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      <title>GLOSARIO COLABORATIVO -Seminario Definiciones, Indicadores y Procesos- by Martina I</title>
      <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx</link>
      <description>Construiremos colectivamente un GLOSARIO DE CATEGORÍAS CENTRALES en vinculación a sus temas/problemas de indagación. De esta manera, cada estudiante seleccionará una categoría que considere que es central para el desarrollo de su tema/problema de indagación y la compartirá en un muro colaborativo. Las categorías pueden repetirse, pero es necesario que la definición sea original, es decir, que no haya sido utilizada por otro participante.
Es importante que el texto compartido:
-Sitúe la categoría a definir
-Incorpore una definición de no más de 150 palabras
-Mencione la fuente y el tipo de texto (Texto Cientifico, Informe, Ley, etc)
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2024-03-08 18:26:19 UTC</pubDate>
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         <title>VIOLENCIA VICARIA </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La violencia vicaria, que es aquella donde se utilizan a los niños, niñas u adolescentes para infringir dolor y seguir ejerciendo control sobre la madre. La violencia vicaria es un tipo de violencia de género en donde el niño queda en el lugar de objeto para el agresor, con el fin de lastimar a la madre y no teniendo en cuenta la subjetividad del niño. </p><p>En la violencia vicaria el objetivo del maltratador es la mujer, no hay que olvidar que los niños son las víctimas principales. </p><p>En el caso de los maltratadores, se produce una fase de instrumentalización, donde deja de ver a sus hijos como suyos y comienza a verlos como objetos para seguir manipulando, controlando y maltratando a la mujer. Frases como “te voy a dar donde más te duele” reflejan el grado de violencia y el objetivo de la misma. </p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-13 14:39:10 UTC</pubDate>
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         <title>Derecho  de los NNyA a ser oídos</title>
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         <description><![CDATA[<p>Articulo N°15 Los niños y Adolescentes tienen derecho a ser escuchados en cualquier ámbito cuando se trate de sus intereses  o al encontrarse  involucrados personalmente en cuestiones o procedimientos relativos a sus derechos.</p><p>Se garantizará al niño y al adolescente su intrervencion en todo proceso  judicial o administrativo  que afecte sus intereses. La opinion de estos en los citados procesos será tenida en cuenta y deberá ser valorada, bajo pena de nulidad, en funcion de su edad y madurez para la resolucion que se adopte, tanto administrativa como judicialmente, debiendose dejar constancia en acta certificada por quien tenga a cargo la fe pública. </p><p>Ley 2302 de Proteccion Integral de la niñez y adolescencia de la provincia de Neuquén.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-13 18:23:45 UTC</pubDate>
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         <title>Marcia- </title>
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         <description><![CDATA[<p><strong>VIOLENCIA ADULTISTA</strong>: Es la forma específica en que el adultocentrismo ha estructurado los vínculos intergeneracionales. La forma concreta en que se expresa la violencia propia de la relación desigual de poder entre niñeces, adolescencias y adultxs, que se visualiza en prácticas, espacialidades y lenguajes institucionales, individuales y profesionales. Esta violencia tiene distintos grados de intensidad, en sus formas extremas &nbsp;encontramos el infanticidio, filicidio, violencias física, violencia sexual, etc., pero también, hay otras de menor intensidad que imponen barreras en el desarrollo de las niñeces y reproducen simbólicamente estas formas de vinculación.</p><p>Hacer foco en que la violencia es “adultista” permite evidenciar su carácter sistémico y poder reconocer la necesidad de revisarnos como adultxs y niñxs que fuimos.</p><p><br></p><p>Fuente: Construida a partir de la lectura de los libros “Educar hasta la ternura siempre” y “Niñez en Movimiento. Del Adultocentrismo a la Emancipacion” de Gabriela Magistris y Santiago Morales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-13 23:54:22 UTC</pubDate>
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         <title>violencia sexual contra las infancias (Andrés Burgardt)</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Este tipo de violencia se da cuando un “<em>adulto somete a un niño a un estímulo sexual inapropiado para su </em><strong><em>edad</em></strong><em> y </em><strong><em>nivel de desarrollo, </em></strong><em>con el único fin de objetalizarlo para su propio placer sexual</em>”. A su vez, resulta importante poner el acento en la asimetría, que puede desglosarse en <strong><em>asimetría</em></strong> en el desarrollo, cuando el agresor, sin ser un adulto, ostenta un desarrollo y una edad más avanzada que la víctima. la <strong><em>asimetría</em></strong>, tanto de <strong>poder</strong>, como de <strong>conocimiento</strong>, y de <strong>necesidades</strong> entre un adulto y un niño, donde intervienen distintos roles y lugares de <strong>responsabilidad, confianza y poder</strong>. Situando que la asimetría de <strong><em>poder</em></strong> conlleva la posibilidad de un control físico o emocional, la asimetría de <strong><em>conocimiento</em></strong> es en tanto que la víctima no puede comprender el significado y las consecuencias de la actividad sexual y la asimetría de <strong><em>necesidades</em></strong> se refiere a la búsqueda de la propia satisfacción sexual del adulto, a partir de objetalizar a un niño.</p><p><br></p><p>Esta propuesta de nominación se desprende de los aportes de Boscato-Ortalli-Sobrero “<em>dibujos que hablan. Indicadores de abuso sexual infantil en gráficos</em>”. De la definición de la OMS (2001) y de Irene Intebi en “estrategias y modalidades de intervención en abuso sexual infantil intrafamiliar”</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-15 12:26:05 UTC</pubDate>
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         <title>VIOLENCIA ECONOMICA</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>la violencia contra las mujeres es una forma de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de las mismas para gozar de sus derechos y libertades en pie de igualdad con los varones.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://varones.Se">Se</a> visualiza que en reiteradas situaciones, la falta de independencia económica obliga a muchas mujeres a permanecer en situaciones violentas.</p><p>En los casos en que las mujeres victimas de violencia tengas hijos/as y estos/as vivan con ellas, las necesidades de los/as menores de edad se consideraran comprendidas dentro de los medios indispensables para que las mujeres tengan una vida digna.</p><p>"Consiste en una serie de mecanismos de control y vigilancia sobre el comportamiento de las mujeres con relación al uso y distribución del dinero, junto con la amenaza constante de no proveer recursos económicos” (conf. Graciela Medina)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-15 14:07:08 UTC</pubDate>
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         <title>Jimena</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>NNyA como sujetos de derecho: </strong></p><p>movimiento derivado de la necesidad de posicionar un paradigma&nbsp;emergente donde las infancias sean miradas, nominadas, reconstruidas en tanto significado y actuemos en consecuencia. El nuevo paradigma nos recuerda centrar a los NNyA en los diferentes procesos que los implican, considerando derechos específicos en concordancia a su condición vital.&nbsp;</p><p>Al respecto, resulta representativo tomar las palabras de Alessando Baratta:&nbsp;<em>"Si es verdad que los derechos humanos de la niñez representan el objetivo de transformación de la sociedad, la lucha por el cambio y por la aplicación de la ley en su fase actual de pacificación y negociación de los conflictos en el área latinoamericana significa no solo llevar adelante el proceso formal de las enunciaciones normativas, sino también construir instrumentos adecuados a la transformación social".&nbsp;</em></p><p>(Fuente: María Federica Otero: Los procesos de adopciones de NNyA)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-15 21:35:22 UTC</pubDate>
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         <title>NIÑES VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921014251</link>
         <description><![CDATA[<p><br/></p><p> La violencia de género constituye la manifestación más grave de la desigualdad</p><p>entre mujeres y hombres y de las posiciones extremas de dominación del hombre</p><p>y subordinación de la mujer. Cuando hay hijos en la dinámica de pareja entendemos esta violencia como como un modo de maltrato infantil. La exposición a la violencia de género origina efectos negativos en la infancia,</p><p>independientemente de la edad de los niños y niñas que la sufren. Aunque éstos no hayan sufrido directamente</p><p>la violencia de género, se hace necesario visibilizar que se han desarrollado en un ambiente</p><p>de terror y de carencias que obstaculizan un desarrollo normalizado. </p><p>En la cronificaciòn de la violencia, Barudy, J. y Dantagnan, M. señalan esta situación como un proceso traumático</p><p>en el que los eventos dolorosos y estresantes, que emergen de las relaciones más</p><p>significativas para el desarrollo de cada niño, agotan los recursos naturales de los mismos. La consecuencia de esto es que el conjunto de acontecimientos perturba una</p><p>parte o la totalidad de la vida afectiva, cognitiva, conductual y relacional de niños y</p><p>niñas.</p><p>Fuente:</p><blockquote><p>Guía de intervención con menores víctimas de violencia de género.</p></blockquote><p>Servicio de Coordinación del Sistema Integral</p><p>contra la Violencia de Género.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-15 22:47:07 UTC</pubDate>
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         <title>Conductas sexuales abusivas (Carla Diaz)</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Con respecto a los jóvenes que realizan abusos sexuales, Toporosi señala que  sabemos que la adolescencia es el momento más importante en la búsqueda de identidades: “quién soy”.  Por lo tanto , otorgarle una identidad de abusador no ofrecería  la oportunidad para que esto se encaminara de otro modo.</p><p>Esta posición también implica que no sabemos aún qué significa esa conducta metapsicológicamente, desde qué posición subjetiva fue realizada y cuál es el sentido que tuvo para ese adolescente.</p><p>Los modelos de hacerse varón en esta cultura están ligados a sentirse fuerte por haber sometido a alguien considerado más débil, sobre todo para las subjetividades masculinas que se constituyeron en ambientes en los que la violencia fue hegemónica y no se sintieron reconocidos, valorados ni considerados.</p><p>Sin que signifique quitarles a estos adolescentes la responsabilidad de sus actos sino todo lo contrario, convendría nombrarlos por las conductas que tuvieron y no por la identidad de “ser abusador”. No es lo mismo ser abusador que tener conductas, y en la adolescencia, en que todo esto se está construyendo, es fundamental cómo se nombra.</p><p>Fuente: <strong>LA CLÍNICA CON VARONES ADOLESCENTES CON CONDUCTAS SEXUALES ABUSIVAS - Susana Toporosi</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-16 02:42:29 UTC</pubDate>
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         <title>Jesica S. Cabrera </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Violencia sexual contra N, N y A desde la perspectiva del trauma:</p><p>El trauma es un proceso que se produce bajo tres condiciones: 1-sucede una situación de tensión 2-esa tensión supera la capacidad de dar respuesta 3-el sistema nervioso encuentra una respuesta de supervivencia, pero deja una huella en el funcionamiento del mismo. (Guía amigable Trauma, Aldeas Infantiles SOS y Espirales consultoría de infancia).&nbsp;</p><p>Se mide el impacto por tres indicadores: severidad, edad de ocurrencia y cronicidad. Se utiliza la metáfora de N,N y A atrapadados en una selva, lo cual conlleva a encontrarse en continuo estado de alerta y lo que trae esta perspectiva es pensar cómo se siente y expresa en el cuerpo (El trauma oculto en las infancias, Felipe Lecannelier).&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-16 03:00:41 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>El adultocentrismo se expresa y reproduce en diversos ámbitos sociales, entre ellos el familiar.  Se trata de las formas de la violencia que más dejan consecuencias y marcas en las niñas, niños y adolescentes y sus posibilidades de bienestar y sano desarrollo. Generalmente son sostenidas y repetidas en el tiempo, lo que atenta contra la integridad y el interés superior del niño. (UNICEF;  2003 : “Qué decimos cuando hablamos de violencia contra las niñas, niños y adolescentes”; pág. 11)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921119551</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-03-16 03:38:49 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>El Síndrome de Munchausen por poderes constituye una forma de Maltrato Infantil de alto riesgo, de dificil diagnostico, con grave consecuencias e incluso la muerte. Se trata de que uno de los padres -generalmente la madre- simula la existencia o provoca síntomas o signos en el niño con el objeto de buscar asistencia médica  (incluso de alto riesgo). Se agrega &quot;por poderes&quot;,   ya que una persona inventa la sintomatología de otra y se observa en seres humanos en estado de indefensión. </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921463528</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
         <enclosure url="http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S0325-00752008000100011" />
         <pubDate>2024-03-16 17:23:11 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>MALTRATO INFANTOJUVENIL  (Berti, Andrea)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921536109</link>
         <description><![CDATA[<p>Se considera Maltrato Infantojuvenil (MI) a todas las formas de maltrato físico y/o emocional, abuso sexual, negligencia, o a cualquier tipo de explotación comercial o de otra índole, que ocurren en el contexto de relaciones de responsabilidad, confianza o poder; y que resultan en daño real o potencial para la salud, la supervivencia, el desarrollo o la dignidad de los niños. </p><p>Intebi, I y Osnajanski, N (2003). "Maltrato de niños, niñas y adolescentes. Detección e Intervención." Cáp. 1.</p><p><br/></p><p>Toda acción u omisión que lesione o pueda lesionar potencialmente al niño, e interfiera en su desarrollo psicofísico emocional y social. </p><p>Garrote N. e Indart de Arza, MJ (2012). Maltrato Infantil. Pediatría Práctica. En Revista Pediátrica Elizalde. </p><p><br/></p><p><br/></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-16 20:31:29 UTC</pubDate>
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         <title>Verónica Scinardo</title>
         <author>veronicascinardo</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921563797</link>
         <description><![CDATA[<p>La negligencia infantil consiste en la incapacidad de satisfacer las necesidades físicas, emocionales, educativas y medicas básicas de NNyA de parte de sus referentes adultos/as. </p><p>Existen distintas formas de negligencia</p><p>- Física: pueden no lograr proporcionar una alimentación adecuada, ropa, vivienda, supervisión y protección.</p><p>- Emocional: pueden no lograr proporcionar afecto o amor u otros tipos de apoyo emocional. Los NNyA pueden ser ignorados/as o rechazados/as o se les puede impedir que interaccionen con otros/as.</p><p>- Descuido en la atención médica: pueden desatender los cuidados preventivos adecuados del NNyA, como la necesidad del tratamiento de lesiones o de trastornos físicos o mentales. Puede ocurrir que retrasen la obtención de asistencia médica cuando esté enfermo/a, exponiéndole a enfermedades graves e incluso a la muerte.</p><p>- Educativa: puede que no inscriban al NNyA en la escuela o que no aseguren que asista&nbsp;regularmente.</p><p>Fuente: Perkasky, Alicia (2022). Introducción al maltrato y negligencia infantil</p><p><br/></p>]]></description>
         <enclosure url="https://www.msdmanuals.com/es-ar/hogar/salud-infantil/maltrato-y-negligencia-infantil/introducci%C3%B3n-al-maltrato-y-negligencia-infantil" />
         <pubDate>2024-03-16 21:58:32 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Brenda Faber </title>
         <author>veronicascinardo</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921563921</link>
         <description><![CDATA[<p>El maltrato infantil incluye todos los tipos de maltrato y negligencia hacia un NNyA por parte de sus referentes adultos/as y que resulten en daño, daño potencial, o amenaza de daño.</p><p>Existen distintos tipos, y algunas veces se producen a la vez. </p><p>El maltrato físico consiste en maltratar o lesionar al NNyA infligiéndole un castigo físico. </p><p>El abuso sexual es considerado como cualquier acción con un NNyA que tenga como objetivo la satisfacción sexual de un adulto o de un NNyA significativamente mayor (en términos de desarrollo o cronológico) o más poderoso.</p><p>El maltrato emocional consiste en utilizar palabras o acciones para maltratar psicológicamente al NNyA. </p><p>El maltrato infantil en un entorno médico aquel en el que el referente adulto/a trata de hacer que los médicos piensen que un NNyA sano está enfermo. Se suele proporcionar información falsa sobre los síntomas y, a veces, el mismo adulto/a referente comete acciones que provocan&nbsp;los&nbsp;síntomas.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-16 21:58:56 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ferrando Adrian</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2921664900</link>
         <description><![CDATA[<p>Categoría seleccionada: Interés superior del niño.</p><p><br></p><p>La legislación nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N ° 26061 en su Artículo 3, define al Interés Superior del Niño del siguiente modo:</p><p> ..."A los efectos de la presente ley se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en esta ley.</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Debiéndose respetar:</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; a) Su condición de sujeto de derecho;</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; b) El derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta;</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; c) El respeto al pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural;</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; d) Su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales;</p><p>·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; e) El equilibrio entre los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes y las exigencias del bien común;</p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; f) Su centro de vida. </p><p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros". (Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Disponible en: <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm">https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm</a></p><p><br></p><p> </p><p><br></p>]]></description>
         <enclosure url="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm" />
         <pubDate>2024-03-17 04:10:35 UTC</pubDate>
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         <title>Patty Ploder - VIOLENCIA EN LOS NOVIAZGOS ADOLESCENTES</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>"Partimos de&nbsp; considerar&nbsp; que&nbsp; no es posible pensar&nbsp; una subjetividad aislada de su contexto socio histórico y cultural . Si bien el patriarcado -entendiéndolo como un sistema político, social y económico donde el poder lo tienen y ejercen los hombres trasladándose ese poder a todos los varones de una sociedad-, ha tenido transformaciones, aun&nbsp; continua vigente&nbsp; através de diferentes instituciones cuyas prácticas continúan transmitiendo la desigualdad entre los géneros convalidando la discriminación de las mujeres y contribuyen tanto ahora como hace siglos al mantenimiento y a la reproducción de los mecanismos de dominación masculina. En consecuencia, es en este contexto de patriarcado neoliberal en donde se lleva a cabo el proceso de subjetivación de los y las adolescentes. No podemos&nbsp;entonces dejar de relacionar los modos de hacerse hombre en nuestra cultura patriarcal con los malos tratos que aparecen en las parejas adolescentes.</p><p>(....)hay una masculinidad que intenta continuar siendo normativa y ciertos rasgos aún están vigentes en los jóvenes (...)Por lo tanto, los modos de subjetivación por género y las desigualdades tienen gran incidencia en la aparición de malos tratos en las relaciones de pareja desde edades muy tempranas.</p><p> (...) trabajaremos cómo son estos vínculos en la adolescencia qué características tienen, cómo funcionan y cómo&nbsp; intervenir.</p><p>Sostenemos la importancia del enfoque de género como aquella mirada crítica que nos permite observar que allí donde creíamos que había simples e inocentes diferencias, hay relaciones de desigualdad. Y que estas relaciones, no son así, sino que están así(.....) "Violencia en los noviazgos adeolescentes; para no morir de amor" (2023) Pucci y Marchak, Ed Raíces, Bs As</p>]]></description>
         <enclosure url="http://raicesredasistencial.com/violencia-en-los-noviazgos-adolescentes-para-no-morir-de-amor/" />
         <pubDate>2024-03-17 20:01:25 UTC</pubDate>
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         <title>Vilma Benítez</title>
         <author>vilmaben22</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2923197119</link>
         <description><![CDATA[<p>Naturalización de la Violencia: Es cuando los actos de violencia se ven minimizados o bien "naturalizados" debido a distintos factores como ser: la cultura, el contexto familiar o social.</p><p>Cuando la violencia se convierte en parte del medio ambiente la posibilidad de reconocerla disminuye y, por lo tanto, es introyectada por los sujetos que la viven como algo natural, para advertirla es necesario que aumente en grados más altos, con consecuencias más graves.</p><p>Donde mayormente se origina la naturalización de la violencia es en la etapa de la infancia u adolescencia, si viven en un ambiente violento presentan insensibilidad respecto a ésta y en algunos casos llegan a legitimarla, justificando y creyéndola  como correcta.</p><p>Una vez naturalizada la violencia la persona no podrá optar por buscar ayuda o ponerle fin por si misma a los hechos violentos. Para ello los diferentes ambientes en los que se desarrolle serán de vital importancia para la percepción de la violencia que maneja ésta.</p><p>(¿Producimos violencia? Los peligros de la naturalización de la violencia de Alison Mamani Sanga, 2019)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-18 12:39:33 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Germán Paván</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Competencia Parentales:</p><p><br/></p><p>Según Barudy, las competencias parentales son el conjunto de capacidades prácticas que los padres tienen para cuidar, proteger y educar a sus hijos, y asegurarles un desarrollo sano.</p><p><br/></p><p>Estas habilidades abarcan:</p><ul><li><p>Establecer vínculos afectivos seguros.</p></li><li><p>Comunicarse efectivamente con los hijos.</p></li><li><p>Fijar límites claros y consistentes.</p></li><li><p>Promover la autonomía y autoestima de los niños.</p></li><li><p>Responder a las necesidades físicas y emocionales de los hijos.</p></li></ul><p>El <strong>maltrato infantil</strong>, en cualquiera de sus formas (físico, emocional, sexual o por negligencia), <strong>debilita las competencias parentales </strong>y <strong>puede crear un círculo vicioso</strong>, donde los padres que fueron maltratados de niños son más propensos a maltratar a sus propios hijos.</p><p><br/></p><p>Barudy, J. (2008). El maltrato infantil: una visión integral. Barcelona: Gedisa.</p><p>Barudy, J., &amp; Dantagnan, M. (2013). Los desafíos invisibles de ser madre o padre. Santiago de Chile: Rehue.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-18 13:02:18 UTC</pubDate>
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         <title>Negligencia</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2923293170</link>
         <description><![CDATA[<p>Se considera negligencia a la omisión, por parte del adulto/a cuidador/a, de proveer aquello que el niño/a necesita para su desarrollo en cualquiera de las áreas: salud, educación, desarrollo emocional, alimentación, vivienda y condiciones seguras de vida. Esta omisón se puede encuadrar como negligencia cuando tiene una alta probabilidad de producir daños en la salud o el desarrollo psicofíso, mental, espiritual, moral o social del niño/a, siempre que esté dentro del contexto de recursos disponibles para la familia o los cuidadores. La negligencia incluye la falta de supervisión y de protección adecuadas ante las posibilidades de que el niño/a padezca algún daño. (OMS, 2001) </p>]]></description>
         <enclosure url="https://www.serviciossocialescantabria.org/uploads/documentos e informes/Intervencion en casos de maltrato infantil. Noviembre 2009.pdf" />
         <pubDate>2024-03-18 13:39:20 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Guerrero Aldana</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2923638826</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Discriminación/Violencia institucional:</strong> "Se refiere a las practicas de violación de derechos por parte de funcionarios pertenecientes a agencias gubernamentales y/o no gubernamentales que tiene el rol de garantizar derechos. Se manifiestan en la forma de restriccion de la autonomia Y/o libertad, situacion de dependencia del adulto ( detencion, custodia, guarda, internacion, encierro, privacion arbitraria de cuidados parentales, violencia en el cuidado alternativo, discriminacion, humillacion, denigracion, persecusion ideologica, etc).</p><ul><li><p>Seguridad.</p></li><li><p>Educacion</p></li><li><p>salud</p></li><li><p>poder judicial</p></li><li><p>organismos/dispositvos de protección de NNYA: Practicas violatorias del derecho a ser oido (en cualquier momento del proceso), implementacion de medidas excepcionales sin el consentimiento del NNoA o no habiendo agotado otras medidas menos dolorosas-, extencion injustificada de plazos legales de institucionalizacion o separacion de NNoA de sus padres, negacion o limitacion del derecho a recibir informacion sobre su situacion, separacion indefinida de grupo de hermanos, alejamiento injustificado de su centro de vida, privacion de libertad en el marco de la proteccion. Se incluye en esta tipologia todo tipo de maltrato fisico, psicologico o sexual en el marco de la institucionalizacion, asi como tambien toda forma de maltrato o descalificacion al grupo familiar en el marco de la intervencion." (2019). Los derechos humanos frente a la violencia institucional". </p></li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-18 17:17:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2923930389</link>
         <description><![CDATA[<p>Infancia.</p><p>Según la RAE (2001) esta definición hace referencia al período de la vida humana, que se extiende desde el nacimiento a la pubertad u principio o primer tiempo de cualquier cosa.</p><p>Según otras investigaciones, la infancia es una construcción social producto de un conjunto de discursos, narrativas y prescripciones que generan unas representaciones y prácticas con los niños y niñas en el marco de contextos socioculturales específicos. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.redalyc.org/journal/3578/357863806004/html/#redalyc_357863806004_ref38">https://www.redalyc.org/journal/3578/357863806004/html/#redalyc_357863806004_ref38</a></p><p>Según Piaget, el niño es visto como un ser natural que se desarrolla y aprende según la etapa de desarrollo en la que se encuentra, es decir, que la infancia se observa más como un proceso natural que como uno social.</p><p>Según la ley 26061 Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (2005). Se los considera como sujetos de derecho.</p><p>Desde mi perspectiva personal, considero que una definición de infancia debería de incluir todas las partes de estas definiciones. Es dificultoso encontrar una única concepción de infancia que sea ampliamente abarcativa.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-18 22:02:45 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Pía Frattini </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2923964734</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Síndrome de Munchausen por poder: </strong></p><p><strong>(Fuente: Indart de Auza, Miguel Javier "Enfermedad Inducida o fabricada por Cuidadores o Síndrome de Munchausen por poderes".  En Garrote, Norberto (comp.) (2018) MALTRATO INFANTIL. APORTES PARA SU DETECCIÓN, ABORDAJE Y PREVENCIÓN. Ediciones Journal. CABA.</strong></p><p>Es una forma grave de abuso infantil con altas tasas de recidiva, algunas veces puede ser mortal e incluye a dos protagonistas: el niño que sufre maltrato y la persona que lo produce. Por ese motivo, la Asociación Estadounidense de Pediatría ha propuesto que sean diagnosticados en forma separada: en los niños, Maltrato Infantil por enfermedad fabricada por los cuidadores y, en los cuidadores, trastorno ficticio por poderes.</p><p>Su autor es una persona que se ocupa del cuidado del niño o la niña maltratados, generalmente la madre. Hace que el infante parezca enfermo, simulando que tiene síntomas o provocándoselos, con el fin de que sea ingresado y sometido a procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos. Con frecuencia los cuidadores se encuentran solos o con un compañero que ejerce poco peso en la pareja, por lo que es de tal importancia la relación con los médicos o con el equipo de salud que sustituye esta carencia. Generalmente, poseen conocimientos sanitarios, son enfermeros, trabajan en clínicas o cuidan niños o adultos. Suelen despertar inicialmente la confianza del personal sanitario, con frecuencia ofrecen una historia detallada y completa de la salud de estos niños. La aparente dedicación que muestran con ellos los hace merecedores del reconocimiento del personal y de su familia, aunque cuando no son vistos pueden pasar a ser brutales. </p><p>Los profesionales que intervienen en el curso de la enfermedad actúan inicialmente favoreciendo el sostenimiento del cuadro por dos motivos fundamentales. 1) Su formación profesional en la escucha atenta a los padres y creer lo que ellos relatan (inicialmente resulta inaceptable pensar que los padres de nuestros pacientes mienten); 2) Un profesional que no realiza exámenes complementarios cada vez más complejos puede ser acusado de negligente.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-18 22:48:34 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Violencia sexual contra NNyA (Tatiana Gutierrez)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2923984955</link>
         <description><![CDATA[<p>Según Unicef, el abuso sexual contra NNyA es el peor de los maltratos. En ocasiones no deja marcas en el cuerpo, pero produce lesiones que pueden repercutir en toda la vida.                               Se entiende por abuso sexual contra NNyA a cualquier clase de búsqueda y/o obtención de placer sexual contra una o un NNyA por parte de una persona adulta. Para los autores Paul Ochotorena y Arruabarena Madariaga se destacan tres factores; la asimetría de poder, la asimetría de conocimiento y la asimetría de gratificación. </p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-18 23:13:43 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Rosa Navarro Guzmán</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2924199025</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Victimización secundaria:&nbsp; cuando las instituciones revictimizan.&nbsp;</strong></p><p>N,N yA víctimas de violencia sexual, además de sufrir un daño a su integridad física, psíquica y/o moral por el abuso mismo, se ven expuestxs a una victimización secundaria derivada de la relación posterior que se establece entre el N,Ny A y el aparato judicial y de protección de derechos.&nbsp;&nbsp;</p><p>El trabajo en la atención de&nbsp; N,NyA&nbsp; víctimas de violencia sexual en la institución judicial lleva a interrogarse respecto de algunas prácticas y situaciones que se presentan en el trabajo diario cuando lxs niñxs son ingresadxs en el proceso judicial ( condiciones para la&nbsp; toma de testimonio en Cámara Gesell, puntos periciales, revinculaciones), las cuales son guiadas en muchos casos por razones ideológicas que resisten a las perspectivas de niñez y género y a&nbsp; legislaciones vigentes, haciéndose necesario repensar y mejorar las prácticas judiciales con el objetivo de proteger los derechos de niñas y niños, y evitar su revictimización.</p><p>(Fuentes: Abuso sexual en la infancia . La revictimización. Jorge R. Volnovich (comp). Ed. Lumen. 2008. -En carne viva. Abuso Sexual Infantojuvenil. Susana Toporosi. Ed Topía.2020. -Guía de Buenas Prácticas para el abordaje integral y el acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes víctimas o testigos de violencia sexual. UNICEF. 2023).</p><p><br></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-19 01:46:15 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>El acompañamiento como categoría de intervención.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2925100730</link>
         <description><![CDATA[<p>Noelia Sierra nos planeta que el acompañamietno es una categoria de intervencion bien definida con parametros que establecen que es acompañar y que no. Aquí retomo solo algunas de sus definiciones y reflexiones:</p><p>"<em>El acompañar inscribe una lógica de relación, de encuentro, constructora de otredad. Graciela Frigerio, incluso, piensa al acompañamiento como un oficio (...) La posibilidad de jerarquizar el trabajo de acompañamiento está en objetivarlo, en el sentido de mostrarlo y decir “éste es el resultado de mi intervención”. Para dicho autor, el oficio permite mediatizar la relación con los otros a partir de objetivos y acuerdos comunes, evitando de este modo la “deriva relacional” (...). El acompañamiento en situaciones complejas, en la medida que enlaza una serie de disposiciones, medidas y garantías, posibilita la inscripción institucional. A diferencia de la figura de puerta giratoria8 (Ezcurra: 2012), el oficio de acompañar permite el tránsito de las personas por las instituciones componiendo lógicas de sostén adaptadas a las subjetividades de época y que favorecen procesos de apertura y disposición para que el sujeto pueda habitarlas."</em></p><p><br/></p><p><em>Sierra, N. (2021). El acompañamiento como categoría y las instituciones contemporaneas. Revista "Debate púlico. Reflexion de Trabajo Social". Año 11-Nro. 21.</em></p><p><br/></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-19 13:30:11 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Abuso Sexual Infanto Juvenil. Paola Loiello</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2925574607</link>
         <description><![CDATA[<p>"El abuso sexual Infanto Juvenil" Se refiere a cualquier actividad de gratificación sexual de una persona adulta con NNoA. Es una acción de carácter coercitivo ya que por edad y nivel de maduración, existe una imposibilidad  objetiva de consentimiento.<em> </em>Dentro de esta categoría, dependiendo de  la relacion entre la victima y el abusador existe el ABUSO<em> SEXUAL EXTRAFAMILIAR. </em>Que es ejercido por parte de cualquier persona por fuera del ámbito familiar.</p><p>Puntualmente recortare la categoría de Abuso Sexual Infanto Juvenil en comunidades Originarias del Norte de Salta.  Cecilia Alemany  se refiere al <strong>CHINEO</strong>, una practica colonial,  machista, racista, discriminatoria y sistemática que consiste en la violación de niñas, mujeres y diversidades indígenas por parte de hombres generalmente blancos.  La palabra Chineo es un termino que se refiere a la violencia ejercida a niñas nacidas del Mestizaje entre personas blancas e indígenas. Esta practica fue habitual y naturalizada por las comunidades indígenas hasta no hace mucho cuando un grupo de mujeres <strong>WICHI </strong>denuncio colectivamente varios hechos de violencia sexual. Respecto a esto en el año 2022 se lanzo una campaña #BASTADECHINEO y se insta al Estado Argentino a que asuma un compromiso urgente para abolir el Chineo. </p><p>Fuente: <em>Campaña contra el CHINEO por Cecilia Alemany (Viernes 9 de septiembre de 2022)</em></p><p><em>Lineamientos para el abordaje de las violencias contra niños, niñas y adolescentes desde el sistema de salud. Ministerio de salud, Presidencia de La Nacion. </em></p><p><em>Movimiento mujeres y Diversidades indígenas por el Buen Vivir.</em></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-19 18:38:39 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Abuso sexual infanto juvenil</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2925697042</link>
         <description><![CDATA[<p>Una definición amplia de esta categoría sostiene que es la convocatoria a un niño o niña por parte de un adulto a participar en actividades sexuales para las que su psiquismo no esta preparado por su nivel de constitución y tampoco puede otorgar consentimiento desde una posición de sujeto; viola la ley y los tabúes sociales.</p><p>Cuando la convocatoria es a un/a adolescente, constituye un abuso ya que casi siempre la relación de poder no permite que éste pueda negarse protegerse y a que generalmente se trata de alguien de quien se espera cuidados. Las leyes lo consideran un asunto público en el que el Estado tiene que intervenir. Que un niño o adolescente haya atravesado una situación de abuso y que esta se haya perpetuado en el tiempo, compromete a dos adultos; aquel que la o lo violentó y quien no pudo registrar lo sucedido.</p><p>Fuente: Toporosi, Susan En carne viva. Abuso sexual infanto juvenil(2018)Ed Topia.</p><p>El abuso sexual en la infancia y adolescencia titilen efectos traumáticos. Es</p><p>Cuando está dirigida hacia un adolescente constituye un abuson</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-19 20:32:40 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Revictimización (Margarita Quispe Saravia)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2925720697</link>
         <description><![CDATA[<p>Considero esta categoría como central para mi tema de indagación y en principio la defino lo menciona Save the Children, organismo internacional. </p><p>¿QUÉ ES LA REVICTIMIZACIÓN?</p><p>Sufrir abuso sexual en la infancia constituye, en muchas ocasiones, una experiencia que marca el desarrollo psicológico de niños y niñas. Las debilidades y fallos del sistema jurídico repercuten en una revictimización del menor que ha sufrido abusos sexuales.<br>La <strong>victimización primaria</strong> es una consecuencia derivada de un delito. La persona siente que son vulnerados sus derechos como persona y por ello asume el rol de víctima. <strong>La victimización secundaria (o revictimización)</strong> es la respuesta que da el sistema a una víctima. Esta respuesta hace que la persona <strong>reviva la situación traumática </strong>y vuelva a asumir su papel de víctima. Esta vez no es sólo víctima de un delito, si no de la incomprensión del sistema.</p><p>Este proceso favorece la <strong>revictimización de la infancia que ha sufrido abusos sexuales</strong>, y tiene consecuencias en el menor, ya que aumenta el posible trauma causado por tener que enfrentarse a un proceso judicial muy largo en que está llamado a testificar en varias ocasiones y en el cual<strong> su testimonio se pone en entredicho</strong>.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-19 21:01:12 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>¿ Como nombramos a &quot;estos adolescentes&quot; que realizan conductas sexualizadas hacia un otro?</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2925726442</link>
         <description><![CDATA[<p>Nombrarlo como abusadores les otorgarìa una identidad que podria favorecer que llegara a serlo, en un momento tan crucial en la constitucion de la identidad como es la adolescencia. No es lo mismo decir que el adolescente "tuvo conductas" sexuales abusivas, que decir que "es" un abusador. Capacete, Laura. "Jovenes con conductas sexuales violentas" (2017)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-19 21:08:55 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Infancias en Riesgo. (Revista de Educación social. Autoría: Lluís Toledano)</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2925833223</link>
         <description><![CDATA[<p>El fenómeno de los malos tratos a la infancia responde a un tipo de relación entre el adulto y el niño que podríamos definir como disfuncional y distorsionada. Responde a una manera de entender y de establecer las relaciones entre el adulto y el niño, en que éste es objeto de acciones y/u omisiones que, al fin y al cabo, no ayudan a su desarrollo y estropean, de una manera u otra, su bienestar físico, psíquico y social. La poca atención y la falta de cuidado hacia los intereses y expectativas de los niños, el abandono -en cualquiera de sus formas-, las respuestas inadecuadas, las conductas punitivas y aversivas, el abuso tanto físico como sexual o psicológico, sirven para hacer patente una cierta o total incapacidad, ignorancia, imposibilidad o indiferencia por parte de los padres con respecto a la atención, cuidado, protección y educación de sus niños y niñas.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-19 23:26:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Claudia: Violencia Vicaria nueva forma de violentar a las mujeres y niñeces</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2926058316</link>
         <description><![CDATA[<p>La violencia vicaria, como problemática compleja debe ser profundizada. Concepto aportado por Sonia Vaccaro tras su investigación y ahora plasmado en su libro “Violencia Vicaria. Golpear donde más duele”(2023) para que pueda llegar a cada rincón del mundo. Plantea y lo &nbsp;expresa como “aquella forma de violencia contra la mujer que se apropia de los hijos e hijas como objetos para continuar dañándola, sabiendo que son la parte más sensible de ella; es la violencia más extrema para con ella, porque saben que el dolor sería doble ante el daño ocasionado a sus hijos/as”…. “es el ejercicio de poder y el control de un hombre violento sobre su prole como ejercicio de la patria potestad”. “El hombre violento sabe, concientemente o no, que de esa herida ella no se recuperará más”. Por lo tanto, es la forma de maltrato contra la niñez y adolescencia mas cruel.</p><p>Estremece comprender y confirmar la importancia de nombrar y conceptualizar esta forma de violencia, ya que lo que no se nombra no puede ser reconocido ni abordado. Es crucial identificarla y visibilizarla para dejar de justificarla y naturalizarla. Imposible ignorar su existencia, ponerle nombre para poder enfrentarla y erradicarla y en esto, Sonia Vaccaro otorgo luz a aquello que las mujeres relataban y describían de lo vivido y experimentado previo a la muerte de sus hijos en manos de sus progenitores, para definitivamente dañarlas eternamente.</p><p>Es una nueva forma de objetivar a los niños, niñas y adolescentes y mantener el poder y control sobre las mujeres, considerándolas como propiedad. Sin embargo, en este momento gracias a años de militancia feminista, podemos identificarla, registrarla y fortalecerla mediante la sororidad entre mujeres y la empatía de algunos hombres que comprenden la importancia de la equidad de género y una vida libre de violencia para las mujeres, disidencias y para con niñeces y adolescencias.</p><p>Como &nbsp;fenómeno social, de violencia hacia los niños, niñas y adolescentes debe ser abordado e interpelado por toda la sociedad. Es urgente transformar la justicia y las instituciones que aún hoy se amparan en el Patriarcado, para proteger a los niños y niñas en el marco de la violencia de género.</p><p>Para ello, es fundamental cuestionar y desmantelar las creencias erróneas sobre la relación del padre con sus hijos e hijas. Además de trabajar para cambiar el rol que la justicia ha tenido históricamente como aliada del patriarcado al configurarla como "el pater de la familia" y sostener su poder.</p><p>Impulsar cambios profundos en nuestras estructuras sociales y judiciales para garantizar una protección efectiva a los niños, niñas y adolescentes que son víctimas de esta forma de violencia. Esto implica promover la implicancia de la perspectiva de género para que las normativas que son de excelencia en nuestro país, sean aplicadas correctamente, políticas públicas integrales, capacitación para profesionales involucrados en casos de violencia infantil y una cultura que rechace cualquier forma de violencia machista, para ello, se debe fortalecer el sistema educativo a través de la Educación sexual integral y ampliarla para que pueda llegar a cada integrante de las familias de las niñeces y adolescencias.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-20 02:05:19 UTC</pubDate>
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         <title>VIOLENCIA INSTITUCIONAL: </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>El estado es quien debe garantizar el efectivo goce de los derechos de NNyA e impedir que sean continuamente violados.</p><p>La efectividad de los derechos a que hace referencia el artículo cuarto de la Convención exige no sólo la recepción normativa de los derechos sino la adopción de mecanismos efectivos de garantía por parte del Estado. Es decir, se requiere de una protección efectiva, una continuidad entre los derechos declarados y los mecanismos jurídicos para asegurar su protección. En América Latina numerosos estudios muestran que existe una discontinuidad manifiesta entre los derechos consagrados en la CDN y las leyes de menores vigentes a la época de su promulgación.</p><p>Fuente. "INFANCIA, AUTONOMIA Y DERECHOS: UNA CUESTION DE PRINCIPIOS" de Miguel Cillero Bruñol.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-20 02:28:30 UTC</pubDate>
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         <title>Interseccionalidad</title>
         <author>bobadillamariajulia</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2927202471</link>
         <description><![CDATA[<p>La interseccionalidad es un recurso heurístico que permitre percibir,comprender y abordar el interjuego entre las distintas categorías de diferenciación social que atraviesa a sujetos, prácticas sociales e instituciones, y el modo en que dicho interjuego afecta a las experiencias sociales de lxs sujetos, su agencia política, y las relaciones de poder y oportunidad en las que se encuentran.Distintxs autorxs han entendido a la interseccionalidad como concepto, una teoría o un conjunto de teorías,una perspectiva,una metodología, una característica de  la identidad, o una experiencia. En todos los casos, la categoría se destaca por ofrecer un marcomultidimensional,no binarista y dinámico del funcionamiento de las relaciones sociales de poder y la distribución desigual de oportunidades de vida en función de factores tales como la identidad, la corporalidad, la ubicación geopolítica ,entre muchos otros. </p><p><br/></p><p>Gamba Susana y Diz Tania (Primera Edición ).(2021) _Nuevo diccionario de estudio de género y feminismos. Editorial Biblos.</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-20 17:14:46 UTC</pubDate>
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         <title>Noelia Gemelli</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Patriarcado: "se trata de un sistema que justifica la dominación sobre la base de una supuesta inferioridad biológica de las mujeres. Tiene su origen histórico en la familia, cuya jefatura ejerce el padre y se proyecta a todo el orden social. Existen también un conjunto de instituciones de la sociedad política y civil que se articulan para mantener y reforzar consenso expresado en un orden social, económico, cultural, religioso y político, que determina que las mujeres, como categoría social, siempre estarán subordinadas a los hombres" Fries y Faccio (2005:46)</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-20 20:53:03 UTC</pubDate>
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         <title>Políticas Públicas en las Infancias</title>
         <author>victoriagiordano94</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2928552275</link>
         <description><![CDATA[<p>Según establece la Ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de los N, N y A en su Articulo N°4 las políticas públicas para la niñez y adolescencia se elaborarán de acuerdo a las siguientes pautas:</p><p><br/></p><p>a) Fortalecimiento del rol de la familia en la efectivización de los derechos de las niñas, niños y adolescentes;</p><p><br/></p><p>b) Descentralización de los planes y programas específicos de las distintas políticas de protección de derechos, a fin de garantizar mayor autonomía, agilidad y eficacia;</p><p><br/></p><p>c) Gestión asociada de los organismos de gobierno en sus distintos niveles en coordinación con la sociedad civil, con capacitación y fiscalización permanente;</p><p><br/></p><p>d) Promoción de redes intersectoriales locales;</p><p><br/></p><p>e) Propiciar la constitución de organizaciones y organismos para la defensa y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.</p><p><br/></p><p>Fuente: INFOLEG </p><p><br/></p><p><br/></p>]]></description>
         <enclosure url="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/110778/norma.htm" />
         <pubDate>2024-03-21 13:00:29 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2928552275</guid>
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         <title>Paz Aznarez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2929057284</link>
         <description><![CDATA[<p>El maltrato psicológico infantil se refiere a un patrón de comportamiento que busca controlar, intimidar o humillar a otra persona con el objetivo de causarle daño emocional o psicológico. Este tipo de maltrato puede manifestarse en forma de insultos, amenazas, desvalorización, indiferencia, manipulación emocional, aislamiento social, humillaciones públicas, entre otras conductas.</p><p>El maltrato psicológico es considerado una forma grave de abuso que puede tener efectos duraderos en la salud mental, emocional, el desarrollo y el bienestar de los niños/as.</p><p>(Fuente: Modulo de Atención Integral de Salud Mental del Ministerio de Salud; página web SOMOS Psicologos)</p><p><br></p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-21 19:03:48 UTC</pubDate>
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         <title>Stella Palmieri</title>
         <author>stellapalmieri0</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2929264824</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>VIOLENCIA ECONOMICA CONTRA NNA.</strong></p><p>La ley 26485, en su artículo 5, punto 4 define como&nbsp; violencia económica y patrimonial: “La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:&nbsp; a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.”</p><p>Importa situar así el incumplimiento de las cuotas alimentarias que ejercen en su mayoría progenitores varones respectos de sus hijxs como un modo específico de violencia económica que configura en si misma una situación de desprotección, &nbsp;maltrato, negligencia y abandono en el cumplimiento de una responsabilidad parental fundamental. El incumplimiento o el cumplimiento deficiente de las responsabilidades en el sostén económico de NNyA debe ser considerado un acto violento directamente sobre las infancias y adolescencias.</p><p>&nbsp;Fuente: Ley 26485. “Intervención en casos de maltrato infantil” Irene Intebi</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2024-03-21 23:40:02 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Categoría: NEGLICENCIA</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2929426155</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Intervención en casos de maltrato infanti</strong></p><p>Se considera negligencia a la omisión, por parte de los/as adultos/as responsables de los cuidados, de proveer aquello que el niño/a necesita para su desarrollo en cualquiera de las áreas: salud, educación, desarrollo &nbsp;emocional, alimentación, vivienda y condiciones seguras de vida. · Esta omisón se puede encuadrar como negligencia cuando tiene una alta probabilidad de producir daños en la salud o el desarrollo psicofísico, mental, espiritual, moral o social del niño/a, siempre que los recursos para satisfacer las necesidades infantiles se encuentren dentro del contexto de recursos disponibles para la familia. · La negligencia incluye la falta de supervisión y de protección adecuadas ante las posibilidades de que el niño/a padezca algún daño. · Un niño/a que atraviesa situaciones de negligencia y no recibe adecuada protección y estimulación emocional, cognitiva o física, ni cuidados médicos o alimentación apropiada, puede sufrir retrasos irreversibles en su desarrollo y su vida puede correr peligro. Estas consecuencias son semejantes para las distintas tipologías de negligencia, sin que importe las razones que las motivan. · Las consecuencias de la negligencia crónica en los/as niños/as se suelen minimizar. Sus indicadores y efectos no producen en el observador los mismos sentimientos de rechazo y de horror que se asocian a otras tipologías de la desprotección. ·</p><p>Fuente: Irene Intebi. Colección de documentos técnicos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-22 01:44:11 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Marcela Stein</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Violencia Institucional “son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”.</strong></p><p>La&nbsp;violencia institucional&nbsp;es ejercida por agentes del Estado; puede realizarse a través de normas, prácticas institucionales, descuidos y privaciones en detrimento de una persona o grupos de personas. </p><p><br/></p><p>Fuente: &nbsp;Artículo 18 de la <em>Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, México . Instituto Nacional de las Mujeres de México</em></p><p><br><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-23 11:20:35 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2930877237</link>
         <description><![CDATA[<p><br>Julia Pascuale-</p><p><br/></p><p><strong>IMPACTO DE LA VIOLENCIA SEXUAL EN LAS INFANCIAS: </strong>se constituye como uno de los traumas psíquicos más intensos, con consecuencias sumamente destructivas para la estructuración de la personalidad. Intebi compara sus efectos al de un balazo en el aparato psíquico, siendo difícil predecir cómo cicatrizará y las secuelas que tendrá.</p><p>Fuente-El abuso sexual en las mejores familias. Irene Intebi</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-23 11:51:24 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>ENCERRONA TRÁGICA. Micaela Gonzalez</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2931358349</link>
         <description><![CDATA[<p>ENCERRONA TRÁGICA:</p><p>&nbsp;</p><p>Es una categoría analítica que aparecen en las personas que han sido victimas de torturas, pero puede ser extendido a otras situaciones de acontecer social, como lo son las violencias sexuales.</p><p>El Dr. Fernando Ulloa plantea que la encerrona trágica es paradigmática del desamparo cruel.</p><p>En los procesos de intervención de situaciones de violencias sexuales contra NNyA que se sostuvieron en el tiempo durante años (principalmente los que se producen de manera intrafamiliar). No existieron sujetos/instituciones que pudieran conformarse como “<strong>tercero de apelación”</strong>, interviniendo de modo que se interrumpa el ejercicio de las violencias. En la encerrona trágica hay dos lugares víctima y victimario sin un tercero que imponga la prohibición social de maltratar, esto se configura en la situación típica del dispositivo de crueldad. Esta situación impacta en la subjetividad de la víctima generando un sentimiento de que “nadie puede ayudarla”. (Fernando Ulloa "La crueldad como sociopatia")</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-24 12:22:28 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Violencia institucional</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2932631737</link>
         <description><![CDATA[<p>Lorenzo Salamanca García en un artículo de la revista Miscelánea Comillas, utiliza la definición del maltrato institucional hacia niños, niñas y adolescentes de Martínez, A. y Sánchez, J.J. (1989) haciendo referencia a “”… cualquier legislación, programa, procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos o bien derivada de la actuación individual del-la profesional o funcionario-a de las mismas que comete abuso o negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos del-la niño-a o de la Infancia”.</p><p>En su artículo se centra en “carencias del Sistema” y no tanto en las intervenciones individuales de los profesionales considerando que las mismas son, casi siempre, consecuencias de las primeras. Menciona al respecto algunos indicadores del maltrato institucional: 1) <em>los derechos del niño no son el marco de referencia; </em>2) <em>no responder a las características diversas de los-as niños-as; </em>3) escases de <em>personal o profesionales en condiciones laborales precarias; </em>4) <em>estrés laboral y falta de motivación; </em>5) d<em>eficiente intercambio y comunicación entre profesionales; </em>6) de<em>scoordinación entre servicios; </em>7) a<em>usencia de evaluación y seguimiento de actuaciones; </em>8) s<em>upervisión inadecuada del trabajo; </em>9) c<em>ambios frecuentes de estrategias; </em>10) es<em>pacios físicos y recursos insuficientes para responder a las necesidades, etc.</em></p><p>A partir de esto, resulta de mi interés, evaluar/analizar cómo la construcción de la demanda, entendida como el inicio de la intervención de los profesionales y equipos que componen el sistema de protección y promoción de derechos, puede devenir en prácticas que impliquen algún tipo de maltrato institucional hacia los/as niños, niñas y adolescentes que son partes de nuestras intervenciones diarias.</p><p>Recupero un viejo texto de mi formación universitaria en la UNLu, que queda dando siempre vueltas en mi memoria, en el que se expresa que la demanda puede ser enunciada por un sujeto (cuando menciono la palabra sujeto me refiero a su singular pero también plural) o una institución, en la que se incluyen tres elementos: la evidencia de un problema o una situación adversa, la interpretación respecto de la situación problemática y un pedido de solución (Arrizabalaga, M. y La Ferraro, S. 2010).</p><p>Entonces me pregunto ¿cómo en la inmediatez y urgencia de las situaciones que trabajamos/acompañamos, los/as niños, niñas y adolescentes pueden ser protagonistas en la construcción de la demanda y definición de sus componentes y por ende, protagonistas del proceso de intervención, mediando en todo esto cada una de sus particularidades y subjetividades?</p><p>En este punto también resaltar la diferencia entre los tiempos subjetivos de niños, niñas y adolescentes y grupos familiares o de referencia con los tiempos “objetivos” de las instituciones que integran el sistema y que determinan los tiempos y modos de los procesos de intervención.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-25 14:33:48 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2932724208</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Por</strong><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://tiempojudicial.com/author/flor/"><strong> Florencia Galarza</strong></a></p><p><strong>20 de septiembre de 2021</strong></p><p><br/></p><p><strong>Para hablar de la utilización del Síndrome de Alienación parental en la Justicia, Tiempo Judicial entrevistó a una trabajadora social de Lihuen, una asociación civil que hace 20 años trabaja con casos de maltrato y abuso sexual infantil.</strong></p><p><strong>El caso de Luna, víctima de abuso sexual por parte de su padre entre sus 6 y 9 años, volvió a traer la discusión sobre el Síndrome de Alienación Parental. A finales de agosto, organizaciones feministas marcharon hacia la fiscalía Nacional en lo Criminal y correccional 3, ubicada en Paraguay 1536 (CABA), ya que es la que lleva la causa de Luna y su mamá hace años. El SAP es la teoría utilizada para justificar al agresor acusado alegando que el testimonio de la niña o niño en cuestión en un tribunal es influenciado por la madre e inducido a mentir.</strong></p><p><strong>De esta manera, la tenencia del hijo/a queda a cargo del acusado en muchos casos, o la denuncia es desestimada, en muchos otros. Este fue el caso de Luna, que luego de 10 años sigue abierto, y donde su padre, acusado del hecho, quedó amparado por la Justicia, “lo cual implicó una constante violencia para la niña, ahora joven, y su mamá protectora, denunciante”, según explicaron en un comunicado. A pedido de la fiscalía, el Ministerio Público Tutelar emitió un informe sobre el expediente de Luna con una “perspectiva revictimizante” y amparada en el falso Síndrome de Alienación Parental.</strong></p><p><strong>De hecho, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires tiene una declaración en su página web donde sienta posición en contra del falso SAP al alegar que “esta teoría fue desautorizada por la ciencia en todas sus modalidades, tanto en el ámbito de la psicología como en el de la psiquiatría” y que “desde la puesta en marcha de la Convención de los Derechos del Niño hemos confirmado una y otra vez que los niños rara vez mienten”.</strong></p><p><strong>Qué es el falso SAP, en qué circunstancias se utilizan, qué posición toma la Justicia argentina frente a esta teoría y muchos otros interrogantes fueron consultados por <em>Tiempo Judicial</em> a Verónica Spinelli, trabajadora social en la asociación civil Lihuen, que lleva 20 años de experiencia con situaciones de derechos vulnerados de niñas y niños, en especial víctimas de maltrato y abuso sexual, en varios municipios del conurbano.</strong></p><p><br/></p><p><strong>Por su parte, Spinelli sintetizó: “El SAP no debe tener validez jurídica, ya que no tiene validez científica”. Y explicó: “Este supuesto síndrome nunca ha sido sujeto a estudios empíricos, fue rechazado por la Organización Mundial de la Salud, por la Asociación Americana de Psicología, por la Asociación Americana de Psiquiatría y por la Asociación Médica Americana. Fue declarado ilegal para el ejercicio de la psicología por la Federación de Psicólogos de la República Argentina y por el Consejo Superior del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires. Además, fue rechazada su inclusión en los sistemas de clasificación de los desórdenes médicos (DSM III; DSM IV; DSM V; CIE 10)”.</strong></p><p><strong><em>Valor testimonial de infantes ante la Justicia</em></strong></p><p><strong>A pesar de la reticencia del ámbito judicial, psicológico y afines en concebir a este cuestionado síndrome, “hay un intento por utilizarlo en todo el mundo y nuestro país no es la excepción”.</strong></p><p><strong>Según la trabajadora social consultada, “intentan utilizarlo las personas acusadas de abuso sexual contra niños, niñas o adolescentes como una estrategia para ocultar los signos, síntomas e indicadores de abuso sexual. Lo que buscan es silenciar la palabra de niños, niñas y adolescentes en sus relatos de los abusos sexuales sufridos”.</strong></p><p><strong>Esto se suma a la relatividad con la que la Justicia argentina recibe los testimonios de infantes frente a una denuncia de maltrato o abuso sexual: “La validez que tiene el testimonio de las víctimas menores de edad en un juicio, lamentablemente, varía mucho. En primer lugar, hay que tener en cuenta que dependiendo la edad del niño o niña, su testimonio para el juicio se toma previamente a través de una cámara Gesell”.</strong></p><p><strong>“Para quienes no lo saben, la cámara Gesell es una habitación con un vidriado especial que permite a quienes están afuera ver y oír lo que ocurre adentro, pero no a la inversa. Ese niño o niña es citado a ésta cámara donde lo recibe un/a psicólogo/a del sistema judicial y es la única persona que interactúa con el niño o la niña dentro de la cámara. Si los abogados de parte o la fiscalía quieren preguntar algo lo deben hacer a través de este profesional”, explicó Spinelli. Asimismo, hizo referencia a las dificultades que esta metodología trae aparejada: las y los niños ven al profesional con quien deben hablar por primera vez y no siempre se establece un vínculo de confianza que logre darle al infante la seguridad para relatar un hecho traumático. Que el niño o niña no cuente el hecho no significa que no haya sucedido necesariamente, sino que “puede no tener ganas de hablar el día de la citación, que ya se lo haya contado a alguien más”, que sienta miedo, culpa…</strong></p><p><strong>“Por otro lado, hay jueces que entienden el significado que tiene para un niño o una niña relatar una situación de abuso sexual sufrida por parte de una persona que se encuentra en una situación de poder totalmente desigual, y le otorga el significado que realmente tiene, pero hay otros que consideran que ese relato no es suficiente para comprobar un abuso.Lamentablemente, todavía hay personas que creen que un niño o una niña puede inventar, fantasear o creer que sufrió un abuso sexual que nunca ocurrió”.</strong></p><p><strong><em>Casos concretos</em></strong></p><p><strong>En los 20 años en los que la asociación Lihuen trabaja con situaciones de violencia hacia chicos y chicas, Spinelli aseguró haberse cruzado “muchas veces” con la utilización del falso SAP: “En estos 20 años hemos atendido a más de 2000 niños, niñas y adolescentes. Más del 70% de las situaciones que atiende Lihuen son por sospechas o denuncias de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes. En 20 años sólo tuvimos una falsa denuncia, que la detectamos en la primera entrevista. Los niños y las niñas que han sufrido un abuso sexual desarrollan sintomatología e indicadores que no pueden inventarse”. Por eso, relató a este mediodos casos concretos para comprender las dimensiones de los casos que se plantean bajo el paraguas de esta herramienta judicial con fuerte base patriarcal.</strong></p><p><strong><em>-Primer caso</em>: Tuvimos muchas situaciones donde los padres han intentado utilizar el SAP para justificar que estaban siendo falsamente denunciados. Una de ellas fue el caso de una niña de 2 años que relató que su papá ‘le lastimaba la cola con el coso que hace pis’. El relato se produjo en el jardín maternal al que concurría la niña. Del colegio se comunicaron con la mamá para manifestarle lo ocurrido, y ella comienza el camino de averiguar y de asesorarse. Así es como la niña ingresó a un espacio terapéutico. Posteriormente, se realizó la denuncia, basada principalmente en el relato de la niña, pero sostenido el mismo con otros indicadores.</strong></p><p><strong>El padre intentó construir su defensa a partir del SAP. El tema es que una niña de 2 años no puede inventarse un trauma, no puede inventar o simular indicadores, no puede saber que un pene puede lastimarle la cola, no puede representar un dolor no sufrido. Después de mucho trabajo, la causa se elevó a juicio oral y finalizó con la condena del padre. Fuimos muchas las profesionales que pudimos declarar y explicar por qué la niña no había sido convencida por su mamá de lo ocurrido.</strong></p><p><strong><em>-Segundo caso:</em> Otra situación compleja que atendimos en la institución fue el de una niña de 8 años con síndrome de Down. Llegó a la institución por derivación de su colegio para evaluación y atención psicológica. La niña se masturbaba compulsivamente en el colegio, y ese el motivo de la derivación. La niña no tenía lenguaje verbal, por lo que no había relato. A partir de empezar a trabajar en el espacio terapéutico, luego de construir un vínculo con el profesional, la niña representó una escena de sexo oral. Ese fue el primer indicador directo.</strong></p><p><strong>Se le solicitó a la madre que realizara la denuncia por la sospecha de abuso y comenzó todo el proceso. Con el tiempo se pudo determinar que el sospechoso era el papá, quien intentó anular los informes profesionales justificando la denuncia en el falso SAP. Lo que se pudo demostrar es que las dificultades en el aprendizaje que tenía la niña hacían imposible que le hubieran enseñado una historia, pero además, no era posible que actuara una escena no vivida. Es difícil explicar con palabras lo que implica la develación de un abuso, el relato de un abuso por parte de un niño o una niña, ese relato no es sólo verbal, es corporal.</strong></p><p><strong>No hay manera que una niña o un niño puedan dar detalles de situaciones que no han vivido.</strong></p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-25 15:47:01 UTC</pubDate>
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         <title>Silva Bonilla María Fernanda </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Violencia sexual contra las infancias y adolescencias: </strong></p><p>El abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes es una de las peores formas de violencia contra la niñez y adolescencia (…) Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica. </p><p>El abuso sexual ocurre cuando un niño es utilizado para la estimulación sexual de su agresor (un adulto conocido o desconocido, un pariente u otro NNyA) o la gratificación de un observador. Implica toda interacción sexual en la que el consentimiento no existe o no puede ser dado, independientemente de si el niño entiende la naturaleza sexual de la actividad e incluso cuando no muestre signos de rechazo.</p><p>La dimensión y la gravedad de esta forma de violencia ejercida contra la infancia vuelven sumamente relevante el diseño de políticas públicas que promuevan la prevención, la recolección de datos y la identificación de las víctimas de abuso sexual. Asimismo, son necesarias campañas de sensibilización dirigidas tanto a los NNyA como a los adultos que se desempeñan en los sistemas de protección de derechos, salud, educación, policía, justicia y a la sociedad en general. Sin detección no es posible implementar medidas de protección, ni brindar tratamiento para las víctimas y sus familias. </p><p><br/></p><p>“Abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes: Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos”. Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF) Argentina, noviembre 2016. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.unicef.org/argentina/sites/unicef.org.argentina/files/2018-04/proteccion-AbusoSexual_contra_NNyA-2016.pdf">https://www.unicef.org/argentina/sites/unicef.org.argentina/files/2018-04/proteccion-AbusoSexual_contra_NNyA-2016.pdf</a></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-25 16:19:03 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>M RESUENA Y RESUENA ESE SILENCIO QUE NO PUEDE HABLAR</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-25 20:30:39 UTC</pubDate>
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         <title>LIC SANTA CRUZ OLGA</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>ME RESUENA EL SILENCIO DE ESOS NIÑOS, DE NO PODER HABLAR Y DECIR LO QUE LES PASA</p>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2374925779/25fac94d05d2862f5c327f8f75fa2d46/CALLAR__Y_NO_HABLAR.docx" />
         <pubDate>2024-03-25 20:41:20 UTC</pubDate>
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         <title>Sabrina Moñín</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>El adultocentrismo</strong>, refiere a una categoría de análisis que designa un modo de &nbsp;organización social que se sostiene en relaciones de dominio. Esta categoría, condensa relaciones de poder y desigualdad entre quienes portan “mayoridad” que son quienes concentran el poder y los “otros/as” sin poder. es uno de los pilares de la violencia contra niñas, niños y adolescentes contribuye a observarlo y comprenderlo socialmente no sólo como un rasgo o característica, sino como un sistema estructural. En tanto que es la imagen centrada en el adulto la que articula una serie de patrones, conductas, significados, sustentados principalmente en una relación asimétrica y desigual de poder, por tanto, de opresión. Incluso esa figura, responde al imaginario del adulto varón blanco, occidental, de clase alta y heterosexual</p><p>&nbsp;&nbsp;No es una manifestación solo de personas adultas hacia las infancias y adolescencias, sino que sus mecanismos operan también entre niñas, niños y adolescentes. El hecho de tener unos meses más de edad que otros, pero sobre todo crecer en un contexto donde lo más reconocido y admirado es el mundo adulto, basta para que el adultocentrismo se manifieste entre pares.</p><p>Funtes:</p><p>Tesis doctoral “El adultocentrismo como paradigma y sistema de Dominio” Universidad de Barelona.</p><p>Material de lectura: ¿Que decimos cuando hablamos de Violencia contra NNyA?</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-26 09:13:56 UTC</pubDate>
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         <title>ENFOQUE DE VULNERABILIDAD SOCIAL (Berti, Andrea)</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><br></p><p>Entendemos por vulnerabilidad aquella situación objetiva o subjetiva, de origen material, emocional o psicosocial, que lleva a experimentar al sujeto una condición de indefensión, dada la fragilización de los "soportes" personales y/o comunitarios.</p><p>La idea de vulnerabilidad nos remite a descentrarnos del sujeto de la intervención, ampliando la mirada al contexto más amplio (familiar, comunitario, socioeconómico) que, no siendo determinante, condiciona situaciones pm señales y/o colectivas que hacen a la capacidad (o incapacidad) de resistencia a vivencias desfavorables y pueden exponer a los sujetos a situaciones de indefensión. Esto a su vez posibilita enmarcar las intervenciones del Trabajo Social con familias, en diferentes niveles de prevención, puesto que al reconocer la vulnerabilidad de sujetos y comunidades, podemos orientar nuestras acciones a tareas preventivas, inespecíficas o específicas que contribuyan al fortalecimiento familiar. El enfoque de vulnerabilidad nos permite así pensar nuevas o renovadas formas de intervención, que posibiliten adelantarnos a situaciones de riesgo, favoreciendo acciones promocionales, enmarcadas en la condición relacional de todo sujeto.</p><p><br></p><p>Caballero, A., Bongiovanni, Lerner, Vilches (2006); “Recreando la intervención: Una recorrida acerca de diferentes enfoques utilizados en el trabajo social con familias” en: Eroles, Carlos (comp.) Familia (s), estallido, puente y diversidad, una mirada transdisciplinaria de derechos humanos. Bs As, Ed Espacio.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-26 16:44:09 UTC</pubDate>
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         <title>Rossana.</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2934532875</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Adultos Sobrevivientes del Maltrato a los Niños</strong><br><br></p><p><strong>(<em>Adult Survivors of Child Abuse</em>&nbsp;)</strong><br>Personas que de niños fueron víctimas de la violencia y los abusos, incluido el maltrato físico, sexual o emocional.</p><p><strong>Maltrato a los Niños</strong><br><strong>(<em>Child Abuse</em>)</strong><br>Abuso de niños en la familia o en otras instituciones. Sinónimos: Abuso de Niños; Negligencia Infantil; Negligencia con el Niño.</p><p><strong>Síndrome del Bebé Sacudido</strong><br><strong>(<em>Shaken Baby Syndrome</em>)</strong><br>Lesiones cerebrales producto de la agitación vigorosa de un niño o bebé tomado por el tórax, hombros, o extremidades que causan una extrema aceleración craneal. Se caracteriza por las hemorragias intracraneales e intraoculares sin evidente trauma externo. Los casos graves pueden terminar en muerte.</p><p><strong>Síndrome del Niño Maltratado</strong><br><strong>(<em>Battered Child Syndrome</em>&nbsp;)</strong><br>Una condición clínica que resulta de las lesiones físicas y psicológicas reiteradas infligidas en un niño por los padres o cuidadores.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="http://decs.bvs.br/E/homepagee.htm">DeCS</a>: sistema de descriptores en ciencias de la salud (DeCS) es un vocabulario controlado trilingüe (español, portugués e inglés) que ofrece la terminología estándar para la indización y navegación en las fuentes de información de la Biblioteca Virtual en Salud (BVS). Adaptado del MeSH para el conexto latinaomericano.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-26 22:35:49 UTC</pubDate>
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         <title>Suster Laura</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Acompañamiento al igual o de la mano con la escucha son indicadores e intervenciones necesarias para la salud. En la profesión de enfermería acompañar a las personas es un acto que forma parte de la rutina diaria. Acompañamiento orientado a satisfacer la necesidad de contención de la persona indistintamente de la situación en la que se presente. Contextos tales como el proceso de un embarazo, parto, puerperio y nacimiento; acompañamiento en el comienzo de la vida, durante y al final de la misma.</p><p>Acompañamiento como intervención dentro del proceso de la atención de situación de violencia:</p><p>“Las personas que atraviesan o han atravesado situaciones de VMG pueden tener demandas distintas a las de otras personas usuarias del sistema de salud.</p><p>&nbsp;En particular, pueden requerir:</p><p>• Respuestas articuladas de la red de servicios sociosanitaria, interdisciplinarias e intersectoriales, por ser situaciones multidimensionales y complejas.</p><p>• Una evaluación de riesgo.</p><p>• Una escucha activa y contención.</p><p>• Atención física y en salud mental.</p><p>• Atención frente a preocupaciones por su integridad.</p><p>• Acompañamiento para fortalecer sus estrategias de cuidado y tomar sus propias decisiones. Por ello es fundamental que los equipos de salud:</p><p>• Recuerden que su función más importante es brindar acompañamiento, y no hacer un diagnóstico.</p><p>• Eviten cuestionar a las personas en sus relatos.</p><p>• Garanticen un acompañamiento que procure la protección y el resguardo necesario para no incrementar la situación de violencia.”</p><p>(Manual Clínico. Atención integral de la salud ante situaciones de violencias por motivos de género)</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-27 00:04:11 UTC</pubDate>
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         <title>Mariela Verzero</title>
         <author>marielaverzero</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Concepto: Embarazo Infantil Forzado </strong>(CLADEM, 2016)</p><p>“Estamos frente a un embarazo infantil forzado cuando una niña (para este estudio, menor de 14 años) queda embarazada sin haberlo buscado o deseado y se le niega, dificulta, demora u obstaculiza la interrupción del embarazo.” (CLADEM, 2016, p.17)</p><p><br/></p><p>Bibliografía:</p><p>Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer [CLADEM]. Charotti, S. (coord) (2016). Niñas Madres. Embarazo y maternidad infantil forzada en América Latina y el Caribe. </p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://cladem.org/wp-content/uploads/2018/11/nin%CC%83as-madres-balance-regional.pdf">https://cladem.org/wp-content/uploads/2018/11/nin%CC%83as-madres-balance-regional.pdf&nbsp;</a></p><p><br></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-27 00:26:02 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Alina Piattelli </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><em>Sobre el derecho a ser escuchades, y la necesidad de respetar la subjetividad de cada Niños, niña, niñe, Adolescente en el proceso judicial que pueda estar atravesando, en este sentido, esta frase de  la Lic. Minicelli  plantea y el concepro de </em><strong><em>Operación Escucha </em></strong><em> “la operación de escuchar al NNA, implica ubicar su punto de vista en el proceso judicial. Requiere considerar sus recursos subjetivos, los cuales deben leerse acorde a su edad, a su relación con el lenguaje, a las posibilidades de expresión hablada o requerimientos de otras modalidades de escritura (grafismos, dibujo, juego, síntomas)” (Minicelli, 2018)</em></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-27 00:34:21 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Complejo Traumático. </title>
         <author>ceciliacespedes89</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2934818849</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-03-27 02:57:04 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Generos . Violencia en las infancias,malos tratos. Cuidados. Sistema Integral de Proteccion</title>
         <author>verovaldes00</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2934851400</link>
         <description><![CDATA[<p>Varias categorias me generan interrogantes respecto del proceso de intervencion.  Los malos tratos (incluido el castigo violento): Incluyen la violencia física, sexual y psicológica/emocional y el trato negligente a los lactantes, niños y adolescentes, ocasionados por madres/padres, cuidadores y otras figuras de autoridad, principalmente en el hogar, en la escuela y centros de cuidado residencial. La negligencia o trato negligente: Se define como la imposibilidad de cumplir con las necesidades físicas y psicológicas de les niñes para protegerles del peligro o para obtener atención médica, registro de nacimiento u otros servicios, aun cuando las personas encargadas de su cuidado tienen los medios, los conocimientos y el acceso a los servicios para hacerlo.  La violencia emocional o psicológica y ser testigos de la violencia: Incluye la restricción de los movimientos de un niño, la denigración, la ridiculización, las amenazas y la intimidación, la discriminación, el rechazo y otras formas no físicas de tratamiento hostil. Ser testigo de la violencia, puede implicar forzar a un niño a observar actos de violencia, o presenciar violencia incidental entre dos o más personas. La disciplina violenta: Está relacionada al maltrato infantil que incluye tanto la agresión psicológica como el castigo físico por parte de los padres, cuidadores y otras figuras de autoridad y se puede producir en el hogar, en la escuela y en otros entornos. La violencia doméstica: Implica la violencia por parte de la pareja o expareja. Afecta de manera desproporcionada a las mujeres. Habitualmente se produce contra las niñas en las uniones tempranas o en los matrimonios infantiles forzados.</p><p>Los aportes conceptuales hasta aca los tome de UNICEF.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-27 03:23:33 UTC</pubDate>
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         <title>Lic. Janet Hernández                   Adolescencia: cazadores de identidades. Entre las convulsiones identitarias y los devenires subjetivos. Capitulo 1 Hugo Lerner (Libro: Problemáticas adolescentes. Intervenciones en la clínica actual. Silvia Morici y Gabriel Donzino. (Comps.) 1ra edición Año 2017</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2935396616</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Identidad y adolescencia</strong></p><p>La adolescencia esta atravesada por huracanes emocionales que conmueven la identidad y el yo del sujeto. Es perentorio que los agentes de la salud mental, educadores, los padres y la sociedad toda aprendan a aguardar, acompañar, sostener y no caigan (como a menudo sucede) en psicopatologizar con liviandad, No debemos transformarnos en diagnosticadores a ultranza, cuando lo que esta transcurriendo muchas veces debe considerarse un proceso normal en este periodo de la vida. Un antídoto frente a este peligro se encuentra en el necesario e ineludible trabajo interdisciplinario.</p><p>La identidad, en esta etapa de la vida, se encuentra estremecida, inconsistente. La aspiración de ser un sujeto en el mundo tiene un apremio que no es asistido por el principio de realidad. Postergar la acción se vive frecuentemente como mortífero. “No se lo que quiero, pero lo quiero ya”, dice la letra de un rock de Sumo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-27 13:15:18 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>NEGLIGENCIA EMOCIONAL. </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2937690786</link>
         <description><![CDATA[<p>La negligencia emocional es una forma de maltrato infantil. No es fácil de detectar, ni de diagnosticar ya que los indicadores y/o síntomas que presenta el NNYA no se diferencia de las manifestaciones que acompañan a diversas patologías psicológicas – conductuales. Si bien esta afecta a todos los aspectos del funcionamiento del NNYA, lo hace de un modo tan impreciso y difuso que no facilita la detección, ni el diagnostico. Las situaciones de desprotección se producen dentro del ámbito familiar, sin atestiguantes presentes y, normalmente, sin indicadores aparentes. Se la detecta asociada a otras formas severas de malos tratos. A diferencia de otras tipologías del maltrato, esta ocurren a la vista de los demás. Es común que se preste poca atención a esta tipología de maltrato y se minimicen sus consecuencias.</p><p>La <strong>negligencia emocional</strong> implica la ausencia de un entorno adecuado que ofrezca resguardo y compresión así como la falta de alguna figura de apego primario que le permita al NNYA desarrollar capacidades emocionales y sociales estables y complejas con relación a su potencial propio. Abarca actos de acción como de omisión. La persona responsable puede no darse cuenta de las consecuencias que tienen en el NNYA su estilo de interacción, no es necesario que exista la motivación del adulto. Las consecuencias de este maltrato sin tratamiento persisten en la adultez.  </p><p>La negligencia emocional se interpreta como la negación de los cuidados psicológicos por parte de los padres, atención inapropiada a las necesidades de afecto del niño/a y ausencia de apoyo emocional (Mesa-Gresa &amp; Moya-Albiol, 2011). En etapas tempranas del neurodesarrollo, son las figuras parentales las que influyen en mayor medida en el desarrollo socioemocional infantil a través de la comunicación emocional y el establecimiento de vínculos afectivos, por lo que la presencia de negligencia emocional en este período puede suponer graves problemas sociales y emocionales. (Amar, Abello &amp; Tirado, 2005).</p><p><strong>Modalidades en que se expresa el maltrato emocional:</strong></p><ul><li><p>Rechazo hostil de manera verbal o no.</p></li><li><p>Desvalorización constante de manera verbal o no.</p></li><li><p>Denigración o ridiculización crónica.</p></li><li><p>Amenazas que infunden miedo.</p></li><li><p>Aislamiento que le impide al niño interactuar con pares .</p></li><li><p>Negar o restringir las respuestas emocionales.</p></li><li><p>Falta de expresión de emociones por parte del adulto a las interacciones de los NNYA y al fracaso en manifestarles emociones positivas.</p></li><li><p>Restricción de movimientos del niño.</p></li><li><p>tomar al niño como chivo expiatorio.</p></li></ul><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2024-03-29 18:16:41 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Qué es el abuso sexual contra un niño, niña o adolescente?</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>El abuso sexual ocurre cuando un niño es utilizado para la estimulación sexual de su agresor (un adulto conocido o desconocido, un pariente u otro NNyA) o la gratificación de un observador. Implica toda interacción sexual en la que el consentimiento no existe o no puede ser dado, independientemente de si el niño entiende la naturaleza sexual de la actividad e incluso cuando no muestre signos de rechazo. El contacto sexual entre un adolescente y un niño o una niña más pequeños también puede ser abusivo si hay una significativa disparidad en la edad, el desarrollo, el tamaño o si existe un aprovechamiento intencionado de esas diferencias. La interacción abusiva, que puede ocurrir con o sin contacto sexual, incluye: S Los manoseos, frotamientos, contactos y besos sexuales. S El coito interfemoral (entre los muslos). S La penetración sexual o su intento, por vía vaginal, anal y bucal aún cuando se introduzcan objetos. S El exhibicionismo y el voyeurismo. S Actitudes intrusivas sexualizadas, como efectuar comentarios lascivos e indagaciones inapropiadas acerca de la intimidad sexual de los NNyA. S La exhibición de pornografía. En ocasiones, disfrazada como “educación sexual”. S Instar a que los NNyA tengan sexo entre sí o fotografiarlos en poses sexuales. S Contactar a un NNyA vía internet con propósitos sexuales (grooming).</p><p>El abuso sexual contra los NNyA es una de las peores formas de violencia. Las víctimas sufren un daño irreparable a su integridad física, psíquica y moral. Se daña su derecho a la integridad, la intimidad, la privacidad y, principalmente, se vulnera el derecho a no ser expuesto a ningún tipo de violencia, abuso, explotación o malos tratos. Estos derechos se encuentran protegidos a nivel internacional por la Convención sobre los Derechos del Niño. A nivel nacional y provincial, en diversas normas, entre las que se destaca la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes. El abuso sexual es una forma de violencia previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, que en su artículo 647 prohíbe específicamente cualquier tipo de malos tratos o hechos que lesionen o menoscaben física o psíquicamente a los NNyA por parte de quien tenga a su cargo la responsabilidad parental. El abuso sexual, además, es un delito sancionado penalmente por el Código Penal de la Nación en su Título III “Delitos contra la integridad sexual” (artículos 118 a 133). Están previstos tres tipos de abuso sexual5. En primer lugar, el abuso sexual simple, que sucede cuando un NNyA es sometido a contactos sexuales, manoseos o tocamientos en las zonas íntimas con fines sexuales. Este tipo de contacto sexual se produce en situaciones en las que, o bien el consentimiento no está dado porque el hecho fue realizado mediante violencia, amenaza o abuso de poder, o bien no puede ser dado porque se cometió contra un niño o una niña que tiene menos de 13 años. En el segundo escenario el factor de la edad es muy importante, ya que el delito se configura sin necesidad de que el pequeño haya sido sometido en contra de su voluntad o haya existido abuso de poder. El segundo tipo de abuso previsto en el Código Penal es el abuso sexual gravemente ultrajante. Ocurre cuando la situación de abuso explicada precedentemente resulta, por su duración o debido a las circunstancias de su realización (tiempo, modo, lugar, medio empleado, entre otros factores) especialmente humillante y denigrante para la víctima. Son ejemplos de estos casos los actos sexuales realizados en público o ante la propia familia. El tercer tipo es el abuso sexual agravado por el acceso carnal, que ocurre cuando existe penetración por cualquier vía: vaginal, anal o bucal aún cuando se introduzcan objetos u otras partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías6.</p><p>Existen circunstancias agravantes del delito como el vínculo con el agresor: cuando quien comete el abuso es el padre, madre, padrastro, madrastra, abuelo, hermano, tutor, ministro de culto religioso, encargado de la educación o la guarda. A esto se suma el agravante por aprovechamiento de la situación de convivencia con los NNyA y el grave daño a la salud física o mental del NNyA como consecuencia del abuso. También está previsto como agravante que el agresor tuviera conocimiento de que es portador de una enfermedad de transmisión sexual grave y hubiere existido peligro de contagio -un agresor portador de HIV que no utiliza preservativo. Además, están previstas las situaciones en las que el abuso es cometido por dos o más personas, o a partir del amedrentamiento con armas, o por agresores que pertenecen a las fuerzas policiales y de seguridad. Finalmente, el artículo 120 establece el abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez sexual. Este caso ocurre cuando el abusador, que es un adulto, somete a un adolescente de entre 13 a 16 años a contactos sexuales gravemente ultrajantes o con acceso carnal por aprovechamiento de su inmadurez sexual.</p><p>GUIA PRACTICA PARA TOMAR ACCIONES Y PROTEGER SUS DERECHOS. UNICEF</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-11 20:33:49 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>rosifornara</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2952630204</link>
         <description><![CDATA[<p>La defensora de Niñas, Niños y Adolescentes, <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.pagina12.com.ar/405197-marisa-graham-el-desafio-es-poner-en-la-agenda-los-derechos-"><strong>Marisa Graham</strong></a>, advirtió por los riesgos de que el Poder Judicial utilice la figura conocida como el <strong>Síndrome de Alienación Parental</strong> (SAP) y destacó el <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.pagina12.com.ar/550647-la-onu-advierte-sobre-el-uso-del-sap-para-encubrir-la-violen">informe de la semana pasada de la ONU que va en esta misma dirección.</a></p><p>Entrevistada por <strong><em>AM750,&nbsp;</em></strong>la reconocida abogada explicó que el SAP es un “<strong>falso síndrome</strong>” de alienación parental que quiere decir que la palabra de los niños y niñas que son víctimas de maltrato y abuso intrafamiliar alinea su discurso con el de un adulto.</p><p>Tras la explicación, analizó: “Esto sería una manera de coartar la voz no solo de las mujeres a quienes los hijos e hijas les develan cosas, sino <strong>tapar la palabra de niñas y niños cuando sufren maltrato</strong>”.</p><p><strong>Graham </strong>señaló que es por este mismo motivo que no existe <strong>ninguna autoridad en el mundo</strong>, empezando por la OMS, que <strong>admita la alienación como un síndrome.</strong></p><p>“Para nosotros es fundamental que el informe de la relatora especial sobre violencia contra las mujeres y las niñas tome particularmente el caso, ya que <strong>borra la palabra síndrome</strong>, porque quedó demostrado que no existe, pero que en muchas causas judiciales hablan del tema”, apuntó.</p><p>Y puso el ejemplo de un <strong>chico de 17 años</strong>, “al que nadie puede decir que alguien lo pueda convencer de algo que no quiera”, que no quería ver a su papá, pero donde un juzgado decidió que no puede tomar en cuenta la voz de ese chico porque tenía sus <strong>recuerdos colonizados</strong>.</p><p>“<strong>En la Argentina queremos que se prohíba la utilización del síndrome de alienación parental, va en contra del derecho del niño a ser escuchado</strong>”, terminó explicando en un contexto en el que, cada tanto, aparece la noticia de juzgados donde se apela a este presunto síndrome.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-12 13:25:57 UTC</pubDate>
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         <title>Lamborizio Antonio Juan</title>
         <author>lamborizio</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2024-04-16 18:39:49 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>lamborizio</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2957309390</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>El maltrato y la violencia contra niñes/as/os, adolescentes y jóvenes</strong></p><p>&nbsp;</p><p>El maltrato infantil, que se define como cualquier forma de abuso o desatención que afecte a un menor de 18 años, abarca todo tipo de maltrato físico o afectivo, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otra índole que vaya o pueda ir en perjuicio de la salud, el desarrollo o la dignidad del menor o poner en peligro su supervivencia en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/child-maltreatment">https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/child-maltreatment</a></p><p>&nbsp;</p><p>Por maltrato infantil se entienden las formas de abuso y negligencia en el cuidado que sufren las personas menores de 18 años. Es un término general que abarca todo tipo de abuso físico, emocional o sexual, falta de cuidados, negligencia y explotación comercial o de otra índole que pueda causar daños reales o potenciales para la salud, la supervivencia, el desarrollo o la dignidad del niño o la niña en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.</p><p><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://iris.paho.org/bitstream/handle/10665.2/56312/9789275322949_spa.pdf?sequence=1&amp;isAllowed=y">https://iris.paho.org/bitstream/handle/10665.2/56312/9789275322949_spa.pdf?sequence=1&amp;isAllowed=y</a></p><p>&nbsp;</p><p>La violencia contra las niñas y los&nbsp;niños incluye la violencia física, sexual y emocional, así como el abandono y la explotación de menores de 18 años. La violencia contra las niñas y los niños puede ocurrir en el hogar y en la comunidad. Puede ser perpetrada&nbsp;por cuidadores, compañeros o extraños. Los tipos de violencia incluyen el maltrato infantil por parte de adultos en un puesto de responsabilidad, el acoso y las peleas físicas entre pares, la violencia sexual y la violencia en el noviazgo, así como el asalto asociado con la violencia entre pares y pandillas. La violencia contra los niños se solapa&nbsp;con la violencia juvenil. Puede comenzar entre los grupos de edad más jóvenes,&nbsp;luego escalar y continuar hasta la edad adulta.</p><p>&nbsp;<a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.paho.org/es/temas/violencia-contra-ninas-ninos#:~:text=La%20violencia%20contra%20las%20ni%C3%B1as%20y%20los%20ni%C3%B1os%20incluye%20la,por%20cuidadores%2C%20compa%C3%B1eros%20o%20extra%C3%B1os">https://www.paho.org/es/temas/violencia-contra-ninas-ninos#:~:text=La%20violencia%20contra%20las%20ni%C3%B1as%20y%20los%20ni%C3%B1os%20incluye%20la,por%20cuidadores%2C%20compa%C3%B1eros%20o%20extra%C3%B1os</a>.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-16 18:47:29 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>violencia correctiva </title>
         <author>vivianalarazap</author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2972208565</link>
         <description><![CDATA[<p>: las llamadas “violaciones correctivas” que constituyen una manifestación extrema del prejuicio contra la diversidad sexual y de género, y que son perpetradas especialmente contra mujeres lesbianas o bisexuales. La “violación correctiva” ha sido definida como un “delito de odio en el que una persona es violada debido a su orientación sexual o de género percibida, buscando que como consecuencia de la violación se ‘corrija’ la orientación de la persona o se consiga que ‘actúen’ de manera más conforme a su género”. Tras este delito se encuentra la concepción perversa y errónea de que el ser penetrada por un hombre convertirá a la mujer nuevamente en “normal”. La anterior Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Navi Pillay, señaló que la violación “correctiva” comúnmente combina “una falta de respeto fundamental hacia las mujeres que con frecuencia llega a constituir misoginia, con una homofobia profundamente arraigada. </p><p><br></p><p>UFEM | Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres. Jurisprudencia y doctrina sobre violencia sexual. MPF. Argentina.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-04-27 22:56:47 UTC</pubDate>
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         <title>Adultecentrismo y violencias. </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/lageneracioninefable/bzpssdy6bl0fc1kx/wish/2976554366</link>
         <description><![CDATA[<p>El adultecentrismo, es un concepto sociologico que se refiere a la "supremacia"/hegmonia de lxs adultxs por encima de las niñeces y adolescencia. Este concepto hace referencia a cualquier comportamiento, acción o lenguaje que limita o pone en duda las capacidades de niñxs y adolescentes, solamente por tener menos años de vida. Es una estructura de dominación donde las personas adultas ocupan un lugar de privilegio frente a niñxs y adolescentes, y se basa en la idea de que no están suficientemente capacitadxs, enunciando implícitamente que no tienen el mismo valor que lxs adultxs, que sería el modelo ideal de persona.</p><p>Esta concepción, es una construcción socio-histórica y política, con grandes aportes de la psicología que  afirmaba la limitación de lxs menores en su autonomía y toma de decisiones. </p><p>Podríamos volver a la etimología  de los términos infancia y adolescencia para dar cuenta de esto.</p><p>Invisibilizar/ desestimar  a las niñeces y adolescencia, por su edad, sin pensar las representaciones sociales que estas tienen y las consecuencias en su vida, es una forma de violencia estructural que regula las relaciones intergeneracionales</p><p>Bibliografia: </p><p>- “Niñez en movimiento. Del adultocentrismo a la emancipación” (2020) de Santiago Morales y Gabriela Magistris, editado en Buenos Aires por El colectivo, el Chirimbote y Ternura Revelde.</p>]]></description>
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         <pubDate>2024-05-01 12:51:24 UTC</pubDate>
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