>Ejemplo: Un contrato de compraventa. Si una persona se compromete a vender un bien a otra y no cumple con la entrega, el comprador puede demandar ante un tribunal para que se obligue al vendedor a cumplir con la entrega del bien.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-20 18:38:48 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Mirsa Martinez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3178228270</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p></li></ul><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no son exigibles judicialmente (es decir, no se puede demandar su cumplimiento ante un tribunal), tienen un fundamento moral o ético que lleva a la persona a cumplirlas voluntariamente. En términos legales, las obligaciones naturales no generan responsabilidad jurídica, pero si la persona cumple con la obligación, el cumplimiento es válido y no puede reclamar la devolución de lo entregado.</p><p>&nbsp;</p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p></li></ul><p>Las obligaciones civiles son aquellas que están reconocidas y reguladas por el ordenamiento jurídico, lo que significa que son exigibles ante los tribunales. En otras palabras, si una parte no cumple con una obligación civil, la otra parte puede acudir a la justicia para reclamar su cumplimiento o la reparación correspondiente.</p><p>&nbsp;</p><p>Estas obligaciones tienen consecuencias legales, ya que generan derechos y deberes jurídicos entre las partes. Por ejemplo, el pago de una deuda contractual, la entrega de un bien comprado o la prestación de un servicio son obligaciones civiles, y si una de las partes incumple, la otra puede demandar el cumplimiento o, en su defecto, una compensación económica.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-20 22:18:54 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3178266244</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p></li></ul><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que no pueden ser exigidas judicialmente, es decir, el acreedor no tiene el derecho legal de demandar su cumplimiento. Sin embargo, si el deudor las cumple voluntariamente, ese cumplimiento es válido y no puede ser revocado ni solicitado su reembolso. Estas obligaciones se basan en deberes de carácter ético o moral, y aunque carecen de fuerza legal, están reconocidas en el derecho como acciones moralmente correctas.</p><p><strong>Características de las obligaciones naturales:</strong></p><ul><li><p>No son exigibles judicialmente.</p></li><li><p>Si el deudor cumple voluntariamente, el pago es válido y no puede ser reclamado de vuelta.</p></li><li><p>Surgen de deberes morales o sociales que el derecho no protege completamente.</p></li><li><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que están plenamente respaldadas por el sistema jurídico y, por tanto, son exigibles judicialmente. El acreedor tiene el derecho de acudir a los tribunales para exigir el cumplimiento de la obligación, ya sea que se trate de la entrega de dinero, la ejecución de un acto, o la abstención de realizarlo. Estas obligaciones pueden nacer de contratos, la ley, o actos ilícitos que generen responsabilidad civil.</p><p><strong>Características de las obligaciones civiles:</strong></p><ul><li><p>Son exigibles judicialmente.</p></li><li><p>Tienen fuerza legal, por lo que el acreedor puede demandar su cumplimiento.</p></li><li><p>Surgen de contratos, leyes, o responsabilidad por hechos ilícitos.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-20 23:25:54 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>José Alfredo García Bonilla</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3178306258</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las obligaciones naturales? </p><p>Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles. </p><p><br/></p><p>Las que no  confieren derecho para exigir cumplimiento.</p><p><br/></p><p>¿Qué son las obligaciones civiles?</p><p> Son aquellas relaciones jurídicas por virtud de la cual un sujeto llamado deudor queda inculado juridicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor a realizar una conducta que puede consistir en undar, en un hacer o en no hacer.</p><p> </p><p><br/></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-21 00:11:05 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Foro: Diversas  especies de obligaciones. Yolibeth Michell Vallecillo Castellon </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3178569516</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones naturales? </p><p>Las obligaciones naturales son aquellas cuyo cumplimiento es de carácter voluntario. Su incumplimiento no supone sanción, ni establece la facultad para poder reclamar su cumplimiento.</p><p>Entre las diferencias que se destacan entre la obligación civil y la natural se destaca que las primeras, sí otorgan el derecho a exigir el cumplimiento judicialmente, mientras que las segundas, no dan ese derecho ya que solo crean entre las partes un vínculo de equidad. </p><p>Las obligaciones naturales van a nacer en atención a un convenio, un acuerdo entre las partes, pero que no van a conllevar una acción para poder reclamar el incumplimiento, como ocurre con las deudas prescritas.</p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Es un tipo de obligacion que tiene la virtud de conferir acción para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella. Las obligaciones civiles constituyen la regla general en materia de obligaciones, pues lo normal es que los derechos estén revestidos de acción para exigir que se cumplan, y tratándose de los derechos personales, que son los que pueden reclamarse de ciertas personas porque han contraído las obligaciones correlativas, las acciones se llaman personales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-10-21 02:47:09 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Mariela Lisbeth Martínez Torres</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3332055413</link>
         <description><![CDATA[<p>Obligaciones civiles</p><p>De acuerdo con el Código Civil, las obligaciones civiles son aquellas que confieren al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento por la vía legal. En otras palabras, si el deudor no cumple con su obligación, el acreedor puede acudir ante los tribunales para hacer valer su derecho y obtener el cumplimiento forzado o la indemnización correspondiente. Estas obligaciones pueden derivar de la ley, de los contratos, de los cuasicontratos, de los actos ilícitos o de cualquier otro acto reconocido por el ordenamiento jurídico.</p><p>Obligaciones naturales</p><p>Por otro lado, las obligaciones naturales no otorgan al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento judicialmente. Sin embargo, si el deudor decide cumplirlas de manera voluntaria, el pago efectuado es válido y no puede ser reclamado de vuelta. El artículo 1372 del Código Civil menciona algunos ejemplos de obligaciones naturales, tales como:</p><p>1. Las contraídas por personas que tienen juicio y discernimiento, pero que son incapaces de obligarse según la ley (por ejemplo, un menor adulto no habilitado).</p><p>2. Las obligaciones civiles que se han extinguido por prescripción.</p><p>3. Las que derivan de actos que carecen de las formalidades legales necesarias para su validez, como un legado en un testamento no otorgado conforme a la ley.</p><p>4. Aquellas que no han sido reconocidas en juicio por falta de pruebas.</p><p>En conclusión, mientras que las obligaciones civiles son plenamente exigibles y garantizan el cumplimiento mediante acciones legales, las obligaciones naturales dependen de la voluntad del deudor para ser cumplidas. No obstante, una vez satisfechas, el pago es válido y no puede ser reclamado nuevamente, demostrando así que, aunque no sean exigibles, sí tienen relevancia dentro del derecho de obligaciones.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-18 02:13:25 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Boris Fernando Godoy Vásquez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3332138795</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>DIVERSAS ESPECIES DE OBLIGACIONES </strong></p><p><br/></p><p><strong>1. ¿Qué son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que otorgan a la parte acreedora el derecho de exigir su cumplimiento. Es decir, el deudor está legalmente obligado a cumplir con la prestación acordada, y en caso de incumplimiento, el acreedor puede recurrir a los tribunales para hacer valer su derecho.</p><p><br/></p><p><strong>2. ¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no confieren el derecho a exigir su cumplimiento, pero si el deudor las cumple voluntariamente, el acreedor tiene el derecho de retener lo que ha recibido en razón de ellas. Ejemplos de obligaciones naturales incluyen:</p><ul><li><p>Obligaciones contraídas por personas con suficiente juicio, pero que legalmente son incapaces de obligarse (por ejemplo, menores adultos no habilitados de edad).</p></li><li><p>Obligaciones civiles que han sido extinguidas por prescripción.</p></li><li><p>Obligaciones que derivan de actos sin las solemnidades legales requeridas para que produzcan efectos civiles (como un testamento mal otorgado).</p></li><li><p>Obligaciones no reconocidas en juicio por falta de prueba.</p></li></ul><p>Además, si una persona cumple voluntariamente con una obligación natural, no puede posteriormente exigir la devolución de lo que haya pagado o entregado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-18 03:20:40 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Gilma Danely Calderon Pineda</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3335035061</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no pueden ser exigidas legalmente en un tribunal, se consideran moralmente o socialmente vinculantes para la persona que las contrae. Estas obligaciones se caracterizan por nacer de un deber de justicia o equidad y, aunque carecen de acción legal para su cumplimiento forzoso, si el deudor las cumple voluntariamente, dicho cumplimiento es válido y no puede reclamar su restitución.</p><p>Según nuestro código civil la define como &nbsp;las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son vínculos jurídicos que imponen a una persona (deudor) el deber de cumplir una prestación a favor de otro (acreedor), quien tiene el derecho de exigir su cumplimiento mediante los mecanismos legales. Estas obligaciones están reguladas por el derecho y su cumplimiento puede ser exigido coercitivamente a través de los tribunales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 00:35:37 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Nery Obdulio Mejía Espinoza</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3336413101</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Foro</strong></p><p><strong>Diversas especies de obligaciones</strong></p><p>&nbsp;</p><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no tienen un efecto obligatorio jurídico en cuanto al cumplimiento forzoso o ejecutivo, pero que, sin embargo, son morales o voluntarias en la medida en que el deudor decide cumplirlas. El Código Civil de Honduras establece que, si el deudor las cumple voluntariamente, no puede reclamar lo pagado, pero tampoco puede reclamar el cumplimiento de la obligación, ya que no existe una acción legal para exigirla.</p><p>Para citar un ejemplo es cuando un padre que, por una promesa moral, le otorga un dinero a su hijo, pero no tiene una obligación legal de hacerlo, ya que es un acto de voluntad y no de obligación civil. Sin embargo, si lo paga, no podrá reclamar el dinero más tarde.</p><p>El artículo 1372 del código civil establece que, las obligaciones naturales son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p>Tales son:</p><p>1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse, según las leyes, como los menores adultos no habilitados de edad.</p><p>2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción.</p><p>3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado impuesto por un testamento que no se ha otorgado en la forma debida.</p><p>4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.</p><p>Para que no pueda pedirse la restitución en virtud de estas cuatro clases de obligaciones, es necesario que el pago se haya hecho.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles, en cambio, son aquellas que sí pueden ser exigidas judicialmente y tienen un efecto vinculante y coercitivo. Son aquellas en las que, si el deudor no cumple, el acreedor puede demandar el cumplimiento forzoso o la reparación de daños y perjuicios.</p><p>Ejemplo de las obligaciones civiles podemos mencionar un contrato de compraventa, el comprador tiene la obligación civil de pagar el precio del bien, y el vendedor tiene la obligación de entregar el bien. Si cualquiera de las partes no cumple, la otra parte puede exigir judicialmente el cumplimiento o la indemnización correspondiente.</p><p>El Código Civil establece que las obligaciones civiles son aquellas que tienen una exigibilidad plena ante los tribunales, ya que las leyes respaldan el cumplimiento de estas obligaciones, y, si no se cumplen, se puede acudir a la justicia para exigir el cumplimiento o las consecuencias legales del incumplimiento.</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>En resumen</strong>, podemos decir que las obligaciones naturales no tienen efectos jurídicos de exigibilidad. Son cumplidas por la voluntad del deudor, pero no pueden ser exigidas judicialmente y que las obligaciones civiles son aquellas que tienen efectos jurídicos y pueden ser exigidas judicialmente, con la posibilidad de aplicar sanciones si no se cumplen.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 17:38:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Wendy Melissa Carranza Degrandes</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3337073728</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Obligaciones Civiles</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que confieren al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento, incluso mediante una acción judicial. Es decir, si el deudor no cumple, el acreedor puede recurrir a los tribunales para hacer efectiva la obligación.</p><p>&nbsp;</p><p>🔹 Ejemplo: Un contrato de préstamo entre dos personas en el que el deudor se compromete a devolver el dinero en una fecha determinada. Si no cumple, el acreedor puede demandarlo para obligarlo a pagar.</p><p>&nbsp;</p><p>Las obligaciones civiles pueden extinguirse por diversas razones, como el pago, la prescripción o la imposibilidad de cumplimiento.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>Obligaciones Naturales</strong></p><p>Las obligaciones naturales, en cambio, no conceden al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento por la vía judicial. Sin embargo, si el deudor decide cumplirlas voluntariamente, el pago será válido y no podrá exigir su devolución.</p><p>&nbsp;</p><p>🔹 Ejemplo:</p><p>Pago de una deuda prescrita: Si una persona debía pagar una cantidad de dinero, pero la deuda ha prescrito legalmente, ya no se puede exigir su pago. No obstante, si el deudor decide pagar voluntariamente, no podrá reclamar la devolución del dinero.</p><p>Promesas realizadas por incapaces: Una persona menor de edad que hace una promesa de pago sin autorización legal no puede ser obligada a cumplirla, pero si decide pagar voluntariamente, el pago es válido.</p><p>Cumplimiento de un testamento defectuoso: Si una persona deja un legado en un testamento que no cumple con las formalidades legales, sus herederos no están obligados a cumplirlo. Sin embargo, si voluntariamente deciden hacerlo, no podrán retractarse después.</p><p>Las obligaciones naturales son importantes porque reflejan principios de equidad y moralidad en el derecho civil, permitiendo que ciertos compromisos sean reconocidos, aunque no puedan ser exigidos judicialmente.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-21 02:47:16 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>NIDIA MARLENE CRUZ VELASQUEZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3337217287</link>
         <description><![CDATA[<p>Clases de obligaciones naturales</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, a diferencia de las obligaciones civiles, no pueden ser exigidas en los tribunales, pero que, sin embargo, producen ciertos efectos jurídicos.</p><p>Clases de obligaciones civiles</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; incumplimiento. En general, las obligaciones civiles se dividen en dos categorías</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer.</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que se derivan de un contrato, ley o acto jurídico y que pueden ser exigidas en los tribunales de justicia en caso de incumplimiento.</p><p>Las obligaciones civiles se dividen en dos categorías principales: las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-21 05:03:47 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Hola, soy Hector Antonio Lozano Carrasco.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3338253687</link>
         <description><![CDATA[<p>En relación a las obligaciones naturales y civiles, es importante destacar las diferencias entre ambas.</p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que no otorgan el derecho de exigir su cumplimiento, pero, una vez cumplidas, permiten retener lo que se ha dado o pagado en virtud de ellas. Ejemplos de esto pueden incluir situaciones en las que una persona está obligada a cumplir con un acuerdo, pero debido a su incapacidad legal (por ejemplo, los menores adultos no habilitados), la obligación no puede ser exigida judicialmente, aunque si se cumple, lo dado puede ser retenido.</p><p>Por otro lado, las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que sí otorgan el derecho a exigir su cumplimiento. Son las que tienen efectos legales plenos, permitiendo que la parte afectada pueda demandar su cumplimiento en caso de que no se ejecute. Estas son las más comunes y tienen plena validez ante la ley.</p><p><strong>Ejemplo de obligaciones naturales:</strong></p><ol><li><p><strong>Pago por parte de un menor no habilitado</strong>: Un menor adulto no habilitado (por ejemplo, alguien que aún no ha alcanzado la mayoría de edad legal y no ha sido autorizado por un juez para actuar como adulto) puede haber contraído una deuda. Si ese menor paga voluntariamente una deuda, aunque no podía ser legalmente obligado a hacerlo, podrá retener lo que haya pagado si se trata de una obligación natural</p></li></ol><p><strong>Ejemplo de obligaciones civiles:</strong></p><p><strong>Contratación de un préstamo</strong>: Si una persona firma un contrato de préstamo con un banco, este acuerdo es una obligación civil, ya que el banco tiene el derecho de exigir el cumplimiento del pago del préstamo en los plazos establecidos. Si el deudor no paga, el banco puede llevar a cabo acciones legales para exigir el cumplimiento</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-22 01:49:27 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>LAURA MARBELY AGUILAR VELASQUEZ (323580007)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3338835262</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Diversas especies de obligaciones</strong></p><p><br/></p><p>En el marco del Código Civil de Honduras, específicamente en el Capítulo III, se establece una clasificación fundamental de las obligaciones en dos categorías: las obligaciones civiles y las obligaciones meramente naturales. Esta distinción es esencial para comprender cómo se regulan las relaciones jurídicas en nuestro país.</p><p><br/></p><p><strong>Obligaciones Naturales:</strong>&nbsp;Según el artículo 1372, las obligaciones naturales son aquellas que no confieren el derecho a exigir su cumplimiento ante la ley. Sin embargo, si se cumple, permiten al deudor retener lo que ha dado o pagado en virtud de ellas. Este tipo de obligaciones se presentan en situaciones específicas, como en el caso de personas que, a pesar de tener juicio y discernimiento, son incapaces de obligarse legalmente, como los menores adultos no habilitados. También se incluyen las obligaciones que han sido extinguidas por prescripción o aquellas que provienen de actos que carecen de las solemnidades requeridas por la ley. Es importante destacar que, aunque no son exigibles, el cumplimiento de estas obligaciones puede generar un sentido de responsabilidad moral y ética en el deudor.</p><p><strong>Obligaciones Civiles:</strong>&nbsp;Por otro lado, las obligaciones civiles son aquellas que sí otorgan el derecho a exigir su cumplimiento. Estos son exigibles ante la ley y, en caso de incumplimiento, el acreedor puede recurrir a la vía judicial para hacer valer su derecho. Las obligaciones civiles son fundamentales para el ordenamiento jurídico, ya que garantizan la seguridad en las relaciones contractuales y en el cumplimiento de los deberes establecidos por la ley.</p><p>En conclusión, la diferenciación entre obligaciones naturales y civiles es crucial para entender el funcionamiento del derecho civil en Honduras. Mientras que las obligaciones civiles son exigibles y respaldadas por el sistema judicial, las obligaciones naturales, aunque carecen de ese respaldo, tienen un valor moral que puede influir en el comportamiento de las partes involucradas.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-23 03:46:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>listo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3338850250</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-02-23 04:37:26 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Steven</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3339360107</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong><mark>¿Qué son obligaciones naturales?</mark></strong></p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, si bien no son exigibles judicialmente (es decir, no pueden ser reclamadas por la vía legal), tienen un valor moral y, en algunos casos, pueden producir efectos jurídicos cuando son cumplidas voluntariamente por el deudor. En otras palabras, son aquellas obligaciones que nacen de la conciencia de un compromiso moral o ético, pero que no están respaldadas por la ley de manera que se pueda exigir su cumplimiento a través de los tribunales.</p></li><li><p><strong><mark>¿Qué son obligaciones civiles?</mark></strong></p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que están reguladas por el Derecho Civil y cuya ejecución es exigible por la vía judicial. Es decir, si una persona no cumple con una obligación civil, la otra parte tiene el derecho de reclamarla ante los tribunales, y la ley respalda esa reclamación. Las <strong>obligaciones civiles</strong> surgen de un contrato, un acto ilícito o de un enriquecimiento sin causa, entre otras situaciones, y su cumplimiento está garantizado por el marco legal.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-23 23:18:13 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Glenda Yessenia Martínez Rodriguez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3339672919</link>
         <description><![CDATA[<p>Obligaciones Naturales<br>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no pueden ser exigidas judicialmente, tienen un reconocimiento en el orden jurídico. En otras palabras, si bien el acreedor no puede demandar judicialmente el cumplimiento de una obligación natural, el deudor puede cumplirla voluntariamente, y en algunos casos, ese cumplimiento puede generar efectos jurídicos favorables.<br>Según el Código Civil de 1906, las obligaciones naturales se reconocen principalmente por razones de justicia y ética, y no por un respaldo legal formal. Un ejemplo claro de una obligación natural podría ser el deber moral de una persona de ayudar a un familiar necesitado, aunque no exista una obligación legal de hacerlo. El cumplimiento de este tipo de obligaciones, aunque no se pueda exigir ante un tribunal, puede tener efectos, como la extinción de una deuda o la generación de una acción solidaria.<br>Obligaciones Civiles<br>Las obligaciones civiles son aquellas que están plenamente reguladas y respaldadas por la ley. A diferencia de las obligaciones naturales, las obligaciones civiles son exigibles judicialmente. Si el deudor no cumple con la obligación, el acreedor tiene el derecho de demandar judicialmente el cumplimiento de la misma, y el tribunal puede imponer sanciones o medidas para garantizar que se cumpla.<br>Dentro de las obligaciones civiles, se incluyen todas aquellas en las que existe un acuerdo o contrato formal entre las partes involucradas, que está sujeto a las normas legales y puede ser ejecutado por la vía judicial. Ejemplos de obligaciones civiles incluyen el pago de una deuda, la entrega de un bien o el cumplimiento de un contrato de trabajo.<br>Resumen de Diferencias Claves<br>Exigibilidad: Las obligaciones civiles pueden ser exigidas judicialmente, mientras que las obligaciones naturales no.<br>Fundamento Legal: Las obligaciones civiles están respaldadas por la ley, mientras que las obligaciones naturales surgen de un principio moral o ético.<br>Efectos Jurídicos: El cumplimiento de una obligación natural puede generar efectos favorables, pero no puede ser demandado judicialmente, mientras que el incumplimiento de una obligación civil puede dar lugar a una demanda judicial.<br>El Código Civil, en el libro IV, capítulo III, establece la distinción entre estas dos categorías de obligaciones, aportando claridad en cuanto a su naturaleza y alcance.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-24 05:17:00 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3339672919</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3339677946</link>
         <description><![CDATA[<p>Obligaciones Naturales<br>Las obligaciones naturales son aquellas que, si bien no pueden ser exigidas judicialmente por el acreedor, tienen un reconocimiento jurídico. Es decir, a pesar de que el acreedor no puede demandar judicialmente el cumplimiento de estas obligaciones, el deudor puede cumplirlas voluntariamente, y el cumplimiento puede tener efectos favorables.<br>De acuerdo con el Código Civil de 1906, las obligaciones naturales están basadas en principios de equidad o moralidad, y no están sujetas a una obligación legal de cumplimiento. Estas no pueden ser reclamadas ante los tribunales, pero si el deudor decide cumplirlas, puede ver extinguidas deudas o compromisos previamente adquiridos. Un ejemplo de esto podría ser un pago que una persona realiza a otra de manera voluntaria, aunque no exista un contrato formal que lo respalde.<br>Obligaciones Civiles<br>Las obligaciones civiles, por otro lado, son aquellas que están reguladas por el Derecho y son exigibles judicialmente. Esto significa que el acreedor tiene el derecho de recurrir a los tribunales para exigir el cumplimiento de una obligación civil. La ley establece claramente los términos de las obligaciones civiles, las cuales son exigidas y respaldadas por el ordenamiento jurídico.<br>Las obligaciones civiles se fundamentan en acuerdos o contratos formalizados entre las partes, y son vinculantes legalmente. Un ejemplo de obligación civil sería el pago de una deuda mediante un contrato de préstamo: si el deudor no cumple con su obligación de pago, el acreedor puede demandarlo ante los tribunales para recuperar la deuda.<br>Diferencias Clave entre Obligaciones Naturales y Civiles<br>Exigibilidad Judicial: Las obligaciones civiles pueden ser exigidas ante los tribunales, mientras que las obligaciones naturales no.<br>Reconocimiento Legal: Las obligaciones civiles están formalmente reguladas por la ley, mientras que las obligaciones naturales tienen un carácter más moral o ético.<br>Cumplimiento Voluntario: Las obligaciones naturales pueden cumplirse de manera voluntaria por el deudor, mientras que en las obligaciones civiles, el incumplimiento puede ser sancionado por la ley.<br>En resumen, mientras que las obligaciones naturales se basan en principios éticos y no tienen un marco legal que las haga exigibles, las obligaciones civiles son parte del ordenamiento jurídico y tienen una estructura formal que permite su exigibilidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-24 05:22:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>CESAR DANIEL URQUIA VELASQUEZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3490755617</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, aunque no otorgan al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento judicialmente, producen efectos jurídicos cuando el deudor decide cumplirlas voluntariamente. Es decir, no son exigibles ante los tribunales, pero si el deudor las paga, el pago es válido y no puede ser reclamado de vuelta.</p><p>🔹 <strong>Ejemplo:</strong> Una deuda de juego o una obligación extinguida por prescripción. Si el deudor paga voluntariamente, el acreedor puede conservar el pago, pero no puede demandar si el deudor se niega a pagar.</p><p>📌 Según el Código Civil:</p><blockquote><p>“Se llaman meramente naturales las obligaciones que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero que, cumplidas voluntariamente, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.” (Art. 1513 del Código Civil hondureño).</p></blockquote><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que nacen de un vínculo jurídico que permite al acreedor exigir su cumplimiento ante los tribunales. Estas obligaciones están plenamente respaldadas por la ley y son las más comunes en las relaciones contractuales y extracontractuales.</p><p>🔹 <strong>Ejemplo:</strong> El pago de una compraventa, el cumplimiento de un contrato de arrendamiento o el pago de una indemnización por daños.</p><p>📌 Según el Código Civil:</p><blockquote><p>“Son obligaciones civiles las que dan al acreedor acción para hacerlas efectivas.” (Art. 1512 del Código Civil hondureño).</p></blockquote>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-15 17:59:33 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Keyla Johana Santos Hernandez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3491844149</link>
         <description><![CDATA[<p>·&nbsp;<strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>De acuerdo con el Código, las obligaciones naturales son aquellas que la ley moral o de conciencia impone, pero que el ordenamiento jurídico no proporciona una acción para exigir el pago. Esto significa que el deudor puede cumplir con ellas si así lo deseas, pero el acreedor no puede recurrir a un tribunal para obligarle a que lo haga. Un ejemplo frecuente de esto son las deudas de juego o de apuestas, o las deudas ya prescritas.</p><p>·&nbsp;<strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>En cambio, las obligaciones civiles están reconocidas y exigibles por la ley. Si el deudor se niega a cumplir, el acreedor tiene el derecho de llevar el asunto ante un tribunal para que se pueda forzar el pago o el cumplimiento de lo acordado.</p><p>Se puede decir que las obligaciones naturales están más ligadas a la moral y a la conciencia, mientras que las obligaciones civiles están respaldadas por el orden jurídico.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-16 13:03:24 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Cristy Anyeli Zelaya Suazo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492106400</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Que son obligaciones naturales?&nbsp;</p><p>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para tener lo que se ha dado pagado en razón de ellas. Las obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento; en otras palabras, la obligación natural es lícita, pero no goza de coactividad, es decir, no son judicialmente exigibles.&nbsp;</p><p><br></p><p>¿Que son obligaciones civiles?&nbsp;</p><p>Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Se opone a la obligación natural, que es aquella que no confiere derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplida, autoriza para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ella. &nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-16 18:34:49 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Maria Fernanda Rodriguez Rodriguez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492110353</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>no son exigibles por la ley, lo que significa que una persona puede elegir cumplirlas, pero no enfrenta consecuencias legales en caso de incumplimiento. Las obligaciones naturales pueden surgir, por ejemplo, de situaciones en las que se ha realizado un acuerdo verbal que no se formaliza adecuadamente. Aunque no se pueden exigir, cumplen un papel importante en la moralidad y la ética de las relaciones personales.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que se originan de un acuerdo formal entre las partes, donde una de ellas se compromete a realizar una acción, ya sea entregar un bien, prestar un servicio o cumplir con una deuda. El carácter civil de estas obligaciones radica en que son legalmente exigibles. Esto significa que, si una de las partes no cumple lo acordado, la otra puede recurrir a los tribunales para demandar su cumplimiento. Por ejemplo, si una persona firma un contrato de alquiler, está obligada a pagar el alquiler acordado, y el propietario puede exigir este pago judicialmente si no se cumple.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-16 18:41:04 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Sary Waleska Hernández Perdomo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492199250</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las obligaciones naturales?</p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, si bien existen en la conciencia y la equidad, <strong>no otorgan al acreedor el derecho de exigir judicialmente su cumplimiento</strong>. Es decir, no hay una acción legal para forzar al deudor a cumplir. Sin embargo, si el deudor decide cumplir voluntariamente con una obligación natural, <strong>el pago realizado es válido y no puede ser reclamado o repetido</strong> (no se puede pedir la devolución).</p><p><strong>Ejemplos comunes de obligaciones naturales incluyen:</strong></p><ul><li><p><strong>Deudas prescritas:</strong> Si una deuda ha superado el plazo legal para ser exigida judicialmente (ha prescrito), el deudor no está obligado legalmente a pagarla. No obstante, si decide hacerlo, el pago es válido.</p></li><li><p><strong>Deudas de juego o apuestas no reguladas:</strong> En algunos casos, las deudas originadas por juegos de azar no autorizados legalmente pueden ser consideradas obligaciones naturales.</p></li><li><p><strong>Obligaciones contraídas por ciertos incapaces:</strong> Aquellas obligaciones asumidas por personas que, teniendo discernimiento, son incapaces según la ley (como menores adultos) y no pueden obligarse civilmente de forma plena.</p></li><li><p><strong>Obligaciones a las que les faltan solemnidades:</strong> Aquellas que, por no cumplir con ciertas formalidades exigidas por la ley, no producen efectos civiles plenos (por ejemplo, un legado establecido en un testamento con vicios de forma).</p></li></ul><p><br></p><p>¿Qué son las obligaciones civiles?</p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que <strong>otorgan al acreedor el derecho de exigir judicialmente su cumplimiento</strong>. Cuentan con el pleno respaldo del ordenamiento jurídico, lo que significa que, en caso de incumplimiento por parte del deudor, el acreedor puede recurrir a los tribunales para forzar el cumplimiento o la indemnización por los daños y perjuicios causados.</p><p><strong>Las obligaciones civiles surgen de diversas fuentes, tales como:</strong></p><ul><li><p><strong>Contratos:</strong> La fuente más común de obligaciones civiles, donde las partes acuerdan voluntariamente crear derechos y deberes recíprocos (por ejemplo, un contrato de compraventa, un contrato de arrendamiento).</p></li><li><p><strong>Cuasicontratos:</strong> Hechos voluntarios y lícitos que generan obligaciones sin que exista un acuerdo previo (por ejemplo, la gestión de negocios ajenos, el pago de lo indebido).</p></li><li><p><strong>Delitos y cuasidelitos:</strong> Hechos ilícitos que causan daño a otra persona y generan la obligación de reparar ese daño (responsabilidad civil extracontractual).</p></li><li><p><strong>La ley:</strong> Obligaciones impuestas directamente por la ley, sin necesidad de un acuerdo de voluntades (por ejemplo, el deber de pagar impuestos, la obligación de alimentos entre parientes).</p></li></ul><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-16 21:47:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492458778</link>
         <description><![CDATA[<p>BELKIS SARAÍ MARADIAGA BARAHONA</p><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Son aquellas obligaciones plenamente reconocidas por el ordenamiento jurídico y que pueden ser exigidas ante los tribunales de justicia. Si el deudor no cumple voluntariamente, el acreedor puede demandarlo judicialmente para hacer valer su derecho.</p><p>¿Qué son las <strong>obligaciones naturales</strong>?</p><p>Son aquellas que <strong>no tienen acción judicial</strong>, es decir, <strong>no pueden ser exigidas por vía legal</strong>, pero si el deudor las cumple voluntariamente, el pago es <strong>válido y no puede reclamarse su devolución</strong>. Surgen de un deber moral o de justicia.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-17 01:50:59 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492458778</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Reinaldo Vásquez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492565705</link>
         <description><![CDATA[<p>- ¿Qué son obligaciones naturales? </p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden exigirse legalmente, es decir, no se pueden reclamar ante un tribunal. Sin embargo, si la persona decide cumplir con ellas de forma voluntaria, el cumplimiento es válido y no se puede pedir su devolución.</p><p>Estas obligaciones tienen un valor moral o social, y aunque carecen de fuerza legal, reflejan un compromiso ético o de conciencia.</p><p>- ¿Qué son obligaciones civiles? <br>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen fuerza legal y, por lo tanto, pueden ser exigidas judicialmente. Si una persona no cumple con este tipo de obligación, la otra parte puede acudir a los tribunales para que se le obligue a cumplir o a pagar una indemnización.</p><p>Estas obligaciones son la base de la seguridad jurídica en los contratos y en las relaciones legales entre personas.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-17 02:47:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492565705</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492569326</link>
         <description><![CDATA[<p>- ¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden exigirse legalmente, es decir, no se pueden reclamar ante un tribunal. Sin embargo, si la persona decide cumplir con ellas de forma voluntaria, el cumplimiento es válido y no se puede pedir su devolución.</p><p>Estas obligaciones tienen un valor moral o social, y aunque carecen de fuerza legal, reflejan un compromiso ético o de conciencia.</p><p><br/></p><p>- ¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen fuerza legal y, por lo tanto, pueden ser exigidas judicialmente. Si una persona no cumple con este tipo de obligación, la otra parte puede acudir a los tribunales para que se le obligue a cumplir o a pagar una indemnización.</p><p>Estas obligaciones son la base de la seguridad jurídica en los contratos y en las relaciones legales entre personas.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-17 02:49:07 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3492569326</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Kevin Amed Perdomo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3493482251</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Participación en el foro: Especies de obligaciones en el Derecho Civil hondureño</strong></p><p>En el Derecho Civil hondureño, las obligaciones se clasifican de distintas maneras, siendo una de las divisiones fundamentales la que distingue entre obligaciones civiles y obligaciones naturales. Esta clasificación responde a la eficacia jurídica y a los efectos legales que produce el vínculo obligacional.</p><p><strong>1. Obligaciones civiles:</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que otorgan al acreedor el derecho a exigir judicialmente el cumplimiento de la prestación pactada. Están plenamente reconocidas por el ordenamiento jurídico y su incumplimiento genera responsabilidad legal. Según el Código Civil hondureño, estas obligaciones nacen de la ley, de los contratos, de los cuasicontratos, de los delitos y de los cuasidelitos. Por ejemplo, una persona que firma un contrato de compraventa está sujeta a una obligación civil: si no cumple con lo pactado, puede ser demandada y obligada a cumplir mediante una sentencia judicial.</p><p><strong>2. Obligaciones naturales:</strong></p><p>Las obligaciones naturales, por el contrario, carecen de fuerza coercitiva. Son deberes morales o sociales que, aunque no pueden exigirse judicialmente, si son cumplidos voluntariamente por el deudor, no dan lugar a restitución. Es decir, una vez cumplidas, se consideran válidas y no se puede pedir su devolución. Estas obligaciones pueden surgir, por ejemplo, de deudas de juego (cuando la ley no las prohíbe expresamente) o de obligaciones extinguidas por prescripción.</p><p>El Código Civil hondureño, en armonía con el derecho romano, reconoce estas obligaciones como una categoría intermedia entre el deber moral y el deber legal, respetando la voluntad del deudor que decide cumplirlas espontáneamente.</p><p>En resumen, la distinción entre obligaciones civiles y obligaciones naturales radica en su fuerza ejecutiva: mientras las primeras pueden exigirse judicialmente, las segundas solo tienen valor cuando se cumplen de forma voluntaria. Ambas, sin embargo, cumplen una función importante dentro del sistema jurídico, reflejando el equilibrio entre lo legalmente exigible y lo éticamente recomendable.</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads-usc1.storage.googleapis.com/4007537101/14c0f8dc89ebec83390c182724532c11/Foro_Obligaciones.pdf" />
         <pubDate>2025-06-17 17:11:26 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>JOSELYN GISSEL MARTINEZ LOPEZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3493887550</link>
         <description><![CDATA[<p>OBLIGACIONES CIVILES</p><p>&nbsp;Las obligaciones civiles son plenamente exigibles ante la ley. Se caracterizan por tener fuerza jurídica, lo que significa que el acreedor puede demandar su cumplimiento en tribunales.</p><p>Son plenamente exigibles ante la ley. El acreedor tiene el derecho de demandar su cumplimiento, y el deudor está obligado a cumplirlas. Estas pueden incluir obligaciones de dar, hacer o no hacer, como el pago de perjuicios por daños a bienes ajenos</p><p>OBLIGACIONES NATURALES</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no pueden ser exigidas judicialmente, tienen un fundamento moral o social que puede llevar a su cumplimiento voluntario. No generan acción legal para su ejecución, pero si se cumplen, el pago no puede ser reclamado como indebido.´</p><p>Son aquellas que no confieren derecho para exigir su cumplimiento, pero si se cumplen voluntariamente, el deudor no puede reclamar la devolución de lo pagado. Un ejemplo son las obligaciones contraídas por personas con capacidad limitada, como menores adultos no habilitados de edad</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-18 01:53:15 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Lesly molina cantarero </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3494093893</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p></li></ul><p>Naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que,</p><p>cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p><p>Tales son:</p><p>1. Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y discernimiento,</p><p>son, sin embargo, incapaces de obligarse, según las leyes, como los menores</p><p>adultos no habilitados de edad.</p><p>2. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción.</p><p>3. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para</p><p>que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado impuesto por un</p><p>testamento que no se ha otorgado en la forma debida.</p><p>4. Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba.</p><p>Para que no pueda pedirse la restitución en virtud de estas cuatro clases de</p><p>obligaciones, es necesario que el pago se haya hecho voluntariamente por el que</p><p>tenía la libre administración de sus bienes.</p><p><br/></p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p><p>En congruencia con<strong> </strong>lo anteriormente expuesto, podemos definir a la obligación civil<strong> </strong>como la relación jurídica por virtud de la cual un sujeto llamado deudor queda vinculado jurídicamente respecto de otro sujeto llamado acreedor a realizar una conducta que puede consistir en un dar, en un hacer o en un no hacer</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-18 03:51:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Suany Fabiola Rivera Rivera</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3494199464</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>}</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no conceden una acción judicial para exigir su cumplimiento, pero que, una vez cumplidas espontáneamente por el deudor, no permiten reclamar la restitución de lo pagado. Es decir, son deberes morales o jurídicos que carecen de una sanción legal directa, pero cuya ejecución voluntaria tiene efectos jurídicos.</p><p><br/></p><p>Fundamento doctrinal</p><p><br/></p><p>En el Derecho Civil, las obligaciones naturales surgen como una categoría intermedia entre los deberes puramente morales y las obligaciones civiles propiamente dichas. Se trata de una figura que reconoce la existencia de deberes cuya fuerza no proviene de la ley en el sentido estricto (es decir, sin coacción judicial), pero que el ordenamiento jurídico no desaprueba e incluso les otorga ciertos efectos.</p><p><br/></p><p>Ejemplos de obligaciones naturales</p><p>·&nbsp;El pago de una deuda de juego, cuando no esté autorizada por ley, pero que el deudor paga voluntariamente.</p><p>·&nbsp;La deuda civil que ha prescrito, y por tanto ya no puede ser exigida judicialmente, pero que el deudor decide pagar.</p><p>·&nbsp;Los alimentos prestados entre parientes cuando no hay una obligación legal formal, pero sí un deber moral.</p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p><br/></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas relaciones jurídicas en las que una persona, llamada deudor, está legalmente obligada a realizar una determinada prestación a favor de otra persona, llamada acreedor, y cuyo cumplimiento puede ser exigido mediante el uso de la fuerza pública a través de la vía judicial.</p><p><br/></p><p>Fundamento doctrinal</p><p>La obligación civil es el eje central del Derecho de las Obligaciones. Su origen puede estar en diversas fuentes, tales como el contrato, el delito, el cuasicontrato, la ley, entre otras. El Derecho Civil regula las obligaciones civiles porque se trata de vínculos jurídicos que pueden ser protegidos, exigidos y ejecutados por medio del aparato judicial del Estado.</p><p>&nbsp;</p><p>Ejemplos de obligaciones Civiles</p><p><br/></p><p>·&nbsp;Pago de una deuda por préstamo: Cuando una persona recibe dinero prestado mediante un contrato, tiene la obligación legal de devolverlo en el plazo acordado. Si no lo hace, el acreedor puede demandarlo judicialmente.</p><p><br/></p><p>· Cumplimiento de un contrato de compraventa: Si una persona vende un bien (como una casa o un carro) y el comprador no paga el precio pactado, el vendedor puede reclamar el pago ante los tribunales.</p><p><br/></p><p>· Pago de alquiler: En un contrato de arrendamiento, el inquilino tiene la obligación civil de pagar puntualmente la renta al propietario del inmueble. Si incumple, el arrendador puede demandar el pago o incluso la desocupación del bien.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-18 05:18:26 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Hugo Alexander Estrada Almendarez</title>
         <author>cancerberohe</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3495071379</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>1.- ¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>R//= Las obligaciones naturales son aquellas que no otorgan acción legal para exigir su cumplimiento, pero que, si se cumplen voluntariamente, no permiten reclamar lo que se haya entregado. Es decir, no son exigibles por vía judicial, pero sí reconocidas si la persona decide cumplirlas por voluntad propia.</p><p>&nbsp;</p><p>Por ejemplo, si una deuda ya prescribió legalmente (porque pasó mucho tiempo sin reclamarla), el deudor no está obligado por ley a pagar, pero si lo hace, no puede pedir que se le devuelva ese dinero, ya que lo hizo por voluntad propia. Este tipo de obligación apela más a la moral y conciencia del individuo.</p><p>&nbsp;</p><p><strong>2.- ¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>R//= Las obligaciones civiles son aquellas que sí están respaldadas por la ley y pueden ser exigidas judicialmente. En otras palabras, si alguien no cumple, la otra parte puede acudir a un juez para exigir el cumplimiento o el pago de daños.</p><p>&nbsp;</p><p>Por ejemplo, un contrato de alquiler genera una obligación civil: si el inquilino no paga la renta, el arrendador puede demandarlo legalmente para hacer valer su derecho.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-18 23:37:23 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3495071379</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Lendi Karina Sabillon Vasquez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3496029020</link>
         <description><![CDATA[<p> Que son las obligaciones natural?</p><p> </p><p>son aquellas que, a diferencia de las obligaciones civiles , no pueden ser exigidas  en los tribunales , Pero que, sin embargo producen ciertos efectos judiciales</p><p><br/></p><p>Que son las obligaciones civil?</p><p>Son aquellas  que se derivan de un contrato ,ley o acto juridico y que pueden ser exigidas  en los tribunales de Justicia en Caso de incumplimiento .En general, las obligaciones se dividen en dos categorias principales .Las obligaciones de dar y las obligaciones de hacer.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-19 13:25:55 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>MARIA CLARET MEDINA MOLINA</title>
         <author>claretmedina29</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3496115819</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las obligaciones naturales?</p><p>Las&nbsp;obligaciones naturales&nbsp;son deberes jurídicos imperfectos, aunque existe una relación moral o social que vincula al deudor con el acreedor,&nbsp;el derecho no permite exigir su cumplimiento por medio de los tribunales. Sin embargo,&nbsp;si el deudor cumple voluntariamente con la obligación, el cumplimiento tiene validez y no se puede reclamar la devolución de lo pagado. Las obligaciones naturales tienen su origen en&nbsp;la equidad, la conciencia moral o una obligación civil que ha perdido su fuerza legal. Aunque no tienen acción legal, el orden jurídico reconoce cierto valor a su cumplimiento voluntario.</p><p>Ejemplos:</p><p>En muchos países, si una persona pierde dinero en juegos de azar y decide pagar voluntariamente, no puede luego reclamar que le devuelvan ese dinero, ya que no se puede demandar judicialmente por esa deuda.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>¿Qué son las obligaciones civiles?</p><p>Las&nbsp;obligaciones civiles&nbsp;son aquellas reconocidas por el derecho como una relación jurídica perfecta, en la que un acreedor tiene el derecho de&nbsp;exigir el cumplimiento de una prestación&nbsp;a un deudor, ya sea voluntariamente o por vía judicial (incluso con ejecución forzosa). Se basan en&nbsp;la ley, los contratos, los actos jurídicos o en el daño causado (responsabilidad civil). Son el tipo más común de obligación dentro del derecho civil.</p><p>&nbsp;Ejemplos:</p><p>Un contrato de arrendamiento: el arrendador puede demandar al inquilino si no paga el alquiler.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-19 15:22:48 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3496115819</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Listo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3496388621</link>
         <description><![CDATA[<p>listo </p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-06-19 23:55:12 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3496388621</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Aislyng Aixa Bejarano Hernández </title>
         <author>bejaranoaixa8</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3497306690</link>
         <description><![CDATA[<p><br></p><ul><li><p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong><br>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no están respaldadas por una acción judicial coercitiva, conservan un valor moral o social. Es decir, no pueden ser exigidas ante los tribunales, pero si son cumplidas voluntariamente por el deudor, el pago es válido y no puede ser reclamado de regreso. Estas obligaciones carecen de fuerza legal obligatoria, pero siguen teniendo relevancia desde el punto de vista ético o de la conciencia. Un ejemplo es una deuda de juego entre particulares, que no puede exigirse legalmente, pero si el perdedor paga, no puede pedir su dinero de vuelta.</p></li><li><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong><br>Por otro lado, las obligaciones civiles son aquellas plenamente reconocidas y protegidas por el ordenamiento jurídico. Se caracterizan por ser exigibles judicialmente; es decir, si el deudor no cumple, el acreedor puede recurrir a los tribunales para exigir el cumplimiento o una indemnización por los daños causados. Estas obligaciones tienen todos los elementos necesarios para producir efectos legales y vincular jurídicamente a las partes.</p></li></ul><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-20 16:05:54 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>AISLYNG AIXA BEJARANO HERNANDEZ </title>
         <author>bejaranoaixa8</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3497308483</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong><br>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no están respaldadas por una acción judicial coercitiva, conservan un valor moral o social. Es decir, no pueden ser exigidas ante los tribunales, pero si son cumplidas voluntariamente por el deudor, el pago es válido y no puede ser reclamado de regreso. Estas obligaciones carecen de fuerza legal obligatoria, pero siguen teniendo relevancia desde el punto de vista ético o de la conciencia. Un ejemplo es una deuda de juego entre particulares, que no puede exigirse legalmente, pero si el perdedor paga, no puede pedir su dinero de vuelta.</p></li><li><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong><br>Por otro lado, las obligaciones civiles son aquellas plenamente reconocidas y protegidas por el ordenamiento jurídico. Se caracterizan por ser exigibles judicialmente; es decir, si el deudor no cumple, el acreedor puede recurrir a los tribunales para exigir el cumplimiento o una indemnización por los daños causados. Estas obligaciones tienen todos los elementos necesarios para producir efectos legales y vincular jurídicamente a las partes.</p></li></ul><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-20 16:09:37 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3497308483</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Guillermo Solorzano</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3498203528</link>
         <description><![CDATA[<p>Diversas especies de  obligaciones </p><p>Buen dia!</p><p>Las diversas especies de obligaciones, existen varias clasificaciones, y una de las más relevantes es la distinción entre obligaciones naturales y obligaciones civiles. Entender estas diferencias es clave para comprender el alcance de la exigibilidad legal de una deuda o un deber. para continuar es necesario saber los conceptos de cada una. Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no confieren el derecho a exigir su cumplimiento judicialmente, si el deudor las paga o cumple voluntariamente, autorizan al acreedor a retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Esto significa que no existe un "vínculo jurídico perfecto" que permita al acreedor acudir a los tribunales para forzar al deudor a cumplir. Sin embargo, si el deudor, por un deber de conciencia, moral o equidad, decide cumplir, no puede luego arrepentirse y exigir la devolución de lo pagado.</p><p>Y las obligaciones civiles son la forma más común y completa de obligación en derecho. Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento y, en caso de incumplimiento, otorgan al acreedor la acción legal para demandar al deudor ante los tribunales y obtener el cumplimiento forzoso o una indemnización por los daños y perjuicios causados.</p><p>Las obligaciones civiles están respaldadas por el poder coactivo del Estado. Esto significa que el acreedor tiene un "vínculo jurídico perfecto" que le permite recurrir a la justicia para que el deudor cumpla con su prestación (dar, hacer o no hacer algo).</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-22 16:23:30 UTC</pubDate>
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         <title>RITZA YANETH QUIROZ </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3498526022</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no otorgan acción legal para exigir su cumplimiento, pero que, si se cumplen voluntariamente, no permiten la repetición de lo pagado. En otras palabras, no son exigibles judicialmente, pero si el deudor las cumple por su propia voluntad, el acreedor puede retener lo recibido legítimamente. Estas obligaciones existen, por ejemplo, cuando una persona ha pagado una deuda que ya prescribió o cuando, por alguna causa legal, la acción para exigir el cumplimiento se ha extinguido, pero el deudor decide pagar de todos modos.</p><p>¿Qué son las obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles, en cambio, son aquellas que tienen plena fuerza legal: su cumplimiento puede ser exigido judicialmente. Estas obligaciones surgen de contratos, delitos, cuasidelitos o por disposición de la ley. Son las más comunes en la vida jurídica, ya que permiten al acreedor acudir a los tribunales para hacer valer su derecho. Las obligaciones civiles se caracterizan por cumplir con todos los requisitos legales y por otorgar al acreedor el derecho de acción ante los órganos jurisdiccionales para exigir el cumplimiento, ya sea en forma de dar, hacer o no hacer algo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-06-23 01:57:50 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3624558560</link>
         <description><![CDATA[<p>Wendy Dinora Caballero Nolazco</p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden exigirse por medio de la ley, pero si el deudor las cumple voluntariamente, el acto tiene validez y no puede pedirse su devolución. Estas obligaciones surgen de un deber moral o de justicia, más que de una obligación legal. Un ejemplo es cuando alguien paga una deuda que ya ha prescrito; aunque no estaba obligado legalmente a hacerlo, el pago hecho voluntariamente se considera válido conforme, eje; En ciertos casos, las deudas derivadas de juegos o apuestas no pueden reclamarse judicialmente, pero si se pagan de forma voluntaria, el pago se considera válido.</p><p>&nbsp;</p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p></li></ul><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen plena fuerza legal y pueden exigirse judicialmente en caso de incumplimiento. Es decir, el acreedor (la persona a quien se le debe) tiene derecho a demandar al deudor para que cumpla con lo pactado, ya sea entregando una cosa, realizando un acto o absteniéndose de hacerlo. Estas obligaciones se caracterizan porque nacen de una causa legítima reconocida por la ley, como un contrato, un delito, o una disposición legal. Además, su incumplimiento puede generar consecuencias jurídicas, como el pago de daños y perjuicios o la ejecución forzosa del cumplimiento.</p><p>Ejemplo<strong>:</strong><br>Si una persona firma un contrato para vender una casa y luego se niega a entregarla, el comprador puede acudir a los tribunales para exigir el cumplimiento del contrato.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-09 02:47:47 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Christofer Jaciel Maldonado Velasquez</title>
         <author>christofermaldonado504</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3627155842</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>son aquellas que no pueden ser exigidas judicialmente, estas tienen un valor moral o etico, es decir, el deudor  no esta obligado legalmente a cumplir, pero si lo hace, el pago es valido y no puede pedir que se le devuelva. Las obligaciones Naturales es un deber que no tiene alguna fuerza legal para ser exigido, pero que este si cumple voluntariamente. Esto se significa que el acreedor no puede demandar al deudor ante un juez para que cumpla con la obligacion, no obstante si el deudor decide cumplir voluntariamente el pago realizado es valido y no puede ser reclamado de vuelta. EJEMPLO:</p><p>Si alguien paga una deuda que ya ha prescrito, es decir, que ha pasado tiempo legal para exigirla, ese pago no puede ser devuelto, aunque este no exista una obligacion civil vigente, este caso se considera obligacion natural.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>son las que representan un vinculo juridico que permiten a una persona exigir a otra el cumplimiento de una determinada conducta, ya sea esta de entrega de algo, realizar una accion o ya sea abtenerse de hacerla. En este vinculo es simplemente moral o etico, sino que esta respaldado por la ley, lo que esto significa que puede ser exigido ante los tribunales. Las obligaciones pueden tener distintos objetos. El objeto es aquello que el deudor debe cumplir, puede ser: </p><p>Una obligacion de dar: como entregar una suma de dinero o tambien o bien determinado.</p><p>Una obligacion de hacer: como prestar un servicio o realizar una obra.</p><p>Una obligacion de no hacer: como abstenerse de divulgar alguna informacion confidencial.</p><p>El objeto debe ser licito, posible y determinado. No se puede obligar a alguien hacer algo ilegal. EJEMPLO:</p><p>No se puede obligar a alguien a vender un terreno que no existe, ni a realizar una actividad alguna que este prohibida por la ley.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-10 20:06:41 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630223772</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Diversas especies de obligaciones</strong></p><p><br/></p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden exigirse judicialmente<strong>,</strong> pero que, una vez cumplidas voluntariamente por el deudor, no permiten que este recupere lo pagado. En otras palabras, no tienen fuerza legal para ser forzadas en juicio, pero si se cumplen, el cumplimiento es válido y no puede deshacerse.</p><p><br/></p></li><li><p><strong>No son exigibles judicialmente</strong> (no hay acción legal para forzarlas).</p></li><li><p><strong>Se basan en un deber moral o socialmente reconocido</strong>.</p></li></ul><p><br/></p><ul><li><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las<strong> </strong>obligaciones civiles<strong> </strong>son aquellas que están reconocidas y protegidas por el ordenamiento jurídico, lo que significa que pueden ser exigidas judicialmente en caso de incumplimiento. Es decir, si una persona no cumple con una obligación civil, la otra parte puede demandarla ante un juez<strong> </strong>para que la cumpla o repare el daño causado.</p></li></ul><ul><li><p><strong>Tienen fuerza legal</strong>: Están respaldadas por el derecho.</p></li><li><p><strong>Son exigibles judicialmente</strong>: El acreedor puede acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento.</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-13 18:40:18 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Yaritza Sulema Ochoa Oyuela </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630370398</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, aunque no pueden exigirse judicialmente, tienen efectos jurídicos si se cumplen voluntariamente. Es decir, si una persona paga una deuda que no estaba obligada legalmente a pagar, no puede pedir que se le devuelva. El <strong>Artículo 1372 del Código Civil de Honduras</strong> establece que “las obligaciones naturales no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero una vez cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado en virtud de ellas”. Estas obligaciones suelen surgir de deberes morales, como ayudar a un familiar o cumplir una promesa sin respaldo legal.</p><p><br/></p><p>Esto significa que si una persona paga una deuda que no estaba obligada legalmente a pagar, por ejemplo, una deuda prescrita &nbsp;no puede exigir que se le devuelva lo pagado. El derecho reconoce ese acto como válido y no permite su reversión.</p><p>&nbsp;</p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Por otro lado, las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que sí generan una acción legal para exigir su cumplimiento. El acreedor puede acudir a los tribunales para que el deudor cumpla con lo pactado. Según el mismo <strong>Artículo 1432</strong>, estas obligaciones “dan derecho para exigir su cumplimiento”. Son las más comunes en contratos, compraventas, préstamos, entre otros actos jurídicos. Su fuerza radica en que están respaldadas por el sistema legal y pueden ser ejecutadas por vía judicial.</p><p><br/></p><p>Esto quiere decir que las obligaciones civiles tienen fuerza legal plena. Por ejemplo, si una persona firma un contrato de compraventa, está obligada a entregar el bien o pagar el precio según lo pactado. Si no lo hace, la otra parte puede acudir a los tribunales para hacer valer su derecho.</p><p><br/></p><p>En  conclusión, la diferencia principal entre ambas radica en su exigibilidad. Las obligaciones civiles son plenamente exigibles ante la ley, mientras que las naturales solo tienen efectos si se cumplen voluntariamente. Esta distinción es importante porque muestra cómo el derecho reconoce no solo lo legalmente obligatorio, sino también lo que puede surgir del deber moral o la conciencia social.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-13 21:13:56 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Victoria Alejandra Aguilar Vasquez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630418882</link>
         <description><![CDATA[<p>1-¿Qué son las obligaciones naturales?</p><p>Las Obligaciones naturales también se les puede llamar obligación de carácter intermedio entre lo moral o lo social, y la obligación civil propiamente dicha. Sus características son las siguientes: 1-No puede ser exigida judicialmente: el acreedor no tiene acción para demandar su cumplimiento.</p><p>2-Si el deudor cumple voluntariamente, dicho cumplimiento no puede ser reclamado de vuelta; es decir, valida lo que se entrega o paga.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://3.Al">3.Al</a> cumplirse, autoriza que el acreedor retenga lo que ha recibido en virtud de esa obligación natural — es decir, no permite que el deudor después exija la devolución de lo que pagó voluntariamente.</p><p>4-Algunas garantías accesorias (fianzas, hipotecas, prendas, cláusulas penales constituidas por terceros) sí tienen validez para asegurar las obligaciones naturales.</p><p>&nbsp;</p><p>2-Qué son obligaciones civiles ?</p><p>Las Obligaciones civiles también llamadas obligaciones perfectas o simplemente “obligación” en el sentido ordinario del derecho de obligaciones es aquella que confiere al acreedor el derecho de exigir judicialmente su cumplimiento. En otras palabras, si el deudor no cumple voluntariamente, el acreedor puede recurrir a la fuerza pública por medio de los tribunales para forzar el cumplimiento o para exigir la reparación del daño.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-13 22:33:13 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Obligaciones </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630468159</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las <strong>Obligaciones Civiles</strong> según el Código Civil?</p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas reconocidas y protegidas por la ley, que dan derecho al acreedor a exigir su cumplimiento mediante la fuerza judicial si es necesario. Esto quiere decir que si el deudor no cumple con lo pactado, el acreedor puede demandarlo ante un tribunal para que se cumpla la obligación o se le indemnice por los daños causados. Según Artículo 1372 del Código Civil de Honduras:<br>“Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.”</p><p>&nbsp;¿Qué son las Obligaciones Naturales según el Código Civil?</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que no pueden exigirse judicialmente, pero que, si el deudor las cumple voluntariamente, el pago no puede ser reclamado ni devuelto.<br>En otras palabras, el acreedor no puede demandar al deudor para obligarlo a pagar, pero si este lo hace por su propia voluntad, el pago es válido y no se puede pedir su restitución. Según Artículo 1372 del Código Civil de Honduras:<br>“Naturales son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.”</p><p>&nbsp;Ejemplo:<br>Si alguien paga una deuda que ya había prescrito (es decir, que por el paso del tiempo ya no podía ser cobrada legalmente), ese pago no puede reclamarse de vuelta, aunque la deuda ya no fuera exigible en tribunales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-13 23:42:24 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>JENIFFER MICHELLE RODRIGUEZ MENDOZA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630468392</link>
         <description><![CDATA[<p>Hola, listo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-13 23:42:35 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Soraya Michelle Maldonado Cerritos</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630516090</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Qué son Obligaciones Naturales?</strong></p><p>Son aquellas que no pueden exigirse judicialmente, pero si el deudor las cumple voluntariamente, el pago es válido y no puede pedirse su devolución. </p><p><br/></p><p><strong>Qué son Obligaciones Civiles?</strong> </p><p>Son aquellas que dan derecho al acreedor para exigir su cumplimiento por la vía judicial. </p><p><br/></p><p><strong>En el Art. 1372 del Código Civil:</strong> Establece que las obligaciones son de dos especies: civiles y naturales; las civiles dan acción para exigir su cumplimiento, y las naturales no confieren acción, pero autorizan para retener lo que se haya pagado voluntariamente.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-14 00:22:46 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Nayeli Mejia .... Foro: Diversas  especies de obligaciones</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630651497</link>
         <description><![CDATA[<p>Oriente su participación en la siguiente temática:<br>1. ¿Qué son obligaciones naturales?<br>Las obligaciones naturales son aquellas que no confieren derecho para exigir su cumplimiento por la vía judicial, pero si la persona las cumple voluntariamente, el pago es válido y no puede pedirse su devolución.<br>Son, por ejemplo, las obligaciones de quienes son legalmente incapaces de obligarse, las que han prescrito, o las que carecen de las formalidades legales necesarias. Las obligaciones naturales son aquellas que no otorgan al acreedor el derecho de exigir judicialmente su cumplimiento, es decir, la ley no obliga al deudor a cumplirlas. Sin embargo, si el deudor las cumple voluntariamente, el pago es válido y no puede pedirse su restitución.<br>Estas obligaciones se consideran imperfectas, porque aunque existe un deber moral o de conciencia de cumplirlas, no existe una acción legal para reclamarlas.<br>El Código Civil establece varios ejemplos de este tipo de obligaciones, como:<br>1. Las contraídas por personas con juicio y discernimiento, pero legalmente incapaces de obligarse (como los menores no habilitados).<br>2. Las obligaciones que han prescrito, es decir, aquellas en las que el tiempo ha extinguido el derecho de reclamar.<br>3. Las que surgen de actos sin las formalidades legales necesarias, como un testamento mal otorgado.<br>4. Las que no se prueban en juicio por falta de evidencia, aunque en realidad hayan existido.<br>Las obligaciones naturales son deberes morales que la ley reconoce parcialmente, permitiendo conservar lo pagado, pero sin autorizar su exigencia por la fuerza.<br><br>2. ¿Qué son obligaciones civiles?<br>Las obligaciones civiles son aquellas que la ley reconoce y protege, dando derecho al acreedor para exigir su cumplimiento judicialmente.<br>En otras palabras, si el deudor no cumple, el acreedor puede demandarlo ante los tribunales para hacer efectivo su derecho. Esto significa que, si el deudor no cumple con lo pactado, el acreedor puede demandarlo para que cumpla la obligación o para que pague una indemnización por los daños ocasionados.<br>Estas obligaciones surgen de fuentes legales como el contrato, el delito, el cuasidelito, la ley o la declaración unilateral de voluntad.<br>Tienen tres elementos principales:<br>• Un vínculo jurídico entre el acreedor y el deudor.<br>• Un objeto o prestación que puede consistir en dar, hacer o no hacer algo.<br>• La posibilidad de exigir su cumplimiento ante la ley.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-14 01:33:36 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ingrid Michell Rivera Funez  21644001</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3630668822</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque no pueden exigirse judicialmente, producen ciertos efectos jurídicos, es decir, el deudor no puede ser obligado por la fuerza a cumplir, pero si decide hacerlo de manera voluntaria, el pago es válido y no puede pedirse su devolución.</p><p>Estas obligaciones se basan en un deber moral o de conciencia, como por ejemplo cuando una deuda ha prescrito, pero el deudor decide pagarla igualmente.</p><p><br/></p><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que la ley reconoce y protege plenamente, permitiendo que el acreedor exija su cumplimiento por medio de los tribunales, en otras palabras, si el deudor no cumple, el acreedor tiene el derecho de acudir a la justicia para hacer efectiva la obligación mediante la ejecución forzada.</p><p><br/></p><p>Estas obligaciones tienen fuerza legal y están respaldadas por el Estado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-14 01:42:35 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Alexandra Anahí Fernández Reyes</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3631879318</link>
         <description><![CDATA[<p>Obligaciones naturales:</p><p>Las obligaciones naturales son aquellas que, aunque tienen una causa lícita y un fundamento moral o de equidad, carecen de acción judicial para exigir su cumplimiento. Esto significa que el acreedor no puede recurrir a los tribunales para forzar al deudor a cumplir, ya que no poseen la fuerza coercitiva del derecho. Sin embargo, si el deudor cumple de forma voluntaria, el pago realizado produce efectos jurídicos válidos y no puede reclamarse su devolución. Estas obligaciones representan una figura intermedia entre el deber moral y la obligación jurídica, ya que no otorgan acción, pero sí reconocen efectos legales al cumplimiento espontáneo.</p><p>Obligaciones civiles:</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que tienen plena fuerza jurídica y son exigibles ante los tribunales. En este tipo de obligación, el acreedor tiene derecho a exigir al deudor el cumplimiento de la prestación pactada, y en caso de incumplimiento, la ley le concede medios para reclamar judicialmente el cumplimiento o la reparación del daño. Se caracterizan por ser un vínculo jurídico perfecto, en el que existe una relación entre acreedor y deudor reconocida por el ordenamiento jurídico, que impone un deber de cumplir y una acción para exigir dicho cumplimiento.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-14 14:56:11 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ASHLY JULIANA CASTELLON MONTALVAN</title>
         <author>castellonashly51</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3632200751</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Que son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones naturales son aquellas en las que, a pesar de que no pueden exigir legalmente en un tribunal, existe un deber moral o ético de cumplirlas. En general no conlleva consecuencias legales en caso de incumplimiento.</p><p>Asi mismo, se puede decir que las obligaciones naturales, jurídicamente, son aquellas que crean un vínculo casi moral o legal, pues oscila en un plano intermedio entre ambos órdenes. Se genera entre acreedor y deudor, y not le permite al primero recudir a los órganos judiciales si el deudor no cumple lo pactado.</p><p><br/></p><p><strong>¿Que son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que están respaldadas y protegidas por la ley que pueden ser exigidas a trave de un tribunal. Estas son obligaciones legalmente vinculantes y tienen consecuencias legales en caso de incumplimiento.</p><p>En otras palabras, las obligaciones civiles, todas aquellas que establecen entre el acreedor y el deudor de la obligación, una ligazón o vinculo legal, que le permite al acreedor recurrir a la justicia si el deudor no cumple voluntariamente, para que lo haga en forma coactiva.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-14 18:04:32 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>SUYAPA ESTHER PETIT </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3632572948</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p><strong>Que son las obligaciones naturales?</strong></p><p><br/></p><p>R// Las obligaciones naturales son deberes con peso moral o social que no son exigibles por la vía legal, lo que significa que el acreedor no puede forzar judicialmente al deudor a cumplirlas. Sin embargo, si el deudor paga voluntariamente, tiene el efecto de consolidar el pago, impidiendo que se pueda solicitar la devolución de lo pagado.&nbsp;<strong>Características clave</strong></p><ul><li><p><strong>No son exigibles:</strong></p><p>Carecen de una acción judicial para reclamar su cumplimiento. El deudor no puede ser demandado ni forzado a cumplir.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Cumplimiento voluntario:</strong></p><p>El cumplimiento depende del deudor, quien actúa impulsado por un sentido de deber moral o social.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Efecto de irrepetibilidad:</strong></p><p>Si el deudor cumple voluntariamente, el pago realizado es válido y no puede ser reclamado de vuelta. Esto significa que el acreedor puede retener lo pagado.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Fundamento ético o moral:</strong></p><p>Se basan en principios de justicia, equidad o moralidad, no en una ley formal.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Origen:</strong></p><p>Pueden ser obligaciones que nacieron como naturales o que, en su origen, eran obligaciones civiles y se convirtieron en naturales, por ejemplo, al prescribir (caducar el tiempo legal para exigirlas).&nbsp;</p></li></ul><p><br/></p><p><strong>Que son las obligaciones civiles?</strong></p><p><br/></p><p>R// Las obligaciones civiles son vínculos jurídicos en los que una persona (el deudor) está legalmente obligada a realizar una conducta (dar, hacer o no hacer) en beneficio de otra (el acreedor), y cuyo cumplimiento puede ser exigido por la vía judicial. A diferencia de las obligaciones naturales, las civiles cuentan con el respaldo total del ordenamiento jurídico, lo que significa que si el deudor no cumple, el acreedor puede iniciar acciones legales para forzar el cumplimiento.&nbsp;</p><p><strong>Características principales</strong></p><ul><li><p><strong>Vinculación jurídica:</strong></p><p>Es una relación de derecho que une al deudor y al acreedor.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Exigibilidad:</strong></p><p>El acreedor tiene el derecho de exigir judicialmente el cumplimiento de la obligación.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Objeto de la obligación:</strong></p><p>La conducta que debe realizar el deudor puede ser:</p><ul><li><p><strong>Dar:</strong> Entregar una cosa.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Hacer:</strong> Realizar un servicio o una acción.&nbsp;</p></li><li><p><strong>No hacer:</strong> Abstenerse de hacer algo que de otro modo tendría derecho a hacer.&nbsp;</p></li></ul></li><li><p><strong>Fuentes:</strong></p><p>Las obligaciones civiles pueden surgir de diversas fuentes, como contratos, leyes, delitos o actos jurídicos.&nbsp;</p></li><li><p><strong>Respaldo legal:</strong></p><p>El cumplimiento de estas obligaciones está plenamente respaldado por la ley, y su incumplimiento puede acarrear consecuencias legales.&nbsp;</p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-15 00:21:52 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Lessy Camila Franco Auxme </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3632976023</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son obligaciones naturales?</p><p>las obligaciones naturales son aquellas que no confieren acción para exigir su cumplimiento, pero si se  cumplen voluntariamente, autorizan para retener lo apagado es valido y no puede pedir su devolución. Ejemplo de ello son las deudas prescritas o las contraídas por personas que no tienen plena capacidad legal. </p><p><br/></p><p>¿Qué son obligaciones civiles?</p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que dan derecho al acreedor para exigir su cumplimiento ante los tribunales. Son plenamente exigibles por la ley y producen efectos jurídicos completos, como el derecho de demanda, el  cumplimiento forzoso o la indemnización por incumplimiento.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-10-15 03:44:15 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3632976023</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Yolanda Lizeth Cruz Oviedo</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3633007794</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Tales son:</p><p>1. Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse, según las leyes, como los menores adultos no habilitados de edad. 2. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción. 3. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzcan efectos civiles; como la de pagar un legado impuesto por un testamento que no se ha otorgado en la forma debida. 4. Las que no han sido reconocidas en juicio por falta de prueba. Para que no pueda pedirse la restitución en virtud de estas cuatro clases de obligaciones, es necesario que el pago se haya hecho voluntariamente por el que tenía la libre administración de sus bienes. Artículo 1373. La sentencia judicial que rechaza la acción intentada contra el naturalmente obligado, no extingue la obligación natural. Artículo 1374. Las fianzas, hipotecas, prendas y cláusulas penales constituidas por terceros para seguridad de estas obligaciones, valdrán.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.</p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son una <strong>relación jurídica</strong> en virtud de la cual un sujeto, denominado <strong>deudor</strong>, queda legalmente vinculado con otro, llamado <strong>acreedor</strong>, a realizar una <strong>prestación</strong> que puede consistir en un <strong>dar</strong>, un <strong>hacer</strong> o un <strong>no hacer</strong>.</p><p>La característica principal de la obligación civil es que confiere al acreedor una <strong>acción</strong> para exigir su cumplimiento ante la ley, diferenciándose de la <strong>obligación natural</strong> que, aunque no permite exigir su cumplimiento, una vez pagada o cumplida, autoriza a retener lo que se ha dado o pagado.</p><p><strong>Elementos de las Obligaciones Civiles</strong></p><p>Los elementos constitutivos de toda obligación civil son tres:</p><ol><li><p><strong>Sujetos</strong> (Parte Subjetiva):</p></li></ol><p><strong>Acreedor</strong> (Sujeto Activo): Es el titular del <strong>derecho de crédito</strong> y puede exigir el cumplimiento de la prestación.</p><p><strong>Deudor</strong> (Sujeto Pasivo): Es quien tiene el <strong>deber jurídico</strong> (la deuda) de realizar la prestación.</p><ol><li><p><strong>Objeto</strong> (La Prestación):</p></li></ol><p>Es la <strong>conducta</strong> que el deudor debe realizar, y puede consistir en un:</p><p><strong>Dar</strong>: Transferir el dominio, constituir un derecho real o entregar una cosa.</p><p><strong>Hacer</strong>: Ejecución de una obra o prestación de un servicio.</p><p><strong>No hacer</strong>: Una abstención o la omisión de realizar un acto.</p><ol><li><p><strong>Vínculo Jurídico</strong> (La Relación):</p></li></ol><p>Es el lazo o nexo que sujeta al deudor con el acreedor, facultando a este último a exigir el cumplimiento y, en caso de incumplimiento, a obtener los remedios y recursos que el ordenamiento jurídico pone a su disposición.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-15 04:07:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>NESLY GRISEL ARMAS CRUZ</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3634196530</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Las obligaciones Naturales son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas es decir deberes morales que, aunque carecen de una acción judicial para exigir su cumplimiento, producen efectos jurídicos si se cumplen voluntariamente significa que el deudor está moralmente obligado, pero el acreedor no puede forzarlo legalmente a pagar;&nbsp;sin embargo, si el deudor cumple, no puede reclamar la devolución de lo pagado, y además, la obligación puede ser garantizada por otros medios como hipotecas.</p><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Obligaciones Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento, Una obligación civil es un vínculo jurídico entre dos partes (acreedor y deudor) en el que el deudor se compromete a realizar una conducta (dar, hacer o no hacer algo) en favor del acreedor, quien puede exigirla legalmente.&nbsp;A diferencia de una obligación natural, la obligación civil está respaldada por la ley, lo que permite al acreedor exigir su cumplimiento mediante acciones legales</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-10-15 17:29:21 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Gloria Yojany Morales Flores</title>
         <author>gmoralesflores154</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3634360773</link>
         <description><![CDATA[<p>▪︎ ¿ QUE SON LAS OBLIGACIONES NATURALES?</p><p>Son aquellas que, cumpliendo con un deber moral, o de conciencia, no pueden ser exigidas judicialmente. Un ejemplo de ello es una deuda que ya ha prescrito,que en este caso si decide pagarla lo hace por su propia voluntad y no porque la ley se lo imponga</p><p><br/></p><p>▪︎ ¿ QUE SON LAS OBLIGACIONES CIVILES?</p><p>Son aquellas que surgen de un contrato o de la ley y que tienen fuerza vinculante ante el sistema judicial. Esto significa que si una persona no cumple con su obligaciónde pagar, la otra parte puede acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento.</p><p>Estas obligaciones son muy claras y precisas en cuanto a lo que se debe realizar, y el incumplimiento puede llevar a consecuencias legales como el embargo de bienes o el pago de daños y perjuicios.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-10-15 19:26:28 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3634360773</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Gloria Maria Turcios Ardón 212010005</title>
         <author>gloriamariaturcios</author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3635013027</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>En el derecho civil hondureño, las <strong>obligaciones civiles</strong> son aquellas que confieren al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento ante los tribunales. Es decir, son plenamente exigibles porque tienen fuerza legal, y si el deudor no cumple, puede ser demandado judicialmente. Por ejemplo, cuando alguien firma un contrato de compraventa o de arrendamiento, asume una obligación civil, ya que el incumplimiento puede ser sancionado mediante la intervención del juez. Estas obligaciones representan el núcleo del derecho de las obligaciones, pues aseguran el cumplimiento de los compromisos asumidos entre las partes conforme a la ley.</p><p><br/></p><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p><p>Por otro lado, las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que, aunque derivan de un deber moral o de justicia, no pueden ser exigidas judicialmente. No generan acción legal, pero si el deudor las cumple voluntariamente, no puede reclamar la devolución de lo pagado. Un ejemplo de obligación natural es la deuda prescrita o el pago realizado por un menor sin autorización, que no puede exigirse por la vía judicial, pero si el deudor paga, el acto se considera válido. Estas obligaciones reflejan la parte más ética y humana del derecho, pues muestran cómo la equidad y la buena fe también forman parte de la vida jurídica, aun sin coerción del Estado.</p><p>En conclusión, tanto las obligaciones civiles como las naturales se relacionan estrechamente, ya que ambas nacen de la voluntad o de la ley, pero se diferencian en su fuerza ejecutiva. Las civiles pueden exigirse por la vía judicial, mientras que las naturales pertenecen al ámbito de la moral y la conciencia del deudor. Sin embargo, ambas conservan un mismo propósito: fomentar la responsabilidad, la justicia y el cumplimiento de la palabra dada, principios esenciales del derecho civil.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-16 03:33:18 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3635013027</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3635023413</link>
         <description><![CDATA[<p>sulma susana avila trinidad</p><p>que son obligaciones naturales?</p><p>son las que no confieren derecho para exigir cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razon de ellas.</p><p>que son las obligaciones civiles?</p><p>son un vinculo juridico entre dos partes un deudor y un acreedor donde el deudor se compromente a realizar una conducta dar hacer o no hacer  </p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-10-16 03:39:33 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3635023413</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3637080675</link>
         <description><![CDATA[<p>Doris Oneida Dubón Ramirez</p><p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p><p>Son deudas informales en el sentido que no se pueden exigir legalmente así que su cumplimiento depende de la buena fe o&nbsp; moral de pago que el deudor tenga existen algunos casos en que se da este tipo de situaciones como cuando una persona adulta menor de edad es decir, alguien menor de 21 años contrajo una deuda&nbsp; esta persona no está obligado civilmente a pagar, lo mismo puede ocurrir en casos en que las obligaciones o deudas hayan prescrito segun al ambito al que correspondan o en casos donde una deuda no se puede probar entre otras , pero si los deudores la honran son aceptados sin posibilidad de devolución.</p><p>Cabe destacar que cuando una obligación de este tipo es desestimada en sentencia judicial esto no extingue la obligación natural.</p><p>También hay que aclarar que cuando estas obligaciones cuentan con garantias tales como fiadores, hipotecas, prendas, penalizaciones por incumplimiento, por otra persona que no es el deudor estas garantias se consideran válidas y <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://exigibles.lo">exigibles.lo</a> que significa que el garante es sobre quien recae la obligación.</p><p><br/></p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p><br/></p><p>Estas son obligaciones válidas y exigibles lo que significa que el deudor tiene la obligación legal de cumplir la deuda con el acreedor de lo contrario el segundo en mención cuenta con el derecho de demandar al deudor para que cumpla con lo pactado y en estos caso los jueces si exigen dicho cumplimiento.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-17 05:15:39 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3637080675</guid>
      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3637090323</link>
         <description><![CDATA[<p>Doris Oneida Dubón Ramirez</p><p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong></p><p>Son deudas informales en el sentido que no se pueden exigir legalmente así que su cumplimiento depende de la buena fe o&nbsp; moral de pago que el deudor tenga existen algunos casos en que se da este tipo de situaciones como cuando una persona adulta menor de edad es decir, alguien menor de 21 años contrajo una deuda&nbsp; esta persona no está obligado civilmente a pagar, lo mismo puede ocurrir en casos en que las obligaciones o deudas hayan prescrito segun al ambito al que correspondan o en casos donde una deuda no se puede probar entre otras , pero si los deudores la honran son aceptados sin posibilidad de devolución.</p><p>Cabe destacar que cuando una obligación de este tipo es desestimada en sentencia judicial esto no extingue la obligación natural.</p><p>También hay que aclarar que cuando estas obligaciones cuentan con garantias tales como fiadores, hipotecas, prendas, penalizaciones por incumplimiento, por otra persona que no es el deudor estas garantias se consideran válidas y <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://exigibles.lo">exigibles.lo</a> que significa que el garante es sobre quien recae la obligación.</p><p><br/></p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p><br/></p><p>Estas son obligaciones válidas y exigibles lo que significa que el deudor tiene la obligación legal de cumplir la deuda con el acreedor de lo contrario el segundo en mención cuenta con el derecho de demandar al deudor para que cumpla con lo pactado y en estos caso los jueces si exigen dicho cumplimiento.</p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-17 05:21:36 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3637090323</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Las obligaciones civiles son aquellas que están respaldadas en base a ley, estas existen judicialmente y en caso de que una persona no cumpla con una obligación civil ya sea que debe pagar o entregar un bien, pero no lo hace entonces la persona que es acreedora puede ir donde un juez y demandar a manera de que se le obligue al deudor a pagar como corresponde, pero si no paga entonces que reciba una sanción.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638113879</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Las obligaciones naturales se conocen como aquellas que no van con base de ley, sino que deben estar establecidas como un deber moral o justo, el acreedor no puede solicitar ante un juez que el deudor le cumpla, pero si el deudor puede hacerlo voluntariamente entonces ese pago es válido. Por ejemplo, una persona debe dinero y paso el tiempo que tenía establecida pagar entonces no puede ser bajo demanda que se realice dicho pago, pero el deudor puede decir voluntariamente que va a pagar.</strong></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-10-17 20:29:05 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Maryury Grisela Rodriguez Cordova– 124480035</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638120478</link>
         <description><![CDATA[<ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p></li></ul><p>Las obligaciones naturales las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. </p><p><br/></p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que están reconocidas por la ley y que otorgan a<strong> </strong>la persona acreedora el derecho de exigir su cumplimiento.</p></li></ul><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-17 20:41:02 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638136031</link>
         <description><![CDATA[<p>Edith Pinot  lo volví a copiar por que no me dejo editar y no llevaba mi nombre  en la primera publicación </p><p>Las obligaciones civiles son aquellas que están respaldadas en base a ley, estas existen judicialmente y en caso de que una persona no cumpla con una obligación civil ya sea que debe pagar o entregar un bien, pero no lo hace entonces la persona que es acreedora puede ir donde un juez y demandar a manera de que se le obligue al deudor a pagar como corresponde, pero si no paga entonces que reciba una sanción.</p><p>[17/10 2:25 p. m.] +504 9886-5210: Las obligaciones naturales se conocen como aquellas que no van con base de ley, sino que deben estar establecidas como un deber moral o justo, el acreedor no puede solicitar ante un juez que el deudor le cumpla, pero si el deudor puede hacerlo voluntariamente entonces ese pago es válido. Por ejemplo, una persona debe dinero y paso el tiempo que tenía establecida pagar entonces no puede ser bajo demanda que se realice dicho pago, pero el deudor puede decir voluntariamente que va a pagar  Edith  Pinot cuenta numero 124520067</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-17 21:11:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638136031</guid>
      </item>
      <item>
         <title>JUAN ARIEL TORRES DIAZ </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638783643</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son <strong>obligaciones naturales</strong>?</p><p>Las <strong>obligaciones naturales</strong> son aquellas que <strong>no confieren acción para exigir su cumplimiento</strong>, pero si se cumplen <strong>voluntariamente</strong>, su cumplimiento <strong>no da lugar a restitución</strong>. Es decir:</p><ul><li><p>No se pueden exigir judicialmente.</p></li><li><p>No hay acción legal para reclamarlas.</p></li><li><p>Si se pagan voluntariamente, <strong>no se puede pedir la devolución</strong>.</p></li></ul><p>Fundamento legal:</p><p><strong>Artículo 1548 del Código Civil de Honduras</strong>:</p><p>“Las obligaciones naturales no dan derecho para exigir su cumplimiento, pero cumplidas voluntariamente autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.”</p><p> Ejemplo:</p><p>Una deuda prescrita: ya no puede reclamarse judicialmente por haber pasado el plazo legal, pero si el deudor la paga voluntariamente, no puede luego exigir que le devuelvan el dinero.</p><p>¿Qué son <strong>obligaciones civiles</strong>?</p><p>Las <strong>obligaciones civiles</strong> son las que <strong>producen acción</strong> para exigir su cumplimiento ante los tribunales. Es decir:</p><ul><li><p>Son exigibles judicialmente.</p></li><li><p>Tienen fuerza legal plena.</p></li><li><p>Su incumplimiento puede ser sancionado con medidas legales.</p></li></ul><p>Fundamento legal:</p><p>Aunque el Código Civil no define explícitamente “obligaciones civiles”, <strong>todo el régimen general de obligaciones</strong> en el Código se refiere a este tipo. En general, se sobreentiende que son las <strong>obligaciones legales, contractuales o extracontractuales exigibles conforme a derecho</strong>.</p><p> Ejemplo:</p><p>Un contrato de compraventa donde una de las partes no paga el precio convenido. La otra parte puede acudir al juez para exigir el pago o resolver el contrato.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-18 16:56:03 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638783643</guid>
      </item>
      <item>
         <title>NAHIN RENAN MEJIA PINEDA 224400003</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638916413</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Obligaciones naturales:</strong><br>Son aquellas obligaciones que <strong>no se pueden exigir legalmente</strong> ante un juez. Es decir, si el deudor no cumple, el acreedor no puede obligarlo por la ley. Sin embargo, si el deudor decide cumplir voluntariamente, su cumplimiento tiene efecto legal y lo libera de la obligación. Estas obligaciones generalmente nacen de la <strong>moral, la ética, la costumbre o de deudas prescritas</strong>.</p><p><strong>Obligaciones civiles:</strong><br>Son aquellas obligaciones que <strong>sí pueden ser exigidas legalmente</strong>. Si el deudor no cumple, el acreedor puede acudir a los tribunales para obligarlo a cumplir o reclamar indemnización. Surgen de contratos, leyes o actos ilícitos, y su incumplimiento genera consecuencias legales, como multas, intereses o la ejecución forzosa de la obligación.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-18 20:45:08 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638916413</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Alex Francisco Mendez Paiz </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3638929609</link>
         <description><![CDATA[<p>Alex Francisco Mendez Paiz – 124480034</p><p><br/></p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones naturales?</strong></p></li></ul><p>Son obligaciones naturales las que partiendo de la idea de un deber son aceptadas por el derecho natural, no por el civil, si bien éste protege lo efectos civiles: singularmente, la irrepetibilidad de lo pagado.</p><p><br/></p><ul><li><p><strong>¿Qué son obligaciones civiles?</strong></p></li></ul><p>Son obligaciones civiles las obligaciones reales, perfectas, sancionadas por el ordenamiento jurídico.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-18 21:18:07 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Marvin Rolando Andara Varela</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3639043255</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Que son las obligaciones Civiles?</p><p>R// Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento</p><p><br></p><p>¿Que son las obligaciones Naturales?</p><p>R// Son las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas, autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-19 02:52:42 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>John Christopher Ulloa Sanchez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3639054886</link>
         <description><![CDATA[<p>¿Qué son las Obligaciones Naturales?</p><p>Son las que nacen a través leyes o contra versiones, de los que puede acusarse desconocimiento y las que tiene una fusión en pos del equilibrio o contrato social que se haya explicado antes de las que exigen el cumplimiento por medio de un juez, esto se refiere a que si el deudor no cumple el acreedor podrá demandar ante un juez para que se haga efectivo el pago o cumplimiento.</p><p><br/></p><p>¿Qué son las Obligaciones Civiles?</p><p>Una obligación civil es el vínculo jurídico por el cual una persona llamada deudor se encuentra constreñida (obligada) frente a otra llamada acreedor, a cumplir una prestación determinada, y cuyo cumplimiento puede exigirse coercitivamente (en contra de su voluntad) mediante la vía legal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-19 03:23:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3639662810</link>
         <description><![CDATA[<p>-¿Que son las obligaciones naturales?</p><p>Las obligaciones naturales son las que no otorgan al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento por la fuerza, pero si el deudor cumple voluntariamente, el acto es valido y no puede pedir la devolucion de lo pagado. En otras palabras quiere decir que son obligaciones de caracter moral o de conciencia que el derecho reconoce pero no se impone una via judicial.</p><p>El Código Civil hondureño reconoce varios casos en los que existen obligaciones meramente naturales:</p><ol><li><p>Cuando una persona tiene capacidad de juicio, pero <strong>la </strong>ley la declara incapaz de obligarse, como sucede con un menor de edad no emancipado o no habilitado.</p></li><li><p>Cuando una obligación civil se extingue por prescripción, es decir, cuando ha pasado el tiempo legal para poder exigirla judicialmente.</p></li><li><p>Cuando un acto jurídico no cumple con las formalidades exigidas por la ley, pero expresa una voluntad legítima de obligarse.</p></li></ol><p>Ejemplo: Si alguien debía pagar una deuda, pero el tiempo para reclamarla ante un tribunal ya venció, y aun así decide pagarla, ese pago es válido. No puede luego decir quiero que me devuelvan el dinero porque ya no estaba obligado legalmente, ya que el Derecho reconoce ese pago como legítimo por ser voluntario.</p><p><br/></p><p>-¿Que son las obligaciones civiles? </p><p> Son aquellas que dan derecho al acreedor para exigir su cumplimiento por medio de la ley. Es decir si el deudor no cumple con lo pactado el acreedor puede recurrir a los tribunales para exigir que se cumpla el acuerdo o se indemnise el daño causado. Estas obligaciones tienen fuera legal completa para que esten amparadas por el ordenamiento juridico.</p><p>No cumplir con estas obligaciones puede traer consecuencias como ser embargos, juicios o condenas al pago de daños y perjuicios.</p><p>Ejemplo: Si una persona firma un contrato de préstamo con otra y se compromete a pagar en seis meses, pero no lo hace, el acreedor tiene el derecho de demandar ante el juez para que el deudor pague lo adeudado.<br>En este caso, la obligación civil existe, es exigible y el Estado puede intervenir para hacerla cumplir.</p><p>Estas obligaciones pueden nacer de diversas fuentes, como la ley, los contratos, los actos ilícitos o la voluntad unilateral de las personas.</p><p><br/></p><p><br/></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-19 18:59:52 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3639662810</guid>
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         <title>DARWIN JOSUE TORRES CHACÓN</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/repositoriovirtualpva/ccqqzhn7tt3srmwj/wish/3640026353</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>¿Qué son las obligaciones naturales?</strong><br>Las obligaciones naturales son aquellas que no otorgan al acreedor el derecho de exigir su cumplimiento por la vía judicial, pero que, si el deudor las cumple voluntariamente, no puede pedir que se le devuelva lo pagado. Es decir, carecen de acción judicial, pero conservan un valor moral o ético, como por ejemplo el pago de una deuda prescrita.</p><p><strong>¿Qué son las obligaciones civiles?</strong><br>Las obligaciones civiles son aquellas que confieren al acreedor el derecho de exigir judicialmente el cumplimiento al deudor. Se encuentran amparadas por la ley y pueden hacerse efectivas por medios legales. Estas obligaciones tienen fuerza jurídica plena y su incumplimiento puede generar responsabilidad civil.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-10-20 01:49:35 UTC</pubDate>
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      </item>
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