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      <title>TERCER AÑO. JORNADA VIOLENCIA INSTITUCIONAL by Guadalupe Carmuega</title>
      <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe</link>
      <description>Análisis del caso nro 1. A partir de los interrogantes planteados, deben subir a este espacio las respuestas a las que han arribado.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2021-05-07 22:38:18 UTC</pubDate>
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         <title>CAD (S) III AÑO ARRIETA, PABLO- ALVARADO ROMERO, CESAR - ALDERETE, WALTER- CHAMORRO, NAHUEL- GOMEZ, BRAIAN- GOMEZ, EDGARDO- LOUREIRO, FRANCO- LÓPEZ, ULISES-PEREYRA DE MELO MANUEL- TEJERINA, MARCELO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1511612180</link>
         <description><![CDATA[<div>1. ¿Identifique claramente por que interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?.<br>Por medio de un patrullaje en el Barrio 1-11-14, personal de Gendarmería perteneciente a la Unidad de Prevención Barrial se encontraba realizando tareas de prevención. Momentos después, personal de las fuerzas de seguridad, percibe que dos masculinos realizaban un pasa manos de venta de estupefacientes, motivo suficiente para para los funcionarios públicos detengan a los ciudadanos haciendo uso de la fuerza según lo ampara el Art 3 de la Ley de Seguridad Interior Nro. 24.059 “los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán hacer uso de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la medida del desempeño de sus tareas”. Sin perjuicio de aplicar también lo dispuesto en el Art. 2 de dicha ley que establece que lo hacen en el marco del cumplimiento de sus deberes, sirviendo a la comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales.<br>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál? De acuerdo a lo relatado en las actas de procedimientos de los efectivos de la fuerza, si existió un delito, el cual se encuentra tipificado en el artículo 5 inciso “C” de la ley 23.737 (ley de estupefacientes).&nbsp;<br><br></div><div>De acuerdo a la versión de los damnificados, la cual se pudo comprobar mediante elementos de pruebas, como los teléfonos de los efectivos de gendarmería y los relatos de los testigos, no se produjo delito.<br><br></div><div>Si se produjo un hecho de violencia de acuerdo a los relatos de los testigos, los cuales declaran haber visto a los gendarmes proporcionar golpes a los involucrados al momento de detenerlos.<br>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?<br>El derecho a la libre circulación y el derecho a la dignidad humana y e derecho a la intimidad.<br>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?&nbsp;<br>Lo calificaría como un actuar deficiente, inapropiado y negligente de la fuerza. Por lo leído es un claro ejemplo de violencia institucional.&nbsp;<br>5. ¿ Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?.<br>De ninguna manera fue un caso en el que la fuerza se utilizó de modo proporcional. Los funcionarios públicos hicieron abuso de la autoridad pública al momento de golpear injustificadamente a los detenidos. En este caso podemos observar que hubo violencia institucional contra los derechos humanos de los detenidos. Su aplicación abusiva constituye una problemática contraria a lo que establece el uso racional de la fuerza por parte de los funcionarios públicos. En ningún momento el personal de las fuerzas federales hizo uso del Art. 2 de la Ley de Seguridad Interior Nro. 24.059 que establece que los funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley respetaron ni protegieron la dignidad humana y los derechos humanos de los detenidos. Como así también observamos una falta de aplicación del Art 5. de la anterior ley mencionada que establece que ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley, podrá infligir con tratos crueles, inhumaos o degradantes hacia los detenidos.<br>6. ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho? De acuerdo al caso particular, si existió falta ante las leyes y reglamentaciones internas de la fuerza, como por ejemplo, ante el “modelo del uso racional de la fuerza” que rige el uso racional y proporcional de la fuerza en el actuar policial en la Nación Argentina, como así también, existió falta ante el “código de conducta de los funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley”.<br>&nbsp;7. Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?&nbsp;<br>Si, fue un caso de violencia institucional, ya que los funcionarios golearon a los civiles, los redujo de manera desproporcional haciendo uso de la fuerza pública y le atribuyeron la droga.<br>8. Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?<br>Para mí, el actuar correcto hubiera sido: Acercarse, identificarlo y llamar a dos testigos e interiorizarlo de la situación, por consiguiente, realizar una requisa en presencia de los testigos y si se encontrare lo que el personal vio en flagrancia, realizar el Narcotest y posterior llamar al juzgado, interiorizarlo y esperar orientaciones.</div><div><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 01:03:10 UTC</pubDate>
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         <title>CAD (S) III ARCE ALVAREZ LUCAS - CACERES FERNANDO - LEZCANO LUIYI - PRIETO KAREN - PRIETO SARA - ROLDAN GUADALUPE- SILVA BIZARRO AYRTON.</title>
         <author>ayr77oncabj</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1511810467</link>
         <description><![CDATA[<div>1_ Los funcionarios intervienen ya que ellos detectan que se estaban realizando un "pasamanos" y&nbsp; consideraban que podría tratarse de una compra/venta de estupefacientes. Por eso motivo es que se acercan a los ciudadanos y los detienen.<br>2_ Según lo expresado por los funcionarios el hecho que llevo a la intervención&nbsp; de los funcionarios es la posible comercialización de estupefacientes por parte de los ciudadanos.<br>3_ Los&nbsp; Derechos que estaban en riesgo son: Derecho a la libertar, a la privacidad.<br>4_ Tomándolo desde el punto de vista de los funcionarios que observaron la situación y quisieron prevenir el delito de comercialización de estupefacientes bien.<br>Tomando como referencia el relato de los involucrados y testigos del lugar fue malo el accionar.<br>5_ Tomando como referencia lo que dicen los detenidos y los testigos no actuó de modo proporcional la fuerza.<br>6_ Tomando como referencia lo expresado por los detenidos y los involucrados si puede imputar a los funcionarios por el delito de abuso de autoridad y también que no cumplieron con lo establecido en el Manuel del Uso Racional de la Fuerza y así también lo establecido en el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley.<br>7_ Sí se puede considerar un caso de violencia Institucional ya que la cantidad de efectivos que se utilizaron y&nbsp; la forma en que se hizo no era la indicada, sumando que se le quiso figurar como si el ciudadano tuviera estupefaciente.<br>8_ Una respuesta optima, es acercarse hasta el lugar de los hechos, identificar a los ciudadanos, verificar que estaban haciendo y si se los encontraba que estaban cometiendo un delito tomar las medidas corresponde como establecen la leyes y manuales del uso dela fuerza.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 02:19:14 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>ayr77oncabj</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1513024644</link>
         <description><![CDATA[<div>CAD (S) III ARCE ALVAREZ LUCAS - CACERES FERNANDO - LEZCANO LUIYI - PRIETO KAREN - PRIETO SARA - ROLDAN GUADALUPE- SILVA BIZARRO AYRTON.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 12:34:22 UTC</pubDate>
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         <title>CAD (S) MEDRANO JOSE GEOVANI, MAMANI ESTEBAN,  PORTILLO FERNANDO, CRUZ NESTOR, MISARES NADIA, RIOS MARCELA, BLANCO MARIA, FUNES CATHERINE</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1513383174</link>
         <description><![CDATA[<div><br>1.&nbsp; &nbsp; &nbsp;¿Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?</div><div>Si bien es cierto que al inicio del caso se plantea un hecho que podría haber desencadenado la acción legitima del personal de Gendarmería Nacional, no queda claro en lo sucesivo la legitimidad en el actuar por parte de los funcionarios públicos, puesto que, se plantean diferentes elementos que llevan a concluir que no existió delito alguno que perseguir y consecuentemente, las actuaciones estuvieron viciadas desde el primer momento.</div><div>&nbsp;</div><div>2.&nbsp; &nbsp; &nbsp;¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?</div><div>Existe una prohibición legal del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, pero, aún cuando parte de una ley federal, sus alcances son similares a las contravenciones, por lo que, no amerita la privación de la libertad.</div><div>Para el caso, no ha quedado probado (nadie puede dar fe) de que efectivamente se sorprendió a los sujetos en una transacción de narcomenudeo, por lo tanto, el obrar del personal uniformado no fue el correcto.</div><div>&nbsp;</div><div>3.&nbsp; &nbsp; &nbsp;¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?</div><div>Por lo que se mencionan, tomando en consideración el eventual delito de comercio ilícito de drogas, tenemos:</div><div>·&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;Salud pública.</div><div>·&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;Integridad física.</div><div>·&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;La dignidad humana.</div><div>·&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;Libertad ambulatoria.</div><div>&nbsp;</div><div>4.&nbsp; &nbsp; &nbsp;¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?</div><div>Errado e ilegal, de acuerdo a todos los elementos del enunciado, en el sentido que no existió delito, no medio resistencia por parte de los intervenidos, para que se hiciera uso de la fuerza, y en todo caso, de haber sido así, únicamente debió emplearse en la medida de lo posible para reducir al sujeto, pero no golpearlo.</div><div>&nbsp;</div><div>5.&nbsp; &nbsp; &nbsp;¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?</div><div>El nivel de fuerza fue desproporcionado y al parecer, en consonancia con el numeral anterior, actuó un hombre aislado, ya que el apoyo llegó posteriormente.</div><div>6.&nbsp; &nbsp; &nbsp;¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?</div><div>Si, se trasgrede el marco disciplinario institucional, así como lo dispuesto en el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, puesto que se utilizó la fuerza de manera ilegal, desproporcional, inoportunamente y de forma irracional, ya que no se vislumbra el objetivo legítimo previsto, ni los demás considerando que amparan el uso de la fuerza.</div><div>En cuanto a los delitos cometidos, derivados del actuar de los efectivos de Gendarmería, podrían configurarse los siguientes delitos:</div><div>a.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Lesiones.</div><div>b.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Privación ilegal de la libertad.</div><div>c.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Fraude procesal.</div><div>d.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Coacción.</div><div>Lo que se agrava por la calidad de funcionario público del personal actuante.</div><div>&nbsp;</div><div>7.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?</div><div>Si, aunque faltaría verificar otras actuaciones, para concluir en la sistematización de la violencia, al parecer es una práctica cotidiana en una comunidad marginal, estigmatizado, por la forma de proceder del personal y en el caso particular, se denota un acoso sobre uno de los detenidos.</div><div>&nbsp;</div><div>8.&nbsp; &nbsp; &nbsp;Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?</div><div>Habría que realizar algunas consideraciones para responder esta pregunta, puesto que, de lo establecido en el enunciado, parecería ser, que no existió la comisión de ningún hecho delictivo, ya que nadie puede corroborar el hecho, por lo tanto, la actuación podría haberse dado ante la prohibición legal de consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, sin embargo, debió darse participación a las autoridades administrativa y no realizar ninguna privación de la libertad.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 13:54:37 UTC</pubDate>
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         <title>CAD(s) FRAULOB MIGUEL,LEILA WALKER,ALAN BAEZ,OLAZABAL MAXIMILIANO,JONATHAN PIERI,FACUNDO GUANCO, ALAN FERNANDEZ, ARMELLA EDITH</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1514311655</link>
         <description><![CDATA[<div>1-El funcionario de gendarmería nacional interviene ya que ve que una persona&nbsp; esta realizando una venta ilegal de estupefacientes "cocina" realizando un pasamanos con otra persona la cual es la que va a recibir la mercadería.<br>2.No existió ningún tipo de delito por parte de los individuos, ya que al momento de ver las cámaras de seguridad, uno de ellos no se encontraban en el lugar tal y como lo decía el acta, así mismo, los testigos no se encontraban en el lugar del hecho.<br>3- Según lo plasmado por los gendarmes en la intervención&nbsp; de lo es la posible comercialización de estupefacientes ninguno y por el relato de los detenidos:<br>dañaron su integridad física y salud debido a los métodos violentos de reducción que utilizaron y también violaron sus derechos humanos.&nbsp;<br>4. Clasificaríamos la intervención del personal policial como ilegal y desacorde a la situación, ya que no hubo sospecha fundada de delito ni resistencia por parte de los dos masculinos para que los efectivos reaccionen de esa manera, violentando y golpeando a los mismos.<br>5. En el caso planteado, la fuerza no fue utilizada de modo proporcional debido a que los dos masculinos que fueron detenidos recibieron golpes por parte de los efectivos de la fuerza, algo que no se puede hacer además de que los efectivos mencionados los superaban fácilmente en numero y se los podría haber solamente inmovilizado en vez de usar&nbsp; bruscamente la fuerza.<br>6. Considero que si se cometieron faltas graves por parte del funcionario que intervino en el hecho, ya que han violado normas internas de la institución y faltas a las leyes, como el uso racional de la fuerza ya que no tendría que haber sido aplicada en este caso y la falta del código de conducta de los funcionarios públicos.<br>7- Si hubo violencia institucional ya que se hizo uso de de la fuerza de manera desproporcional y de esta manera hacerlo figurar al ciudadano con tenencia de estupefacientes<br>8. El actuar de los funcionarios no fue el adecuado, ya que las personas que supuestamente estaban haciendo "un pasamanos" con una sustancia que después de la prueba de campo dio positivo para cocaína, no se encontraban en el lugar del hecho, y todo esto se determina a través de varias pruebas contundentes que logra adquirir el magistrado interviniente. En todo caso si lo relatado en el acta de procedimiento fuese cierto, lo que debían de hacer los funcionarios era buscar dos testigos de hecho que hubieran visto lo acontecido o buscar dos testigos de actuación para poder hacer la prueba de campo en el lugar del y después con orden del juzgado interviniente trasladar a los detenidos, lo secuestrado y a los testigos al esc para terminar con las actuaciones correspondiente.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 16:55:27 UTC</pubDate>
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         <title>Estimados cadetes que integran la quinta sección de instrucción, en las producciones realizadas grupalmente se observa un trabajo de reflexión, donde hubo debate al momento de desarrollar cada pregunta; en cual se evidencian que tienen conocimiento de las diferentes prácticas o acciones violentas que no deben realizar en el ejercicio de sus funciones como profesionales de seguridad pública del Estado encargados de hacer cumplir la Ley.                                     Por otra parte destaco el compromiso, participación y responsabilidad en esta Jornada de Violencia Institucional.                         Atte: Su Oficial Instructora Primer Alférez Claudia Andrea Maciel.  </title>
         <author>macielclaudia</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1514773979</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 18:30:57 UTC</pubDate>
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         <title>CAD (S) III AÑO</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1515128470</link>
         <description><![CDATA[<div>CENTENO AUGUSTO<br>CORONEL LAUTARO</div><div>FLORES EDUARDO</div><div>NERI NICOLAS</div><div>PARED WALTER</div><div>VILTE PABLO</div><div>VIDERIQUE DANIEL&nbsp;<br><br>1. ¿Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?<br><br></div><div>Las fuerzas de seguridad intervienen ya que se entendió que se encontraban realizando un “pasa manos” por venta de estupefacientes<br><br></div><div>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?<br><br></div><div>No se configuro ningún tipo de delito o hecho de violencia, puesto que los efectivos no actuaron bajo ningún marco normativo, siendo los gendarmes quienes arrinconan a uno de los ciudadanos, golpeándolo, y seguidamente le atribuyeron unos paquetes con droga.<br><br></div><div>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?<br><br></div><div>Ponen en riesgo el derecho humano de la libertad, fueron torturados y detenidos injustamente.<br><br></div><div>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?<br><br></div><div>Creemos que la intervención del personal de Gendarmería no fue el correcto ya que antes de practicarle una requisa a los detenidos primero deberían tener a los testigos. Por otro lado, deberían haber puesto el horario correcto en cual se realizaron la actuación a fin de evitar mal entendidos con el horario que indica la cámara.<br><br></div><div>5 ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue<br><br></div><div>utilizada de modo proporcional?<br><br></div><div>Todo lo contrario, ya que eran 7 efectivos sobrepasando en número al ciudadano<br><br></div><div>6. ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?<br><br></div><div>Si, se cometió falta, en primer lugar, analizando el caso planteado, de parte del funcionario se vio el delito de abuso de autoridad, se violo, lo que dicta el Decreto 637/2003 que es el código de conducta con el que nos regimos los funcionarios públicos.", y también se corrompe el Manual de capacitación policial en el Uso Racional de la Fuerza al no cumplirse con los principios de dicho manual, más específicamente en lo que es la proporcionalidad y oportunidad.<br><br></div><div>7. Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?<br><br></div><div>Según la definición de violencia institucional que revisamos en un primer momento si fue un caso de violencia institucional, por que las pruebas expuestas en el caso indica que los funcionarios ejercieron violencia física a los dos individuos y cumple con los factores para que sea catalogado como violencia institucional ya que fue ejercido por integrantes de una fuerza publica y en una restricción de la libertad como ser una detención.<br><br></div><div>8. Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?<br><br></div><div>Si los hechos se dieron de esta manera como narran las actuaciones se tendría que detener a estas dos personas sin hacer uso de la coerción si no es necesario seguidamente se debería&nbsp; tomar fotografía en el lugar del estupefaciente secuestrado ya que por lo general los vecinos de la Villa 1-11-14 nunca quieren testificar en un caso de esta índole, seguidamente con estas pruebas trasladar el procedimiento al escuadrón continuado con el mismo en presencia de los testigos, dando intervención al juzgado competente de turno.<br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 20:06:04 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1515128470</guid>
      </item>
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         <title></title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1515536214</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><em>CAD (S) III AÑO<br>MARIANELA ARANA<br>ESTEBAN CORTES<br>ERNESTO CABERO<br>JOAQUIN DIAZ<br>DIONELA DUARTE<br>FEDERICO FLORENTIN</em></strong></div><div><strong><em>GUSTAVO FLORES</em></strong></div><div><strong><em>LORENA GUERRERO<br>HECTOR GAMARRA KLUN<br>EDUARDO LIZONDO</em></strong><br><br>ACTIVIDAD DEL PRIMER MOMENTO.<br><strong><em>A)&nbsp; ¿De qué manera impacta en ustedes lo que ven en el video?</em></strong><br>Luego de la visualización del video, que pretendemos destacar es lo siguiente: <br>En primer lugar, la muy conocida “Masacre de Budge”, en el partido de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, en razón de que en plena democracia, donde los derechos deberían ser imperantes, se cometió una falta por parte del personal policial que tiene como resultado la muerte de 3 jóvenes.<br>En segundo lugar que pese a la treintena de años que han transcurrido de aquel hecho, en las fuerzas de seguridad y policiales siguen existiendo casos de tortura, malos tratos, detenciones arbitrarias entre otras.<br>Es importante también recalcar el papel del estado por	que no solo es por parte de los efectivos sino que la cárcel como institución no garantiza la salubridad, educación sino que constantemente se ven que están hacinadas y con bajos porcentajes de incrementar la reinserción de los reos a la vida social, el Estado debe garantizar ello mediante políticas públicas.<br><br><strong><em>B) ¿De qué manera creen que impacta esto que<br>observaron en nuestra sociedad? </em></strong><br>La manera que impacta en nuestra sociedad lo observado, es que los ciudadanos de la comunidad nos miren como si seriamos lo mismo o cometiéramos los mismo actos realizados en el pasado. Por ese motivo al ser los futuros conductores de la fuerza debemos cambiar ese pensamiento de la sociedad realizando buenas acciones, ser pro-activos y estar comprometidos en ayudar a la sociedad y cumplir bien nuestra labor.<br><br><strong><em>C) ¿Conocían el termino Violencia institucional?</em></strong><br>El termino "violencia institucional" no lo conocíamos en profundidad ya que no habíamos tenido oportunidad de trabajar el tema hasta ahora. Mas que una apreciación personal no teníamos pero ahora a partir de esta actividad lo podemos considerar desde otra perspectiva ya que debimos investigar a través de portales de Internet el concepto y conocer un poco mas a lo que hace referencia. Es un tema bastante presente en las instituciones y parece oportuno en todo momento hacer hincapie en el mismo para que no existan abusos a los derechos de las personas que forman parte de las instituciones.<br><br><strong><em>d)	 ¿Creen que dentro de nuestra institución se cometen actos de Violencia Institucional?</em></strong><br>Consideramos que pueden existir algunos casos.<br><strong><em>&nbsp;<br>SEGUNDO MOMENTO</em></strong><br><br><strong><em>1.	¿Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?</em></strong><br>Los funcionarios públicos intervienen según lo expresa el texto a modo de prevención, debido a que su criterio dos ciudadanos se encontraban realizando “un pasamanos” por venta de estupefacientes.<br><strong><em><br>2.	¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad?¿Cuál?</em></strong><br>No hubo hecho delictivo que diera base al actuar de los funcionarios públicos en el lugar simplemente se basaron en que para ellos estaba sucediendo un acontecimiento irregular y fuera de lo cotidiano que pudiera alterar el orden público normal el cual posterior diera base a su accionar el mismo consistía que, en el momento en que ellos se encontraban patrullando la zona, vieron a dos sujetos que estaban realizando un “pasamanos de estupefacientes”, actuando así en materia de prevención a la ley 23.737, pero que a posterior análisis de los elementos recolectados y de los medios de pruebas exigidos para corroborar su accionar se cercioro que su dicho fundamento fue erróneo y inadecuado por el personal de GNA.<br><br><strong><em>3.	¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?</em></strong><br>Se pusieron en riesgo y se hizo abuso de los derechos de la libertad, la intimidad y la inocencia. Conjuntamente se puede decir que los gendarmes invadieron la intimidad de ambos individuos ya que, según lo relatado por testigos, los gendarmes "los arrinconaron" para encontrarle los estupefacientes que se presume traían con ellos cuando luego se constata que no es así. Asi también, el principio a la libertad se ve en peligro cuando son trasladados sin ninguna prueba o acusación concreta o valedera en su contra que avale su culpabilidad y su inocencia peligra debido a que todo procedimiento debe contar con testigos que avalen tanto el accionar de los funcionarios como el de los interesados pero en tal caso no sucede eso ya que los testigos son traídos a escena una vez que el procedimiento sucedió sin dar lugar al principio de inocencia conforme el sistema procesal que se maneja en el país. <br><br><strong><em>4.	¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?</em></strong><br>El actuar en este caso del personal uniformado en el lugar del hecho es muy reprochable, ya que se&nbsp; observar a simple vista que se trata de abuso de autoridad donde se puede observar violencia física como así también verbal&nbsp; sobre estos dos ciudadanos.<br> Además toda el acta de procedimiento se encontraba nula, ya que estos mismos faltaron a la verdad adulterando el horario y el acto sucedido.<br>Debemos saber que es un caso muy delicado porque por parte de ambos bando tanto como el de las F.F.S.S como los dos jóvenes tienen sus versiones antes la fiscalía de turno.<br><br><strong><em>5.	 ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?</em></strong><br>La fuerza no fue utilizada de manera proporcional debido a que los efectivos hicieron abuso del poder incurriendo a generar lesiones a los ciudadanos , y por medio de engaño se los dispuso ante la justicia , cabe recalcar que esta actitud que tomaron los funcionarios fueron vistas por testigos de hecho el cual dieron fe a su actuar erróneo generando un menoscabo al labor de tan significativa institución.<br><br><strong><em>6.	¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?</em></strong><br>Efectivamente se cometieron faltas gravísimas en el accionar que tuvieron los funcionarios públicos encargados de cumplir y hacer cumplir la ley que participaron en el hecho, dichas acciones no son propias de un personal policial que tiene el deber y la obligación de hacer cumplir la ley y por sobre todo respetarla. No obstante a las normas internas de cada institución que guían el correcto accionar de un funcionario público las cuales fueron vulneradas,&nbsp; perjudicando el nombre la fuerza, deshonrando el uniforme y faltando el respeto aquel miembro que día a día trabaja&nbsp; para acrecentar el prestigio de la misma.&nbsp; Dicho procedimiento violo normas legales previstas en el Código Penal, como así también vulneran las previsiones establecidas en la Constitución Nacional atacando la dignidad y derechos de los ciudadanos.&nbsp; El funcionario público debe ser siempre correcto ,apegado a la ley. <br><br><strong><em>7.	Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?</em></strong><br><br>En este caso si se trata de una violencia institucional, porque según los testimonios brindados por todas personas que se encontraban en cercanías del lugar, manifestaban que presenciaron como los efectivos llegaron de manera arbitraria a agredir a ambas personas, efectuando así un abuso de poder y fuerza, por el simple hecho de discriminar a aquellas personas que estos consideran inferiores, provocando no solo daños psicológicos sino también agresión física comparable con la tortura.<br><br><strong><em>8.	Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?</em></strong><br><br> Ante esta situación Si existen motivos para detener a alguien, se lo debe hacer no ejerciendo la violencia, en caso que el sospechoso no acate las órdenes impartidas y este responda con agresiones físicas hacia el personal de la fuerza se responderá mediante el uso racional de la fuerza. En todo momento se debe efectuar la actuación en presencia de testigo, para evitar que se produzca lagunas de actuación en el procedimiento.<br>Luego de debatir dicho procedimiento se llegó a un acuerdo que el procedimiento se efectuó de manera incorrecto ya que vulnero los derechos de la persona a quien mediante prueba fundada a través del magistrado interviniente se dejó en evidencia que la persona no fue participe de lo que se le acusaba.<br><br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 23:10:51 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>1ER GRUPO DE LA 2DA SECCIÓN: CAD III AQUINO LUCIO – COCERES AGUSTIN – CENTURION LAUTARO – GIORGETTI (H) LUIS – RESQUIN MARCELO – ROJAS ALEJANDRA – SINGH LEONARDO.<br>1.	¿Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?<br><br>Los funcionarios públicos intervienen claramente porque entienden que un grupo de personas estaban realizando un “pasamano” de ventas de estupefacientes.<br><br>2.	¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?<br><br>La intervención de la fuerza de seguridad existió por un presunto delito que se le atribuye a los involucrados, en el cual se encontraban realizando un “pasamano” de venta de estupefaciente. Estas acciones por su parte, todavía se tienen que determinar en concreto qué ocurrió en el lugar, ya que el personal uniformado comenta una cosa, los involucrados declaran otra y las camaradas de seguridad del lugar muestra otra realidad de lo sucedido, a todo esto, no se cuenta con testigos de hecho para respaldar el accionar de los uniformados y ver el grado de veracidad de las partes intervinientes.<br><br>3.	¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?<br><br>Los derechos que están en riesgo en el hecho descripto, son el derecho a la vida y la libertad física de los individuos que fueron detenidos y&nbsp; por lo establecido el art 43, párrafo 4to, de nuestra Constitución el cual menciona “cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegitimo en la forma de detención , o en el de desaparición forzada de personas, la acción de habeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor&nbsp; y el juez resolverá de inmediato, aun en vigencia del estado de sitio.”<br><br>4.	¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?<br><br>La intervención del personal policial, según lo descrito en el caso, me pareció desmedido y arbitrario, no existió la racionalidad en el uso de la fuerza, tampoco alguno de los principios establecidos de&nbsp; la misma y los funcionarios deben tener en cuenta que se advierte que los medios de represión de hechos violentos o criminales que amenacen los derechos de la población referidos a la seguridad ciudadana no son ilimitados y que, independientemente de la gravedad de ciertas acciones y de la culpabilidad de quienes perpetran ciertos delitos, el Estado no puede recurrir a cualquier medio para lograr sus fines. En este contexto, los usos indiscriminados de la fuerza pueden constituir violaciones al derecho a la vida.<br>5.	¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?&nbsp;<br><br>El caso presentado, según lo leído y pensado en el grupo se llegó a la conclusión de que el proceder del personal interviniente en la situación no fue proporcional, debido a que la cantidad de funcionarios públicos era superior a la de los presuntos delincuentes.<br><br>6.	¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?<br><br>La conclusión a la que se llego es que los funcionarios si incurrieron en el cometer de un delito, debido a los falsos testimonios presentados y la incoherencia en los plasmada en el acta de procedimiento elaborado, además de no dar cumplimiento a las normas institucionales donde el funcionario público debe proceder bajo sospechas fundadas antes de realizar algún acto.<br><br>7.	Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?<br><br>Podría considerarse como un caso de violencia institucional debido a que los funcionarios públicos hicieron uso de la fuerza, siendo que ellos superaban en cantidad a los ciudadanos, aplicaron golpes hacia estas personas.<br>8.	Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?<br><br>A nuestro parecer el proceder adecuado que debieron haber tomado los funcionarios públicos, sería que al acercarse el resto de los funcionarios públicos tratar de presentar a los testigos antes de haber encontrado algo, explicarles de lo ocurrido, no recurrir a la violencia y a los golpes debido a que según lo expresado por los testimonios no parece haberse presentado alguna resistencia por parte de las 2 personas, es decir que no hacía falta hacer uso de la fuerza, seguidamente a&nbsp; la hora de plasmar el acontecimiento en el acta, haberla realizado en base a lo sucedido sin necesidad de inventar algo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-11 23:12:08 UTC</pubDate>
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         <title>CAD (S) III</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>MALDONADO SEBASTIAN</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 00:26:54 UTC</pubDate>
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         <title>INTEGRANTES: CAD III (S)</title>
         <author>brandonpucciariello75</author>
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         <description><![CDATA[<ul><li><em>CALIXTRO BRAIAND</em></li><li><em>CABALLERO RICARDO</em></li><li><em>NUÑEZ ORLANDO</em></li><li><em>MEDINA FRANCISCO&nbsp;</em></li><li><em>PUCCIARIELLO BRANDON</em></li><li><em>RODRIGUEZ PABLO</em></li><li><em>RAMOS NOLASCO</em></li><li><em>SALAS CESAR</em></li><li><em>SALAS JOSE</em></li><li><em>ZAPANA FERNANDO</em></li></ul><div><br><strong><mark>MOMENTO NRO. 1:<br></mark></strong><strong><em>2 A. a. ¿De qué manera impacta en ustedes los que ven en el video?<br></em></strong><em>Luego de haber realizado un análisis del video visto la manera en que impacta en nosotros es sorprendente, debido a que son imágenes desgarradoras y poco motivadoras para nuestro futuro como oficiales de Gendarmería. Además el caso presentado en el video es el principio de un camino sin fin ya que la problemática de violencia institucional se sigue presentando hasta en la actualidad. <br>Como consecuencia del accionar negligente de algunos funcionarios públicos en esos tiempos, hoy en día se sigue generando rechazo por parte de un gran sector de la sociedad en nuestro actuar; no solo como gendarmes sino como Institución debido a que la sociedad nunca individualiza a esos funcionarios que no cumplen con lo que la ley imparte, sino que a causa de uno queda desprestigiada la institución al completo. <br>Teniendo en cuenta el proceso de formación por la cual estamos pasando, encaminados a ser oficiales de gendarmería con el objeto de resguardar la seguridad de los ciudadanos y su vida, se observa deliberantemente el abuso de la fuerza pública rompiendo con todos los lineamientos y ética moral que la que debe contar una fuerza de seguridad.</em><strong><em><br>2 B. ¿De qué manera creen que impacta esto que observaron en nuestra sociedad?<br></em></strong><em>Impacta de forma negativa, generando aun mas, la sensación de inseguridad, pero lo agravante es que, quienes deben resguardad la integridad de la sociedad, son los principales promotores de la violencia institucional en la cual no se genera confianza y respeto, llevando así que, dentro de la sociedad, las personas se vean obligados a defender sus propios intereses a como de lugar.<br></em><strong><em>2 C. ¿CONOCIAN EL TERMINO VIOLENCIA INSTITUCIONAL? </em></strong><em><br>RESPUESTA: Si, actualmente la sociedad en la que vivimos, a sufrido muchos cambios a los largo de los últimos 20 años, uno de ellos a sido la revolución de la violencia Institucional, y el control que se pudo generar sobre el uso de la fuerza pública por parte de los funcionarios, &nbsp; la violencia Institucional no encaja solamente el abuso de autoridad, sino también se sufría por la condición social, color de piel, o elección sexual. Es importante resaltar, que en la actualidad no es muy constante la lucha contra la violencia Institucional, si una fecha en la que se recuerda que aún se sigue luchando y pidiendo justicia por aquellas personas que sufrieron esta violencia, más allá de esto, muchas personas aún no tienen conocimiento sobre esta temática, muchas veces es más práctico hablar sobre el abuso de autoridad por parte de los funcionarios, que hablar sobre la violencia Institucional.<br></em><strong><em>2 D. Creen que dentro de nuestra institución se comenten actos de violencia institucional?</em></strong><em><br> Efectivamente creemos que dentro de nuestra fuerza se realizan actos de violencia Institucional pero que estos se han ido reduciendo de manera significativa, hasta el día de hoy consideramos que deben de existir casos aislados, en lo que es el despliegue de la fuerza en todo el territorio nacional. <br>Con la implementación de diversos tipos de herramientas de concientización en la materia, se busca como objetivo de alcanzar en un futuro no muy lejano la erradicación de manera permanente esta gran problemática. <br><br></em><strong><em><mark>MOMENTO NRO 2:<br>1: Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado<br></mark></em></strong>El funcionario efectivo de Gendarmería Nacional interviene en esta situación por intento de hurto a mano armada, cabe aclarar que, los sujetos que subieron al automóvil con intenciones de huir, no consumaron el hurto, aun asi, se encuadra en un intento de hurto, por lo cual el personal de Gendarmería actuó de forma correcta.<strong><em><mark><br>2 ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la<br>intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad?<br>¿Cuál? </mark></em></strong>si, dadas las circunstancias se podría decir que si habría la comisión de un delito, que es el ingerir bebidas alcohólicas en la vía publica, este podría a ver sido uno de los motivos por el cual el personal de la fuerza tomo medidas en los hechos, ahora, la cuestión en estos momentos es la intensidad que la que actuaron los efectivos, claramente hubo un exceso en todas sus formas, causando que las circunstancias se volcaran y fueran los efectivos quienes cometen el delito, atribuyéndose el exceso de autoridad y uso de la fuerza publica.<strong><em><mark><br>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?<br></mark></em></strong>En el hecho descripto estaban en riesgo el derecho a la libertad, ya que ante lo mencionado se estaba ante&nbsp; una detención ilegal por no cumplir los requisitos que legalmente se establecen.<br>Otro de los derechos que observamos transgredido es el referido a la tortura o tratos crueles o degradantes. Ya que testigos del hecho indicaron, que vieron a un gendarme arrinconando a uno de ellos (detenido), golpeándolo y también&nbsp; manifestó haber visto llegar a más cantidad de gendarmes, que aplicaron varios golpes a los detenidos.<br><strong><em><mark>4. Como clasificaría la intervenciones personal policial o de las fuerzas de seguridad?</mark></em></strong><br>Calificaría la intervención de estos efectivos de la Fuerza de Seguridad, como una acción incorrecta, dado que los mismos no fueron proporcionales al momento de interferir en esta situación, utilizaron la fuerza de forma excesiva ante estos individuos, siendo que los funcionarios los superaban en cantidad.<strong><em><mark><br>5 ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional? <br></mark></em></strong>En base al caso expuesto, podemos decir que la fuerza no fue utilizada de modo proporcional, ya que los efectivos se excedieron en su totalidad, violando así el código de conducta y no respetando el Art 3 del mismo donde dice que los funcionarios policiales podrán usar la fuerza solo cuando sea estrictamente &nbsp; necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de su tarea.<br><strong><em><mark>6. Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/ la funcionario/a que intervino en el hecho?<br></mark></em></strong>Si creemos que se cometieron delitos, en el caso que analizamos el primero es abuso de autoridad, en el momento en el que el funcionario golpea a los sospechosos, y obviamente también es un delito la manipulación de evidencia en la manera en la que se supone que lo hicieron, claro que en este análisis damos por sentado que lo que se dice de los funcionarios en verdad paso, el hecho de incriminar a una persona ocultando entre sus prendas elementos ilegales es un delito, y también podemos mencionar que si rompe con la ética institucional y los reglamentos de comportamiento interno. Los se expresaron con falsedad en sus declaraciones lo cual también incurre en un delito, omitiendo así una de sus responsabilidades principales. Por ultimo mencionamos también que si bien no todos los funcionarios actuaron de mala manera, los que no lo hicieron solamente hicieron la vista a un lado y no informaron a la autoridad competente, lo cual también incurre en una falta del reglamento interno de Gendarmería Nacional<br><strong><em><mark>7 – según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿ considera que este fue un caso de violencia institucional?¿porque?</mark></em></strong><br>Desde nuestro punto de vista, consideramos que en la situación, si fue un caso de violencia Institucional, ya que los funcionarios de Gendarmería, claramente intentaron fabricar un procedimiento que les favoreciera a ellos, gracias a las cámaras de seguridad, y a los testigos se pudo comprobar que se trataba de un caso más de violencia Institucional, también las actuaciones&nbsp; de los funcionarios al estar mal confeccionadas&nbsp; ayudaron a que la fiscalía pueda entrar en razón sobre las decisión a tomar sobre el caso anteriormente visto, frente al mal actuar de los funcionarios, quedo claramente visto que fue un caso más de violencia Institucional.<strong><em><mark><br>8- ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?<br></mark></em></strong>Para que el personal pueda intervenir, los masculinos deberían estar realizando alguna acción fehaciente que hagan presumir al personal policial de que se encuentran ante un posible acto delictivo/ilícito, el cual sería motivo para dar pie a sur intervención de una manera correcta ante la presencia de testigos. <br>Sin la necesidad de tener que estar inventando motivos inexistentes, tal y cual está plasmado en el respectivo caso, dado que esto acarrea, consecuencias muy graves para el personal que intervino en el mismo.<strong><mark><br></mark></strong><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 02:28:24 UTC</pubDate>
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         <title>INTEGRANTES CAD (S) III 		                -ACOSTA RODRIGO.		-ALTAMIRANO GASTON.		        -CEJAS AGUILAR LIBER.		                -CENTENO AUGUSTO.		-JUSTINIANO ZAMBRANO FABIÁN.		- MOREL LUCAS.		- PALACIO ELENO.		-SOSA LUIS.		        -TITO  LEONEL.		-TOLABA DAMIAN.   1) ¿Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?               Los funcionarios de la Unidad de Prevención Barrial del barrio 1-11-14 en momentos en el que se encontraba realizando tareas de prevención, notan que dos personas se encontraban en actividad delictiva (venta de estupefaciente) en ese momento intervienen la misma para realizar las actuaciones.               2). ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?Para nosotros este caso no había delito o ningún hecho violento para la intervención del personal y que el testigos de hecho da su testimonio dicen que hubo un abuso de autoridad por parte del personal. Además se cuenta con una cámara de seguridad que da falsedad a todo el procedimiento porque se dio en otro horario, y que presuntamente podría ser que uno de los detenidos, nunca se haya encontrado en el lugar del hecho descrito por el acta.  3). ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?  Lo derechos que se encontraban en riesgo en el hecho descripto son los siguientes:     Derecho a no ser discriminado.              Derecho a reunirse en público.                   Derecho a la integridad física.        Derecho a la libre expresión.                    Derecho a poseer un defensor público.      4). ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?                  La intervención fue realizada de manera correcta ya que al ser una zona en donde de observa diariamente y en todo momento delitos como la venta de estupefacientes, es valida la intervención con el motivo de prevención de estos actos, además de trasladar a los imputados ya que esa zona es muy peligrosa para los efectivos, cuidando de esta forma la integridad física de cada integrante de la &quot; unidad de prevención barrial&quot; del barrio 1-11-14; además el hecho de que estas personas denoten una actitud sospechosa con rasgos de realizar movimientos convalidantes al &quot;pasamanos&quot; de estupefacientes, alerto a los funcionarios quienes al percatarse de esto deciden acercarse a los individuos y así poder detenerlos con indicios fehacientes al narcomenudeo, arrojando positivo para cocaína los envoltorios secuestrados, dando así el resultado positivo para la actuación.                    5). ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?            En este caso no fue de modo proporcional ya que no había necesidad de emplear tanta fuerza fuerza hacia los individuos, porque si nos basamos en los dichos de los testigos hubo un abuso de poder ya que uno de los testigos observo que un gendarme golpeo al individuo y llamo a otros siete mas para reducir.       6). ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho? En este caso se considera que se cometió varios delitos como privación ilegitima de la libertad, abuso de autoridad, y de apremio ilegal.           7). Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?                         Este caso se considera una violencia institucional porque la actuación por parte de agentes estatales fue demasiado excesivo, ya que los mismos al momento de la detención realizaron una acción que se puede considerar como abuso de poder, y el uso abusivo del poder coercitivo estatal, resulta lesiva para la integridad, la dignidad y la vida de las personas. Este tipo de violaciones a los derechos humanos dan cuenta de patrones estructurales que afectan la vigencia plena del Estado democrático de derecho. En esta línea, vale la pena destacar que este tipo violaciones a los derechos humanos se caracteriza por impactar sobre personas y grupos de personas marcadas por determinadas características como “la condición socioeconómica, el encierro, las afecciones en la salud mental, la edad, el género, la identidad sexual, la migración irregular, entre otros”. 8. Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?--Interviene por presunta comercialización ilegal de estupefacientes, en primera instancia hubiera procedido conforme el art 230 bis, ante circunstancias previas concomitantes sobre la posible Comisión de un delito federal, luego llamaría a testigos invitando a los ciudadanos interceptados a que exhibieran las pertenencias personales que llevaban consigo, luego de ello en caso de que sea un lugar peligroso tanto para las personas involucradas como los intervinientes, trasladaría todo el procedimiento poniendo en resguardo la integridad física de todo el personal. Haria la prueba de narcotest y en caso de dar positivo para posible estupefaciente me comunicaría con el juzgado de turno para seguir las indicaciones correspondientes, labraría todas las actas que se requieran como así también el precario medico de los detenidos en caso de que así lo fuese.     </title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 02:51:08 UTC</pubDate>
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         <title>Cad(s) 3er año Responsables:</title>
         <author>stefaniaanto30</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1516158214</link>
         <description><![CDATA[<div>*Aguayo Stefanía.<br>* Caro Justa.<br>*Coronel Nerea.<br>*Conrad Carlos.<br>*Guanca Mónica.<br>*Gutiérrez Ariana.<br>*Jaén Mario.<br>*Maldonado Sebastián.<br>*Manzanelli Maximiliano.<br>*Samudio Yissel.<br>PRIMER MOMENTO<br><strong>2.A. ¿ De qué manera impacta en ustedes lo que ven en e video?</strong>&nbsp;<br>R:&nbsp; Impacta de una manera negativa ya que por estas acciones la sociedad nos verá como un enemigo más y en vez de brindarnos su cooperación, nos darán su repudio y descontento para con los agentes dedicados a preservar la seguridad de la nación, Ésta violencia institucional es ejercida desde el Estado y sus diferentes áreas contra sectores de la población que se distinguen por sus humildes condiciones de vida, y por lo tanto por su indefensión esta no se limita sólo a las violaciones a los derechos humanos cometidas por policías sino que comprende también a las instituciones estatales ligadas al sistema penal y de salud: cárceles, institutos cerrados para jóvenes, neuropsiquiátricos y la justicia. Es por esto que debemos corregir esas actitudes y tener una mejor formación y educación en cuanto a los derechos humanos para poder hacer una mejor labor ciudadana.</div><div>Lo que claramente se observa en el video, es como los funcionarios públicos, no respetan el uso condicional de la fuerza, y el código de conducta para funcionarios de hacer cumplir la ley, el cual se muestra 8 artículos de como el personal de seguridad debe asegurar el desempeño responsable íntegro y transparente del funcionario, garantizando los derechos humanos.<br><strong>b.¿ de qué creen que impacta esto que observaron en nuestra sociedad?<br></strong>&nbsp;R:&nbsp; &nbsp; &nbsp;La sociedad al ver estos actos de violencia de la fuerza contra otros individuos lo que ocasiona es un descontento, falta de credibilidad y falta de cooperación con la fuerza pública por lo que siempre habrá una rivalidad entre la sociedad y las fuerzas de seguridad y no se podrá cumplir la misión que sería mantener el orden dentro de nuestra sociedad.<br><strong>C. ¿Conocían el término "Violencia Institucional"?</strong> <br>R:&nbsp; &nbsp; Si, reconocemos el termino de Violencia institucional, ya que, hace referencia a situaciones concretas que involucran la violencia psíquica, física y sexual, ejercida abusivamente por agentes y funcionarios en cumplimiento de sus funciones, incluyendo normas, protocolos, que los mismos no respetan.<br><strong>D. ¿Creen que dentro de nuestra Institución se cometen actos de Violencia Institucional?<br>&nbsp;</strong>R: &nbsp; A lo largo de los años, han existido numerosos casos de violencia institucional dentro de las filas de la Gendarmería. Llegamos a la actualidad donde se siguen observando éste tipo de conductas inapropiadas.&nbsp;<br><br></div><div>Sin embargo, con el avance de la educación, la formación y preparación de sus miembros, como la búsqueda institucional de prevenir y erradicar dicho problema, han generado una notoria baja en los casos de violencia, como así también, un mejor acompañamiento y protección a las víctimas <br><strong>Segundo Momento<br>1.¿Identifique claramente por qué interviene el / el funcionario / a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?<br></strong>Claramente interviene el personal de gendarmería, el mismo logra observar un “pasamano” que esto sucede comúnmente cuando se está realizando una venta ilegal de estupefacientes.<br><strong>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la<br>intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad?<br>¿Cuál?</strong><br>No existió delito alguno para que se diera intervención de la fuerza de seguridad.</div><div><strong>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?</strong><br>En el hecho descripto se pusieron en riesgo el derecho humano de libertad, de libre circulación. Fueron detenidos y torturados innecesariamente.<br><strong>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?</strong><br>Calificaríamos la intervención del personal policial de manera ilegal, en el hecho anteriormente mencionado se logra entender que no hay delito alguno y tampoco resistencia de los individuos al momento de ser detenidos, por lo tanto no era motivo para proceder de esa manera.<br><strong>5. ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?<br></strong>Consideramos que la fuerza fue utilizada de manera desproporcional por parte de los efectivos siendo que superaban ampliamente pudiendo reducir al individuo sin la utilización de una fuerza excesiva.<br><strong>6.¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?</strong><br>SI, consideramos que se cometió faltas por parte de los funcionarios públicos siendo abuso de autoridad y al código de conducta para funcionarios públicos encargado de hacer cumplir la ley, el uso de la fuerza fue excesivo violando normas y reglamentos siendo que ante estos casos ya se encuentra establecido un accionar que garantice tanto el pudor como la integridad física de los individuos.<br><strong>7. Según la definición de violencia Institucional brindada en el Primer Momento, ¿Considera que éste fue un caso de violencia Institucional?¿Por qué?<br></strong>Si, se considera que existe un claro ejemplo de Violencia constitucional, ya que los efectivos de la fuerza abusaron de su cargo ejerciendo sus funciones, tanto atribuyendo violencia física, psicológica y violando principalmente sus derechos de la libertad, integridad física, etc.<strong><br>8. Según tu opinión: ¿ cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó a la intervención?</strong><br>Según la opinión del grupo, en el&nbsp; caso de encontrar a éstos jóvenes ingiriendo bebida alcohólica en la vía pública, se procedería a solicitarles amablemente que lo realicen dentro de sus respectivos hogares, ya que no&nbsp; cometían otra infracción, según lo descripto por los testigos de Hecho.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 03:27:03 UTC</pubDate>
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         <title>INTEGRANTES: CAD III (S)</title>
         <author>jbenjopf</author>
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         <description><![CDATA[<ul><li>BARRIONUEVO CHAMBI BEYMAR&nbsp;</li><li>PANIAGUA FERNÁNDEZ BENJAMIN</li><li>VERGARA GONZALEZ JAIME</li><li>LUGO DAVID</li><li>SEQUEIRA ELIZABET</li></ul><var><strong><em>PRIMER - MOMENTO</em></strong></var><div><strong><em>En base a lo observado en el video reflexionar:</em></strong></div><pre><strong><em>A. ¿De qué manera impacta en ustedes lo que ven en el video?</em></strong></pre><blockquote><em>Impacta en la perspectiva de como ver las cosas, ya que nos llama a la reflexión en el sentido que seremos funcionarios públicos miembros de una Fuerza de Seguridad, conociendo el significado de Violencia Institucional y la negativa que le da a las fuerzas de seguridad ya que nos enmarca los errores que en el pasado estas mismas cometieron y llevaron a que la población dudara si le ofrecerán protección o tormento. También nos lleva a darnos cuenta que no se debe seguir esa vía ya que no es apoyada por la población.</em></blockquote><pre><strong><em>B. ¿De qué manera creen que impacta esto que observaron en nuestra sociedad?</em></strong></pre><blockquote><em>Impacta de manera negativa en la sociedad, en sentido de que crea desconfianza hacia las fuerzas de seguridad y esto provoca un desacuerdo y descontento de la población hacia las instituciones de seguridad.</em></blockquote><pre>C<strong><em>. ¿Conocían el termino Violencia Institucional?</em></strong></pre><blockquote><em>Si, ya que ese termino hoy en día es un sinónimo del abuso de autoridad, y esto hoy en día, es cuestionado a nivel mundial, siempre el funcionario esta a los ojos del mundo, es por ello que el conocer este termino, permite a nosotros como futuros conductores de la fuerza mejorar ese tipo de actitudes y reflexionar sobre las mismas.</em></blockquote><pre><strong><em>d. ¿Creen que dentro de nuestra institución se cometen actos de Violencia Institucional?</em></strong></pre><blockquote><em>Como en toda institución de seguridad hay acciones buenas y beneficiosas para la institución para con la población, pero su vez también existe la parte oscura o la otra cara de la moneda donde unidades de la fuerza abusan de su posición como encargados de hacer cumplir la ley y ahí se produce la Violencia institucional.&nbsp;</em></blockquote><div><strong><em>3. Luego de pensar sobre estas cuestiones, deben leer el material brindado en la presentación y una vez que terminan de hacerlo pasar&nbsp;<br></em></strong><br></div><var><strong><em>SEGUNDO-MOMENTO</em></strong></var><div><br></div><pre><strong><em>1. ¿Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>Es claro he indiscutible que al inicio del caso se proyecta un resultado que pudo haber desenvuelto en el accionar legitimo del efectivo de Gendarmería Nacional, pero no queda patente le suceso legal, por que se muestra distintos elementos como las cámaras de seguridad, testigos de hechos que brindan información muy diferente a la actuación labrada.</blockquote><div>&nbsp;</div><pre><strong><em>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>Conforme a lo establecido en la ley argentina, se puede ver que el consumo de bebidas alcohólicas en la vía publica no es pasible a que se le prive la libertad a algún individuo, por lo cual, en el caso los efectivos de Gendarmería, no tuvieron justificada su accionar ante estos individuos que se encontraban bebiendo frente a un lavadero de autos.</blockquote><div>&nbsp;</div><pre><strong><em>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>&nbsp; Los derechos que se encontraban en riesgo teniendo en cuenta el manejo de estupefacientes, según la legislación penal sobre estupefacientes, es la salud publica que es un bien jurídico protegido, y en otra parte según la descripción de los testigos de hecho, podemos decir que también dañan la integridad, se realiza una detención injusta.</blockquote><div><br></div><pre><strong><em>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>&nbsp;Equivocada, por que el uso de la fuerza ante tal situación no fue proporcional, también podemos decir que los individuos no mostraron resistencia, por lo cual se debería haber tomado mas en cuenta los derechos que las personas poseen.</blockquote><div><br></div><pre><strong><em>5. ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>En base al uso legítimo de la fuerza, podemos decir que fue desproporcional el accionar de los efectivos de Gendarmería.</blockquote><div><br></div><pre><strong><em>6. ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>Sí, se considera que el accionar por parte de los funcionarios de Gendarmería, era equivoca, ya que los mismo, se pueden ajustar a delitos en lesiones de irracional, privar la libertad a los individuos, incumpliendo con el condigo de conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley establecido por la asamblea general de la organización de naciones unidas.</blockquote><div>&nbsp;</div><pre><strong><em>7. Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?</em></strong></pre><div>&nbsp;</div><blockquote>&nbsp;Si, se considera que fue una violencia institucional, ya que los mismo no están cumpliendo la ley infringiendo los derechos a las personas, los tratos fueron degradantes a los individuos.</blockquote><div><br></div><pre><strong><em>8. Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?</em></strong></pre><div><br></div><blockquote>Primeramente, podemos decir que la situación que está plasmada en el caso, se tendría que ver como se aplicaría el correcto uso de la fuerza, en razón de que sea necesario, en base a que la actuación sea legal, proporcional, racional, teniendo en cuenta el grado de complejidad, en la zona de responsabilidad donde se realiza el patrullaje preventivo de seguridad. Sabiendo que al momento de identificar y el individuo muestre alguna presunta sospecha, llamar a dos testigos y actuar como corresponde y en base a la orientación que nos de el juzgado con el que se tome contacto.</blockquote>]]></description>
         <pubDate>2021-05-12 03:35:55 UTC</pubDate>
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         <title>INTEGRANTES: CAD (S) III</title>
         <author>brianreainaldo</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1516878804</link>
         <description><![CDATA[<div>ALE RODRIGO<br>FAGUNDEZ JORDAN<br>OSWALD CRISTIAN<br>OLMOS BRIAN<br>PUCHETTA IMANOL<br>RAMALLO LUCAS<br>SANCHEZ EZEQUIEL<br>ZARACHO JOSEFINA<br><br><strong>ACTIVIDADES MOMENTO 1<br></strong><br></div><div><strong>1.&nbsp; &nbsp; Mirar el video propuesto.</strong></div><div><strong>2.&nbsp; &nbsp; En base a lo observado en el video reflexionar:</strong></div><div><strong>A. &nbsp; ¿De qué manera impacta en ustedes lo que ven en el video?</strong></div><div>Después de poder analizar la cinta fílmica, en nosotros surgen aires de reflexión donde comenzamos a tener conciencia de que la violencia institucional&nbsp; no es algo aislado, que sucede en casos puntuales dentro de las Fuerza Policiales y de Seguridad, sino que es algo con lo que vivimos día a día. En consecuencia, se vuelve una problemática que para encontrar una solución viable debemos reconocerla y así buscar formas de tratarla con racionalidad, criterio y responsabilidad. De esta manera, el día de mañana como futuros funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley podremos desempeñarnos de mejor manera para con la población.</div><div><strong>B. &nbsp; ¿De qué manera creen que impacta esto que observaron en nuestra sociedad?&nbsp;</strong></div><div>Claramente lo visualizado en el video impacta de manera negativa en la sociedad, ya que son hechos que ocurrieron que desprestigian nuestra institución, como así también al resto de las fuerzas de seguridad. Estos hechos provocan que algunos miembros de la sociedad tengan un mal concepto de las fuerzas de seguridad, pensando que estas son arbitrarias, violentas, etc. Es por esto necesario individualizar los hechos de violencia institucional y tomar para con sus autores las medidas disciplinarias necesarias para tratar de eliminar estos hechos y así por adquirir una confianza plena de la sociedad para con las distintas instituciones de seguridad y armadas.</div><div><strong>C. &nbsp; ¿Conocían el termino Violencia Institucional?</strong></div><div>Este término no lo conocíamos, y desde nuestro punto de vista es de suma importancia, teniendo en cuenta las acciones y tareas que realiza las fuerzas de seguridad, además para la formación y desarrollo de las misiones&nbsp; de los efectivos dentro de la ciudadanía.</div><div><strong>D. &nbsp; ¿Creen que dentro de nuestra institución se cometen actos de Violencia Institucional?</strong></div><div>Efectivamente dentro de nuestra institución suceden actos de violencia institucional. Principalmente en sus formas de Violencia Física y Psicológica y también en otros tipos de violencia como por ejemplo la simbólica.&nbsp; No debe confundirse con la violencia legítima, la cual es monopolizada por el Estado, ya que esta posee limitaciones, y solo debe ser usada en casos particulares, situación que no siempre sucede por excesos en ciertas actividades efectuadas por la fuerza.</div><div>Un ejemplo de violencia institucional extrema fue el caso de Daiana Sacayán quien según su propio testimonio fue ignorada por el personal de la fuerza y agredida físicamente por su condición sexual.</div><div>3.&nbsp; &nbsp; Luego de pensar sobre estas cuestiones, deben leer el material brindado en la presentación y una vez que terminan de hacerlo pasar el segundo momento.<br><br></div><div><strong>MOMENTO 2</strong><br><br><strong>1.¿Identifique claramente por qué interviene el / el funcionario / a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?<br></strong>Los funcionarios intervienen bajo sospechas, si bien existen maneras estos omiten toda normativa prescripta, pese a que esta bajo su competencia la intervención ante la presunta venta de estupefacientes, estos procedieron de manera indebida, y en caso contrario que solo sea para consumo personal debían actuar muy distinto, y por si fuera poco no tenían la presencia de los testigos al momento de la requisa.<br><strong>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la<br>intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad?<br>¿Cuál?<br></strong>En tal caso, no existió un hecho fehaciente y que se pueda comprobar verazmente, falto la justificación de porque tomaron esa medida.<br><strong>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?<br></strong>En el hecho descripto se encontraba en riesgo el derecho a la libertad de las personas imputadas o a quienes se les atribuía la participación en el hecho delictivo.<br><strong>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?<br></strong>Calificaría la intervención policial como violencia institucional, debido a las declaraciones de los vecinos y de que el personal uniformado no tiene manera de comprobar que realizaron un buen procedimiento.<br><strong>5. ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?<br></strong>Considero que en este caso no existe proporcionalidad en la fuerza ya que los vecinos describen que había al rededor de 7 uniformados golpeando a uno de los individuos antes de llevarlo detenido.<br><strong>6.¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?<br></strong>Considero que si se cometió mas de una falta a las normas y leyes en las que se basa la fuerza a la que pertenecen estos uniformados.<br><strong>7. Según la definición de violencia Institucional brindada en el Primer Momento, ¿Considera que éste fue un caso de violencia Institucional?¿Por qué?<br></strong>Si fue un caso de violencia<strong> </strong>institucional mas exactamente violencia física ya que los efectivos golpearon a los dos ciudadanos, y es institucional o adquiere está denominación ya que son llevadas a cabo por determinados funcionarios públicos.<br><strong>8. Según tu opinión: ¿ cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó a la intervención?<br></strong>Inicialmente se debe identificar a las personas o a los supuestos infractores, luego tratar de reunir las pruebas fehacientes, circunstancias previas y concomitantes para realizar una requisa; seguidamente solicitar la presencia de testigos hábiles requeridos al efecto en el lugar. Utilizar la fuerza publica en la medida de la necesidad. Así mismo, con la presencia de las cámaras de seguridad, estas podrían servir como medio de prueba para identificar la acción o el tipo delictual de los ciudadanos en cuestión.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 10:04:21 UTC</pubDate>
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         <title>INTERGRANTES: CAD(s) III</title>
         <author>leonardohoyos26</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1517009833</link>
         <description><![CDATA[<div>BUSTOS TOMAS<br>COPA ALVARO<br>PACHECO DAVID<br>RECABARREN FRANCO<br>SILVESTRE ALEX<br>ORDOÑEZ EDISON<br>HOYOS LEONARDO<br><br>PRIMER MOMENTO<br>a. ¿De qué manera impacta en ustedes lo que ven en el video?</div><div><strong>La manera de que impacta el accionar de los funcionarios en nosotros es de una forma emocional, sorpresiva y fuerte, debido al proceder de los mismos cuesta creer que existían&nbsp; funcionarios&nbsp; públicos encargados de hacer cumplir la ley que por diversas razones (poder, superioridad ante los ciudadanos) cometan acciones de este tipo ocasionando daños a terceros y buscando justificarse. La cual no se ve reflejado el verdadero labor como funcionario en la protección de la sociedad.<br></strong><br></div><div>b. ¿De qué manera creen que impacta esto que observaron en nuestra sociedad?</div><div>&nbsp;<strong>La credibilidad como funcionarios ante la sociedad, deja&nbsp; en duda el buen accionar de los funcionarios públicos ya que&nbsp; estos son la principal garantía para resguardar el orden público y el bienestar social, representado al estado como garantía de los derechos humanos. De esta manera se pierde la confianza y el prestigio de la institución ante la sociedad, siendo esto reflejado en las protestas y/o marchas sociales en reclamo ante la seguridad que estos brindan y la falta de capacitación de los uniformados.<br></strong><br></div><div>c. ¿Conocían el termino Violencia Institucional?</div><div><strong>Si teníamos un conocimiento al termino de violencia Institucional, ya que son temas muy comunes que suelen darse muy a menudo en la sociedad viéndose reflejado en los distintos medios de comunicación y que repercutan muy fuerte en la sociedad.&nbsp;<br></strong><br></div><div>d. ¿Creen que dentro de nuestra institución se cometen actos de Violencia Institucional?</div><div><strong>La violencia institucional se ve en las todas las fuerzas, como creo que nuestra institución deben existir falencias sobre la violencia, lo cual se implementan medidas para abordar estas acciones mediante capacitaciones del día a día a nuestros efectivos, para poder solventar los diferentes hechos que suceden dentro de la sociedad de una manera profesional en su carrera como funcionarios públicos.<br><br>SEGUNDO MOMENTO&nbsp;<br></strong>1. Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?&nbsp;</div><div><strong>La fuerza de seguridad, interviene en este caso planteado por el motivo de brindar seguridad ciudadana, según lo establecido en la ley 24.054 de “Seguridad Interior”. Nuestra fuerza se integra a esta función en el año 2011, su objetivo fue reforzar seguridad en barrios determinados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado “Operativo Cinturón Sur”, uno de esas zonas, es la jurisdicción del barrio Padre Rodolfo Ricciardelli más conocido o denominado “villa 1-11-14”, en la cual los efectivos de Gendarmería cumplen su misión y función, en este caso los funcionarios de una patrulla observan dos personas que realizaban un pasamanos resultado supuestamente de ventas de estupefacientes, en donde proceden a realizar las actuaciones pertinentes.<br></strong><br></div><div>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?</div><div><strong>Si existió un delito por parte de los dos masculinos, sobre la ley 23.737, por la venta y comercialización de estupefacientes, tipificado en el inc. 5 de dicha ley.&nbsp;<br></strong><br></div><div>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?&nbsp;</div><div><strong>Los derechos que estaban en riesgo en el hecho descripto son el derecho a la integridad y el principio de legalidad\reserva. Además, violan varios artículos de la ley de seguridad Nro. 24.059 como por ejemplo los art 1, 2 y 5.<br></strong><br></div><div>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?</div><div><strong>Nuestro grupo califica la intervención del personal policial lamentable y hasta bochornoso, ya que va en contra de todos los valores morales que tenemos como institución y también, en contra de las funciones que debemos cumplir como funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley.<br></strong><br></div><div>5 ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?</div><div><strong>En este caso según el relato del testigo quien manifestó en su declaración ver que personal de Gendarmería que actuaron golpeando y arrinconando a los individuos de manera violenta. Este tipo de actuar es considerado como uso desproporcional de la fuerza ya que los individuos no representan una amenaza activa contra el personal de la fuerza y si fuese en caso contrario solamente se lo debe reducir a los individuos no haciendo falta golpearlos.<br></strong><br></div><div>6. ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?&nbsp;</div><div><strong>En este caso se puede apreciar que, SI se cometió una falta como por ejemplo el abuso de autoridad cometido por el funcionario de Gendarmería, en el cual está enmarcado en el Decreto 637/2003 que es el código de conducta el cual rige a las Fuerzas de Seguridad.<br></strong><br></div><div>7. Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?</div><div><strong>Si fue un caso de violencia institucional, debido a las declaraciones de los detenidos y los testigos, sobre la forma de intimidación y agresión física (golpes) que recibieron los jóvenes, cabe destacar que la violencia institucional es cualquier tipo de violencia ejercida por funcionarios públicos o policiales.<br></strong><br></div><div>8. Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?</div><div><strong>La respuesta adecuada en esa circunstancia hubiera sido en primera instancia al comprobar que los jóvenes son sorprendidos en un acto ilícito supuestamente comercio de estupefaciente, lo que se debe hacer es llamar inmediatamente al juzgado o fiscalía de turno interviniente, para ponerlos al tanto de lo sucedido y que orienten a las medidas que se tomaran posterior al caso, luego por la hostilidad de la zona se traslada todo tal cual se encontró, se buscan los testigos correspondientes para que presencien todo el procedimiento y se labren las actuaciones de rigor. Cabe resaltar que la presencia de las cámaras de seguridad son una herramienta valiosa para los funcionarios públicos y policiales que pueden dar fe a lo sucedido, en estas zonas hostiles donde es muy difícil contar con la presencia de testigos en el lugar del hecho por la peligrosidad del ambiente.<br></strong><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 11:28:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1517009833</guid>
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         <title>INTEGRANTES: CAD(s) III</title>
         <author>leonardohoyos26</author>
         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1517039977</link>
         <description><![CDATA[<div>BUSTOS TOMAS<br>PACHECO DAVID<br>RECABARREN FRANCO<br>COPA ALVARO<br>SILVESTRE ALEX<br>ORDOÑEZ EDISON<br>HOYOS LEONARDO<br>&nbsp;<br><strong>PRIMER MOMENTO<br></strong><br></div><div>1. Mirar el video propuesto.</div><div>2. En base a lo observado en el video reflexionar:</div><div>a. ¿De qué manera impacta en ustedes lo que ven en el video?</div><div><strong>La manera de que impacta el accionar de los funcionarios en nosotros es de una forma emocional, sorpresiva y fuerte, debido al proceder de los mismos cuesta creer que existían&nbsp; funcionarios&nbsp; públicos encargados de hacer cumplir la ley que por diversas razones (poder, superioridad ante los ciudadanos) cometan acciones de este tipo ocasionando daños a terceros y buscando justificarse. La cual no se ve reflejado el verdadero labor como funcionario en la protección de la sociedad.<br></strong><br></div><div>b. ¿De qué manera creen que impacta esto que observaron en nuestra sociedad?</div><div>&nbsp;<strong>La credibilidad como funcionarios ante la sociedad, deja&nbsp; en duda el buen accionar de los funcionarios públicos ya que&nbsp; estos son la principal garantía para resguardar el orden público y el bienestar social, representado al estado como garantía de los derechos humanos. De esta manera se pierde la confianza y el prestigio de la institución ante la sociedad, siendo esto reflejado en las protestas y/o marchas sociales en reclamo ante la seguridad que estos brindan y la falta de capacitación de los uniformados.<br></strong><br></div><div>c. ¿Conocían el termino Violencia Institucional?</div><div><strong>Si teníamos un conocimiento al termino de violencia Institucional, ya que son temas muy comunes que suelen darse muy a menudo en la sociedad viéndose reflejado en los distintos medios de comunicación y que repercutan muy fuerte en la sociedad.&nbsp;<br></strong><br></div><div>d. ¿Creen que dentro de nuestra institución se cometen actos de Violencia Institucional?</div><div><strong>La violencia institucional se ve en las todas las fuerzas, como creo que nuestra institución deben existir falencias sobre la violencia, lo cual se implementan medidas para abordar estas acciones mediante capacitaciones del día a día a nuestros efectivos, para poder solventar los diferentes hechos que suceden dentro de la sociedad de una manera profesional en su carrera como funcionarios públicos.<br></strong><br></div><div>3. Luego de pensar sobre estas cuestiones, deben leer el material brindado en la presentación y una vez que terminan de hacerlo pasar el segundo momento.<br><br><strong>SEGUNDO MOMENTO</strong></div><div>1. Identifique claramente por qué interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?&nbsp;</div><div><strong>La fuerza de seguridad, interviene en este caso planteado por el motivo de brindar seguridad ciudadana, según lo establecido en la ley 24.054 de “Seguridad Interior”. Nuestra fuerza se integra a esta función en el año 2011, su objetivo fue reforzar seguridad en barrios determinados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado “Operativo Cinturón Sur”, uno de esas zonas, es la jurisdicción del barrio Padre Rodolfo Ricciardelli más conocido o denominado “villa 1-11-14”, en la cual los efectivos de Gendarmería&nbsp;<br>su misión y función, en este caso los funcionarios de una patrulla observan dos personas que realizaban un pasamanos resultado supuestamente de ventas de estupefacientes, en donde proceden a realizar las actuaciones pertinentes.<br></strong><br></div><div>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál?</div><div><strong>Si existió un delito por parte de los dos masculinos, sobre la ley 23.737, por la venta y comercialización de estupefacientes, tipificado en el inc. 5 de dicha ley.&nbsp;<br></strong><br></div><div>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?&nbsp;</div><div><strong>Los derechos que estaban en riesgo en el hecho descripto son el derecho a la integridad y el principio de legalidad\reserva. Además, violan varios artículos de la ley de seguridad Nro. 24.059 como por ejemplo los art 1, 2 y 5.<br></strong><br></div><div>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?</div><div><strong>Nuestro grupo califica la intervención del personal policial lamentable y hasta bochornoso, ya que va en contra de todos los valores morales que tenemos como institución y también, en contra de las funciones que debemos cumplir como funcionarios públicos encargados de hacer cumplir la ley.<br></strong><br></div><div>5 ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada de modo proporcional?</div><div><strong>En este caso según el relato del testigo quien manifestó en su declaración ver que personal de Gendarmería que actuaron golpeando y arrinconando a los individuos de manera violenta. Este tipo de actuar es considerado como uso desproporcional de la fuerza ya que los individuos no representan una amenaza activa contra el personal de la fuerza y si fuese en caso contrario solamente se lo debe reducir a los individuos no haciendo falta golpearlos.<br></strong><br></div><div>6. ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?&nbsp;</div><div><strong>En este caso se puede apreciar que, SI se cometió una falta como por ejemplo el abuso de autoridad cometido por el funcionario de Gendarmería, en el cual está enmarcado en el Decreto 637/2003 que es el código de conducta el cual rige a las Fuerzas de Seguridad.<br></strong><br></div><div>7. Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que este fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?</div><div><strong>Si fue un caso de violencia institucional, debido a las declaraciones de los detenidos y los testigos, sobre la forma de intimidación y agresión física (golpes) que recibieron los jóvenes, cabe destacar que la violencia institucional es cualquier tipo de violencia ejercida por funcionarios públicos o policiales.<br></strong><br></div><div>8. Según su opinión: ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivó la intervención?</div><div><strong>La respuesta adecuada en esa circunstancia hubiera sido en primera instancia al comprobar que los jóvenes son sorprendidos en un acto ilícito supuestamente comercio de estupefaciente, lo que se debe hacer es llamar inmediatamente al juzgado o fiscalía de turno interviniente, para ponerlos al tanto de lo sucedido y que orienten a las medidas que se tomaran posterior al caso, luego por la hostilidad de la zona se traslada todo tal cual se encontró, se buscan los testigos correspondientes para que presencien todo el procedimiento y se labren las actuaciones de rigor. Cabe resaltar que la presencia de las cámaras de seguridad son una herramienta valiosa para los funcionarios públicos y policiales que pueden dar fe a lo sucedido, en estas zonas hostiles donde es muy difícil contar con la presencia de testigos en el lugar del hecho por la peligrosidad del ambiente.</strong></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 11:43:44 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[<div>1er Alf Hidalgo<br><br>Primeramente les agradezco por las producciones realizadas, todos entendemos que están con un cúmulo importante de actividades y tiempo acotado.<br>Quiero además recalcar la importancia de que sepan entender que no por el hecho de ser funcionarios públicos podemos ejercer la autoridad conferida por el Estado de manera desmedida, todos tenemos límites, y hay que tener el criterio suficiente para no abusar del poder que detentamos frente a los civiles principalmente.<br>Vestir un uniforme no nos pone por encima de nadie, recuerden siempre que el hábito no hace al monje, pero si nos dice dónde está. Siempre vamos a ser observados, siempre vamos a ser más identificables que el resto, pero el comportamiento ético no se puede deber a que nos estén mirando, sino que debe nacer de la convicción personal que la única forma de hacer las cosas es hacerlas correctamente.</div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 14:41:11 UTC</pubDate>
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         <title>INTEGRANTES CAD (S) III</title>
         <author>danielaaylen99</author>
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         <description><![CDATA[<div><br></div><ul><li>ARAMAYO FACUNDO</li><li>ARAMAYO JOEL</li><li>ARGAÑARAZ DANIELA</li><li>AHUMADA ESTEBAN</li><li>AVALOS HECTOR</li><li>BAIGORRIA SEBASTIAN&nbsp;</li><li>VEDIA BURGOS CARLOS</li><li>PEREZ IVAN</li><li>TOSORONI JOEL</li><li>GASPA GINO</li></ul><div><br></div><div><strong>1. ¿Identifique claramente por que interviene el/la funcionario/a de la policía o fuerzas de seguridad en el caso analizado?</strong><br><br></div><div><em>El funcionario público interviene porque interpreta que se estaba cometiendo un hecho ilícito (pasamano de estupefaciente). Sin haber recurrido a una requisa.</em><br><br></div><div><strong>2. ¿Existió delito o un hecho violento que diera lugar a la intervención del personal de la policía o fuerzas de seguridad? ¿Cuál? </strong><br><br></div><div><em>Según los elementos secuestrados y el resultado de la prueba de narcotest que dio positivo. Si hubo delito, por comercialización y tenencia de estupefaciente, la cual momento previo ocurrió intervención policial por detectar un hecho ilícito.</em><br><br></div><div><strong>3. ¿Qué derechos estaban en riesgo en el hecho descripto?</strong><br><br></div><div><em>Derecho a la libre circulación, derecho a la dignidad humana y la intimidad</em><br><br></div><div><strong>4. ¿Cómo calificaría la intervención del personal policial o de las fuerzas de seguridad?<br></strong><br></div><div><em>Calificaríamos la intervención del personal policial como innecesaria y en desacorde a la situación. Ya que según los relatos no hubo resistencia por parte de los damnificados y tampoco sospechas fundadas, para que los efectivos ejerzan fuerza física en gran medida con los dos masculinos</em><br><br></div><div><strong>5. ¿Considera que se trató de un caso en el que la fuerza fue utilizada en modo proporcional?</strong><br><br></div><div><em>Según el acta de procedimiento policial el uso racional fue proporcional, según el relato de vecinos y testigos fue desproporcional, ya que se trataría del ataque de varios policías contra un sujeto<br></em><br></div><div><strong>6. ¿Considera que se cometió algún delito o falta a las leyes y normas internas de la institución a la que pertenece el/la funcionario/a que intervino en el hecho?</strong><br><br></div><div><em>Exceso y abuso de autoridad ya que eran 7 gendarmes que aplicaron varios golpes hacia dos jóvenes de 20 años</em><br><br></div><div><strong>7. Según la definición de violencia institucional brindada en el primer momento ¿considera que esta fue un caso de violencia institucional? ¿Por qué?</strong><br><br></div><div><em>Si, en este caso si se presenta violencia institucional. Porque los funcionarios en cumplimientos de sus funciones incurrieron abusivamente a una violencia física contra los sujetos en el momento de que siete (7) de estos aplicaron varios golpes a los detenidos, en donde no tuvieron en cuenta ninguna norma, olvidándose de toda instrucción adquirida, descuidando sus valores y principios como Funcionarios del Estado a los cuales se les confía la seguridad de los ciudadanos, el cual en este caso fue todo lo contrario, ya que se vulnero los derechos de los detenidos.</em><br><br></div><div><strong>8. Según su opinión ¿Cuál hubiera sido una respuesta policial adecuada para abordar la situación que motivo la intervención?</strong><br><br></div><div><em>En la situación previamente planteada podemos observar un procedimiento realizado de una manera incorrecta por parte de los funcionarios. Este caso se debió realizar de la siguiente manera: </em><br><br></div><div><em>- Detener a los sospechosos acorde a lo reglamentado en el manual de uso racional de la fuerza. En este caso reduciéndolos sin hacer uso de coerción.&nbsp;</em></div><div><em>- Buscar testigos&nbsp;</em></div><div><em>- Hacer constar el momento del hecho a través de fotografías, videos, etc.</em></div><div><em>-Trasladarlos al escuadrón&nbsp;</em></div><div><em>-Dar intervención al juzgado competente de turno</em></div><div><em>- Se recibe orientaciones y se continua con el accionar.</em></div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 14:51:50 UTC</pubDate>
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         <title>1er Alf Federico PRINCICH</title>
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         <description><![CDATA[<div>Buen día a la promoción LXXVII de futuros Oficiales. Al realizar la lectura sobre sus intervenciones en la presente plataforma, no puedo dejar de expresar mi satisfacción sobre el análisis y comprensión que pudieron realizar sobre el tema que nos convoca "Violencia Institucional", teniendo en cuenta el cúmulo de actividades pendientes que tienen por desarrollar. Así, la intervención del equipo del <strong>Cad III HOYOS</strong>, "<em>la expresión de sentimientos que provocan las imágenes y relatos del episodio</em>..." por allí, el grupo de la <strong>Cad III AGUAYO</strong>, "<em>analizan el&nbsp; descontento, falta de credibilidad que se produce en la sociedad sobre los uniformados ante estos actos</em>...", mientras que los pares del <strong>Cad III AQUINO</strong>, advierten "<em>una correcta interpretación del caso, basada en la escena -pasa manos-, simulando la venta de estupefaciente, la cual debe probarse en sede judicial", </em>y otras demás intervenciones. Como Oficial Instructor, me resta decir: que ya es de vuestro conocimiento, el episodio ocurrido el 8 de mayo de 1987, y otros que se fueron desarrollando a lo largo del tiempo, no merecen formar parte de un acto que emerge a un uniformado. La lectura que debemos hacer resulta totalmente reprochable. La fuerza física, institucionalizada y ejercida por el Estado, a través de las Instituciones de Seguridad y Fuerzas Policiales; deben desarrollarse bajo la órbita de nuestro Código de Conducta, situación análoga en que desempeñan su labor todos los profesionales (abogados, contadores, médicos, jueces, Funcionarios de Estado, etc). Vestir un uniforme, implica proceder de modo irrestricto a las normas legales del derecho positivo, es sinónimo de respeto, educación, implica transparencia: en cuanto a sus acciones y pensamientos. Teniendo claro estos preceptos, para finalizar; me queda por recordarles que !ESTUDIEN... prepárense!; el fruto de ese esfuerzo no solo es una satisfacción personal, sino garantía de una institución mucho mejor, cuyo resultado (calidad), será reconocida y diferenciada por la Sociedad. <br><strong>Oficial Instructor 2da Sección III Año.</strong></div>]]></description>
         <pubDate>2021-05-12 15:40:57 UTC</pubDate>
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         <author></author>
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Tu avatar
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         <pubDate>2021-05-12 17:49:43 UTC</pubDate>
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         <title>Buenas tardes, estuve leyendo la mayoría de las producciones realizadas, especialmente las que realizaron los cadetes de la Primera Sección de Instrucción y quería destacar el tiempo brindado para la producción de mencionada actividad. Se pudo observar dedicación, análisis y debate en grupo para poder plasmar las conclusiones arribadas. Es viable destacar que cuando uno escucha el término Violencia Institucional apunta meramente al maltrato físico por parte del personal de las Instituciones Policiales o de Seguridad hacia el ciudadano común, pero si nos dedicamos mas a leer investigar y analizar el concepto, hay numerosas formas de ver la Violencia Institucional reflejados en el accionar de los funcionarios. Estas situaciones, que se traducen en maltrato hacia los ciudadanos crea una brecha entre la sociedad y las Instituciones, lo que conlleva a que los integrantes de la sociedad no confíen en el funcionario Publico encargado de brindarle seguridad y se vea reflejado en lo que hoy en día es la Inseguridad. Tenemos que estar preparados y con los conocimientos acabados como profesionales que somos para saber afrontar todos los desafíos que se nos presenten, porque la salida mas rápida ante el desconocimiento de como debemos actuar se ve reflejado en lo que denominamos Violencia Institucional. Por último, los insto a continuar preparándose de forma intelectual y profesional y a estar atentos, no solamente en su actuar diario, sino como futuros conductores de la fuerza que van ser algún día, para con el personal que le depende, no dejando pasar ningún tipo de situación que genere esta violencia, menosprecio y desigualdad para con la sociedad.</title>
         <author></author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2021-05-12 20:04:04 UTC</pubDate>
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         <title></title>
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         <link>https://padlet.com/guadalupecarmuega/3dnrf9lihg36c1xe/wish/1522729237</link>
         <description><![CDATA[<div>Buenas tardes, como Oficial Coordinador del Curso de tercer año quiero expresar mi gran satisfacción por la actividad que han llevado a cabo, cada uno de los cadetes en particular, con total seriedad y responsabilidad, cualidades indispensables que espera la sociedad de cada uno de nosotros, a la cual nos debemos íntegramente y con la cual asumimos total compromiso; estas jornadas, a partir de los casos analizados, sirven para tomar conciencia e impulsarnos a capacitarnos, para saber donde estamos parados y cual es nuestro propósito, para qué nos estamos formando... Y no incurrir en errores que terminan encuadrados en hechos delictivos, en malos hábitos, en inconductas, que nos se condicen con las que deben caracterizar a un funcionario encargado de hacer cumplir la ley o una verdadera persona de bien, por ello los invito a que se capaciten, a que se nutran de conocimientos y sepan replicar en sus subalternos el dia de mañana, de los cuales siempre deberan ser ejemplo.&nbsp;<br><br>Sin nada mas que agregar, agradezco a los Oficiales Instructores que dedican la mayor parte de tiempo a sus cadetes y los han guiado en esta actividad, y también al personal del gabinete psicopedagogio de la Agrupación Estudio por acompañarnos en estas jornadas formativas cuyo unico fin es hacer de los cadetes mejores profesionales. Gracias.<br><br>Segundo Comandante Jorge Silva - Oficial Coordinador de III Año<br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2021-05-13 21:05:15 UTC</pubDate>
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