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      <title>5 ANUNCIOS PUBLICITARIOS INFRACTORES by Kathelin Millán</title>
      <link>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf</link>
      <description>Elaborado por Del Águila, Del Río, Manzor, Millán y Reátegui</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-06-07 17:19:41 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2024-05-28 09:05:25 UTC</lastBuildDate>
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      <item>
         <title>Incumplimiento del principio de adecuación social del detergente de ropa Qiaobi en China.</title>
         <author>kathelinmillan24</author>
         <link>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590653186</link>
         <description><![CDATA[<div><br>En este anuncio aparece un hombre afrodescendiente mientras una mujer asiática está lavando ropa. Cuando él se acerca, ella lo rechaza y luego lo mete a la lavadora tras introducirle detergente en la boca. Cuando la lavadora termina de lavar, el chico sale, pero ya no es de raza negra, sino que es asiático. La joven al verlo no lo rechaza como antes, sino que se muestra encantada con él por su nuevo aspecto. De acuerdo a las normas legales peruanas, esta publicidad está incumpliendo con el principio de adecuación social, ya que induce a actos de discriminación de índole racial.<br><br></div><div>De haber sucedido esto en Perú, La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi podría haber sancionado a la marca Qiaobi y a la agencia de publicidad encargada de desarrollar esta pieza audiovisual por difundir un anuncio publicitario que promociona la venta de detergente e induce a cometer actos de discriminación por motivos de raza contra las personas afrodescendientes. <br><br>Fuentes: <br><a href="https://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/05/160529_sociedad_china_anuncio_racismo_compania_disculpas_mr">https://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/05/160529_sociedad_china_anuncio_racismo_compania_disculpas_mr</a>&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-07 17:30:40 UTC</pubDate>
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         <title>Publicidad engañosa de Telesup</title>
         <author>kathelinmillan24</author>
         <link>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590666330</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del tribunal del Indecopi confirmó la resolución de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), que encontró responsable a la Universidad Privada Telesup por incurrir en actos de engaño. Asimismo, no cumple con el principio de veracidad, ya que induce al error a los consumidores con información falsa y sin pruebas. Esta infracción es debido al programa “CPT Carreras profesionales para trabajadores” que indicaba que estos podrían obtener un título profesional en tres años y cuatro meses. La universidad nunca mostró pruebas y SDC indicó que para obtener el título, se tenía que estudiar más años de lo indicado, por lo que SDC confirmó que Telesup resultó responsable por actos de competencia desleal en la modalidad de engaño. El responsable de este caso es el anunciante, es decir la universidad, la cual obtuvo una multa de 246, 240 soles.<br><br>Fuentes:<br><br>https://gestion.pe/economia/empresas/indecopi-confirma-multa-s-246-240-universidad-telesup-publicidad-enganosa-143311-noticia/?ref=gesr<br><br>https://fpp.org.pe/telesup-es-multada-con-s246-240-por-publicidad-enganosa/<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-07 17:35:20 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590666330</guid>
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         <title>Publicidad engañosa de Clorox</title>
         <author>kathelinmillan24</author>
         <link>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590669034</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Indecopi impuso una multa de S/. 129.000 a la empresa Clorox Perú S.A. por imcumplir la ley de la Competencia Desleal, la Sala Especializada en defensa de la Competencia (SDC) realizó la determinada sanción de los actos de Competencia Desleal ascendente a 30 unidades impositivas tributarias (UIT). Al momento de realizar una campaña publicitaria con uno de sus productos “Clorox quita manchas supremo” afirmó que se podría utilizar con todo tipo de telas blancas, lo cual no era totalmente falso, puesto que al momento de adquirir el producto, en el mismo se señalaba en letras pequeñas que no podía ser utilizado en prendas de lana y seda, ya que podría provocar daños. La SDC afirmó que la campaña publicitaria tuvo un gran alcance, pues la publicidad se dio a través de los envases y en una de sus páginas Youtube.<br><br>Fuentes:</div><div>https://gestion.pe/economia/indecopi-confirma-multa-de-s-129000-contra-clorox-por-publicidad-enganosa-nndc-noticia/#:~:text=Indecopi%20confirma%20multa%20de%20S,publicidad%20enga%C3%B1osa%20nndc%20%7C%20ECONOMIA%20%7C%20GESTI%C3%93N&nbsp;</div><div>https://www.indecopi.gob.pe/notas-de-prensa/-/asset_publisher/A97k3Jaho6e9/content/sala-de-defensa-de-la-competencia-del-indecopi-confirma-sancion-a-clorox-peru-s-a-por-publicidad-enganosa-del-producto-clorox-quitamanchas-blanco-supr?inheritRedirect=false&amp;redirect=https%3A%2F%2Fwww.indecopi.gob.pe%2Fnotas-de-prensa%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_A97k3Jaho6e9%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-1%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2&nbsp;</div><div><br></div>]]></description>
         <pubDate>2021-06-07 17:36:18 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590669034</guid>
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         <title>Publicidad engañosa de Cereales Angel “Angel Mel”</title>
         <author>kathelinmillan24</author>
         <link>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590672286</link>
         <description><![CDATA[<div><br>Indecopi impuso una multa de 20 Unidades tributarias (UIT), EQUIVALENTE A S/84,000, a la empresa de Alimento Sac por presuntamente crear el engaño en el empaque de su cereal “Angel Mel”. Cereales Ángel afirmó en el anuncio de su producto "Ángel Mel" que contiene mucha miel. En el empaque, puede ver la imagen del cereal de miel de baño de abejas y las palabras "Verdadero Aliado Nutricional". Esto implica que uno de sus principales ingredientes es la miel, pero solo contiene un 0,5% de miel y un 40% de azúcar, lo que hace que la información sea engañosa para el público.<br><br>Fuentes:<a href="https://gestion.pe/economia/empresas/indecopi-multa-cereal-angel-mel-s-84-000-primera-instancia-presunto-empaque-enganoso-272373-noticia/"><br>https://gestion.pe/economia/empresas/indecopi-multa-cereal-angel-mel-s-84-000-primera-instancia-presunto-empaque-enganoso-272373-noticia/<br></a><br></div><div><a href="https://canaln.pe/actualidad/indecopi-impuso-multa-s-84-mil-cereal-angel-mel-n378613">https://canaln.pe/actualidad/indecopi-impuso-multa-s-84-mil-cereal-angel-mel-n378613<br></a><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-07 17:37:23 UTC</pubDate>
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         <title>Publicidad comparativa de Banco Wiese </title>
         <author>kathelinmillan24</author>
         <link>https://padlet.com/kathelinmillan24/5q7s3j26x18101xf/wish/1590677092</link>
         <description><![CDATA[<div><br>La publicidad comparativa se ha ido extinguiendo poco a poco a medida que pasan los años debido a las sanciones drásticas que implica su ejecución. Sin embargo, en el año 2005 se sancionó con 8 UIT al banco Wiesse -actualmente banco Scotiabank-&nbsp; por realizar una comparación entre el banco mencionado con anterioridad y el banco de la Nación. Cabe recalcar que la publicidad comparativa no es sancionada mientras no exista un hecho que se pueda demostrar. Es decir, si se afirma que esa marca es mala, se tiene que presentar fundamentos en el anuncio que está presentando dicha información. Sin embargo, en el caso planteado existía una denigración directa hacia el Banco de la Nación. Además, el nombre se decía explícitamente en el spot. Lo cual, cumplía el requisito de sanción cuando se infringe la Ley N°26122.<br><br></div><div>Analizando desde un punto de vista legal, la publicidad hecha por el Banco Wiesse infringía el artículo 6, 7, 11 y 12 de la Ley N°26122, conocida como la Ley sobre Represión de la Competencia Desleal. Finalmente, Indecopi logró multar a Banco Wiesse según lo dispuesto en el artículo n°20 de las Normas de la Publicidad en Defensa del consumidor. Asimismo, se hizo el pedido del retiro inmediato del anuncio correspondiente.<br><br>Fuentes:<a href="https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/101-2005.pdf"><br>https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/101-2005.pdf</a></div><div><a href="https://gestion.pe/blog/reglasdejuego/2016/01/publicidad-comparativa-3-dudas-frecuentes.html/?ref=gesr">https://gestion.pe/blog/reglasdejuego/2016/01/publicidad-comparativa-3-dudas-frecuentes.html/?ref=gesr</a></div><div><a href="https://www.elmercurio.com/legal/movil/detalle.aspx?Id=901672&amp;Path=/0D/C2/">https://www.elmercurio.com/legal/movil/detalle.aspx?Id=901672&amp;Path=/0D/C2/<br></a><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-06-07 17:39:07 UTC</pubDate>
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