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      <title>REFORMA AL ART. 19 CPEUM (31/12/2024) by Jose Miguel Rivera</title>
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      <description>Responde los siguientes rubros y comenta la postura de al menos un compañero.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2025-01-31 02:12:51 UTC</pubDate>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar, mediante la cual se establece la detención de una persona por la posible comision de algún ilicito entre los que se encuentran el homicidio, secuestro o delincuencia organizado, establecidos dentro del catalogo de delitos en el artículo 19 del CPEUM.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 06:08:55 UTC</pubDate>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva podemos verla como una herramienta ampliamente usada para evitar que las personas que comenten ilicitos, esten liberes e intenten evadir la justicia. Por otro lado, muchas personas inocentes han pasado en prisión por la posible comisión de delitos, permitiendo la sobrepoblacion de los CERESOS, siendo que al encontrarse en prisión preventiva de manera oficiosa, se estarian restringiendo diversos derechos que les son reconocidos en el estado mexicano y en diversos tratados internacionales en los que México es parte.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 06:16:27 UTC</pubDate>
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         <description><![CDATA[<p>Esta controversia en las legislaciones de diversos ambitos, es decir, entre la Corte Interamericana de Derechos Humanos o Naciones Unidas y el estado mexicano, en donde se ha solicitado a México deshacerse la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, debido a que implica una violación al principio de presunción de inocencia. </p><p><br/></p><p>Ahora bien, podemos decir que, la imposición de la medida cautelar de prision preventiva de manera oficiosa se justifica en la necesidad de promover la justicia en contra del imputado, aunado al hecho de que México como sujeto internacional, tiene que modificar su legislación interna, con tal de satisfacer los tratados internacionales en donde forma parte, de manera que buscando garantizar el derecho a la presunción de inocencia. Haciendo así que, la prisión preventiva se única y exclusivamente de manera justificada, al tenor de que, se aplique cuando en realidad haya un riesgo inminente de obstrucción de la justicia por parte del imputado.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 06:28:15 UTC</pubDate>
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         <title>Fernando Sánchez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva es una de las medidas cautelares que prevee el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales.</p><p>De esta figura jurídica se desprende el carácter de la medida cautelar, que puede ser de manera oficiosa o de manera justificada. La prisión preventiva justificada se determina con base al tipo penal que se investigue, si el delito forma parte del catálogo establecido en el artículo 19 de la Constitución Mexicana de manera automática amerita la privación de la libertad hasta en cuanto se determine si el imputado es realmente responsable de los hechos que se la imputan. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 19:19:25 UTC</pubDate>
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         <title>Fernando Sánchez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una figura jurídica que se aplica ante la comisión de delitos graves como pueden ser abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, secuestro, entre otros tipos penales y al hacer mención de estos hechos delictivos la finalidad es reflejar que las personas que los realizan representan un peligro para la sociedad, además por la gravedad de los ilícitos tienden a sustraerse de la justicia. </p><p>Por tales motivos privar de la libertad a una </p><p>persona con probable participación en alguno de los delitos mencionados me parece muy acertado por parte de la autoridad jurisdiccional, siempre y cuando la situación jurídica del imputado se resuelva de manera inmediata. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 19:36:20 UTC</pubDate>
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         <title>Fernando Sánchez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Si bien es cierto que los Derechos Humanos son universales, lo que implica que se deben respetar y priorizar para cualquier persona, también es cierto que el Estado Mexicano es libre y soberano por lo que tiene la autonomía suficiente para decidir sobre su derecho interno. En el artículo 133 de la Constitución Mexicana se hace mención que únicamente se consideraran aquellos Tratados Internacionales que estén de acuerdo con lo establecido en la Carta Magna. </p><p>Por otro lado en el artículo primero constitucional se establece que los Derechos Humanos y sus garantías, se podrán restringir o suspender en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece, por lo tanto la libertad de las personas se restringe con base a lo previsto en el precepto legal número 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con la aplicación de la prisión preventiva oficiosa. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 19:56:08 UTC</pubDate>
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         <title>Laura Torres Alonso</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una de las medidas cautelares por las cuales se le restringe el derecho a la libertad a algún sujeto que haya realizado un hecho que la ley prevé como delito y que además este delito está dentro del catálogo de delitos considerados en el artículo 19 Constitucional. </p><p>Con esta medida cautelar, se detiene al presunto culpable mientras se le investiga por el hecho que se le acusa y así obtener datos de prueba que servirán para decidir su situación legal. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 21:23:42 UTC</pubDate>
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         <title>Laura Torres Alonso </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Tomando en cuenta que la prisión preventiva oficiosa aplica para delitos GRAVES considerados en el numeral 19 de la CPEUM y que por consecuencia quienes realizan estos delitos ponen en peligro a la sociedad, se me hace correcto el aplicar esta medida cautelar para evitar estos riesgos tanto como para la víctima u ofendido como para la sociedad, así mismo para verificar que el presunto culpable NO se sustraiga de la justicia. </p><p>Aunque también cabe mencionar que la jusiticia en México no es inmediata, por lo que es controversial esta decisión, ya que la prisión preventiva se le ha aplicado a gente que resulta inocente pero que ha pasado mucho tiempo privado de su libertad por el caso omiso que hace la autoridad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 21:37:48 UTC</pubDate>
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         <title>Laura Torres Alonso </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Respecto a la contraposión de las normas internacionales y la prisión preventiva oficiosa existe una grande controversia, puesto que la Convención Americana de Derechos Humanos, así como otras autoridades internacionales mencionan que este tipo de medida cautelar es violatoria de derechos ya que se le impone una "sanción" a alguien que aún no se sabe si es culpable o no por el hecho del que se le acusa. </p><p>Dicha Convención establece que el derecho a la libertad, a la presunción de inocencia, al debido proceso, a la integridad personal, etc. Son de los tantos derechos que se le restringen a los sujetos que se le impone la prisión preventiva oficiosa.</p><p>Aunque por otra parte, el Estado Mexicano implementa este tipo de medida con la finalidad de tener al sujeto a la mira y así evitar que ocasione más daño a la víctima o a la sociedad. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-03 22:24:01 UTC</pubDate>
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         <title>Carlos Eduardo Hernandez Céspedes </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que se puede dictar en un proceso penal, en la que se ordena la detención provisional de una persona sin que medie una solicitud expresa del Ministerio Público o de la víctima. Es importante mencionar que la prisión preventiva oficiosa no es una sanción penal, sino una medida cautelar que se dicta para garantizar la seguridad y la justicia durante el proceso penal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 00:08:56 UTC</pubDate>
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         <title>Carlos Eduardo Hernandez Céspedes</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Pues la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que debe ser utilizada con precaución y solo en casos excepcionales. Es importante garantizar que se respeten los derechos humanos y el principio de inocencia, y que se evite el abuso de poder. Además, es fundamental evaluar la eficacia de esta medida y considerar alternativas que puedan ser más efectivas para reducir la delincuencia y mejorar la seguridad pública</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 00:14:09 UTC</pubDate>
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         <title>Carlos Eduardo Hernandez Céspedes </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Pues la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que debe ser utilizada con precaución y solo en casos excepcionales. Es importante garantizar que se respeten los derechos humanos y el principio de inocencia, y que se evite el abuso de poder. Además, es fundamental evaluar la eficacia de esta medida y considerar alternativas que puedan ser más efectivas para reducir la delincuencia y mejorar la seguridad pública</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 00:14:22 UTC</pubDate>
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         <title>Carlos Eduardo Hernandez Céspedes </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>En vista de las normas internacionales y los argumentos en contra de la prisión preventiva oficiosa, se puede adoptar la siguiente postura, sobre que la prisión preventiva oficiosa debe ser utilizada solo en casos excepcionales y con estricta observancia de las normas internacionales de derechos humanos. Debe ser proporcional a la gravedad del delito y a la situación personal del imputado. Además, debe ser sometida a un control judicial estricto para evitar abusos y garantizar la protección de los derechos humanos, pero la prisión preventiva oficiosa debe ser utilizada con cautela y solo en casos excepcionales, y siempre debe ser sometida a un control judicial estricto para garantizar la protección de los derechos humanos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 00:16:45 UTC</pubDate>
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         <title>Adriana Teresa Cortes López</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar  que se aplica en determinados delitos que la ley determina es aplicable, su finalidad es mantener a determinada persona que se presume cometió alguna acción sancionada por las leyes penales, privada de la libertad, esto es, antes de determinar si verdaderamente el sujeto lo realizó o participo en su comisión, esto debido a la necesidad de cautela que el delito amerita y poder realizar la investigación necesaria para determinar su situación jurídica.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 00:36:27 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que consiste en la retención de un individuo considerado como presunto responsable de un delito que se encuentre dentro de los estipulados en el artículo 19 constitucional.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:18:41 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Considero que es necesaria la prisión preventiva oficiosa ya que se aplica a delitos considerados como graves de acuerdo al numeral 19 de la constitución; siendo esta la manera en que se puede resguardar la integridad de la víctima u ofendido así como testigos, del mismo modo ayuda evitar que el presunto culpable quiera sustraerse de la acción penal. </p><p>Sin embargo la prisión preventiva oficiosa se debe de imponer cuando exista la certeza de que realmente resulta como presunto culpable y de acuerdo a los requisitos que establece la ley sin vulnerar los derechos del sujeto.</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:19:25 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Mantener el orden y la justicia de un país se debe de optar por medidas que ayuden a esclarecer los hechos y así brindar una justicia ya sea para el presunto culpable o a la víctima u ofendido. A pesar de que la prisión preventiva oficiosa es violatoria a la libertad de tránsito como a la presunción de inocencia tal y como lo establece el ordenamiento internacional consistente en la Convención&nbsp; Americana de los Derechos Humanos, debemos de considerar que para que la persona llegue a estar bajo dicha medida cautelar se debe de investigar a fondo para que obren datos como prueba de que lo señalan como presunto culpable, funcionando la prisión preventiva como una manera de que no se sustraiga de la acción penal. No obstante, en muchas ocasiones, la administración de justicia no se realiza con la prontitud necesaria para determinar la culpabilidad o inocencia para dejarlo en libertad.<br></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:20:26 UTC</pubDate>
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         <title>Lizbeth Coyotzi Aguirre</title>
         <author>lizbethcoyotzi0_1</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar, que implica la privación de la libertad de una persona durante el proceso penal, sin necesidad de que el Ministerio Público justifique su aplicación, siempre que el delito imputado esté en la lista de aquellos que ameritan esta medida, y se aplica de manera automática cuando una persona es acusada de ciertos delitos graves, sin necesidad de que el juez analice si existen riesgos procesales (como fuga o interferencia en la investigación).</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:36:14 UTC</pubDate>
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         <title>Linda Sara Portada Sánchez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar en el sistema de justicia penal de México que implica la detención automática de una persona durante el proceso judicial sin necesidad de que el juez evalúe si es necesaria en cada caso. Se aplica de manera obligatoria a ciertos delitos considerados graves, como homicidio doloso, violación, secuestro, delincuencia organizada, entre otros.</p><p>Esta figura ha sido muy criticada porque puede vulnerar el principio de presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal. En contraste, la prisión preventiva justificada sí requiere que el Ministerio Público demuestre ante el juez que es necesaria para evitar la fuga del acusado, la obstrucción de la justicia o el riesgo para la víctima o la sociedad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:39:31 UTC</pubDate>
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         <title>Linda Sara Portada Sánchez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314493373</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es un tema muy debatido porque, aunque busca evitar la impunidad en delitos graves, también puede afectar derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el debido proceso.</p><p>Desde una perspectiva de derechos humanos, es problemática porque obliga a los jueces a encarcelar automáticamente a las personas acusadas de ciertos delitos, sin considerar si realmente representan un riesgo de fuga o de obstrucción de la justicia. Esto puede llevar a que personas inocentes pasen meses o años en prisión sin una sentencia, algo contrario a los estándares internacionales.</p><p>Por otro lado, quienes la defienden argumentan que es necesaria en un país con altos niveles de impunidad y corrupción, donde existe el riesgo de que los acusados de delitos graves evadan la justicia si quedan en libertad.</p><p>En mi opinión, lo ideal sería fortalecer la prisión preventiva justificada, donde el Ministerio Público deba demostrar ante un juez que la medida es realmente necesaria en cada caso. Esto permitiría un equilibrio entre la seguridad y el respeto a los derechos fundamentales.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:44:02 UTC</pubDate>
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         <title>Alexa Fernanda Ortiz Esquivel </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Medida cautelar, el cual ayudará a que las autoridades recolecten más medios y datos de pruebas con los cuales , van a   demostrar que la persona detenida cometió un delito o su probable participación dentro de él .</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:47:38 UTC</pubDate>
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         <title>Linda Sara Portada Sánchez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Mi postura es que la prisión preventiva oficiosa contradice las normas internacionales de derechos humanos y debería ser reformada para alinearse con los principios del debido proceso y la presunción de inocencia.</p><p>En México existen problemas en su aplicación pues en la práctica, la prisión preventiva oficiosa ha resultado en el encarcelamiento de personas que después son absueltas o cuyos casos tardan años en resolverse. Esto contribuye al uso excesivo de la prisión y a la crisis de sobrepoblación carcelaria. Además, en un sistema de justicia con deficiencias y corrupción, esta medida se ha aplicado de manera desigual, afectando más a personas en situación de vulnerabilidad.</p><p> La prisión preventiva oficiosa debe ser eliminada o reformada para cumplir con estándares internacionales y garantizar que solo se prive de la libertad a quienes realmente representen un peligro, sin que esto se haga de forma automática y arbitraria.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:51:08 UTC</pubDate>
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         <title>Alexa Ortiz </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Dentro de los tratados internacionales, marcan como violatorio de derechos humanos, la prisión preventiva debido a que la libertad se está restringiendo sin antes, saber si realmente la persona cometió o no el delito .</p><p>Y no personal, entró en contradicción, debido que hay personas que son inocentes y tienen Que pasar en prisión preventiva durante su proceso, y siento que el principio de presunción de inocencia no se lleva a cabo debido a que la persona le imponen esa medida cautelar, sin antes, tener lo suficientes, medios y datos de pruebas .</p><p>He leído de casos sobre personas que resultan ser inocentes y perdieron ese tiempo dentro de prisión . de igual forma, hay personas que realmente es más que evidente que cometieron el delito y tienen esta medida cautelar, lo cual ayuda que las víctimas se sientan más protegidas con las leyes mexicanas gracias  a esa medida cautelar , supuesto, donde las leyes mexicanas no tuvieran la presión preventiva y la persona. Realmente cometiera ese delito estaría libre y existiría el riesgo de qué esta persona vuelva a violentar a la víctima e incluso volviera a cometer el delito para que no encontraran pruebas en su contra.</p><p>Mi punto se queda en medio debido a lo anterior expuesto</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:53:35 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar impuesta por el juez de control en la cual se va a privar temporalmente la libertad de una persona por realizar un hecho con apariencia de delito</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:59:12 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es la máxima medida cautelar, que se le impone a un presunto participe de haber cometido un delito que amerite la prisión preventiva oficiosa en su tipicidad y encuadramiento Jurídico con el objeto de tener privado de su libertad al probable responsable en la investigación </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:59:37 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Desde mi punto de vista prisión preventiva es necesaria para los delitos graves los cuales se encuentran establecidos en art 19 CPEUM y que según sea el caso se aplica ya sea la prisión preventiva Justificada o oficiosa y se debe de realizar bajo el principio de literalidad </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 01:59:52 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Considero  que si bien es cierto quela prisión preventiva resulta necesaria por la misma naturaleza que tiene una medida cautelar, protegiendo a la victima y a la investigación en si, también lo es que se esta alejando,  a mi parecer, del principio de inocencia y l si podemos considerarlo de esta forma prejuzgando a la persona señalada.</p><p>Considero que existen delitos y circunstancias en su comisión en donde verdaderamente es la única forma de garantizar una eficacia en la investigación y en la administración de justicia, pero esto debe ser estudiado con detenimiento y no solicitarla solo porque la ley la contempla, si no, porque realmente es necesaria y no puede garantizar la seguridad de la victima, la investigación y que este no se sustraiga de la acción de la justicia, con otra medida cautelar </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:04:03 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Dependiendo del caso y los hechos, puede que en algunos sea justificada la prisión preventiva oficiosa por si corre riesgo la víctima, o se pudiera sustraer el probable participe,  sin embargo al ser una privativa de la libertad, se iría en contra de un derecho humano, afectando la esfera juridica del presunto responsable, y sobre todo violentando el principio de inocencia </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:04:23 UTC</pubDate>
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         <title>Lissandro Cuatepitzi Pérez </title>
         <author>lissandrocuatepitziperez01</author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que se impone a una persona que presuntamente cometió algún delito contemplado por el artículo 19 de nuestra constitución y el numeral 167 del código nacional de procedimientos penales, teniendo como fin garantizar la comparecencia del imputado en juicio, que no exista peligro para la víctima o testigos o que no se obstaculice la investigación, es oficiosa porque se aplica de manera automática y sin ser debatida ante un juez.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:04:36 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314520673</link>
         <description><![CDATA[<p>La reforma qué tiene que ver con la prisión preventiva oficiosa y con las leyes internacionales qué buscan reformar que esta quede sin inexistencia debe de tomar en cuenta que en México se rige bajo una soberanía que se contempla en la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos y también contemplar que se deben de respetar los derechos humanos de un imputado o de una persona que esté sometida a una investigación para poder llegar a una conclusión de manera equitativa se deberá de hacer un análisis y estudio previo de lo que simbolizan ambas cosas tanto como para México y sus ciudadanos así como también en las normas internacionales todo esto con el objeto de tener el estudio e investigación adecuados para poder abordar una reforma igualitaria sin dejar de lado ni la Constitución ni los estatutos o reglas para el cuidado de los derechos humanos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:10:15 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Lissandro Cuatepitzi Pérez </title>
         <author>lissandrocuatepitziperez01</author>
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         <description><![CDATA[<p>Desde mi punto de vista no es correcto aplicar la prisión preventiva oficiosa porque al analizar resoluciones internacionales podemos observar que está es violatoria de derechos humanos, en específico en derecho de presunción de inocencia, esto debido a que no es una medida que se debata ante un juez ya que se aplica de manera automática al tratarse de un delito de los contemplados en el artículo 19 constitucional y 167 del código nacional de procedimientos penales, en su lugar se debería aplicar la prisión preventiva justificada para la cual es necesario que acreditar la necesidad de cautela y para ello se necesita más certeza de que la persona presuntamente realizó o participó en el hecho delictivo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:13:23 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Lissandro Cuatepitzi Pérez </title>
         <author>lissandrocuatepitziperez01</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314536009</link>
         <description><![CDATA[<p>En el ámbito internacional se establece que la prisión preventiva oficiosa que se aplica en México es violatoria de derechos humanos puesto que se le restringe la libertad a una persona sin que exista una justificación clara, esto vulnera la presunción de inocencia que tenemos todas las personas.</p><p>La corte interamericana de derechos humanos determinó que México debe eliminar la figura de prisión preventiva oficiosa por ser violatoria de derechos humanos, pero, en México se hizo caso omiso de dicha determinación y en su lugar ampliaron el catálogo de delitos "graves" que ameritan prisión preventiva oficiosa, esto genera ciertos problemas ya que en primer lugar estamos contradiciendo y desacatando a una autoridad internacional y en segundo lugar esto significa que más personas estarán en centros de reinserción social para llevar su proceso penal privados de la libertad lo cual es grave debido a que actualmente existe una sobrepoblación en dichos centros y esto genera que las personas privadas de su libertad tengan una calidad de vida deplorable.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:23:55 UTC</pubDate>
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         <title>Guadalupe Mendez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar en el cual permite a autoridades ordenar la detención a personas que hayan cometido acciones qué la ley establece como delito</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:28:30 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa desde mi perspectiva es el medio que la autoridad emplea a fin de que no se corran riesgos dentro de la investigación o la víctima, esto empleando el respeto a los derechos humanos de las personas </p><p>considero que es un medio empleado de forma favorable pero en delitos que realmente se tenga certeza que son cometidos de forma dolosa </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:29:05 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314546233</link>
         <description><![CDATA[<p>Es un medida cautelar empleada por la autoridad privando de la libertad a una persona durante su proceso a fin de proteger la integridad de las víctimas o testigos así como de que el imputado no obstaculice la investigación </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:31:23 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ximena Alonso </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314546949</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es un medio por el cual se hace la detención de una persona ante su probable participación en un delito y que con ello se tiene por objeto principal el asegurar la presencia del imputado al proceso que este tiene. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:32:01 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314548101</link>
         <description><![CDATA[<p>En cuanto a la prisión preventiva oficiosa es una medida que emplean las autoridades para la detención de personas que han cometido delitos pero considero que causa cierta sobrepoblacion en los centros de reinsercion y que a su vez las personas que estén privadas de su libertad tengan malas condiciones para vivir</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:33:03 UTC</pubDate>
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         <title>Adriana Teresa cortes López </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Es claro que ante otros órganos internacionales, la prisión preventiva oficiosa es considerada violatoria de derechos humanos y a la libertad personal, considero que si estamos dentro de  tratados internacionales que defienden garantías procesales como son la libertad personal o el principio de inocencia, deberíamos de acatar en lo literal de las circunstancias y adoptar por completo lo que se  establece, no solamente algunas partes, es de conocimiento que lo establecido dentro de las leyes no es un reflejo de la realidad en el sistema penal, por lo que este apego a lo establecido constitucionalmente me parece más un impedimento para el respeto a los derechos humanos que para una correcta impartición</p><p> de justicia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:33:33 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314552480</link>
         <description><![CDATA[<p>Las normas internacionales como bien sabemos buscan proteger los derechos humanos de las personas que se encuentran enfrentando un proceso penal </p><p>Pero considero que debería de emplearse dentro de las distintas etapas de su proceso pues si bien es cierto la prisión preventiva es empleada generando un daño menor(restricción temporal de la libertad del imputado) para proteger bien mayor (protección de la integridad de la victima o testigos, así como una investigación correcta y justa)</p><p><br/></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:36:49 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Ximena Alonso </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314554097</link>
         <description><![CDATA[<p>Esta medida es un manera de garantizar que el imputado pueda salir o evitar la justicia, es decir, que pueda realizar algún acto para evadir la responsabilidad que esta tenga, además de que con la prisión se evita generar inconvenientes durante el proceso </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:38:09 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Veronica Gpe. Florentino Ramirez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314558298</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que permite privar de la libertad a una persona antes de ser juzgada y sin que exista una sentencia condenatoria en su contra. Se aplica de manera automática, para determinados delitos considerados graves, que se encuentran previstos en la ley, sin necesidad que el juez estudie o evalúe el caso.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:41:10 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314559007</link>
         <description><![CDATA[<p>Respecto a la prisión preventiva oficiosa y la contraposicion de normas hay ciertas diferencias ya que no todos los países consideran que sea una vía correcta la privación de las personas, ya que se supone que para la privación debería ser excepcional y con pruebas sólidas.</p><p>Los tratados internacionales buscan proteger los derechos de las personas.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:41:31 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Ximena Alonso </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314561997</link>
         <description><![CDATA[<p>Es verdad que existe una contradicción en esto, ya que se dice que la prisión preventiva es un medio violatorio de derechos ya que se está privando de la libertad a una persona que aún no se tiene con seguridad que está cometió un delito, pero también es verdad hay muchas ocasiones en las que resulta que la persona cometió los delitos y aún así por cuestiones sale en libertad con facilidad, es verdad que se debería analizar a profundidad esto pueda aclararse, pero desde mi parecer la prisión preventiva oficiosa es un medio que muchas veces es necesario.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:44:00 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>amefch</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314563185</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que se establece en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual se lleva a cabo a través de la retención del sujeto, presuntamente responsable de un delito grave que se encuentre estipulado en el numeral mencionado antes de que se compruebe su culpabilidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:44:44 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title></title>
         <author>amefch</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314563424</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida controversial porque busca garantizar la seguridad y evitar la impunidad, pero al mismo tiempo puede vulnerar derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el debido proceso. Si bien la prisión preventiva oficiosa puede ser útil en ciertos casos, su aplicación generalizada es riesgosa porque puede derivar en abusos y afectar a personas inocentes. En lugar de enfocarse en encarcelar automáticamente, se debería mejorar la capacidad del Estado para investigar y juzgar de manera eficiente.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:44:59 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>amefch</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314563895</link>
         <description><![CDATA[<p>Mi postura es que la prisión preventiva oficiosa en México es contraria a las normas internacionales de derechos humanos y su aplicación debería reformarse o eliminarse para alinearse con estándares internacionales. Las normas internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen que la prisión preventiva debe ser excepcional, no una regla general, y esta se debe evaluar caso por caso si la detención es necesaria. Sin embargo, en México, la prisión preventiva oficiosa se aplica de manera automática a ciertos delitos sin un análisis individualizado, lo que contradice al principio de presunción de inocencia y al debido proceso.</p><p>&nbsp;</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:45:16 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>Alex Ramos </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva puede ayudar a qué el indiciado o imputado, no haga obstrucción en los actos de investigación que se tienen en su contra por su presunta participación en un acto que la ley cataloga como delito, incluso en la Constitución se establecen en el artículo 19 que delitos ameritan prisión preventiva oficiosa, es por ello, que a veces si es de mucha ayuda que la persona sea privada de su libertad, incluso para no amenazar a testigos, a la víctima o soborne peritos que ayuden en las investigaciones, pero en muchas ocasiones esa medida es violatoria de derechos humanos por qué no hay presunción de inocencia </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:49:24 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Alex Ramos </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314575725</link>
         <description><![CDATA[<p>En varios tratados internacionales se establece que la prisión preventiva oficiosa es violatoria de derechos humanos ya que no hay presunción de inocencia ante la persona acusada de cometer un delito, dicha figura siendo controversia de discusión en México si seguir siendo aplicada o ya no, mi postura ante ello, es mencionar que puede ayudar a qué la persona no se sustraiga de la justicia, amenace testigos y obstaculice los actos de investigación, pero en muchas ocasiones deja a el imputado vulnerable de no defenderse, existen antecedentes de como la prisión preventiva oficiosa hizo que las personas no tuvieran acceso a la justicia, no pudieran establecer una buena defensa por lo cual concluyó en estar privados de su libertad, por lo cual los tratados internacionales en este supuesto apoyan más a las personas con el acceso a la justicia que la propia constitución </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:53:35 UTC</pubDate>
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         <title>Prisión Preventiva Oficiosa. </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que consiste en enviar automáticamente a prisión a una persona acusada de ciertos delitos graves, sin que el juez analice si es realmente necesario en su caso particular. Esto están establecido en el Artículo 19 de la CPEUM, que indica que delitos ameritan esta medida, como homicidio doloso, feminicidio, violacion, secuestro, corrupción y algunos delitos relacionados con drogas y armas, entre otros. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:54:30 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314577532</link>
         <description><![CDATA[<p>Genera muchas controversias ya que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que la prisión preventiva aplicada en México transgrede los derechos humanos, ya que condena y restringe la libertad del indiciado lo que vulnera el principio de presunción de inocencia que nos corresponde a todas las personas, pero debemos de entender que la prisión preventiva es para realizar actos de investigación para saber si la persona cometió el delito o no, aunque si bien es cierto que muchas veces no se le da la prontitud necesaria y las personas quedan detenidas y en ocasiones graves incluso hasta olvidadas, es estado Mexicano opta por estas medidas para que también las víctimas u ofendidos no se sientan vulnerado ya que al quedar en libertad el inculpado pueda hacerles algún daño, sustraerse de la acción penal o bien obstaculizar dicha investigación</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:54:47 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Edson Maldonado Ibarra</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Es una medida de precaución por la cual, la ley tiene como salvedad cuando una media cautelar no es suficiente para garantizar la conducción al imputado al procesos penal, el resguardo de la investigación y que personas directas e indirectas al proceso penal corran peligro para su consumación.  </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:55:22 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Alex Ramos </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314582189</link>
         <description><![CDATA[<p>El objetivo principal de la prisión preventiva oficiosa es garantizar la comparecencia del imputado a todas las audiencias que se celebren para absolver o condenarlo por la investigación que se tiene en su contra por su posible participación en un acto que la ley considera como delito, está medida se utiliza en los delitos que señala el artículo 19 constitucional como lo son la violación, delincuencia organizada entre otros. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:57:15 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Veronica Gpe. F. Ramirez </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Considero que la prisión preventiva oficiosa es una figura un poco controvertida, debido a que muchos las consideran muy extrema y violatoria de derechos humanos y basándose más en el principio de presunción de inocencia. Sin embargo, para mí resulta esencial para garantizar la seguridad pública y la comparecencia del imputado en el juicio, debido a que está medida cautelar se aplica para aquellos delitos graves que se encuentran establecidos en el articulo 19 de la constitución política y así evitar que puedan evadir la justicia o cometer nuevos delitos mientras enfrentan su proceso penal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 02:59:05 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Adriana Teresa Cortes López </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>estoy de acuerdo con esta postura ya que recuerda la realidad penitenciaria en México,  y como deberían de garantizar un entorno digno, que fomente la  reinserción social a través del respeto a los derechos humanos, esto debe de empezar desde el inicio de su proceso buscando todos los elementos</p><p> que comprueben su culpabilidad para culminar, en este caso,   en una pena privativa, no antes de esto se le puede violar el principio de inocencia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:03:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Edson Maldonado Ibarra</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314596960</link>
         <description><![CDATA[<p>Considero que la prisión preventiva oficiosa, es un mecanismo por cual, pone en resguardo a las partes para que el proceso penal tenga un desahogo justo  e igualitario en el que se obligan a cumplir con todo los criterios que la ley establece para el resguardo de derechos y las garantías de cada persona, no obstante, señalo que ésta misma medida de precaución podría ser violatoria de la justicia en materia de derechos humanos, ya que la idea del sistema acusatorio es mantener un estado de inocencia a los probables participantes o comisionados de un acto delictivo que sancione la leyes penales, por lo que, se tendrían que analizar los aspectos relevantes y vulnerables para que esta medida sea aplicada a un caso concreto y general</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:09:48 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Águila Cortés</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prision preventiva oficiosa es la medida cautelar más lasiva empleada en el sistema de justicia penal acusatorio, consiste tecnicamente en la privacion de la libertad del indiciado en el local del organo jurisdiccional que conozca de su juicio o en el de su reclusion; solo por delito que amerite pena privativa de libertad habrá lugar a prision preventiva. En el entendido de que para que pueda imponerse de forma oficiosa, debe situarse en la base constitucional del articulo 19 así como en las causas de procedencia a que se refiere el art. 167 del CNPP. En todo caso su imposicion no estudia la necesidad, proporcionalidad y razonabilidad de la medida, unicamente prevé las situaciones como la obstaculizacion de la investigacion, garantizar la seguridad de la victima u ofendido, del testigo, la comunidad o en su caso la Federacion, asi como el de asegurar la comparecencia del imputado en el proceso (prever la sustraccion del ejercicio de la accion penal)</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:10:53 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Christopher Monterrosas Loranca.</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Creo que la prisión preventiva oficiosa busca proteger a la sociedad, pero me parece que deberia aplicarse con mas cuidado. Si bien puede ser necesaria en delitos graves, en otros casos deberia ser el juez quien valore si realmente es necesaria. De lo contrario, se corre el riesgo de encarcelar a personas sin que se haya probado su culpabilidad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:13:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Karen M López Tenocelotl </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314602807</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión Preventiva es la medida cautelar más grave grave, ya que implica la privación de la libertad de la persona imputa, es dictada por un juez de manera automática cuando se le está juzgando por uno de los delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución, sin la necesidad de demostrar algo y solo la persona va a prisión</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:15:08 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Christopher Monterrosas Loranca</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314602917</link>
         <description><![CDATA[<p>Mi postura es que la aplicacion de la prision preventiva oficiosa puede entrar en conflicto con normas internacionales que protegen derechos humanos, como la presuncion de inocencia. Las normas internacionales exigen que la prision preventiva sea excepcional y justificada en cada caso, pero la prision preventiva oficiosa se impone automaticamente en ciertos delitos, lo que podria violar estos principios y generar injusticias.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:15:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Karen M López Tenocelotl </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314603623</link>
         <description><![CDATA[<p>A mi criterio la prision preventiva  oficiosa es violatoria de derechos humanos, se debe de  recordar que el sistema penal acusatorio es un sistema garantista esto es que no solo hay que velar por el respeto a los dechos humanos de la persona detenida, imputada, enjuiciada, sentenciada o reo así como de las víctimas  desde la étapa de investigación hasta la ejecución de la sentencia y el aumentar el catalogo de delitos graves rompe con este objetivo, ya que, de acuerdo al principio de presunción de inocencia se debe garantizar en todo momento que la persona sometida a un procedimientos sea tratado como tal, como inocente hasta que cause ejecutoria su sentencia instaurada, y no así hacer un juicio prevío, es por ello que es un riesgo para la justicia mexicana esta reforma, pues prácticamente es como si regresaramos al sistema tradicional en el cual la mayoria de delitos ameritaban prisión, reiterando que se incumple con la finalidad del proceso penal.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:15:52 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Karen M López Tenocelotl </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314604121</link>
         <description><![CDATA[<p>La imposición de la prisión preventiva oficiosa resulta en confrontación con una idea garantista defensora de la presunción de inocencia, pues acepta que dicha medida cautelar se va a poder imponer cuando así  resulte justificado, pero no de manera inmediata y sin mayor debate por la sola clasificación juridica del hecho formulado en imputación,  es por ello que yo considero que es correcta la postura de las normas internacionales y se debe de respetar, ya que al implementar la prisión preventiva oficiosa y aun más el que agranden el catalogo de delitos graves nos podría llevar a regresar al sistema inquisitivo en donde todos los delitos ameritaba prisión Preventiva, y en ese contexto que sentido tuvo cambiar al sistema acusatorio, y lo que es peor todo el tiempo que conllevo la adaptación a este sistema.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:16:23 UTC</pubDate>
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         <title>Lizbeth Coyotzi Aguirre</title>
         <author>lizbethcoyotzi0_1</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314607894</link>
         <description><![CDATA[<p><strong>La prisión preventiva oficiosa es un tema polémico porque, aunque su intención es evitar que los acusados de delitos graves huyan o entorpezcan la justicia, también puede violar derechos fundamentales, como la presunción de inocencia y el derecho a un juicio justo.</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:20:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Edson Maldonado Ibarra</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314609865</link>
         <description><![CDATA[<p>No estoy en favor, ni en contra, pero es necesario recalcar que tanto las normas superiores y los análisis internos de los órganos máximos del estado, dan hincapié a la garantía y protección de los derechos de las personas con la finalidad de llevar a cabo la impartición de justicia, da significado que no importa que ley hablando por la jerarquía del artículo 133 sobre las leyes del país, sean más adecuadas para dar cumplimiento a lo que llaman impartición de justicia, es por ello que solo debería respetarse lo que ya esta escrito y darle cumplimiento a lo que la ley y tratados nos dan como garantías y derechos </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:22:58 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Aguila Cortés</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314615331</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una sanción anticipada, como quiera que se le designe o justifique, echa abajo la presunción de inocencia, principio fundamental del sistema penal acusatorio. </p><p>Además, es una medida desproporcionada por ser general, sin valorar las particularidades (resulta relevante ponderar en cada caso, pues quien se restringe es la libertad personal del individuo) pero también ésta ha resultado ineficaz, ya que no mejora los niveles de investigación, ni disminuye la inseguridad o disuade la comisión de delitos, inclusive es onerosa para el estado.</p><p>Para culminar, la CoIDH se ha pronunciado respecto esta medida cautelar. Calificandola de inconvencional</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:29:04 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>J. Roberto Román</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314618390</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar establecida en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se aplica automáticamente a ciertos delitos graves, sin necesidad de que el Ministerio Público justifique su imposición. Es decir, cuando una persona es imputada por alguno de estos delitos, el juez está obligado a dictar su ingreso en prisión mientras se lleva a cabo el proceso penal, sin que exista la posibilidad de medios alternos.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:32:35 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>J. Roberto Román</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314623066</link>
         <description><![CDATA[<p>A mi parecer, la prisión preventiva oficiosa es una medida que, aunque busca garantizar la seguridad y evitar la fuga del imputado, vulnera el principio de presunción de inocencia y puede dar lugar a abusos. Su aplicación automática impide que los jueces analicen cada caso individualmente, lo que ha llevado a que muchas personas pasen años en prisión sin una sentencia condenatoria o absolutoria.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:37:51 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>J. Roberto Román</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa en México entra en conflicto con normas internacionales de derechos humanos, como las establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que prohíben la privación automática de la libertad sin un análisis individual del caso. Mientras que la propia Constitución mexicana la mantiene como una medida obligatoria para ciertos delitos, los estándares internacionales exigen que toda prisión preventiva sea excepcional, proporcional y justificada. Esta contraposición plantea un desafío legal y constitucional, ya que México debe armonizar su legislación interna con sus compromisos internacionales para evitar violaciones a los derechos fundamentales y garantizar un sistema de justicia más equitativo.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:41:01 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Alexa Ortiz </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>México no sabe implementar bien esta figura, debido a que los encargados de recolectar los datos y medios de pruebas no usan los métodos idóneos y no tienen una buena capacitación para ello </p><p>Debido a que se ah dado la ocasión en la que el detenido es inocente y la persona responsable es liberada </p><p>En lo personal , sirve para proteger a la victima y de algún modo a el detenido , debido a que puede que como venganza atente contra la victima o en un escenario al revés, el detenido le quieran hacer daño siendo este tal ves inocente </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:41:08 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ana María Pacio Navarro </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es aquella medida que se aplica cuando un sujeto comete un delito considerado grave, su objeto es que permanezca en cautela durante el tiempo que se está llevando acabo el procedimiento. </p><p>De esta manera se podrá proteger diversos aspectos dentro del mismo proceso, esté lo solicitará el ministerio público.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:50:00 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>Jose René Trujillo Cerezo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314634229</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que puede ser dictada por un juez o tribunal en el curso de un proceso penal</p><p>Su objetivo es garantizar la comparecencia del imputado en el juicio y evitar que se fugue o entorpezca la investigación.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:50:56 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ángel Alberto Álvarez Méndez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314636235</link>
         <description><![CDATA[<p>Es una medida cautelar que se aplica cuando se requiere garantizar la comparecencia del imputado a proceso, la medida consiste en la privación de la libertad de la persona sin que haya sido condenado debido a que realizó un delito grave catalogado en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:53:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Angel Alberto Alvarez Mendez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314636613</link>
         <description><![CDATA[<p>Es una medida que puede resultar útil para que el presunto culpable del delito no se sustraiga de la acción penal, pero a su vez, es una medida que no respeta la presunción de inocencia que tiene desde un inicio el procesado, en mi opinión se debería de realizar en situaciones especificas y reducir la cantidad de delitos por los cuales te someten a esta medida para que así no se dañe el derecho a la presunción de inocencia y no haya tantas personas dentro de los reclusorios.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:53:57 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Angel Alberto Alvarez Mendez </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314637253</link>
         <description><![CDATA[<p>Los tratados internacionales contradicen y marcan violatorio de derechos humanos a la prisión preventiva oficiosa, debido a que, se le está vulnerando su derecho a la presunción de inocencia y a la libertad, debido a esto, me parece que, está medida si contradice a la presunción de inocencia, a su vez que, afecta los centros penitenciarios, pues se llega a dar un cupo máximo sin que estos sean culpables. Se debe realizar una investigación adecuada y un análisis en donde se tenga una presunta culpabilidad máxima para que esta medida proceda. </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 03:54:36 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ana María </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314644990</link>
         <description><![CDATA[<p>Creo que es una medida un tanto precipitada y considero que parte del hecho que los ceresos estén con una importante sobre población es justamente está medida. </p><p>Porque muchos impuestos llevan años en prisión preventiva y si situación jurídica no ha sido resuelta.</p><p>Y también lo considero que está violentando a nuestro principio de presunción de inocencia):</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:03:30 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jose René Trujillo Cerezo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314647528</link>
         <description><![CDATA[<p>Que es  una medida utiliza para garantizar la que una persona que cometío un delito pueda obstaculizar la investigación y se pueda sustraer de la justicia apesar de ser violeterio de derechos humanos algunas veces es necesaria.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:06:27 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Jose René Trujillo Cerezo </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314651280</link>
         <description><![CDATA[<p>Respecto a la controversia que existe entre los   tratados internacionales y lo que dicta la ley mexicana es debate de nunca acabar al suponer que se encuentran en la misma jerarquía yo siento que en algunos casos debe ser justificado ya que se está vulnerando el derecho a la libertad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:11:09 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Aguila Cortés</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>Mediante una Declaración publicada en el <em>Diario Oficial de la Federación</em> del 8 de diciembre de 1998, México reconoció la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.</p><p><br/></p><p>México ha sido sujeto a controversias frente a este organo jurisdiccional internacional y sentenciado en casos como Garcia Rodriguez y otros vs México, asi como Tzompaxtle Tecpile y otros vs Mexico. </p><p>Por las que se resolvio y determino, la responsabilidad del estado mexicano por violar los derechos humanos de la libertad personal y de la presuncion de inocencia, por la imposicion per se de la PRISION PREVENTIVA OFICIOSA y del arraigo, en el marco del proceso penal del que fueron sujetos los anterior citados. </p><p><br/></p><p>Sin embargo, existe una disyuntiva en la que nuestro tribunal constitucional se pronuncio respecto las resoluciones de ese alto tribunal internacional, a traves del pleno, al resolver la contradiccion de tesis 293/2011 y 20/2014. En la que de forma generica se puede decir, que se declararon las normas convencionales de rango constitucional; y por otro lado, se establecio que si en el marco del texto constitucional se establece una restriccion expresa al ejercicio de los derechos, el juzgador debe apegarse a lo recogido en la propia constitucion.</p><p><br/></p><p> Por lo que una vez, dicho lo anterior, personalmente denoto problematica la relacion que guarda el sistema interamericano de derechos humanos y lo que establece nuestra constitucion. </p><p>Tarde o temprano se desarrollaran consecuencias por la omision del estado mexicano frente a las imposiciones de la CoIDH. Como resultado del reconocimiento de su jurisdicción.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:16:08 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Ana María </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314661706</link>
         <description><![CDATA[<p>Realmente si creo que se está violentando el derecho a la libertad puesto que aún no está sentenciado y no hay pruebas suficientes que acrediten su participación en la comisión del delito </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:23:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Lizbeth Coyotzi Aguirre</title>
         <author>lizbethcoyotzi0_1</author>
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         <description><![CDATA[<p><strong>La prisión preventiva oficiosa en México choca con las normas internacionales de derechos humanos porque obliga a encarcelar a una persona mientras se lleva a cabo su juicio, sin analizar si realmente es necesario.</strong></p><p><br/></p><p><strong>Organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la ONU han dicho que esta medida viola la presunción de inocencia y que la prisión preventiva debe usarse solo en casos excepcionales, después de que un juez evalúe si hay riesgo de fuga o de que el acusado obstruya la justicia.</strong></p><p><br/></p><p><strong>El problema es que, aunque México ha firmado tratados internacionales que establecen esto, su Constitución aún mantiene la prisión preventiva oficiosa para ciertos delitos. Esto crea una contradicción legal: las normas internacionales dicen que debe eliminarse, pero las leyes mexicanas siguen aplicándola.</strong></p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:25:18 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que permite la detención de una persona acusada de un delito sin la necesidad de una sentencia.</title>
         <author>cvalerdi44</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314690244</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 04:57:43 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Veronica Gpe Florentino </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314693812</link>
         <description><![CDATA[<p>Si bien la prisión preventiva oficiosa es un tema muy controversial y diversos organismos internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otras, han expresado su preocupación por el uso excesivo de la prisión preventiva oficiosa en México y hacen mención de las violaciones que esta medida contraviene como a los principios fundamentales como la presunción de inocencia, la proporcionalidad y que puede generar violaciones a derechos humanos como la libertad personal, el debido proceso y la dignidad humana. No obstante está medida cautelar solo se implementa para delitos graves y de alto impacto social, la prisión preventiva oficiosa es necesaria para evitar la fuga del imputado, la obstaculización de la investigación y la intención de volver a delinquir, así como para proteger a la víctima y a la sociedad. Se considera que esta medida es proporcional y necesaria para garantizar la seguridad pública y el acceso a la justicia, además de que es una herramienta eficaz para disuadir la comisión de delitos y para asegurar que los responsables sean llevados ante la justicia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 05:02:16 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>VALERDI</title>
         <author>cvalerdi44</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314701949</link>
         <description><![CDATA[<p>Considero que debe de ser obligatoria la prisión preventiva oficiosa, sin embargo, no debe de ser necesaria en todos los supuestos que nos señala la misma constitución en el articulo 19. En algunos delitos el imputado no cumple con los requisitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, los cuales son: </p><p>1.- que la victima u testigos corran peligro.</p><p>2.- que exista riesgo de fuga.</p><p>3.- entorpezca el procedimiento en su contra.</p><p>Si no hay alguno de estos supuestos, no veo la necesidad de que el imputado este en cautela.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 05:10:31 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>VALERDI</title>
         <author>cvalerdi44</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314718543</link>
         <description><![CDATA[<p>Entramos en un debate cuando hablamos sobre la jerarquización de un tratado internacional con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero no hay que olvidar que trabajan a la par, ninguna es inferior que la otra. Sin embargo existe el "principio pro persona" el cual nos puede beneficiar como mejor nos convenga a nosotros, y esto se puede aplicar en cualquier ámbito, siempre y cuando exista un tratado internacional o la misma Constitución nos respalden.  </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 05:24:29 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>wkb7hkqmsp</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314730713</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es aquella medida cautelar en el que una persona puede ser detenida mientras se desarrolla su proceso penal de ciertos delitos que son considerados graves. </p>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2025-02-04 05:38:06 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>wkb7hkqmsp</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314733876</link>
         <description><![CDATA[<p>En mi opinión es una manera de que una persona no pueda evadir la justicia ni obstaculizarla con el objetivo de que se ajusta a la gravedad del delito y de proteger a la victima u ofendido . </p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 05:42:09 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title></title>
         <author>wkb7hkqmsp</author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3314737807</link>
         <description><![CDATA[<p>Mi postura ante esto es que aunque los objetivos de la medida puedan ser comprensibles desde una perspectiva de protección a la sociedad y de evitar la fuga o alteración de pruebas, la forma en que se aplica en el contexto mexicano entra en conflicto con principios fundamentales de los derechos humanos reconocidos a nivel internacional. </p><p>Protegen derechos clave como la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal. La prisión preventiva, según estos instrumentos, debe ser una medida excepcional, no la regla, y debe ser aplicada solo cuando exista un riesgo real y fundamentado de que la persona afectada podría eludir la justicia, obstaculizar la investigación o representar un peligro para la sociedad.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 05:46:39 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>MIGUEL GARCÍA </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3315919040</link>
         <description><![CDATA[<p>medida judicial que consiste en detener a una persona acusada de un delito sin esperar a que se emita una sentencia.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 20:38:56 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Miguel García </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/josemiguel190492/55lgecqn36gbmq4g/wish/3315920591</link>
         <description><![CDATA[<p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que puede ser dictada por un juez o tribunal en el curso de un proceso penal, sin que el fiscal o la parte acusadora lo hayan solicitado expresamente. A continuación, te presento una opinión sobre esta medida:</p><p><em>Ventajas</em></p><p>1. <em>Protección de la sociedad</em>: La prisión preventiva oficiosa puede ser necesaria para proteger a la sociedad de un imputado que pueda representar un peligro para la comunidad, especialmente en casos de delitos graves o violentos.</p><p>2. <em>Garantía de la investigación</em>: La prisión preventiva oficiosa puede ser necesaria para garantizar que el imputado no obstaculice la investigación o no se fugue del país.</p><p>3. <em>Precaución ante la gravedad del delito</em>: En casos de delitos graves, la prisión preventiva oficiosa puede ser una medida necesaria para evitar que el imputado se beneficie de su libertad mientras se desarrolla el proceso penal.</p><p><em>Desventajas</em></p><p>1. <em>Restricción de la libertad</em>: La prisión preventiva oficiosa implica la restricción de la libertad del imputado, lo que puede ser una medida drástica y potencialmente injusta si no se fundamenta en pruebas sólidas.</p><p>2. <em>Riesgo de abuso</em>: La prisión preventiva oficiosa puede ser utilizada de manera abusiva por los jueces o fiscales, especialmente si no se cumplen los requisitos legales para su aplicación.</p><p>3. <em>Impacto en la presunción de inocencia</em>: La prisión preventiva oficiosa puede afectar la presunción de inocencia del imputado, ya que puede ser percibida como una medida que anticipa su culpabilidad.</p><p><em>Conclusión</em></p><p>La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que debe ser utilizada con precaución y solo en casos en los que se cumplan los requisitos legales y se fundamenten en pruebas sólidas. Es importante garantizar que la medida se utilice de manera proporcional y no abusiva, y que se respete la presunción de inocencia del imputado. Además, es fundamental que los jueces y fiscales sean conscientes de las posibles consecuencias negativas de la prisión preventiva oficiosa y la utilicen solo cuando sea estrictamente necesario.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 20:40:13 UTC</pubDate>
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         <title>Miguel García </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<p>En cuanto a la contraposición de las normas internacionales y la aplicación de prisión preventiva oficiosa, considero que:</p><p>Argumentos a favor de la aplicación de prisión preventiva oficiosa</p><p>1. <em>Protección de la sociedad</em>: La prisión preventiva oficiosa puede ser necesaria para proteger a la sociedad de un imputado que pueda representar un peligro para la comunidad.</p><p>2. <em>Garantía de la investigación</em>: La prisión preventiva oficiosa puede ser necesaria para garantizar que el imputado no obstaculice la investigación o no se fugue del país.</p><p>3. <em>Precaución ante la gravedad del delito</em>: En casos de delitos graves, la prisión preventiva oficiosa puede ser una medida necesaria para evitar que el imputado se beneficie de su libertad mientras se desarrolla el proceso penal.</p><p>Argumentos en contra de la aplicación de prisión preventiva oficiosa</p><p>1. <em>Restricción de la libertad</em>: La prisión preventiva oficiosa implica la restricción de la libertad del imputado, lo que puede ser una medida drástica y potencialmente injusta si no se fundamenta en pruebas sólidas.</p><p>2. <em>Riesgo de abuso</em>: La prisión preventiva oficiosa puede ser utilizada de manera abusiva por los jueces o fiscales, especialmente si no se cumplen los requisitos legales para su aplicación.</p><p>3. <em>Impacto en la presunción de inocencia</em>: La prisión preventiva oficiosa puede afectar la presunción de inocencia del imputado, ya que puede ser percibida como una medida que anticipa su culpabilidad.</p><p>Normas internacionales relevantes</p><p>1. <em>Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)</em>: El artículo 9 del PIDCP establece que "nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias".</p><p>2. <em>Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)</em>: El artículo 7 de la CADH establece que "nadie puede ser sometido a detención o prisión arbitrarias".</p><p>3. <em>Principios de las Naciones Unidas para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión</em>: Estos principios establecen que la detención o prisión preventiva debe ser utilizada solo en casos excepcionales y con estricta observancia de los derechos humanos.</p><p>Conclusión</p><p>En resumen, considero que la aplicación de prisión preventiva oficiosa debe ser utilizada con precaución y solo en casos en los que se cumplan los requisitos legales y se fundamenten en pruebas sólidas. Es importante garantizar que la medida se utilice de manera proporcional y no abusiva, y que se respete la presunción de inocencia del imputado.</p><p>Además, es fundamental que los jueces y fiscales sean conscientes de las normas internacionales relevantes y las apliquen de manera estricta para garantizar la protección de los derechos humanos. En caso de conflicto entre las normas internacionales y la legislación nacional, debe prevalecer la norma más favorable a la persona sometida a detención o prisión.</p>]]></description>
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         <pubDate>2025-02-04 20:41:28 UTC</pubDate>
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