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      <title>Código de ética en estudiantes by Andrea Mikaela Fuenmayor Hernández</title>
      <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte</link>
      <description>Integrantes: Alejandra Elizabeth Alvarez Castro, Arlette Johanna Gómez Villon, Naomi Gianella Sosa Chiluisa, Andrea Mikaela Fuenmayor Hernández. </description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-02-19 21:36:10 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Faltas Leves</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3334966125</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Art. 23.- Faltas leves. - Se consideran las siguientes:</strong></p><p><strong>(...)</strong></p><p><strong>b. </strong>Faltar a los procesos electorales universitarios, reglamentariamente convocados sin la debida justificación;</p><p><strong>c.&nbsp;</strong>Incurrir en conductas académicas inapropiadas en las tareas académicas o de evaluación; estos casos serán resueltos por el profesor.&nbsp;</p><p><strong>d.&nbsp;</strong>Usar los símbolos universitarios para fraude, ventas, promoción comercial o prácticas engañosas;</p><p><strong>(...)</strong></p><p><strong>f.&nbsp;</strong>Incumplir las actividades académicas previstas en la ficha de asignación de carga horaria sin la debida justificación;</p><p><strong>(...)</strong></p><p><strong>i.&nbsp;</strong>Todas las que no estén encuadradas como faltas graves y/o muy graves determinadas en el Reglamento del Código de Ética (UCE, 2021, p.13).</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-19 23:14:49 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Concepto de Faltas</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335147899</link>
         <description><![CDATA[<p>Las faltas son todas las infracciones o el incumplimiento a las reglas/normas establecidas, en este caso de La Universidad Central del Ecuador. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:09:23 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Faltas Graves</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335157240</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Art. 24.- Faltas graves. - Se consideran las siguientes:</strong></p><p><strong>a.&nbsp;</strong>Obstaculizar o interferir mediante acciones violentas en el normal desenvolvimiento de las actividades académicas, culturales y deportivas de la institución;</p><p><strong>b.&nbsp;</strong>Ofenderse recíprocamente u ofender a los miembros de la comunidad universitaria o atentar contra los intereses de la Universidad Central del Ecuador;</p><p><strong>c.&nbsp;</strong>No acatar la designación para la conformación del Tribunal de Honor;</p><p><strong>d.&nbsp;</strong>Atentar contra la institucionalidad y la autonomía universitaria; pasquines, mal uso de redes sociales, entre otros;</p><p><strong>e.&nbsp;</strong>Utilizar los bienes, espacios físicos y recursos institucionales para actividades de carácter comercial sin previa autorización;</p><p><strong>f.&nbsp;</strong>No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, el presente estatuto o la normativa interna de la Universidad Central del Ecuador;</p><p><strong>(...)</strong></p><p><strong>h.&nbsp;</strong>Incumplir sin justificación con las comisiones asignadas por las autoridades universitarias;</p><p><strong>(...)</strong></p><p><strong>j.&nbsp;</strong>Organizar giras estudiantiles sin justificación académica y sin autorización del Decano;</p><p><strong>k.&nbsp;</strong>Cambiar la carga de horas clases y aprendizaje práctico experimental, sin la debida autorización del Director de Carrera;</p><p><strong>l.&nbsp;</strong>Vender o entregar textos o materiales de cualquier tipo para el desarrollo de las actividades académicas curriculares y extra curriculares a cambio de beneficios de cualquier naturaleza;</p><p><strong>m.&nbsp;</strong>Inducir a votar por chantaje para beneficios personales, políticos o partidistas (UCE, 2021, p.13-14)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:15:44 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Faltas muy graves</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335159621</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Art. 25.- Faltas muy graves. - Se consideran las siguientes:</strong></p><p><strong>a.&nbsp;</strong>Cometer cualquier acto de violencia de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, autoridades, ciudadanos y colectivos sociales;</p><p><strong>b.&nbsp;</strong>No excusarse de la conformación del Tribunal de Honor cuando se presentan los impedimentos señalados en este Estatuto;</p><p><strong>c.&nbsp;</strong>Incurrir en actos u omisiones de violencia de género, psicológica o sexual, que se traduce en conductas abusivas dirigidas a perseguir, chantajear e intimidar con el propósito o efecto de crear un entorno de desigualdad, ofensivo, humillante, hostil o vergonzoso para la víctima;</p><p><strong>d.&nbsp;</strong>Incurrir en acoso, tipificado en la Ley y en el Código de Ética;</p><p><strong>e.&nbsp;</strong>Cometer fraude académico conforme a lo señalado en el Reglamento de Régimen Académico;&nbsp;</p><p><strong>(...)</strong></p><p><strong>g.&nbsp;</strong>Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes públicos (UCE, 2021, p.14)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:17:51 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Reiteración</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335166390</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Art. 26.- Reiteración. -</strong> Se considera falta reiterativa cuando la misma haya sido analizada y sancionada en cuyo caso incurrirá en falta superior. Si reitera en falta leve pasa a ser falta grave, si reitera en falta grave pasa hacer falta muy grave (UCE, 2021, p.14)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:23:36 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Órganos competentes para receptar, conocer y resolver las faltas.</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335180897</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Art. 4.- Órganos competentes para receptar, conocer y resolver las faltas:</strong></p><p><strong>4.1.</strong> Los organismos competentes para receptar y conocer las faltas serán:</p><p>a) Comité de Ética, para las faltas leves;</p><p>b) Consejos Directivos o Comité de Ética, para las faltas graves, y;</p><p>c) Rector, para las faltas muy graves.</p><p><strong>4.2.</strong> Los organismos competentes para resolver las faltas serán:</p><p>a) Los Tribunales de Honor, para las faltas leves;</p><p>b) La Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios, para las faltas graves, y;</p><p>c) El Honorable Consejo Universitario, para las faltas muy graves, previa sustanciación de la Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios (Universidad Central de Ecuador [UCE], 2021, p. 5-6)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:35:43 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Artículo 113.- De las faltas: </title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335203746</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>113.1.-</strong> Faltas leves: Este tipo de faltas serán presentadas y/o elevadas al Comité de Ética, quien en el transcurso de hasta tres días laborables nombrarán un Tribunal de Honor o los que se requieran para atender los requerimientos. Los miembros no podrán excusarse sino exclusivamente por las razones de excusa señaladas en este Estatuto, caso contrario incurrirá en falta grave. Estos tribunales tendrán como función esencial la de avenir a los docentes y/o estudiantes en discordia, para abordar a un acuerdo directo amistoso y de buena fe; de no ser factible por las partes o una de ellas, el tribunal emitirá motivadamente y previa observancia de las normas del debido proceso, la resolución correspondiente, la misma que puede ser apelada dentro de tres días hábiles luego de su notificación a la Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios, organismo que deberá resolver por el mérito de las actuaciones dentro del término de cinco días laborables (Estatuto de la Universidad Central de Ecuador, 2019, p.75).</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:53:03 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Artículo 113.- De las faltas: </title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335205378</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>113.2.-</strong> Faltas graves: Este tipo de faltas serán presentadas y/o elevadas al Consejo Directivo de la Facultad o al Comité de Ética, quienes en el transcurso de hasta tres días laborables trasladarán el caso a la Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios; órgano que deberá instaurar el proceso de investigación, con la observancia de las normas del debido proceso emitirán motivadamente su resolución de sanción o absolución dentro del término de quince días laborables, la que puede ser apelada dentro de tres días hábiles luego de su notificación al Honorable Consejo Universitario, organismo que deberá resolver por el mérito de las actuaciones dentro del término de ocho días laborables (Estatuto de la Universidad Central de Ecuador, 2019, p.75-76).</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:54:15 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Artículo 113.- De las faltas: </title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335209886</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>113.3.-</strong> Faltas muy graves: Este tipo de faltas serán presentadas y/o elevadas al Rector de la Universidad Central del Ecuador, quien en el transcurso de hasta tres días laborables trasladará el caso a la Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios, quien observando las reglas del debido proceso, realizará la indagación de los hechos, el análisis de las evidencias y la toma de versiones que presenten las dos partes; para, posterior al proceso de investigación con observancia de las normas del debido proceso, emitir el informe de sustentación al Honorable Consejo Universitario para que éste resuelva dentro del plazo máximo previsto por la LOES. El informe motivado no será vinculante para el Honorable Consejo Universitario, quien emitirá su resolución final del caso pudiendo ser sanción o absolución. Esta resolución puede ser apelada exclusivamente ante el Consejo de Educación Superior dentro de los tres días laborables desde la fecha de su notificación (Estatuto de la Universidad Central de Ecuador, 2019, p.76)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 02:56:21 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335209886</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Figura 3                                      Estudiantes graduados de la UCE    </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335236380</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Derechos de los docentes:</strong></p><p><strong>a.</strong> Ejercer la cátedra y la investigación bajo la más amplia libertad sin ningún tipo de imposición o restricción religiosa, política, partidista, cultural o de otra índole.</p><p><strong>b</strong>. Contar con las condiciones óptimas para el ejercicio de su actividad.</p><p><strong>c.</strong> Acceder a la carrera de docente y a cargos directivos, que garanticen estabilidad, promoción, movilidad y retiro, basados en el mérito académico, en la calidad de la enseñanza impartida, en la producción investigativa, en la creación artística, literaria y en el perfeccionamiento permanente, sin admitir discriminación de género, etnia, ni de ningún otro tipo; además a tener posibilidades de acciones afirmativas</p><p><strong>d.</strong> Participar en el sistema de evaluación institucional.</p><p><strong>e.</strong> Elegir y ser elegido para las representaciones de los docentes en las instancias directivas, e integrar el cogobierno.</p><p><strong>f. </strong>Ejercer los derechos previstos en la LOES.</p><p><strong>g.</strong> Participar en el proceso de generación, difusión y aplicación de la cultura y el conocimiento.</p><p><strong>h.</strong> Recibir capacitación periódica acorde a su formación docente-profesional y al área de conocimiento, que fomente e incentive la superación personal académica y pedagógica.</p><p><strong>i.</strong> Ejercer libremente el derecho de asociación. (Estatuto de la Universidad Central del Ecuador, 2019, p.10)</p><p><br></p><p><strong>Derechos de los estudiantes</strong></p><p><strong>a.</strong> Acceder, movilizarse, permanecer, egresar y titularse sin discriminación ninguna, conforme a sus méritos académicos.</p><p><strong>b.</strong> Acceder a una educación superior de calidad y pertinente, que permita iniciar una carrera académica y avanzar paulatinamente en igualdad de oportunidades.</p><p><strong>c.</strong> Recibir una educación superior laica, intercultural, democrática, incluyente y diversa, que impulse la equidad de género, la justicia y la paz.</p><p><strong>d. </strong>Contar y acceder a los medios y recursos adecuados para su formación superior, garantizados por la Constitución. <strong>e.</strong> Participar en el proceso de evaluación y acreditación de su carrera.</p><p><strong>f.</strong> Elegir y ser elegido para las representaciones estudiantiles e integrar el cogobierno, según el Reglamento de Elecciones de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>g. </strong>Ejercer la libertad de asociarse, expresarse y completar su formación bajo la más amplia libertad de cátedra e investigativa ofertada en la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>h. </strong>Participar en los procesos de construcción, difusión y aplicación del conocimiento que se desarrollen como comunidad universitaria.</p><p><strong>i.</strong> Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas u otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior.</p><p><strong>j.</strong> Obtener su título académico de acuerdo a la oferta con la que inició su carrera, siempre y cuando continúe vigente la malla.</p><p><strong>k.</strong> Conocer la planificación curricular y sus formas de evaluación, así como acceder a los resultados de las evaluaciones previo a su registro.</p><p><strong>l.</strong> A desarrollarse en un ámbito educativo libre de todo tipo de violencia. (Estatuto de la Universidad Central del Ecuador, 2019, p.12)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 03:16:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Figura 4                                      Estudiantes de la Universidad Central del Ecuador</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335254662</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>Deberes de los docentes</strong></p><p><strong>a.</strong> Cumplir actividades de docencia, investigación, vinculación, dirección y gestión de acuerdo a las normas de calidad y normativas de los organismos que rigen el sistema y las de sus propias instituciones.</p><p><strong>b.</strong> Promover los derechos consagrados en la Constitución y leyes vigentes.</p><p><strong>c.</strong> Mantener un proceso permanente de formación y capacitación para una constante actualización de la cátedra y consecución del principio de calidad.</p><p><strong>d. </strong>Someterse periódicamente a los procesos de evaluación.</p><p><strong>e.</strong> Cumplir con la normativa vigente, así como con las disposiciones internas de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>f.</strong> Participar en comisiones, equipos de investigación y de vinculación con la sociedad y publicar los resultados de sus trabajos, los cuales serán parte del proceso de evaluación de su actividad.</p><p><strong>g. </strong>Respetar a todos los miembros de la comunidad universitaria.</p><p><strong>h.</strong> Contribuir activamente en el cumplimiento de los planes de mejora continua, misión, visión y objetivos de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>i. </strong>Sufragar en las elecciones.</p><p><strong>j. </strong>Promover activamente los principios éticos y los valores institucionales de la Universidad Central del Ecuador. (Estatuto de la Universidad Central del Ecuador, 2019, p.10)</p><p><br></p><p><strong>Deberes de los estudiantes</strong></p><p><strong>a.</strong> Estudiar cada asignatura de los planes y programas correspondientes a su formación.</p><p><strong>b.</strong> Participar activamente en las actividades académicas a las que fueren convocados, observando en todo momento el honor, decoro y respeto.</p><p><strong>c.</strong> Respetar a todos los miembros de la comunidad universitaria.</p><p><strong>d. </strong>Usar debidamente los bienes, equipos e instalaciones de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>e. </strong>No participar en procedimientos fraudulentos o deshonestidad en evaluaciones, trabajos académicos o en documentos oficiales de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>f. </strong>Conocer y cumplir el Estatuto y demás normativa interna de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>g. </strong>Cumplir con las normas internas de seguridad, salud ocupacional y ambiente, especialmente en laboratorios de prácticas e investigación.</p><p><strong>h.</strong> Promover activamente los principios éticos y los valores institucionales de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong>i. </strong>Contribuir activamente en el cumplimiento de los planes de mejora continua, misión, visión y objetivos de la Universidad Central del Ecuador.</p><p><strong> j.</strong> Pagar oportunamente las tasas, aranceles, derechos aprobados para los respectivos programas.</p><p><strong>k. </strong>Sufragar en las elecciones.</p><p><strong>l.</strong> Cualquier otro deber que esté previsto en la normativa interna de la Universidad Central del Ecuador. (Estatuto de la Universidad Central del Ecuador, 2019, p.12)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 03:28:50 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335266685</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 03:37:00 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Figura 1                                    Estudiantes de la Universidad Central del Ecuador</title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3335279035</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 03:46:18 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>amfuenmayor</author>
         <link>https://padlet.com/amfuenmayor/5xq2meopp6et5dte/wish/3336508465</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-02-20 18:47:13 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Figura 2                                                                Estudiantes de la Universidad Central del Ecuador                                                                                                  </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>Sanciones a los estudiantes:</strong></p><p><strong>Artículo 118.- </strong>Sanciones: conforme lo establece la LOES, y según la gravedad de las faltas cometidas por los estudiantes y docentes sean éstas, leves graves y muy graves, las sanciones podrán ser las siguientes:</p><p> a. Para faltas leves amonestación verbal o escrita;</p><p> b. Para faltas graves, suspensión de actividades de hasta tres períodos académicos, y;</p><p> c. Para faltas muy graves, separación definitiva o suspensión temporal de cuatro períodos. (Estatuto de la Universidad Central del Ecuador, 2019, p.77)</p><p><br></p><p><strong>Sanciones a los docentes:</strong></p><p><strong>Artículo 119.-</strong> Faltas y sanciones de las autoridades: Son faltas de las autoridades universitarias y sus correspondientes sanciones las establecidas en la Ley Orgánica de Educación Superior y las infracciones determinadas en el Reglamento de ejercicio de la potestad sancionatoria expedido por el Consejo de Educación Superior.</p><p><strong>Artículo 120.- </strong>Excusa: Si uno o varios miembros de los órganos competentes para conocer y resolver las faltas disciplinarias tienen hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo de afinidad con la persona sujeto de investigación; además, cuando tenga enemistad manifiesta, amistad íntima o cuando tenga interés en el caso, deberán excusarse e inhibirse de conocer el caso, de no hacerlo incurrirá en una falta muy grave y si de negarse a excusarse e inhibirse puede ser recusado sin perjuicio de que se haya incurrido. </p><p><strong>Artículo 121.- </strong>Separación definitiva: El Honorable Consejo Universitario resolverá los casos que supongan como sanción la separación definitiva. Se exceptúan de esta disposición los casos de profesores contratados, que no impliquen una sanción académica, ya que podrán realizarse directamente por el Rector o su delegado sin perjuicio a su derecho a la defensa en el caso que lo amerite.</p><p><strong> Artículo 122.-</strong> Órganos competentes: Los órganos competentes para conocer y resolver las faltas serán:</p><p> a. Para faltas leves, el órgano competente son los Tribunales de Honor, cuya principal tarea será la de avenir a las partes para abordar acuerdos amistosos, y en caso de no lograrse aplicará las sanciones aquí mencionadas garantizando los derechos del debido proceso y de defensa constitucionalmente consagrados; </p><p>b. Para faltas graves, el órgano competente será la Comisión Especial de Asuntos disciplinarios, garantizando los derechos del debido proceso y de defensa constitucionalmente consagrados; </p><p>c. Para faltas muy graves, el órgano competente será el Honorable Consejo Universitario, previa sustanciación de la Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios, garantizando los derechos del debido proceso y de defensa constitucionalmente consagrados. (Estatuto de la Universidad Central del Ecuador, 2019, p.78)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-21 01:00:55 UTC</pubDate>
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         <description><![CDATA[<p>Estatuto de la Universidad Central de Ecuador [UCE]. (2019). <em>UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR ESTATUTO</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.uce.edu.ec/web/normativa">https://www.uce.edu.ec/web/normativa</a></p><p>Universidad Central de Ecuador [UCE]. &nbsp;(2 de diciembre de 2024). Código de Ética. [Genially]. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://view.genially.com/673381090e5a6737f139a9f1/personal-branding-principios-y-valores">https://view.genially.com/673381090e5a6737f139a9f1/personal-branding-principios-y-valores</a></p><p>Universidad Central del Ecuador [UCE]. &nbsp;(2021). <em>RÉGIMEN DISCIPLINARIO. </em><a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://drive.google.com/file/d/1ZSj4GQ2yUXkWqB7r8gLEIX3dRdgIkjIM/view">https://drive.google.com/file/d/1ZSj4GQ2yUXkWqB7r8gLEIX3dRdgIkjIM/view</a></p><p>Universidad Central del Ecuador [UCE]. (2019). <em>CÓDIGO DE ÉTICA.</em> <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://drive.google.com/file/d/1ywwA4QhbMZJlMpoB_aaffL7HKQzgu-75/view">https://drive.google.com/file/d/1ywwA4QhbMZJlMpoB_aaffL7HKQzgu-75/view</a></p><p>Universidad Central del Ecuador [UCE]. (2021). <em>REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO.</em> <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://drive.google.com/file/d/1ZSj4GQ2yUXkWqB7r8gLEIX3dRdgIkjIM/view">https://drive.google.com/file/d/1ZSj4GQ2yUXkWqB7r8gLEIX3dRdgIkjIM/view</a></p><p>Universidad Central del Ecuador [UCE]. (s.&nbsp;f.). <em>Estudiantes</em>. <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://www.uce.edu.ec/web/estudiante">https://www.uce.edu.ec/web/estudiante</a></p><p>Universidad Central del Ecuador [UCE]. (s.&nbsp;f.). <em>PRESENTACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA- Principio y Valores Éticos.</em> <a rel="noopener noreferrer nofollow" href="https://drive.google.com/file/d/11hXyu0Yr1n7AM7dUO-0CaqGE7vT-A9wx/view?pli=1">https://drive.google.com/file/d/11hXyu0Yr1n7AM7dUO-0CaqGE7vT-A9wx/view?pli=1</a></p><p>&nbsp;</p><p><br></p><p><br></p>]]></description>
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