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      <title>Actividad 3. La Constitución y sus reformas by GABRIELA LUNA RODRIGUEZ</title>
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      <description>Hecho por Gabriela Luna Rodriguez </description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2020-07-14 00:14:53 UTC</pubDate>
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         <title>LA CONSTITUCION </title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>CONCEPTO FORMAL <br>Una constitución es un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social. Se llama así porque integra, establece, organiza, <em>constituye</em> las normas que rigen a la sociedad de un país.<br>creando poderes constituidos.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:18:04 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>Después de que Venustiano Carranza derrotara a las fuerzas zapatistas y villistas, pudo convocar a un Congreso. <strong>La intención era corregir las fallas que había en la </strong><a href="https://www.mexicodesconocido.com.mx/constitucion-de-1857.html"><strong>Constitución de 1857</strong></a><strong> y dictar una nueva que velara por los intereses de todos los mexicanos, sobre todo de los más vulnerables.</strong> Para ello, el conocido como <strong>Congreso</strong> <strong>Constituyente</strong>, se formó con gente que provenía de distintos sectores sociales en <strong>1916</strong>CONCEPTO MATERIAL<br><br>Una constitución material se define de acuerdo con sus reglas y contenido, en lugar de un texto o documentos específicos. Por lo tanto, una constitución material es un conjunto de reglas que se pueden agrupar en un solo documento, pero no necesariamente<br><br>ORIGEN<br> Las Constituciones se diferencian también en función de su origen político: pueden ser creadas por contrato entre varias partes, por imposición de un grupo a otro, por decisión soberana.<br><br>La Constitución de 1917 fue promulgada el 5 de febrero del mismo año y trajo consigo el establecimiento de garantías sociales que fueron herencia y al mismo tiempo pusieron fin al periodo de la Revolución Mexicana. <br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:19:29 UTC</pubDate>
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         <title>CLASIFICACIONES </title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>POR SU FORMA JURÍDICA: </strong>Nos referimos a que las constituciones de forma jurídica pueden ser codificadas o dispersas.<br><br></div><div><strong>— CONSTITUCIONES CODIFICADAS: </strong>Como su nombre lo indica, son aquellas que <strong>están escritas en un volumen o código.</strong> Ejemplo: Constitución Mexicana y la mayoría de los países en Hispanoamérica.<br><br></div><div><strong>— CONSTITUCIONES DISPERSAS: </strong>Debido al orden político y jurídico de los países que cuentan con este tipo de constitución, son aquellas que no se  originan en un momento determinado del tiempo, sino que más bien son producto de una modificación continua derivado de la evolución social y política del citado país, por lo que <strong>no se encuentran plasmadas en un código, sino que son una variedad de estatutos y decisiones jurídicas.</strong> Ejemplo: Constitución Inglesa y algunos de las constituciones de los países anglosajones.<br><br></div><div><strong>B).- POR SUS REFORMAS: </strong>Son las constituciones que derivado de sus características pueden ser rígidas o flexibles.<br><br></div><div><strong>— CONSTITUCIÓN RÍGIDA: </strong>Son las que exigen un procedimiento especial, <strong>se requiere de un órgano específico</strong> (poder constituyente aunque en otros países se le puede dar una denominación distinta), <strong>quien está facultado por la misma constitución para realizar las reformas correspondientes.<br></strong><br></div><div><strong>— CONSTITUCIÓN FLEXIBLE: </strong>A diferencia de la anterior, la constitución flexible <strong>no requiere de un órgano en específico que desarrolle las reformas, sino que el poder legislativo general o común, puede desarrollar dichas modificaciones.<br></strong><br></div><div><strong>C).- POR SU NACIMIENTO: </strong>De acuerdo a las situaciones históricas, políticas y sociales, el nacimiento de una constitución puede ser otorgada, impuesta o pactada.<br><br></div><div><strong>— CONSTITUCIÓN OTORGADA: </strong>Estas se le otorgan al pueblo por concesión del titular del Poder Soberano. Ejemplo: Un Monarca, como fue el caso de la Carta Constitucional de Luis XVIII del 4 de junio de 1814.<br><br></div><div><strong>— CONSTITUCIÓN IMPUESTA: </strong>A diferencia de las anteriores, es el propio pueblo quien las impone al titular del Poder Soberano. Ejemplo: Constitución de Cádiz de 1812, que reconoció Fernando VII en 1820.<br><br></div><div><strong>— CONSTITUCIÓN PACTADA: </strong>Son las más comunes en Latinoamérica y gran parte del mundo, producidas por luchas sociales, donde se aportan ideas y principios que moldean una constitución pro sociedad. Ejemplo: La Constitución Mexicana y la mayoría de las constituciones en el mundo.<br><br></div><div>Cabe destacar que si analizas alguna constitución de algún país, esta tiene características de alguna o algunas de las clasificaciones antes mencionadas.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:33:47 UTC</pubDate>
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         <title>CONCEPTO </title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>El Poder <strong>Constituyente</strong> es aquel que tiene la facultad para establecer la Constitución Política del <strong>Estado</strong>, y se encuentra radicado en el pueblo o Nación<br>Es la denominación del <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Poder_pol%C3%ADtico">poder</a> que tiene la atribución de establecer la <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n">norma fundamental</a> de un <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Ordenamiento_jur%C3%ADdico">ordenamiento jurídico</a>, definiendo la forma de gobierno o la forma de estado de un estado.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:44:36 UTC</pubDate>
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         <title>ORIGEN </title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>El Poder Constituyente originario tiene como titular al pueblo o a la comunidad, porque es la colectividad toda la que debe proveer a su organización política y jurídica al momento de crearse el estado, esta noción responde a la búsqueda de la legitimidad en el uso del Poder Constituyente originario.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:46:22 UTC</pubDate>
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         <title>CLASIFICACIONES</title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>El <em>poder constituido</em> es el que ejerce regularmente el Estado, por medio de las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, teniendo como límite inexcusable el respeto a la Constitución.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:48:07 UTC</pubDate>
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         <title>SOBERANIA</title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>La <strong>soberanía</strong> es el <strong>poder</strong> supremo del Estado, en virtud del cual esta formación social, jurídica y política, no se somete ni reconoce otro <strong>poder</strong> superior a su propio capacidad de ser y actuar por si mismo y en forma autónoma.</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:49:58 UTC</pubDate>
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         <title>SOBERANIA </title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>La <strong>soberanía</strong> nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene, en todo tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de gobierno</div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:50:35 UTC</pubDate>
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         <title> Diferencias entre el poder constituyente y los poderes constituidos</title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>El <em>poder constituyente originario</em> es aquel que tiene lugar cuando se dicta la primera Constitución del Estado o la Constitución que sucede a un proceso revolucionario, siendo esencialmente incondicionado en procedimiento y contenido (a excepción de lo que surja de pactos o convenios pre-constituyentes reconocidos como tales por los autores de la Norma Fundamental). <br><br>los poderes constituidos.<br>El <em>poder constituido</em> es el que ejerce regularmente el Estado, por medio de las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, teniendo como límite inexcusable el respeto a la Constitución”<br><br><br></div><div><strong><br></strong><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:51:27 UTC</pubDate>
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         <title>El poder constituyente crea el estado , reconoce los derechos humanos y sus garantias y establece los poderes del estado.</title>
         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[<div>El poder constituido son los poderes del estado , poder legislativo . poder ejecutivo y poder judicial son los poderes constituidos por el poder constituyente. <br>por ello y para terminar su integracion y competencia el poder constituido se encuentra en un escalon por debajo de su creador. </div>]]></description>
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         <pubDate>2020-07-14 00:58:12 UTC</pubDate>
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         <author>116190156</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <author>116190156</author>
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