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      <title>La optimización del agua by Juan Guillermo Vigueras Pérez</title>
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      <pubDate>2022-12-05 03:03:26 UTC</pubDate>
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         <title>La optimización del agua</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:04:34 UTC</pubDate>
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         <title>Este texto tratara sobre la contaminacion o sobreexplotacion del agua que existe en mi estado, asi como los conflictos sociales en la comunidad relacionado con la contaminacion o sobreexplotacion.</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:05:27 UTC</pubDate>
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         <title>Afectado el 79% de ríos en Chiapas. La contaminación del agua en Chiapas, es un problema que a través de los años va en incremento, esto debido a las descargas de aguas negras en arroyos y ríos; a la falta de conciencia por parte de la población y por supuesto a las deficientes acciones de las autoridades correspondientes para atender está problemática.Marco Antonio Parra Cota, director general de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) Frontera Sur, informó que en Chiapas se tienen identificados 135 puntos de descargas de aguas negras, mismos que afectan el 79% de ríos y arroyos pertenecientes a la entidad chiapaneca, donde se ven involucrados cerca de 82 municipios.Al respecto, Andres Carballo Bustamante, director general del Instituto Estatal del Agua (Inesa) en Chiapas, mencionó que debido a la temporada de sequía los lugares más preocupantes son los municipios de la costa, entre ellos, Arriaga, Pijijiapan y Mapastepec, donde los niveles de agua han sido muy bajos, por lo que constantemente se realizan monitoreos bacteriológicos.ConaguaParra Cota, por su parte mencionó que en todos los ríos de Chiapas, existe algún grado de contaminación, los cuales generalmente se deben a descargas de aguas negras residuales de origen doméstico y agroquímicos diversos provenientes de la producción agrícola.A lo anterior, estudios realizados por Conagua, exhibieron que el 82% del agua en Chiapas es utilizada para la producción agrícola, 16% para el abastecimiento público y dos por ciento es empleado por la industria.</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:06:37 UTC</pubDate>
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         <title>Auguran severa crisis de agua. Desabasto en la mayor parte de las ciudades del estado como San Cristóbal, Tuxtla Gutiérrez, Chiapa de Corzo, Comitán, Tonalá, Huixtla y TapachulaSan Cristóbal de Las Casas.- “El agua, líquido vital para la supervivencia humana, está al borde de una severa crisis no sólo en Chiapas, sino a nivel mundial”, asegura un grupo de ambientalistas, investigadores y académicos en el marco del Día Mundial del Agua.Señala que en la actualidad existe un panorama dramático de crisis de agua para consumo humano, desabasto en la mayor parte de las ciudades del estado como San Cristóbal de Las Casas, Tuxtla Gutiérrez, Chiapa de Corzo, Comitán, Tonalá, Huixtla y Tapachula. Luis Arturo Solís, investigador de la Cuenca Hidrológica de San Cristóbal, considera que los humedales de montaña, lagunas, arroyos y ríos se están secando y esto es una situación alarmante.En este sentido, Alejandro Ruiz, reconocido ambientalista, indica que desde su experiencia recorriendo por años la Cuenca en su parte alta, media y baja, ha comprobado de manera directa el deterioro de la misma que está provocando la pérdida de recarga de los mantos freáticos y acuíferos. La más reciente y desagradable experiencia es haber constatado con otras personas cómo una considerable superficie de los remanentes de los humedales de montaña de María Eugenia en San Cristóbal, la laguna de La Albarrada y el arroyo Navajuelos, está seca y ver cómo los caudales de los ríos Amarillo, Fógotico y los arroyos Chamula y San Felipe han disminuido considerablemente, debido de la evaporación causada por las altas temperaturas”, dice.Menciona que está situación “está poniendo en riesgo el hábitat de infinidad de seres vivos y de los ecosistemas amén de los altos índices de contaminación por las descargas de aguas negras”.“ En las últimas 48 horas en San Cristóbal hemos verificado como siete manantiales del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Municipal operan al 35 y 40 por ciento de su capacidad y tienden a sufrir un mayor abatimiento en abril y mayo, cuando las temperaturas alcancen niveles históricos, según los pronósticos”, agrega. Ruiz añade que entre las muchas causas del proceso de sequía que se registra en los últimos años y alcanza niveles alarmantes, están la tala inmoderada e incontenible de bosques, el anárquico cambio de uso de suelo para agricultura, uso habitacional, relleno de humedales y zonas de amortiguamiento, la explotación de materiales pétreos, contaminación y la sobreexplotación de los manantiales por el crecimiento poblacional. “Las autoridades y ciudadanía somos responsables de esta terrible crisis ambiental, y contribuimos al acelerado cambio climático y sus efectos que ya estamos experimentando con diferentes manifestaciones como la alteración del ciclo del agua, con lluvias más escasas que impiden la recarga de los cuerpos de agua”, considera.Para el académico la crisis del agua es algo que va más allá de los ríos y humedales que se secan en los Altos como en muchos municipios del estado, pues esta problemática repercute a nivel mundial, ya que hay lugares donde los conflictos sociales son por la propiedad del agua y donde por la sequía acaban cosechas y mueren personas y animales.</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:07:38 UTC</pubDate>
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         <title>Grafica de barras</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:09:14 UTC</pubDate>
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         <title>Interpretacion de la grafica de barras. Las actividades cotidianas repercuten en las sustancias que usamos en el agua, las cuales se van en el drenaje y en donde van desembocar van contaminando el resto de agua con cada sustancia que usamos, haciendo que el agua que utilizan los campesinos para las cosechas y aquellos que beben el agua de los rios y lagos solo asi, se enfermen de diversas enfermedades provocadas por estas sustancias, asi mismo muchos no sabemos medirnos en el uso del agua y sobreexplotamos el consumo de agua para estas actividades, y desperdiciamos muchos litros y litros por actividades que hasta podemos reutilizar el agua que tiramos, lamentablemente tenemos una inconsciencia y nos gusta sobreexplotar el agua para muchas de estas actividades y no pensamos en las otras personas que les hace falta o les puede llegar a servir, de este mismo modo se generan conflictos sociales, porque mucha gente se empieza a quejar y protestar porque los servicios de agua no llegan bien a sus hogares, llega sucia el agua, y o porque los encargados de distribuir el agua a los hogares no hacen su trabajo para limpiarla, y a los pobres campesinos que la utilizan para los cultivos muchas veces no se dan cuenta y la usan asi tal cual este, sucia y contaminada, generando mas problemas entre la gente.</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:09:38 UTC</pubDate>
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         <title>Collage</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:10:56 UTC</pubDate>
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         <title>¿Sabías qué?Que el agua es un recurso natural escaso, necesario para la vida y labores humanas, susceptible de contaminarse por la irracionalidad en su manejo y de volverse inapropiada para consumo, provocando escasez de tan necesario líquido. Que los cambios drásticos en las condiciones meteorológicas de los últimos años han hecho necesario tomar medidas para evitar la falta de este recurso. Que la Constitución General de la República en su artículo 27, indica cuales son las aguas federales, mismas que se encuentran reguladas por la Ley de Aguas Federales y que están bajo la administración de la Comisión Nacional del Agua. Que por otra parte, el Plan Nacional de Desarrollo 1994-2000, propone impulsar un nuevo federalismo para fortalecer a los Estados y los Municipios y fomentar la descentralización y el desarrollo regional. Que además, establece que para elevar la eficiencia del sistema hidrológico se extenderán y fortalecerán los organismos responsables del manejo integral de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, y se extenderá la integración de consejos por cuencas hidrológicas. Que derivado de lo anterior se suscribió el convenio de desarrollo social por el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Chiapas el 28 de febrero del 2000, el cual tiene por objeto definir y establecer los criterios, estrategias y recursos financieros para la ejecución coordinada de proyectos y acciones entre los Ejecutivos Federal y Estatal con la participación correspondiente de los municipios y de los sectores de la sociedad que permitan el combate a la pobreza y la promoción del desarrollo social y regional. Que en el citado convenio se establece que los programas y acciones que lleve a cabo la Administración Pública Federal en coordinación con el Estado y con la intervención de los Municipios, se incorporarán a dicho convenio mediante acuerdos de coordinación o anexos de ejecución. Que en consecuencia el pasado 24 de marzo del presente año se signo el acuerdo de coordinación celebrado entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca a través de la Comisión Nacional del Agua y el Ejecutivo del Estado, por el cual se transfieren a la entidad los siguientes programas: agua potable alcantarillado y saneamiento en zonas urbanas, agua potable y saneamiento en zonas rurales, agua limpia, así como los recursos necesarios para ejecutarlos. Que con anterioridad a ello se había recibido en esta Soberanía Popular la iniciativa de Ley que Regula la Prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento en el Estado de Chiapas, presentada por el Ejecutivo del Estado, misma que fue turnada para su estudio y dictamen a las comisiones suscritas.  Que en tal virtud, fue necesario hacer las adecuaciones necesarias a la iniciativa mencionada para facultar a la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento a fin de que este en condiciones de operar los programas y recursos transferidos en virtud de tal acuerdo.  Que además, el otorgamiento de servicios públicos de primera necesidad para los habitantes, es un derecho irrenunciable de las personas, así como al mismo tiempo, constituye una obligación por parte de las autoridades. Que dentro de los servicios públicos destaca preferentemente, el agua potable y alcantarillado, siendo competencia de los municipios, tal como lo establece la fracción III, inciso a) del artículo 115 de la Constitución General de la República. Que en la entidad, la mayoría de los centros de población urbanos y rurales carecen de infraestructura para el adecuado abastecimiento de agua potable, así como de conducción y tratamiento de aguas residuales. Que como consecuencia de lo anterior, el volumen total de las aguas residuales que genera la población del Estado se vierte en sus diferentes cuerpos receptores sin ningún tratamiento previo. Que en algunos centros de población que cuentan con infraestructura para el tratamiento de aguas residuales, ésta no opera debido a su mal estado de conservación. Que la infraestructura disponible se ha ido deteriorando por su antigüedad y por falta de mantenimiento, debido a la carencia de recursos materiales y el adecuado adiestramiento del recurso humano. Que para hacer frente a las necesidades de la sociedad, es importante la suma de esfuerzos institucionales en un marco de cooperación y pleno respeto a la autonomía municipal, para hacer posible que las esferas de gobierno coadyuven en las acciones que permitan ampliar y fortalecer la cobertura de los servicios básicos de agua potable y alcantarillado, así como el tratamiento de aguas residuales en un corto, mediano y largo plazo. Que tomando en cuenta que en la Administración Pública del estado existe un organismo publico descentralizado denominado “Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento”, cuyas funciones no sustituyen las del municipio sino que interviene de manera supletoria cuando el municipio lo necesita, ya sea por falta de recursos o de capacidad y así lo solicita de manera expresa. En consecuencia la Comisión Estatal tendrá a su cargo la rectoría y coordinación del sistema de agua potable y alcantarillado de la entidad en su conjunto y ejecutará los programas transferidos por la federación. Que asimismo, al considerarse la participación de los sectores privados y sociales en el manejo y operación de estos servicios, mediante contrato o concesión, permitirá responder a las necesidades de la realidad de nuestro Estado, para definir esquemas de corresponsabilidad, atención y expresión de las políticas para el uso racional del agua. Que los municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la adecuada prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la asociación de municipios de dos o más estados, deberán contar con la aprobación de la legislatura del Estado respectivo. Asimismo cuando a juicio del ayuntamiento sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio municipio; Que luego del análisis a detalle que se le aplicó a la iniciativa de ley presentada por el Ejecutivo, se propuso con el objetivo de contar con un instrumento jurídico eficaz y acorde a la realidad que vivimos, las siguientes modificaciones: El nombre de la presente Ley se denomino  “Ley de Aguas para el Estado de Chiapas”. Se reestructuraron los Títulos, Capítulos y artículos de la iniciativa, por lo que el cuerpo de la Ley quedo conformado de la siguiente manera: • El Título Primero se denominaba “Disposiciones Generales” y estaba integrado por los Capítulos I “Del Objeto de esta Ley”, II “Del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado” y III “Del Saneamiento”; los cuales se integran del artículo 1 al 12; con las modificaciones realizadas cambia el Título Primero, de referencia, para quedar integrado por un Capítulo Único “Del Objeto de esta Ley”, conteniendo los artículos 1 al 4. • El Título Segundo “De los Organismos” que estaba integrado por los Capítulos I “Los Organismos Operadores Municipales”, II “De los Organismos Operadores Intermunicipales” y III “De la Comisión de Agua y Saneamiento”, contenido del numeral 13 al 54, se denominará “De la Comisión Estatal de Agua”, comprendiendo un Capítulo Único del artículo 5 al 16. • El Título Tercero “De la Participación del Sector Privado y Social para el Servicio Público de Agua Potable y Alcantarillado” el cual contenía los Capítulos Primero “Disposiciones Generales“ I “De los Contratos o Convenios”, II  “De la Participación del Sector Social” y III “De las Concesiones”, integrado del artículo 55 al 78; se propuso que se denomine “Del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado”, conteniendo los Capítulos I “Disposiciones Generales” y II “De la Prestación de los Servicios Públicos por los Municipios”, comprendiendo del numeral 17 al 27.  • El Título Cuarto  “De la Administración del Agua y sus Bienes Inherentes” comprendía los Capítulos l “Disposiciones Generales”; II “De las Zonas Reglamentadas, Vedas y Reservas”; III “De la Regulación de las Aguas”; IV “De la Prevención y Control de la Contaminación del Agua”; V “De los Bienes Inherentes Estatales y la Seguridad Hidráulica” y VI “Del Manejo Integral del Agua y su Uso Eficiente en el Estado”; integrado por los artículos del 79 al 113; el cual se propuso se denomine “De los Prestadores del Servicio”, el cual consta del Capítulo I “De los Organismos Operadores Municipales”, II “De los Organismos Operadores Intermunicipales”, III “De la Participación del Sector Privado y Social en el Servicio Público de Agua Potable y Alcantarillado”; IV “De los Contratos y Convenios”, V “De las Concesiones”; VI “De la Participación del Sector Social”; y VII “De la Prestación de los Servicios Públicos por la Comisión Estatal del Agua”; comprendiendo del numeral 28 al 92. •  El Título Quinto “De la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado”, se integraba de los Capítulos I “De la Contratación de los Servicios y Conexión al Sistema, II “De la Corresponsabilidad de los Usuarios, III “Del Uso Eficiente del Agua y los Aparatos Ahorradores”, IV “De las Cuotas y Tarifas, V “De la Inspección, Verificación y Pago de Servicios”, integrados por los artículos del 114 al 179; se denominará “De la Administración del Agua y sus Bienes Inherentes” conteniendo los Capítulos I “Disposiciones Generales”; II “De las Zonas Reglamentadas, Vedas y Reservas”; III “De la Regulación de las Aguas”; IV “De la Prevención y Control de la Contaminación del Agua”; V “De los Bienes Inherentes Estatales” y VI “Del Manejo Integral del Agua y su Uso eficiente en el Estado”; comprendiendo del numeral 93 al 127. •  El Título Sexto “De las Infracciones, Sanciones y Recursos” que contenía los Capítulos I “De las Infracciones y Sanciones” y II “De los Recursos”, que se integraba del artículo 180 al 196; se propuso se denomine “De la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado”, integrado de los Capítulos I “De la Contratación de los Servicios y Conexión al Sistema”; II “De la Corresponsabilidad de los Usuarios”; III “Del Uso Eficiente del Agua y los Aparatos Ahorradores”; IV “De las Cuotas y Tarifas”; y V “De la Inspección Verificación y Pago de Servicios”, que contiene del artículo 128 al 190.Se agrega un Título Séptimo que se denomina “De las Infracciones, Sanciones y Recursos”, que comprende el Capítulo I “De las Infracciones y Sanciones” y II “De los Recursos” y se integra de los artículos 191 al 210. Por lo que hace a los artículos transitorios, al igual que los capítulos y artículos de la Ley en comento, éstos fueron reordenados sufriendo diversas modificaciones y adiciones. Que las modificaciones y adiciones realizadas en la presente Ley, considerando la reestructuración del capitulado y de los artículos, fueron realizadas atendiendo a cuestiones metodológicas y de técnica legislativa sin perder el fondo de la iniciativa. Que se integraba de 196 artículos, 9 artículos transitorios, divididos en 6 Títulos y 23 Capítulos que presentaba la iniciativa del Ejecutivo se incremento  en 15 artículos, un Título y dos Capítulos, para quedar de 210 artículos, 9 artículos transitorios, divididos en 7 Títulos y 24 Capítulos.</title>
         <author>imperialdramon03</author>
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         <pubDate>2022-12-05 03:13:13 UTC</pubDate>
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         <title>Acciones cotidianas para optimizar el uso del agua. Reutilizar agua. Disminuir el uso del agua en diversas actividades. Catar agua de lluvia para activades que sean como limpieza del hogar. Buscar formas de que no se contamine tanto el agua con sustancias para utilizarlas para otras cosas. Ver que lugares como las tazas o las llaves de agua tengan modificaciones para que no desperdicien tanta agua.</title>
         <author>imperialdramon03</author>
         <link>https://padlet.com/imperialdramon03/4iqchgyzrk7rp6ri/wish/2408528125</link>
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         <pubDate>2022-12-05 03:14:58 UTC</pubDate>
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