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      <title>LESIONES PERSONALES EN COLOMBIA by Marwin Garcia</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-02-27 23:08:27 UTC</pubDate>
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         <title>DEFINICION</title>
         <author>marwinandres52364</author>
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         <description><![CDATA[<div>Las lesiones personales se refieren a cualquier tipo de daño físico, mental o emocional que una persona sufre como resultado de la negligencia, imprudencia, intencionalidad u otra conducta dañina de otra persona o entidad.<br><br></div><div><br>Las lesiones personales pueden incluir una amplia variedad de situaciones, como accidentes automovilísticos, caídas y resbalones, lesiones en el lugar de trabajo, lesiones por negligencia médica, lesiones por productos defectuosos, lesiones por violencia doméstica, agresiones sexuales, entre otras.<br><br></div><div><br>Las lesiones personales pueden tener consecuencias graves y duraderas, como discapacidad, dolor crónico, pérdida de ingresos, gastos médicos y emocionales, y otros problemas que pueden afectar la calidad de vida de la persona lesionada y su familia.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-27 23:17:54 UTC</pubDate>
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         <title>MARCO LEGAL </title>
         <author>marwinandres52364</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497145422</link>
         <description><![CDATA[<div>En Colombia, el marco legal de las lesiones personales se encuentra establecido en el Código Civil y en el Código Penal, así como en leyes y normas específicas. A continuación se detallan algunas de las leyes y normas que regulan las lesiones personales en Colombia:<br><br><br>-<strong>Constitución Política de Colombia de 1991</strong> Artículos 1 y 13.&nbsp;<br><br>-Código Penal (Ley 599 de 2000)&nbsp;<br><br>• Libro II. Título I: “Delitos contra la Vida y la Integridad Personal”.&nbsp;<br>- Capítulo I: “Del genocidio”, artículo 101<br> - Capítulo III: “De las Lesiones Personales”, artículos 111 a 119,120 y 121.&nbsp;<br>-Capítulo V: “De las Lesiones al Feto”, artículos 125 y 126.<br>-Capítulo VI: “Del abandono de menores y personas desvalidas”, artículos 129 y 130.&nbsp;<br><br>• Libro Título II: “Delitos contra personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario”.&nbsp;<br><br>Capítulo Único, artículos 136, 137 y 146.&nbsp;<br><br>• Libro II, Título III: “Delitos contra la libertad individual y otras garantías”.&nbsp;<br><br>- Capítulo I: “De la desaparición forzada”, artículo 166, numeral 8 y artículo 167, numerales 1 y 2.<br><br> - Capítulo V: “De los delitos contra la autonomía personal”, artículos 178 y 179.&nbsp;<br><br>• Libro II, Título VI: “Delitos contra la familia”.<br> - Capítulo I: “De la violencia intrafamiliar”, artículo 229.&nbsp;<br><br>-Ley 882 de 2004 Por la cual se modifica el artículo 229 de la Ley 599 de 2000.&nbsp;<br>-Ley 890 de 2004 Por la cual se modifica y adiciona el Código Penal, artículo 14.<br><br>- Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) • Título Preliminar: “Principios Rectores y garantías procesales”, artículos 1, 4, 10, 112y 18.<br> • Libro II, Título I: “La indagación y la investigación”.<br> - Capítulo I: “Órganos de indagación e investigación”, artículo 204.&nbsp;<br><br>Capítulo III: “Actuaciones que requieren autorización judicial previa para su realización”, artículos 247, 249, 250.&nbsp;<br>- Capítulo V: “Cadena de Custodia”, artículos 254, 255, 257 a 265.&nbsp;<br>- Capítulo VI: “Facultades de la defensa en la investigación”, artículos 267 a 270.<br> • Libro II, Título II: “Medios cognoscitivos en la indagación e investigación”, Capítulo Único, artículos 275, 276, 277 y 278.&nbsp;<br>• Libro III, “El juicio”; Título IV: “Juicio Oral”; Capítulo III: “Práctica de la Prueba”; Parte III: “Prueba Pericial”, artículos 405 a 423.<br><br>Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) • Libro I, Título I: “Disposiciones generales”:&nbsp;<br>- Capítulo I: “Principios y definiciones”; artículos 1, 2, 3, 4 y 5, 7, 8, 9, 11 y 15.&nbsp;<br>- Capítulo II: “Derechos y libertades”, artículo 18, artículo 20, numerales 1, 8, 17 y 19 y artículo 33.&nbsp;<br>• Libro I, Título II: “Garantía de derechos y prevención”:&nbsp;<br>- Capítulo I: “Obligaciones de la familia, la sociedad y el Estado”; artículo 41, numerales 4, 6, 16, 26 y 27.<br> - Capítulo II: “Medidas de restablecimiento de los derechos”, artículos 45, 50 y 51, artículo 52, numerales 1 y 2. - Capítulo III: “Autoridades competentes para el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes”, artículo 79, artículo 82, numerales 1, 11 y 12, artículo 83, artículo 86, numerales 1, 2, 3 y 4, artículos 98 y 99.&nbsp;<br>• Libro II, Título I: “Sistema de responsabilidad penal para adolescentes y otras disposiciones”,&nbsp;<br>Capítulo I: “Principios rectores y definiciones del proceso”, artículos 144, 145, 146 y 153.&nbsp;<br>• Libro II, Título II, Capítulo Único: “Procedimientos especiales cuando los niños, las niñas o los adolescentes son víctimas de delitos”; artículo 192 y artículo 193, numerales 1, 7 y 8.<br><br>-Ley 294 de 1996 Por la cual se desarrolla el artículo 42 de la Constitución Política y se dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar. &nbsp;<br><br>-Ley 575 de 200024 Por medio de la cual se reforma parcialmente la Ley 294 de 1996.&nbsp;<br><br>-Decreto 652 de 2001 Por el cual se reglamenta la Ley 294 de 1996 reformada parcialmente por la Ley 575 de 2000.&nbsp;<br><br>-Ley 1257 de 2008 Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones.&nbsp;<br>- Capítulo I: “Disposiciones Generales”, artículos 2 y 3, literales a) y b).<br>- Capítulo II: “Principios”, artículo 6. - Capítulo III: “Derechos”, artículo 8.<br> - Capítulo V: “Medidas de protección”, artículo 17.&nbsp;<br>- Capítulo VII: “De las sanciones”, artículo 34.&nbsp;<br>-Resolución 0-1890 de 2002, Fiscalía General de la Nación Por la cual se reglamenta el artículo 288 de la Ley 600 de 2000, sobre el Sistema de Cadena de Custodia.&nbsp;<br>-Resolución 0-6394 de 2004, Fiscalía General de la Nación Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Sistema de Cadena de Custodia para el sistema penal acusatorio.&nbsp;<br>-Resolución 0–2770 de 2005, Fiscalía General de la Nación Por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Sistema de Cadena de Custodia, adoptado mediante Resolución 0-6394 de 2004 de diciembre 22 de 2004.&nbsp;<br><br>Circular No 012-2005 D. G., Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Sobre “Implementación del Formato Único de Cadena de Custodia”.&nbsp;<br><br>Resolución 000606 de 2006, Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Por la cual se adopta el “Instructivo para la utilización de los rótulos de Cadena de Custodia de elementos materiales probatorios o evidencias físicas en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”.&nbsp;<br><br>Circulares Nos. 04-2006 y 06-2006 D. G., Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Sobre “Protocolos Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos”.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-27 23:25:23 UTC</pubDate>
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         <title>AGENTES Y MECANISMOS DE TRAUMA</title>
         <author>tanaliperezlafont</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497166738</link>
         <description><![CDATA[<div>Las lesiones que el perito médico evalúa en el cuerpo del examinado son producidas por la acción de diferentes agentes traumáticos. De la forma como estos agentes traumáticos sean utilizados y de las características del área afectada, dependerán los diferentes mecanismos de lesión, que a su vez tendrán una representación anatomopatológica. Así pues, a partir de una lesión con una ubicación y características particulares, se puede inferir un mecanismo traumático y correlacionar con la información disponible enviada por la autoridad u obtenida en la entrevista. Si no existen elementos de juicio que lo permitan, se debe informar al respecto.<br>Los agentes y mecanismos traumáticos se clasifican en:&nbsp;<br>a) Agentes Físico-Mecánicos:&nbsp;<br>• Mecanismo contundente.&nbsp;<br>• Mecanismo abrasivo.&nbsp;<br>• Mecanismo cortante.&nbsp;<br>• Mecanismo punzante.&nbsp;<br>• Mecanismo cortopunzante.&nbsp;<br>• Mecanismo cortocontundente.&nbsp;<br>• Mecanismo por proyectil de arma de fuego.&nbsp;<br>• Mecanismo biodinámico.&nbsp;<br>• Mecanismos generadores de asfixia&nbsp;<br>b) Agentes Físicos:&nbsp;<br>• Mecanismo térmico: frío /calor.&nbsp;<br>• Mecanismo eléctrico: corriente eléctrica / electricidad atmosférica.&nbsp;<br>c) Agentes Químicos:&nbsp;<br>• Mecanismo cáustico.&nbsp;<br>• Mecanismo tóxico.&nbsp;<br>d) Agentes y mecanismos Biológicos&nbsp;<br>e) Agentes y mecanismos Psicológicos&nbsp;<br>f) Mixtos:&nbsp;<br>• Agentes y mecanismo explosivo.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-27 23:54:47 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>nisaminargares</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497172099</link>
         <description><![CDATA[<div>La incapacidad medico-legal constituye un pronóstico teórico que se hace sobre la duración y gravedad de una lesión. Siempre debe expresarse en número de días, contados siempre a partir de la fecha en que ocurrieron las lesiones.</div><div><br></div><div>En la determinación de la incapacidad médico-legal se deben tener en cuenta las condiciones específicas de la persona evaluada que puedan incidir en la evolución clínica de la lesión (por ejemplo, la edad, el estado previo de salud, las circunstancias en las cuales se produjo la lesión, si hubo o no manejo médico y de qué tipo, entre otras). Debe evaluarse la afectación de la salud de la persona de manera global e íntegra.</div><div><br></div><div>Siempre que el perito pueda conocer integral- mente las lesiones, podrá tener criterio para fijar la incapacidad médico-legal; por el contrario, si no se conoce la magnitud, características y gravedad de la lesión, no podrá fijar la incapacidad médico-legal y teniendo en cuenta que según el artículo 112 del Código Penal vigente, la pena no aumentará en relación con la incapacidad aunque ésta sobrepase los 90 días, y considerando que gran parte de las lesiones logran su reparación a más tardar alrededor de los 150 días, no se recomienda ampliar la incapacidad médico- legal por encima de este término, pues de persistir la alteración en la salud sería más adecuado calificar el daño como secuela médico legal.</div><div><br></div><div>En caso de que existan varias lesiones simultáneas, la incapacidad se determina teniendo en cuenta los días de incapacidad que amerita colocar a la lesión más grave y/o que requiera mayor tiempo de reparación.<br><br></div><div>Incapacidad médico-legal provisional es aquella que fija el perito médico u odontólogo cuando las lesiones aún se encuentran en proceso de reparación y se desconoce el resultado final de esa reparación; constituye un pronóstico teórico que se hace sobre la duración y gravedad de una lesión.</div><div><br></div><div>Incapacidad médico-legal definitiva se fija cuando las lesiones ya terminaron el proceso de reparación de la alteración orgánica y/o fisiopatológica causada y constituye un concepto que busca aproximarse al tiempo real de reparación. Se puede fijar la incapacidad definitiva en lesiones en periodo de reparación cuando se tiene un alto nivel de certeza de que no se presentarán complicaciones o por el contrario, cuando por la severidad y características de la lesión, a juicio del médico examinador, el período de reparación puede extenderse indefinidamente, caso en el cual se fijará la máxima incapacidad médico-legal y se fijarán secuelas como se verá más adelante.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:01:49 UTC</pubDate>
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         <title>PATRONES DE LESIONES </title>
         <author>marwinandres52364</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497174022</link>
         <description><![CDATA[<div>Los patrones de lesiones se refieren a la forma en que las lesiones se distribuyen en el cuerpo de una persona lesionada. Estos patrones pueden proporcionar información valiosa sobre el mecanismo de la lesión, la gravedad de la misma y la probabilidad de que haya ocurrido un evento traumático particular.<br><br></div><div><br>A continuación se describen algunos patrones de lesiones comunes:<br><br></div><ol><li>Lesiones focales: Estas lesiones afectan un área específica del cuerpo, como una contusión o un corte. Pueden ser causadas por un golpe, una caída o una lesión directa.</li><li>Lesiones lineales: Estas lesiones se distribuyen en una línea, como en el caso de una fractura. Pueden ser causadas por una lesión directa o indirecta, como una caída.</li><li>Lesiones de patrón de salpicadura: Este tipo de lesión se produce cuando un objeto explota o se rompe y causa pequeñas lesiones dispersas en un patrón de salpicadura. Pueden ser causadas por explosiones, accidentes automovilísticos o lesiones por arma de fuego.</li><li>Lesiones de abrasión: Este tipo de lesión se produce cuando la piel se raspa contra una superficie rugosa, como una carretera. Pueden ser causadas por accidentes de motocicleta o bicicleta.</li><li>Lesiones de contusión: Este tipo de lesión se produce cuando los tejidos blandos debajo de la piel se golpean y se inflaman. Pueden ser causadas por una lesión directa o indirecta, como una caída.</li><li>Lesiones de penetración: Este tipo de lesión se produce cuando un objeto penetra en la piel y los tejidos subyacentes, como en el caso de una herida por arma de fuego o arma blanca.</li></ol><div><br>En general, los patrones de lesiones pueden proporcionar información valiosa sobre la causa y la gravedad de una lesión, lo que puede ayudar a los profesionales médicos y legales a determinar el mejor tratamiento y compensación para la víctima.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:04:25 UTC</pubDate>
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         <title>LESIONES FOCALES</title>
         <author>marwinandres52364</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497186487</link>
         <description><![CDATA[<div>Las lesiones focales son aquellas que afectan un área específica del cuerpo, como una contusión o un corte. Pueden ser causadas por un golpe, una caída o una lesión directa.<br><br></div><div>Las lesiones focales pueden ser superficiales o profundas y pueden afectar diferentes partes del cuerpo, como la cabeza, el cuello, el torso, los brazos o las piernas. Estas lesiones pueden ser de diferentes grados de gravedad, desde lesiones menores que sanan con el tiempo, hasta lesiones graves que requieren tratamiento médico inmediato.<br><br></div><div>Las contusiones son un tipo común de lesión focal, en las que los tejidos blandos debajo de la piel se golpean y se inflaman. Pueden ser causadas por una lesión directa, como un golpe en la cabeza o una caída. Las contusiones pueden ser leves y desaparecer por sí solas, o pueden ser más graves y requerir atención médica.</div><div><br>Los cortes y las laceraciones son otro tipo de lesión focal. Un corte se produce cuando la piel se corta con un objeto afilado, mientras que una laceración se produce cuando la piel se desgarra, como en el caso de un corte profundo o una herida por arma blanca. Estas lesi<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:20:11 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>nisaminargares</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497191715</link>
         <description><![CDATA[<div>Las secuelas, al igual que la incapacidad médico-legal, constituyen una medida útil para definir aspectos procedimentales y de dosificación de la sanción en lesiones personales.</div><div>En ciertos casos, pueden presentarse simultáneamente la incapacidad médico-legal y las secuelas.&nbsp;<br><br>Carácter transitorio o permanente de las secuelas:</div><div>Una secuela es de carácter transitorio cuando, una vez causada, la alteración de la forma o función que le dio origen desaparece o deja de ser marcada u ostensible, debido a la mejoría ocurrida por el solo paso del tiempo o por un tratamiento ya efectuado, al momento del examen.</div><div><br></div><div>Se consideran de carácter permanente aquellas secuelas en las que la alteración que les dio origen, una vez causada, persiste a pesar del paso del tiempo o de un tratamiento ya efectuado, al momento del examen. Será el criterio del médico perito y de acuerdo a cada caso en particular, el que establezca el lapso de tiempo para examinar nuevamente al lesionado para establecer si se trata de una secuela de carácter transitorio o de carácter permanente.<br><br></div><div>De conformidad con los artículos 113 a 11639 del Código Penal (Ley 599 de 2000), las secuelas médico-legales son las siguientes:<br><br>A) DEFORMIDAD FÍSICA (ART 113 C.P):</div><div><br></div><div>Desde la perspectiva forense la deformidad se entiende como aquella alteración que afecta externamente, de manera marcada u ostensible, la estética corporal, es decir la forma y/o la simetría del cuerpo en reposo o en movimiento.</div><div><br></div><div>B) PERTURBACIÓN FUNCIONAL (ART 114 C.P):</div><div><br></div><div>Se entiende por perturbación funcional aquella disminución o desmejoría considerable de la función de un órgano o miembro sin que se pierda o anule la función. También en este caso se requiere que la función se haya limitado de manera significativa, pues no toda disfunción constituye una secuela médico-legal.</div><div><br></div><div>C) PERTURBACIÓN PSÍQUICA (ART 115 C.P):</div><div><br></div><div>Se define como un daño o desmejoría en la salud mental del ofendido causado</div><div>sin que medie un daño físico.</div><div><br></div><div>D) PÉRDIDA ANATÓMICA O FUNCIONAL (ART 116 C.P)</div><div><br></div><div>Se llama pérdida funcional de órgano a la anulación completa o casi completa de la función del mismo, con la conservación de la estructura anatómica. A diferencia de la perturbación funcional, en la que hay una disminución o desmejora en la función de un órgano, en la pérdida funcional existe una supresión o anulación completa o casi completa de la función principal del órgano; por ejemplo, cuando una persona sufre una intoxicación con alcohol metílico y como consecuencia presenta amaurosis bilateral.</div><div><br><br><br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:26:24 UTC</pubDate>
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         <title>LESIONES LINEALES</title>
         <author>marwinandres52364</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497191851</link>
         <description><![CDATA[<div>Las lesiones lineales son aquellas que se distribuyen en una línea, como en el caso de una fractura. Pueden ser causadas por una lesión directa o indirecta, como una caída o un impacto.<br><br></div><div>Entre los ejemplos más comunes de lesiones lineales se encuentran las fracturas de huesos, que se producen cuando un hueso se rompe o se astilla. Estas lesiones pueden ser causadas por un impacto directo, como en el caso de un accidente automovilístico, o por una lesión indirecta, como una caída.<br><br></div><div>Las fracturas pueden ser completas o incompletas, y se pueden clasificar según la forma en que se rompe el hueso, como una fractura en espiral o una fractura transversal. El tratamiento para una fractura depende de la gravedad de la lesión y puede incluir inmovilización con un yeso, cirugía y rehabilitación.<br><br></div><div>Otro ejemplo de lesión lineal son las lesiones de la médula espinal, que se producen cuando la médula espinal se lesiona o se rompe en una línea. Estas lesiones pueden ser causadas por una lesión directa, como un golpe en la columna vertebral, o por una lesión indirecta, como una caída. Las lesiones de la médula espinal pueden ser graves y causar parálisis o pérdida de función corporal.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:26:35 UTC</pubDate>
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         <title>LESIONES DE PATRON DE SALPICADURA</title>
         <author>marwinandres52364</author>
         <link>https://padlet.com/marwinandres52364/6z1th1euvfev16zk/wish/2497197403</link>
         <description><![CDATA[<div>Las lesiones de patrón de salpicadura son aquellas que se producen por la dispersión de objetos o líquidos, como en el caso de una explosión o un disparo. Este tipo de lesiones suelen ser irregulares y estar distribuidas en un patrón de salpicadura.<br><br></div><div>Un ejemplo común de lesión de patrón de salpicadura es la lesión por quemaduras, que se produce cuando la piel entra en contacto con líquidos calientes, vapor, fuego o sustancias químicas. Estas lesiones pueden tener un patrón de salpicadura si la sustancia química o el líquido caliente salpica la piel.<br><br></div><div>Otro ejemplo de lesión de patrón de salpicadura son las lesiones causadas por explosiones, como las lesiones por metralla. En este caso, la metralla, que es el material que se dispersa al explotar una bomba, puede causar lesiones graves y dejar un patrón de salpicadura irregular en la piel.<br><br></div><div>En general, las lesiones de patrón de salpicadura pueden ser graves y requerir atención médica inmediata. El tratamiento para estas lesiones dependerá del tipo y la gravedad de la lesión, y puede incluir curación de la piel, cirugía reconstructiva y rehabilitación. Siempre es importante buscar atención médica si se sospecha de una lesión de patrón de salpicadura o cualquier otra lesión grave, como dolor intenso, hinchazón, sangrado excesivo o debilidad en una extremidad.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:33:00 UTC</pubDate>
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         <title>CARACTERÍSTICAS DE LAS LESIONES PERSONALES</title>
         <author>tanaliperezlafont</author>
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         <description><![CDATA[<div>Las lesiones personales pueden tener una variedad de características, dependiendo del tipo y la gravedad de la lesión. A continuación, se presentan algunas de las características comunes de las lesiones personales:<br><br>Dolor: una de las características más comunes de las lesiones personales es el dolor. Dependiendo de la gravedad de la lesión, el dolor puede ser leve o intenso y persistente.<br><br>Hinchazón: las lesiones personales pueden causar hinchazón en la zona afectada. Esta hinchazón puede ser visible a simple vista y puede ser un signo de inflamación.<br><br>Sangrado: las lesiones personales pueden causar sangrado, que puede ser leve o grave. El sangrado puede provenir de una herida abierta o de una lesión interna.<br><br>Hematomas: los hematomas son áreas de decoloración en la piel que se producen cuando los vasos sanguíneos debajo de la piel se rompen. Los hematomas pueden ser un signo de una lesión más grave.<br><br>Limitación de movimiento: las lesiones personales pueden limitar la capacidad de movimiento de la persona. Por ejemplo, una lesión en una articulación puede dificultar el movimiento de esa articulación.<br><br>Debilidad: algunas lesiones personales pueden causar debilidad en una extremidad o en todo el cuerpo. Por ejemplo, una lesión en la columna vertebral puede causar debilidad en las extremidades inferiores.<br><br>Pérdida de función: las lesiones personales pueden causar la pérdida de una función corporal. Por ejemplo, una lesión en el cerebro puede causar la pérdida de la función cognitiva o motora.</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-02-28 00:50:50 UTC</pubDate>
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         <author>nisaminargares</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2023-03-01 00:22:16 UTC</pubDate>
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