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      <title>Estado de la RF de Brasil by Erika Gabriela LopezArteaga</title>
      <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92</link>
      <description>Caso Pimentel vs. Brasil</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2018-06-26 19:29:16 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-10-20 14:33:53 UTC</lastBuildDate>
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         <title>¿Qué factores o condiciones el ambiente pudieran haber causado su muerte?</title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268641455</link>
         <description><![CDATA[<div>1.&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;La muerte&nbsp; se debió a causas ajenas a la maternidad (fue por una hemorragia digestiva). Rechazamos un incumplimiento en nuestro compromiso de reducir la mortalidad materna y una falla sistémica ya que aplica diversas medidas para ello. Se ha priorizado la salud de la mujer. Los datos muestran reducción de la mortalidad materna. Señalamos “que se están elaborando diversas políticas públicas que tratan de las necesidades específicas de las mujeres, particularmente de las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. En esas políticas se aborda la cuestión relativa a la igualdad entre hombres y mujeres. Consideramos que la queja se refiere a la falta de acceso a la atención médica, en la medida en que la comunicación no establece ningún vínculo entre el género de la paciente y los posibles errores médicos cometidos” (p 11) No existen datos recolectamos que indiquen este accionar.&nbsp;</div><div>En este sentido podrán mencionar los tiempos, pero dada la complejidad de la acción civil, la causa no se ha prolongado más allá del plazo normal.&nbsp; “La situación actual de la administración de la justicia en América Latina produce una gran frustración, pero también ofrece una gran oportunidad.” “ La legitimación democrática que pretende la mayoría de los países del área, y los esfuerzos que hacen para gobernarse dentro de esos cánones, favorecen las iniciativas para lograr el fortalecimiento de los poderes judiciales, tanto a través de su independencia funcional, como de su modernización legislativa y de la capacitación de sus miembros” ( Méndez, Acceso a la Justicia y a la Equidad, 2000, pág 3)<br><br></div><div>la Secretaría Estatal de Salud de Río de Janeiro, llegó a la conclusión de que la muerte de la Sra. da Silva Pimentel Teixeira se debió a causas ajenas a la maternidad y que la probable causa de la muerte fue una hemorragia digestiva.&nbsp; El Ministerio de Salud ha pedido al Departamento Nacional de Auditoría del sistema de salud que realice una visita técnica a las municipalidades de Belford Roxo y Nova Iguaçu, Río de Janeiro, para reunir información sobre los hechos del caso y determinar posible negligencia médica o error en la atención prestada a la madre embarazada"<br>Además reafirmamos nuestro compromiso la defensa de los derechos de las mujeres y por la poblaciones más vulnerables de nuestro país y repudiamos cualquier forma de discriminación contra la mujer y la población afroamericana.<br>Dada las consecuencias que ha triado la muerte de la Sra., en su familia y su hija, el Estado Brasilero se compromete a velar por los derechos de la pequeñita.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-26 19:48:00 UTC</pubDate>
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         <title>AMPLIACIÓN DE ARGUMENTOS:                      ¿De qué nos hacemos cargo? </title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268641541</link>
         <description><![CDATA[<div>"El 28 de Febrero de 2014, el Comité de la CEDAW aprobó un acuerdo entre el Gobierno Brasilero y el Centro de Derechos Reproductivos, como representante de la familia de Alyne, respecto de la compensación económica que sería pagada a la madre de Alyne. Las reparaciones individuales para la hija de Alyne todavía se encuentran pendientes. El Comité de la CEDAW también determinó que el seguimiento del cumplimiento de las demás recomendaciones continuará, especialmente respecto de las reparaciones de la hija de Alyne.<br><br></div><div><strong>“El Gobierno Brasilero está dando un paso importante al reconocer que el sistema de salud le falló a Alyne y a otras mujeres brasileras vulnerables”, dijo Mónica Arango, directora regional para América Latina y el Caribe del Centro de Derecho Reproductivos. “Aún queda un camino por recorrer para que se provean reparaciones económicas a la hija de Alyne y para que se creen políticas públicas que mejoren los servicios de salud materna para todas las mujeres sin discriminación.”<br></strong>El Estado Brasileño rechaza cualquier forma de discriminación hacia la mujer y hacia un grupo en particular, como es la población afroamericana de nuestro país. Desde 1995 el Estado reconoce que sufría un problema grave de racismo y a partir de ese momento nos embarcamos hacia una transformación de una democracia racial hacia el Estatuto de la Igualdad racial.<br><br></div><div>En 1995, un reporte oficial realizado por los delegados del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas afirma que si bien oficialmente el racismo no existe en el país, "es necesario adoptar medidas de investigación y políticas para cerrar el círculo vicioso de discriminación y negación de la naturaleza racial de la desigualdad".&nbsp; En el 2003 se crea la Secretaría Especial de Políticas de Promoción de la Igualdad Racial (SEPPIR). La tarea más importante que esta secretaría lleva adelante es el estudio para poner en práctica la igualdad racial en la educación. Sus resultados fueron publicados como la "Política Nacional para la Promoción de la Igualdad Racial".&nbsp; Al correr el año 2005, el Senado de la República aprueba por unanimidad el Estatuto de la Igualdad Racial, que se establecen políticas afirmativas en todos los niveles de las instituciones públicas. Este proyecto, de alcances todavía incalculables por la magnitud de los cambios que implica. Es decir, se han emprendido acciones afirmativas para una población históricamente invisibilizada.<br><br>Infraestructura:&nbsp;<br>Adherimos y consensuamos que la dist geografica equitativa de las instalaciones de atención obstétrica y de emergencia son necesarias y las pruebas muestran que estas instalaciones no estaban distribuidas equitativamente.&nbsp;<br>Debemos asumir un mayor esfuerzo en generar tal como lo pide la CN mayor infraestructura entre pueblos, dado que este factor&nbsp; es un punto endeble en nuestra gestión como garantes de salud pública que ha tenido peso en la cadena de responsabilidades en el caso citado. "La distribución geográfica equitativa de las instalaciones de atención obstétrica de emergencia (cuatro instalaciones de atención obstétrica de emergencia básicas y una instalación de atención obstétrica de emergencia general por cada 500.000 personas)" y "Las pruebas muestran que las instalaciones de atención obstétrica de emergencia no están distribuidas de manera geográficamente equitativa "</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-26 19:49:07 UTC</pubDate>
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         <title>¿Qué cosas no nos competen?</title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268641556</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2018-06-26 19:49:19 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268641635</link>
         <description><![CDATA[<div>Por lo tanto, y aquí nos dirigimos a los damnificados y CEDAW:<br><br></div><div>1.     No hubo discriminación por afrobrasileña según auditoría del sist. de salud; la discriminación puede haber contribuido pero no decisivamente a los hechos. En nuestro Plan Nacional comprendemos la  promoción de cuidados obstétricos particularmente para mujeres afrobrasileñas e indígenas. Entonces “ Los argumentos presentados para justificar la discriminación (por género y por grupo étnico) se vinculan con tasas y porcentajes de mortalidad materna, pero no se presenta en el caso evidencia concreta de negación de atención por ser mujer o afrodescendiente, verbalizaciones y/o trato directo discriminatorio en el proceso de consulta y atención de salud ."El caso describe una posible falla en la prestación de asistencia médica por una institución de salud privada, indicando errores en los mecanismos utilizados para contratar servicios de salud privados y, por extensión, en su inspección y control, y no una falta de determinación por parte del Estado de combatir la discriminación contra la mujer"<br><br></div><div>Reiteramos para la Auditoría de Rio de Janeiro y del Sistema de Salud) :"Las fallas en la asistencia médica prestada a la Sra. da Silva Pimentel Teixeira, no constituyeron discriminación contra la mujer, sino más bien la prestación de servicios deficientes y de baja calidad a la población, que resultó en los hechos"  Y aquí consensuamos que en necesaria la intervención del Estado en el ámbito privado, sin embargo entendemos que en los tiempos globalizadores que corren que dichos espacios poseen una libertad en su accionar por las decisiones políticas de los gobiernos.  <br>Por lo tanto reafirmamos que la muerte se trató de negligencia médica y por ineficiencias de una institución privada, y no una discriminación a la mujer y a la población afroamericana, e<br>esta es una problemática que afecta a nuestras instituciones judiciales a la hora de tener que llevar a cabo una sentencia, la protección de los derechos colectivos o intereses difusos. Es una característica de estos intereses difusos, justamente su carencia de una titularidad individual, de ahí la necesidad de abrir espacios, ya sea dentro de administración de justicia, o en medios alternativos especiales para su reclamación y defensa. </div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-26 19:50:25 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268641635</guid>
      </item>
      <item>
         <title>EXPOSICIÓN DE ARGUMENTOS:              Posición del Estado en el Dictamen del Comité (D/ CEDAW, de 25 de julio 2011):</title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268642029</link>
         <description><![CDATA[<div>Como representante del estado se encuentra la secretaria de Salud de Rio de Janeiro.&nbsp;<br><br></div><div>1. Reconoce que es nuestra responsabilidad controlar los servicios de asistencia de salud privada (la mujer se atendió en uno). Que hubo fallas, pero son atribuibles al Centro privado, no al Estado. &nbsp;<br><br>La secretaria adhiere que la garantía a la salud de los ciudadanos está en los art 6 y 196 de la Const Federal de Brasil y establece alli que los derechos subjetivos de los individuos el Estado tiene obligaciones positivas y negativas, sin embargo los centros privados tienen autorización a prestar asistencia a la salud; y las municipalidades tienen resp unica sobre los servicios dirigidos a la población. El ambito de accion del Estado tiene obligaciones más amplias que el prescripto para el sector privado ; pero las medidas en materia de salud y medidas para supervisar la accion de los centros privados corresponden a las esferas políticas.&nbsp;<br><br></div><div>2. La muerte&nbsp; se debió a causas ajenas a la maternidad (fue por una hemorragia digestiva). Rechazamos la acusación de  un incumplimiento en el compromiso de reducir la mortalidad materna y una falla sistémica ya que aplicamos diversas medidas para ello. Se ha priorizado la salud de la mujer. Los datos muestran reducción de la mortalidad materna.<br><br></div><div>3. No hubo discriminación por afrobrasileña según auditoría del sist. de salud; la discriminación puede haber contribuido pero no decisivamente a los hechos. El Plan Nacional comprende promoción de cuidados obstétricos particularmente para mujeres aforbrasileñas e indígenas.&nbsp;<br><br>4. Los argumentos presentados para justificar dicha discriminación si bien se vinculan con estadisticas de muerte materna no se evidencian por ser mujer o ser afrodescendiente. Tampoco se han detectado verbalizaciones o trato discriminatorio en la consulta o en la internación. Se evidencian fallas en la atención medica de un centro privado en la baja calidad de sus servicios de salud. Es entendible sin embargo que el Estado tiene un control sobre estas instituciones pero no en su totalidad ya que las mismas dependen de esferas políticas.<br><br>Para la auditoría realizada las fallas en la atención a la sra Da Silva no constituyeron una atención discriminatoria contra la mujer sino en la prestacion de serv deficientes y de baja calidad.&nbsp;<br>Consensuamos de todas maneras con las partes que es necesaria la interv del estado en el ambito privado pero dichos espacios a la vez tienen libertada de accionar y ellas dependen de políticas ajenas a los gobiernos que no podemos dejar de soslayar cuando se nos imputan responsabilidades.<br><br></div><div>4. Dada la complejidad de la acción civil, la causa no se ha prolongado más allá del plazo normal.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-26 19:56:04 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268642521</link>
         <description><![CDATA[<div>2. Creo que en parte lo que nos duele como estado siempre es que un organismo internacional venga a señalarnos. &nbsp;<br>Errores en implementación de políticas las hay siempre, y es por eso que como estado necesitamos probar que no fue discriminiación por raza, clase o género.<br><br>3. Creo también que debiésemos estudiar más el rol de la OSC y los centros médicos privados. &nbsp;<br>Como estado proveemos del espacio habilitan, pero no controlamos las acciones de todas las personas.&nbsp; Podemos aceptar que pudiéramos hacer más que asegurarnos que el personal médico de todo centro de salud siempre esté capacitado al 100%, pero no podemos controlar si un centro médico, especialmente los privados, no cuentan con un buen sistema de reclutamiento y selección de personal, y/o de capacitación/adiestramiento.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-26 20:02:55 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>por qué no verificaron  que la historia clínica y toda la documentación fuera al hospital público</title>
         <author>gracielagrosas</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268753736</link>
         <description><![CDATA[<div>Durante los 6 meses de gestación, hicieron algún reclamo odenuncia sobre la mala atención que recibían? </div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-27 16:22:03 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268756597</link>
         <description><![CDATA[<div>Con respecto a la duración del proceso judicial, afirmamos que dada la complejidad de la acción civil, que comprende a más de un demandado y requiere pericias de expertos, la causa no se ha prolongado más allá del plazo normal de este tipo de actuaciones judiciales .<br><br></div><div>No obstante, admitimos que<br><br></div><div>&nbsp;“La situación actual de la administración de la justicia en América Latina produce una gran frustración, pero también ofrece una gran oportunidad.” “ La legitimación democrática que pretende la mayoría de los países del área, y los esfuerzos que hacen para gobernarse dentro de esos cánones, favorecen las iniciativas para lograr el fortalecimiento de los poderes judiciales, tanto a través de su independencia funcional, como de su modernización legislativa y de la capacitación de sus miembros” ( Méndez, Acceso a la Justicia y a la Equidad, 2000, pág 3)<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-27 16:56:23 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>En qué evidencia se basan para argumentar que hubo discriminación por genero?</title>
         <author>cintiagg</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268787912</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2018-06-27 22:45:36 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>A CEDAW</title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268794072</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Nos gustaría conocer los hechos se basa para aseverar que la muerte fue ocasionada por el embarazo y no por un problema digestivo ya que la Auditoría de Salud fue contundente al afirmar que no fue por causa materna ni hubo evidencia de discriminación por genero o raza.</div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-27 23:55:45 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>A LA AUTORA</title>
         <author>erika_lopez4</author>
         <link>https://padlet.com/erika_lopez4/bsc23n4i7x92/wish/268800811</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Le pedimos nos dé detalles de las revisiones médicas prenatales que recibió su hija. &nbsp;<br><br>2. El estado brasileño reconoce que hay insuficiencia en los servicios y en las inversiones, pero no es por desinterés en su población.&nbsp; Destinamos entre el 2 y 3% del PIB a gastos de salud.¿Conoce las cifras de inversión hospitalaria en otros países? Es fácil señalar de forma descontextualizada porque AL tiene determinados indices de inversión en salud en el PBI. Además, datos de la OMS confirman que hemos disminuido las muertes por maternidad en un 43% entre 1990 y 2013<br><br><br>&nbsp;<br>3. Si tan grave estaba Alyne, ¿qué hacía sola en el hospital? Se buscaron medios para alertar a alguna dependencia estatal sobre la situación?<br><br>4. Está al tanto de cuales son los tiempos normales previstos para un caso de este estilo? Nos señalan la demora que lamentamos pero se encuentran en los tiempos regulares de esta complejidad. Dada la complejidad de la acción civil, que comprende a más de un demandado y requiere pericias de expertos, la causa no se ha prolongado más allá del plazo normal de este tipo de actuaciones judiciales .No obstante, admitimos que<br>La situación actual de la administración de la justicia en América Latina produce una gran frustración<br>&nbsp;<br><br>5. ¿Por qué esperar hasta que suceda una fatalidad para denunciar? Si la atención era deficiente, seguramente lo fue en diferentes momentos.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2018-06-28 01:13:10 UTC</pubDate>
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