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      <title>Derecho  by </title>
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      <description>Estas list@</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-09-29 17:23:06 UTC</pubDate>
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         <title>&#39;&#39;Derecho prehispánico&#39;&#39;. </title>
         <author>Mayte_Flota</author>
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         <description><![CDATA[<div>Es todo aquello sistema normativo que regían las sociedades americanas antes de la llegada de los europeos, y que iban desde tradiciones y costumbres no escritas a complejos y elaborados sistemas legales en sociedades tan diversas y organizadas como las que habitaron Mesoamérica.<br>Las culturas mesoamericanas compartían algunas similitudes en sus estructuras sociales y políticas: las ciudades estados y los imperios están bajo el control de una familia, apoyada por una clase sacerdotal y una clase noble o aristocrática, de donde se derivaba en muchos casos una clase guerrera.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-29 17:33:50 UTC</pubDate>
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         <title>La nueva España y sus legislaciones.</title>
         <author>vaneyunuenh</author>
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         <description><![CDATA[<div>El virreinato de Nueva España fue una entidad territorial integrante del Imperio español, establecida por la Corona durante su dominio en el Nuevo Mundo, etapa conocida como período colonial mexicano.<br>Esto dio inicio a una nueva forma de vida<br>que habría de prolongarse trescientos años. Los conquistadores establecieron como leyes fundamentales, aquellas que regían a la nación española y las que fueron creadas específicamente para aplicarse en la Nueva España.<br>Por ejemplo, estas son algunas legislaciones de la época colonial:</div><blockquote>-Bulas Alejandrinas<br>-Leyes de las Partidas<br>-Leyes de Toro<br>-La Nueva Recopilación y la Novísima Recopilación</blockquote>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-29 17:40:58 UTC</pubDate>
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         <title>México independiente y sus leyes.</title>
         <author>vaneyunuenh</author>
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         <description><![CDATA[<div>Consumada la guerra de Independencia, la nueva nación mexicana se encontró con<br>la problemática de no contar con una ley fundamental que la rigiera. Por tal motivo,<br>durante sus primeros años de libertad, se continuaron aplicando las leyes españolas, las cuales resolvieron las problemáticas que se originaban dentro del<br>territorio nacional.<br>Cabe señalar que durante este periodo, también por los independentistas, se emitieron<br>legislaciones que tenían como finalidad convertirse en leyes generales de la nación<br>mexicana; tales como los decretos que publicó Miguel Hidalgo en los que abolía la<br>esclavitud, los impuestos de las castas, etc.<br>No obstante que el inicio del movimiento revolucionario de 1910 está respaldado por argumentaciones<br>predominantemente políticas, enfocadas en la no reelección de Porfirio Díaz como presidente de la República, y a los&nbsp; problemas de naturaleza social y económica en nuestro país, que fueron surgiendo en los años siguientes a la caída del dictador. Esto sucedió prácticamente al<br>comienzo del movimiento, con la fuerza suficiente para prevalecer como razones esenciales de la lucha armada,<br>la cual desembocó en la creación de un nuevo orden jurídico para México que busca otorgar justicia social a las<br>clases económicamente más desprotegidas, el cual quedó plasmado en la Constitución de 1917.<br> </div>]]></description>
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         <pubDate>2023-09-29 17:41:13 UTC</pubDate>
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         <title>Derecho maya </title>
         <author>Mayte_Flota</author>
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         <description><![CDATA[<div>La civilización maya existió por dos milenios antes de la llegada de los españoles; y se expandieron a lo largo de toda Centroamérica y se cree que tuvieron contacto con las civilizaciones que habitaban la parte norte de Mesoamérica mediante relaciones comerciales.<br>Las leyes de los mayas eran aprobadas por el <em>halach uinic</em>, o líder supremo; en caso de no existir uno en el momento, el concejo de la ciudad era el encargado de hacerlo y los jefes locales de las aldeas eran los responsables de hacer cumplir las leyes. Los mayas legislaron también derechos para la propiedad, y los sistemas se asemejaban a los que se usaron en la época de la colonia en América. </div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-03 23:28:20 UTC</pubDate>
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         <title>Derecho Azteca </title>
         <author>Mayte_Flota</author>
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         <description><![CDATA[<div>El derecho Azteca se refiere a todas las leyes y el sistema de justicia que empleaba la tribu conocida como mexica, a la cual se le refiere más comúnmente como azteca.<br>&nbsp;Las leyes giraban en torno a la tradición:&nbsp;</div><blockquote><strong>-Sentencias ederitarias:</strong> estas eran heredadas de generación en generación y, con base en estas se creó un sistema intricado.<br><strong>-Código de Nezahualcoyotl:</strong> el sistema legal azteca tomó una forma definida cuando el gran líder de los texoco, Nezahualcoyotl, escribió un código de 80 estatutos que tenía como objetivo mejorar el sistema legal y establecer un mayor orden en la sociedad de la época.<br><strong>-Pena de muerte:</strong> los aztecas consideraban muchos crímenes lo suficientemente importantes como para ser castigados con la pena de muerte y los robos eran considerados crímenes particularmente serios.&nbsp;</blockquote>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-03 23:29:16 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>&quot;El hombre y la sociedad&quot;</title>
         <author>Maria810Botello</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2731060720</link>
         <description><![CDATA[<div>En razón de su naturaleza, el hombre requiere vivir en sociedad. A su vez, esta interacción requiere necesariamente de normas que la regulen, para hacer posible la convivencia armónica del grupo social.<br><br>A este conjunto de normas que reglamentan las relaciones de los hombres se le conoce como Derecho, que proviene del latín "directum", es decir, conforme a la regla. De esta manera podemos definir el Derecho como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad.<br><br>Lo anterior significa que las normas son reglas de conducta que nos imponen un determinado modo de actuar o de abstenernos de hacer o no hacer algo. Es decir, las normas nos indican cómo debemos comportarnos, a esto se le conoce como Mundo normativo o mundo del deber ser.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 00:02:09 UTC</pubDate>
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         <title>&quot;Acepciones del Derecho&quot;</title>
         <author>Maria810Botello</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2731090917</link>
         <description><![CDATA[<div>El término Derecho tiene diversas acepciones, por ello, se puede clasificar de la siguiente manera:<br><br><strong>Origen<br></strong><br></div><blockquote><strong>- </strong><strong><em>Natural:</em></strong><strong> </strong>Derechos que tiene alguien por el simple hecho de <strong>ser una persona. </strong>Asimismo, se origina de la propia naturaleza humana y no son creadas por una autoridad u órgano encargado para tal fin.<br><br>- <strong>Positivo: </strong><em>Las normas jurídicas que se consideran obligatorias en un lugar y tiempo determinados y que son creados por una autoridad competente. Estas, pueden ser vigentes o no vigentes, ya que comprende todos los ordenamientos legales.</em></blockquote><div><br><strong>Vigencia</strong><br><br></div><blockquote><strong>-Vigente:</strong> Es el que <strong>rige</strong> en un lugar y tiempo determinados, las leyes que ha elaborado el Poder Legislativo y que <strong>actualmente</strong> deben acatarse.</blockquote><div><br><strong>Objeto de estudio</strong><br><br></div><blockquote><strong>- Objetivo:</strong> Se visualiza el Derecho <strong>desde el objeto, es decir, desde la norma jurídica</strong>, se habla de Derecho objetivo.<br>De igual manera, se impone deberes y concede facultades (la Constitución Política, leyes, códigos, etcétera); bajo la cual rige la actuación del Estado.<br><br><strong>- Subjetivo: </strong>Son aquellas situaciones individuales protegidas por tales ordenamientos, como los derechos laborales, humanos, entre otros.<br>Por ello, es el permiso derivado de la norma. Es decir, es el Derecho con el que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de norma jurídica que le favorece.</blockquote>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 00:28:58 UTC</pubDate>
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         <title>&quot;Clasificación y características de las normas&quot;</title>
         <author>pavm060415hynlzra1</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Normas Morales: </strong><br><br></div><blockquote>Estas normas se basan en la moral y la ética personal. No son impuestas por la ley, pero se espera que las personas las sigan por razones de conciencia y valores. <br>- <strong>Ejemplos:</strong> incluyen la honestidad, la empatía y la generosidad.&nbsp;</blockquote><div><br><strong>Normas Sociales: </strong><br><br></div><blockquote>Son reglas no escritas que gobiernan el comportamiento en una sociedad. Pueden variar según la cultura y la comunidad, y a menudo son resultado de las expectativas sociales. <br>- <strong>Ejemplos:</strong> incluyen saludar al entrar en una habitación, respetar el espacio personal de los demás o seguir ciertas normas de etiqueta.</blockquote><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 01:56:33 UTC</pubDate>
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         <title>&quot;Clasificación y características de las normas&quot; V2</title>
         <author>pavm060415hynlzra1</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2731218886</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Normas Jurídicas: </strong><br><br></div><blockquote>Estas normas son establecidas por el sistema legal de un país y son vinculantes para todos los ciudadanos. Pueden incluir leyes, reglamentos, decretos y ordenanzas. Las normas jurídicas suelen ser aplicadas por las autoridades judiciales y pueden llevar sanciones legales en caso de incumplimiento.</blockquote><div><br><strong>Normas Religiosas: </strong><br><br></div><blockquote>Estas normas son dictadas por las creencias y prácticas religiosas. Pueden variar significativamente según la religión y su interpretación. <br>- <strong>Ejemplos:</strong> incluyen los Diez Mandamientos en el cristianismo o las cinco oraciones diarias en el islam.</blockquote><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 02:00:56 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>&quot;Características  generales de las normas&quot; </title>
         <author>pavm060415hynlzra1</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2731226497</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Unilateral:</strong>&nbsp;<br><br></div><blockquote>Normas unilaterales aquellas que no tengan a ninguna persona ni ente facultado para exigir su cumplimiento.</blockquote><div><br><strong>Bilateral:&nbsp; </strong><br><br></div><blockquote>Debe considerar que la relación jurídica ha de darse necesariamente, entre dos sujetos, uno activo y otro pasivo, o sea, uno investido de una facultad a la que corresponde una obligación de otro.</blockquote><div><br><strong>Interior: </strong><br><br></div><blockquote>Se dice que las normas son interiores cuando regulan la intención o convicción del ente que tiene que cumplir la norma.</blockquote><div><br><strong>Exterior: </strong><br><br></div><blockquote>Se dice las normas son exteriores cuando regulan una conducta visible, prescindiendo de la intención o convicción del ente que tiene que cumplir la norma.</blockquote><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 02:06:45 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>&quot;Características generales de las normas&quot; VOL. 2</title>
         <author>pavm060415hynlzra1</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2731229525</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Coercible:&nbsp; </strong><br><br></div><blockquote>La norma se impone por una voluntad superior, el Estado, y significa la capacidad de la norma para hacerse obedecer, contra y sobre las actitudes en contrario de los sujetos cuya conducta someten, para garantizar su cumplimiento.</blockquote><div><br><strong>Incoercible: </strong><br><br></div><blockquote>No existe la posibilidad de que una autoridad obligue a los individuos a darles cumplimiento cuando voluntariamente no sea obedecida.</blockquote><div><br><strong>Autónoma: </strong><br><br></div><blockquote>Una norma jurídica es autónoma cuando es formulada por la propia persona que es llamada a cumplirla.</blockquote><div><br><strong>Heterónoma: </strong><br><br></div><blockquote>La heteronomía de las normas jurídicas significa que quien inventa la norma es un ente distinto de la parte destinataria de ella y ésta le obliga aun cuando no sea reconocida por dicha parte. Este ente puede ser el Poder Legislativo o el Poder Judicial, tratándose de conductas externas.</blockquote>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 02:09:05 UTC</pubDate>
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         <title>&quot;Concepto de Derecho&quot;</title>
         <author>Maria810Botello</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2731349772</link>
         <description><![CDATA[<div>El Derecho es el conjunto de Normas jurídicas, derechos y obligaciones que regulan la conducta del individuo en la sociedad.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-04 03:38:17 UTC</pubDate>
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         <title>Constituciones de México </title>
         <author>vaneyunuenh</author>
         <link>https://padlet.com/Mayte_Flota/8fsxbh86uwqdy9hy/wish/2735636619</link>
         <description><![CDATA[<blockquote><strong>-Constitución de Cádiz de 1812:</strong> publicada el 8 de septiembre por cortes españolas.<br><strong>-Sentimientos de la nación 1813 : </strong>Se promulgó el 14 de septiembre por José María Morelos y Pavón.<br><strong>-Constitución de Apatzingán de 1814: </strong>redactada en México basada en ideas de Morelos y pavón, nunca entró en vigor.<br><strong>-Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824: </strong>promulgada el 4 de octubre, se consideraba la primera constitución mexicana; marcando el inicio del derecho mexicano. <br><strong>-Reformas eclesiásticas 1833: </strong>serie de leyes promulgadas por Valentín Gómez Farias, se intento poner fin a los privilegios de la iglesia católica y el estado.<br><strong>-Las siete leyes 1836:</strong> promulgada por el presidente José Justo Corro e impulsado por Santa Anna.<br><strong>-Bases orgánicas de 1843:</strong> promulgada por la junta de notables; se ratifica el centralismo y la religión católica como la religión en el estado. <br><strong>-Leyes de reforma de 1859:</strong> promulgada en Veracruz por Benito Juárez, una de las leyes principales, es la separación de la iglesia y el estado.<br><strong>-Constitución de 1917:</strong> Promulgada por Venustiano Carranza, se dividió por primera vez el poder legislativo, en cámara de diputados y cenadores.&nbsp;</blockquote>]]></description>
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         <pubDate>2023-10-06 13:50:14 UTC</pubDate>
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