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      <title>MATANZA EN BARRIOS ALTOS by Itamar Flores</title>
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      <description>Pollada bailable se convierte en fiesta de sangre y deja familias de luto.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-06-21 15:46:57 UTC</pubDate>
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         <title>IMPACTO DEL CASO</title>
         <author>deuskiller7</author>
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         <description><![CDATA[<div>- Junto con el caso de la Cantuta, este caso contribuyo para que se puedan formular cargos en contra del expresidente del Perú Alberto Fujimori, ya que se tenia conocimiento de que se encontraba involucrado en varios casos de violación de derechos humanos en su redimen.<br>- Se revelo el ambiente de impunidad en el que vivieron los perpetradores de esta y otras masacres durante el tiempo de conflicto armado en el Perú.<br>- La CIDH rechaza las leyes de amnistía que protegían a los perpetradores, por lo que forma un precedente que se alza en contra de la practica de la impunidad en las Américas.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 15:52:53 UTC</pubDate>
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         <title>                HISTORIA </title>
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         <description><![CDATA[<div>El 3 de noviembre de 1991, en el Jirón Huanta No. 840 de Barrios Altos, seis miembros del Grupo Colina asesinaron a 15 personas y dejaron a otras 4 con heridas graves, mientras celebraban una pollada para recaudar fondos con el fin de reparar algunas tuberías de desagüe.</div><ul><li>Los sobrevivientes declararon que las detonaciones sonaban "apagadas", lo que permite suponer que utilizaron silenciadores. Durante la investigación, la policía encontró en la escena del crimen 111 cartuchos y 33 proyectiles del mismo calibre, correspondientes a pistolas ametralladoras.</li></ul>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 15:59:07 UTC</pubDate>
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         <title>DERECHOS VULNERADOS</title>
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         <description><![CDATA[<div>Llevado el caso ante la CIDH, el cual consideró que las leyes que conducen a la indefensión de las víctimas y a la perpetración de la impunidad, eran manifiestamente incompatibles con la letra y el espíritu de la Convención Americana, no siendo admisible el allanamiento realizado por el Estado Peruano, por lo que decide admitir el reconocimiento de responsabilidad internacional efectuado por el Estado Peruano y declarar que éste violó el derecho a la vida e integridad física de los muertos y heridos en el caso “Barrios Altos”, así como derecho a las garantías judiciales y protección judicial. Las declaraban incompatibles con la Convención, careciendo de efectos jurídicos, debiendo el Estado Peruano de investigar los hechos para determinar a las personas responsables, violadores de derechos humanos por dicho caso, así como divulgar públicamente los resultados de la investigación y se sancionen a los responsables.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 16:07:52 UTC</pubDate>
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         <title>CASO BARRIOS ALTOS</title>
         <author>floresitamar96</author>
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         <description><![CDATA[<div>A las 10 y 30 de la noche, dos camionetas Cherokee con circulinas llegaron abruptamente al lugar. De los vehículos bajaron ocho sujetos con pasamontañas: eran los agentes del Grupo Colina, al mando del general Santiago Martin Rivas.<br>Dos de los agentes se quedaron en la puerta mientras que los otros seis ingresaron hasta el patio donde se realizaba la actividad. Redujeron a los asistentes y una vez en el piso, les dispararon a quemarropa. El saldo: 15 personas muertas, entre ellas un niño de 8 años de edad, y 4 heridos de gravedad.<br>Sangre, confusión y terror. En un inicio, nadie sabía quién había perpretado la horrenda masacre. Al principio, se le atribuyó la autoría a Sendero Luminoso, sin embargo después se barajó la posibilidad de que efectivos del orden hayan estado involucrados, algo que fue desmentido por los ministros de Defensa e Interior de la época.<br>Años después, durante el juicio oral a los integrantes del Grupo Colina por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, se supo que los agentes habían recibido información de un efectivo infiltrado en Sendero Luminoso sobre la realización de una pollada en la cual iban a participar altos mandos terroristas. Sin embargo, el Poder Judicial dictaminó que ninguna de las víctimas estaba vinculada al grupo subversivo.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 16:10:59 UTC</pubDate>
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         <title>No al terrorismo </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>Finalmente, estamos ante hechos que no solo son repudiables, sino que no trajeron efecto positivo alguno para la lucha contra Sendero Luminoso y el MRTA. Como la misma historia nos enseñó, fue con inteligencia policial, sin vulnerar derechos fundamentales, que se pudo lograr la desarticulación de las dos organizaciones subversivas que cometieron tantos crímenes contra nuestros compatriotas. Lo ocurrido hace un cuarto de siglo debe recordarse como un símbolo de aquello que jamás debe hacerse para enfrentar a la criminalidad y al terrorismo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 16:17:49 UTC</pubDate>
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         <title>DECLARACIONES</title>
         <author>floresitamar96</author>
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         <description><![CDATA[<div>*Tomás Livias Ortega (sobreviviente) dice:<br>"Soy sobreviviente de matanza de Barrios Altos. Tengo 27 balas en mi cuerpo. Me ofrecieron 2000 soles x callar".</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 16:23:07 UTC</pubDate>
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         <title>DECLARACIONES</title>
         <author>floresitamar96</author>
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         <description><![CDATA[<div>Rosa Rojas la madre de Javier Ríos Rojas el niño de 8 años asesinado de 11 balazos junto a 14 personas en la matanza de Barrios Altos en 1991 le pidió hoy al abogado de Alberto Fujimori, César Nakazaki, a que pruebe con pruebas documentales que su hijo era terrorista.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 16:29:46 UTC</pubDate>
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         <title>Conclusión  final </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>Ante casos de violación de derechos humanos como lo expuesto, se debe superar la barrera que permitan la impunidad, considerando siempre los principios concurrentes o derechos fundamentales de la víctima, esto es el derecho de saber o conocer la verdad, el derecho a que se le haga justicia y a una debida reparación por los daños irrogados.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-21 16:31:41 UTC</pubDate>
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