<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>Estatuto Universitario y Código de ética by Anahí Erazo</title>
      <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4</link>
      <description></description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-03-11 16:36:30 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2023-03-15 22:06:20 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url>https://padlet.net/icons/png/1f913.png</url>
      </image>
      <item>
         <title>II. Comunidad Universitaria</title>
         <author>erazoanahi6</author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2514799939</link>
         <description><![CDATA[<div><mark>Artículo 21.- Comunidad Universitaria:</mark> Está constituida por personal académico, estudiantes, empleados y trabajadores, quienes deben respetar las leyes y regulaciones nacionales, así como también el presente Estatuto y la normativa interna de la Universidad Central del Ecuador. <br><mark>Artículo 22.- Reconocimiento de derechos:</mark> La Universidad Central del Ecuador, propenderá a la actuación y participación de toda la comunidad universitaria por igual, sin ningún tipo de discriminación.</div><blockquote>Capítulo Primero - Del personal Académico</blockquote><div><mark>Artículo 23.- Personal Académico:</mark> Está conformado por los profesores e investigadores titulares y no titulares.<br>23.1.- De las categorías del personal académico titular. <br>23.2.- Del tiempo de dedicación del personal académico. <br>23.3.- Del personal académico titular principal.<br>23.4.- Del personal académico no titular. <br>23.5.- Del concurso de méritos y oposición.<br>23.6.- Promoción del personal académico. <br>23.7.- Derechos de los docentes.<br>23.8.- Deberes de los docentes.<br><mark>Artículo 24.- Personal de apoyo académico:</mark> La Universidad Central del Ecuador podrá vincular como personal de apoyo académico a los técnicos docentes, técnicos de investigación, técnicos de laboratorio y técnicos en el campo de las artes o artistas docentes.&nbsp;</div><blockquote>Capítulo Segundo - De los Estudiantes</blockquote><div><mark>Artículo 25.- Estudiante:</mark> Se considera estudiante a la persona que está legalmente matriculada en la Universidad Central del Ecuador.<br>25.1.- Derechos de los estudiantes.<br>25.2.- Deberes de los estudiantes.<br><mark>Artículo 26.- De las becas y asistencia financiera: </mark>Es potestad de la Universidad Central del Ecuador conforme a la Ley, la selección de beneficiarios de becas y asistencia financiera.</div><blockquote>Capítulo Tercero - Del personal Administrativo y de Servicio</blockquote><div><mark>Artículo 27.- Personal administrativo:</mark> Son los empleados de la Universidad Central del Ecuador, se encuentran sujetos a la LOSEP.<br><mark>Artículo 28.- Personal de servicio:</mark> Son los trabajadores de la Universidad Central del Ecuador, los que se hallan sujetos al Código de Trabajo.<br>28.1.- Contratos.</div><blockquote>Capítulo Cuarto - Órganos de Carácter Colegiado</blockquote><div><mark>Artículo 29.- Los órganos de carácter colegiado</mark> son los siguientes:&nbsp;<br>a. Órgano Colegiado Superior.<br>b. Órganos Colegiados Académicos.<br>c. Órganos Colegiados Administrativos.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://images.unsplash.com/photo-1582213782179-e0d53f98f2ca?crop=entropy&amp;cs=tinysrgb&amp;fm=jpg&amp;ixid=Mnw3ODI2fDB8MXxzZWFyY2h8Nnx8SUkuJTIwQ29tdW5pZGFkJTIwVW5pdmVyc2l0YXJpYXxlc3wxfHx8fDE2Nzg3MjgzNjE&amp;ixlib=rb-4.0.3&amp;q=80" />
         <pubDate>2023-03-13 17:24:46 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2514799939</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Estructura orgánica </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2514980794</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Art. 30</strong>. <strong>Honorable consejo universitario</strong>._ Es parte del cogobierno de la Universidad Central del Ecuador. Se encuentra conformado por el Rector, los vicerrectores (académicos de posgrado),&nbsp; decanos de las Facultades, representantes de los docentes y de los estudiantes, representantes de los empleados y trabajadores elegidos. Todos tendrán voz y voto en las decisiones del honorable consejo universitario.<br>                    <strong><em>De las comisiones permanentes </em></strong><br><strong>Comisión académica</strong>._ Está encargada de estudiar propuestas, estructurar procesos e implementar actividades a fin de cumplir con el caractera académioc e investigativo aplicables a la Universidad central del Ecuador.<br><strong>Comisión Jurídica: </strong>Encargada de conocer, impulsar y velar por el cumplimiento de normas y debido proceso de las actividades y el quehacer universitario que le competa. <br><strong>Comisión Económica._ </strong>Encargada de la calificación técnica de las propuestas y gestiones de medios de autofinanciamiento, análisis y calificación de inversiones y seguimiento del presupuesto.<br><strong>Auditoria Interna._ E</strong>s el órgano encargado de auditar los procesos administrativos, financieros y de gestión de la Universidad Central del Ecuador, así como la evaluación del control interno y asesorar al Honorable Consejo Universitario, al Rector y a aquellas instancias responsables de los procesos académicos, administrativos y financiero <br><strong>Comité de ética._ </strong>Se encarga de promover y precautelar el cumplimiento de los principios y valores, para mantener una convivencia armónica entre todos los miembros de la comunidad universitaria, dentro de los lineamientos del Código de Ética. <br>&nbsp;<strong>Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios._ </strong>Encargada de investigar e informar sobre los aspectos disciplinarios de las autoridades, docentes y estudiantes conforme a lo establecido en este Estatuto y el reglamento de su funcionamiento<br>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;<strong>ART: 37. </strong><strong><em>RECTORADO <br></em></strong>Es la primera autoridad ejecutiva de la Universidad Central del Ecuador. Será elegido por votación universal, directa, secreta y obligatoria, de los docentes titulares, los estudiantes legalmente matriculados a partir del segundo año de su carrera, empleados y trabajadores; el Rector por el mismo período y podrá ser reelegido, consecutivamente o no, por una sola vez. Honorable Consejo Universitario reportará directamente sus actividades y los resultados de sus gestiones al Honorable Consejo Universitario, le reportan: </div><ul><li><strong><em>&nbsp;</em></strong>Director de Comunicación&nbsp;</li><li>&nbsp;Director de Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente.&nbsp;</li><li>Director de Aseguramiento de la Calidad&nbsp;</li><li>Director de Planeamiento Universitario&nbsp;</li><li>&nbsp;Director de Relaciones Internacionales e Interinstitucionales&nbsp;</li><li>Procurador&nbsp;</li><li>&nbsp;Secretaria General&nbsp;</li></ul><div><strong><em>ART.47. Vicerrector Académico y de Posgrado:&nbsp;<br></em></strong>Es la segunda autoridad ejecutiva responsable del área académica&nbsp;</div><div>&nbsp; &nbsp; Reportará directamente sus actividades y los resultados de sus gestiones al Rector y le reportan&nbsp;</div><ul><li>Dirección General Académica&nbsp;</li><li>Dirección de Vinculación con la Sociedad&nbsp;</li><li>&nbsp;Dirección del Instituto Académico de Idiomas&nbsp;</li></ul><div>&nbsp; &nbsp;<strong><em>ART.51. Vicerrector de Investigación, Doctorados e Innovación:&nbsp;</em></strong>Es la tercera autoridad ejecutiva responsable del área de investigación, doctorados e innovación. Reportará directamente sus actividades y los resultados de sus gestiones al Rector y le reportan:&nbsp;</div><ul><li>&nbsp;Director Financiero&nbsp;</li><li>&nbsp;Director Administrativo&nbsp;</li><li>Director de Bienestar Universitario&nbsp;</li><li>&nbsp;Director de Compras Públicas&nbsp;</li><li>Director de Talento Humano&nbsp;</li><li>Director de Tecnologías de Información y Comunicación (Tics)</li><li>&nbsp;Director de Planificación física, construcción y mantenimiento.</li></ul><div>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; <strong>De las facultades&nbsp;<br>ART. 76. Consejo Directivo:&nbsp;<br></strong>encuentra conformado por el Decano quien lo preside y dos representantes de los docentes, un representante de los estudiantes, quienes serán elegidos por sus respectivos estamentos en la Facultad, los mismos que tendrán derecho a voz y voto. <br>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;<strong>Art. 78. De los Decanos&nbsp;<br></strong>Son la primera autoridad académica, responsable académica, administrativo y financiero de la Facultad.<br>Reporta sus actividades al Rector y le reportan:&nbsp;</div><ul><li>Subdecano&nbsp;</li><li>&nbsp;Director de Carrera&nbsp;</li><li>Director de Posgrado&nbsp;</li><li>&nbsp;Secretario Abogado&nbsp;</li><li>Coordinador de Aseguramiento de la Calidad&nbsp;</li><li>Coordinador Administrativo&nbsp;</li><li>&nbsp;Analista Financiero&nbsp;</li></ul><div>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;<strong>&nbsp;</strong><strong><em>&nbsp;Art. 79. De los Subdecanos: <br></em></strong>la segunda autoridad académica, responsables de organizar, coordinar y supervisar el funcionamiento de los procesos académicos de la Facultad y es el enlace con las Direcciones del Vicerrectorado Académico y de Posgrado&nbsp;<br>Reporta sus actividades al Decano y le reportan</div><ul><li>&nbsp;Coordinadores de proyectos de vinculación de la Facultad.</li></ul><div><br></div><div><br></div><div><br></div><div><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-03-13 19:47:47 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2514980794</guid>
      </item>
      <item>
         <title>FILOSOFÍA INSTITUCIONAL</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515158260</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><mark>Artículo 1.-&nbsp;</mark></strong>Se rige LOES y su Reglamento General, los reglamentos y las resoluciones expedidas por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, el Consejo de Educación Superior.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1989492304/45ff1b534290e698d9af8ecbf4f95873/image.png" />
         <pubDate>2023-03-13 23:43:41 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515158260</guid>
      </item>
      <item>
         <title>FILOSOFÍA INTITUCIONAL</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515160039</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><mark>Artículo 2.- </mark></strong>La UCE tiene la facultad dentro del marco constitucional y legal de expedir sus normas internas, de conformidad con su Estatuto, a través de acuerdos y resoluciones, aprobadas por el Honorable Consejo Universitario&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1989492304/5a9f6953ca911c7f3aaeed1b63634771/image.png" />
         <pubDate>2023-03-13 23:46:12 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515160039</guid>
      </item>
      <item>
         <title>FILOSOFÍA INSTITUCIONAL</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515162565</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><mark>Artículo. 3.-&nbsp;</mark></strong>- La UCE garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones de regirse por sí misma tomando sus propias decisiones en los órdenes académico, científico, técnico y administrativo en el marco de su autonomía.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1989492304/29233d0e2d54ea8031655d5debfc817b/image.png" />
         <pubDate>2023-03-13 23:49:45 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515162565</guid>
      </item>
      <item>
         <title>FILOSOFÍA INSTITUCIONAL</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515163954</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><mark>Artículo. 4.-</mark></strong> La Universidad Central del Ecuador ejerce la autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica acorde con los principios universales de la Educación Superior. <br><strong><mark>Artículo. 5.-</mark></strong> La Universidad Central del Ecuador, se acogerá al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, así como a la normativa de Responsabilidad Social.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1989492304/823139fce9085cf625eb3f983d17b1eb/image.png" />
         <pubDate>2023-03-13 23:51:41 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515163954</guid>
      </item>
      <item>
         <title> FILOSOFÍA INSTITUCIONAL</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515165818</link>
         <description><![CDATA[<div>CAPÍTULO PRIMERO. - BASE LEGAL</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1989492304/3a9a500293500ae7930ba2eff82acdc8/image.png" />
         <pubDate>2023-03-13 23:53:59 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515165818</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Régimen Académico </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515493551</link>
         <description><![CDATA[<div><br></div><ul><li><strong>Articulo 1</strong>: Este artículo establece los objetivos de la universidad y define su función principal como la de desarrollar la educación superior y la investigación científica y tecnológica.</li></ul><div><br></div><ul><li><strong>Artículo 9:</strong> Este artículo establece los requisitos para la admisión de estudiantes a la universidad, incluyendo la necesidad de presentar un certificado de estudios secundarios, un examen de admisión y cualquier otro requisito específico de cada facultad o programa.</li></ul><div><br></div><ul><li><strong>Artículo 15:</strong> Este artículo establece las responsabilidades y obligaciones de los profesores y su participación en la dirección y gestión de la universidad.</li></ul><div><br></div><ul><li><strong>Artículo 23: </strong>Este artículo establece el proceso para la evaluación y acreditación de los programas de estudio, incluyendo la evaluación de los profesores y la evaluación de los estudiantes.</li></ul><div><br></div><ul><li><strong>Artículo 24:</strong> Este artículo establece los criterios para la selección y promoción de profesores, incluyendo la evaluación de su desempeño y la publicación de sus resultados.</li></ul><div><br></div><ul><li><strong>Artículo 30</strong>: Este artículo establece los derechos y responsabilidades de los estudiantes, incluyendo su participación en la vida académica de la universidad y su conducta y disciplina.</li><li><strong>Artículo 36:</strong> Este artículo establece los derechos y obligaciones de los graduados, incluyendo la responsabilidad de promover los objetivos de la universidad y de mantener una buena imagen de la institución.</li></ul><div><br><br></div><div><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1915236640/36c23dda2fd4ca648e20caa649c19f39/image.png" />
         <pubDate>2023-03-14 04:49:02 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515493551</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Conductas indebidas </title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515514239</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>Discriminación: se prohíbe cualquier forma de discriminación por motivos de raza, género, orientación sexual, religión, edad, discapacidad o cualquier otra condición protegida por ley.</li></ul><div><br></div><ul><li>Acoso: se prohíbe cualquier forma de acoso, ya sea sexual, laboral o de cualquier otro tipo, incluyendo el acoso cibernético.</li></ul><div><br></div><ul><li>Conflicto de intereses: se establecen las normas para evitar situaciones en las que los intereses personales de los empleados puedan entrar en conflicto con los intereses de la organización</li></ul><div><br></div><ul><li>Robo y fraude: se prohíbe cualquier forma de robo, fraude o malversación de fondos, así como el uso indebido de recursos de la organización</li></ul><div><br></div><ul><li>Cumplimiento legal: se establece la obligación de cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables, así como de informar de cualquier infracción o irregularidad</li></ul><div><br></div><ul><li>Protección de la información: se establecen las normas para garantizar la protección de la información confidencial de la organización y de sus clientes.</li></ul><div><br></div><ul><li>Uso de drogas y alcohol: se establecen las normas para el uso responsable de drogas y alcohol en el trabajo, y se prohíbe el consumo de drogas ilegales en el lugar de trabajo.</li></ul><div><br></div><ul><li>Responsabilidad social: se establece la obligación de la organización de respetar los derechos humanos, proteger el medio ambiente y contribuir al bienestar de la comunidad</li></ul><div><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/1915236640/f89edca8fca5d7983611f1a1265b52af/image.png" />
         <pubDate>2023-03-14 05:07:19 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2515514239</guid>
      </item>
      <item>
         <title>EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR. TITULO I FINALIDAD, OBJETIVO, ÁMBITO DE ACCIÓN</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2516275221</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Art. 1.- </strong><strong><em>Finalidad.</em></strong><em> - </em>Promover relaciones de convivencia armónica; garantizar la integridad personal y el respeto de los principios y derechos humanos, así como el comportamiento ético en los ámbitos académicos y de gestión de los y las <br>&nbsp;integrantes de la comunidad universitaria <br><strong>Art. 2.- </strong><strong><em>Objetivo y ámbito. -</em></strong><strong> </strong>El objetivo de este Código es establecer un conjunto de normas y principios éticas que deben ser conocidas por todos los miembros de la comunidad universitaria para su cumplimiento irrestricto.<br>&nbsp; <strong>CAPÍTULO PRIMERO PRINCIPIOS Y&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;VALORES ÉTICOS <br>Art. 3.- </strong>El principio ético o norma de conducta que orienta la acción de una persona, nace del reconocimiento a la dignidad humana, el respeto a su diversidad, la priorización de los valores éticos de la educación superior pública <br><strong>Art. 4.</strong>- Valor. - Es la cualidad que guía el comportamiento de los integrantes de la institución, y al ser permanentes, su validez no depende de circunstancias cambiantes <br><strong>CAPITULO SEGUNDO DE LOS PRINCIPIOS:<br>a) </strong>Libertad de pensamiento y expresión. - La comunidad universitaria es portadora de una diversidad de concepciones, pensamientos y expresiones, los mismos que deben ser respetados en forma absoluta por todos sus integrantes y sus diferencias dirimidas en el marco del diálogo.<br><strong>b)</strong> Laicidad en el accionar universitario. -El accionar académico debe estar guiado por la laicidad, entendido como un principio de convivencia ajeno a la imposición de dogmas o fundamentalismos religiosos, políticos y basados en el conocimiento y los saberes. <br><strong>c)</strong> Integridad y honestidad intelectual y académica. - Los integrantes de la comunidad universitaria deben realizar su producción académica y funciones administrativas con apego a las normas de transparencia y honestidad que rigen a la comunidad científica.<br><strong>d)</strong> Justicia y no discriminación.- La comunidad universitaria en el ejercicio de sus funciones debe promover la igualdad de oportunidades y no discriminación por razones étnicas, de edad, sexo. género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, condición socio económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física, o por cualquier otra distinción que atente contra la integridad personal de cualquiera de sus miembros.<br><strong>e) Transparencia. -</strong> La rendición de cuentas de la gestión universitaria. - La gestión académica, técnica y administrativa y de servicio de los actores universitarios y fundamentalmente de sus autoridades debe regirse por principios de transparencia, uso responsable y honesto de los recursos públicos, garantizando un accionar íntegro y libre de corrupción. <br><strong>f)Auto criticidad. -</strong> capacidad de distinguir las propias conductas indebidas y la predisposición para corregirlas.&nbsp; <br><strong>g) interculturalidad. - </strong>principio que asegura la convivencia entre iguales. Se valoran, reconocen y respetan las diversas identidades culturales para la construcción de la igualdad en la diversidad. <br><strong>h) Responsabilidad social y ambiental. -</strong> Le corresponde a la comunidad universitaria aplicar, generar y difundir conocimientos y prácticas sociales y ambientales responsables, garantizando los derechos de la naturaleza; así como el respeto y manejo de recursos <br><strong>i) Confidencialidad, privacidad y protección de la información. -</strong>Los datos, proyectos de investigación, descubrimientos, innovaciones científicas o tecnológicas, información personal de miembros de la comunidad universitaria deben ser resguardados convenientemente; y, tratados en el marco legal. <br><strong>j)</strong> Participación. - La Universidad Central del Ecuador, promoverá y respetará la participación de los distintos estamentos de la comunidad universitaria a través de sus órganos colegiados para la toma de decisiones <br><strong>k) Gratuidad. -</strong> La Universidad Central del Ecuador, garantizará y respetará la gratuidad desde el acceso hasta la culminación de los estudios de grado. <br><strong>l)</strong> <strong>Calidad. -</strong> La Universidad Central del Ecuador, propenderá al cumplimiento de los indicadores de calidad en las diferentes procesos e instancias y actores de la institución. <br><strong>m)Autodeterminación. - </strong>La Universidad Central del Ecuador garantizará la producción del pensamiento y conocimiento que consiste en las condiciones de autonomía detiene la enseñanza, generación y divulgación de conocimientos en el marco de la universalidad del pensamiento <br><strong><em>CAPITULO TERCERO DE LOS VALORES </em></strong><br><strong>Art. 6.- </strong>Los valores considerados en el presente instrumento son los siguientes, de forma enunciativa y no limitativa:<br><strong>a) Honestidad: E</strong>s el cumplimiento de los deberes y obligaciones que les son inherentes a la rectitud, la verdad, la justicia y la integridad moral. <br><strong>b) Responsabilidad: </strong>La capacidad de reflexionar, administrar, orientar, valorar y asumir las consecuencias de los actos y omisiones. <br><strong>c) Solidaridad: </strong>Es el apoyo, la ayuda mutua entre las personas en situaciones comprometidas o difíciles. <br><strong>d) Cooperación</strong>: El trabajo en común llevado a cabo por parte de un grupo de personas o entidades mayores hacia un objetivo compartido. <br><strong>e) Respeto: </strong>&nbsp;La actitud de tolerancia al otro que permite una interacción social armoniosa. <br><strong>f) Prudencia: A</strong>ctuar con sensatez, buen juicio, cautela y moderación. <br><strong>g) Compromiso:</strong> La actitud que permite tomar conciencia de cumplir con el desarrollo del trabajo encomendado oportunamente y con calidad. &nbsp;<br>&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-03-14 15:04:03 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2516275221</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Régimen Disciplinario</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2518375322</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><em>Art 111. Régimen disciplinario:</em></strong><br>El Código de Ética de la Universidad Central del Ecuador describe a más de los que establece en este Estatuto los valores, Principios, Compromisos y conductas indebidas en los miembros de la comunidad educativa Universitaria. <br><br><strong><em>Art 112. Conductas indebidas: </em></strong>Las conductas indebidas en las que pudieran incurrir los docentes y estudiantes se clasifican en: a. Faltas disciplinarias leves b. Faltas disciplinarias graves c. Faltas disciplinarias muy graves.<br><br><strong><em>113.1. Faltas leves: </em></strong>Este tipo de faltas serán presentadas y/o elevadas al Comité de Ética, quien en el transcurso de hasta tres días laborables nombrará un Tribunal de honor o los que se requieran para atender los requerimientos. <br><br><strong><em>113.2. Faltas graves:</em></strong> Este tipo de faltas serán presentadas y elevadas al Consejo Directivo de la facultad o al Comité de Ética, quienes en el transcurso de hasta 3 días laborales trasladarán el caso a la Comisión Especial de Asuntos disciplinarios; órgano que deberá instaurar el proceso de investigación con la observancia de las normas del debido proceso, emitirán motivadamente su resolución de sanción o absolución dentro del término de 15 días laborables.<br><br><strong><em>113.3. Faltas muy graves: </em></strong>Este tipo de faltas serán presentadas y elevadas al rector de la UCE, quien en el transcurso de hasta 3 días laborables trasladará el caso al a la Comisión Especial de asuntos disciplinarios, quien observando las reglas del debido proceso, realizará la indagación de los hechos, el análisis de las evidencias y la toma de versiones que presenten las 2 partes, para, posterior al proceso de investigación con observancia de las normas del debido proceso, emitir el informe de sustentación al honorable Consejo universitario para que éste resuelva dentro del plazo máximo previsto por la LOES.<br><br><strong><em>Art 114. Se consideran faltas leves:</em></strong> <br>a. No emitir la rúbrica de parte del docente para la pronta recalificación solicitada por los estudiantes. <br>b. Faltar a los procesos electorales universitarios reglamentariamente convocados sin la debida justificación.<br> c. Incurrir en conductas académicas inapropiadas. <br>d. Usar los símbolos universitarios para fraude, ventas, promoción comercial o prácticas engañosas.<br> e. Aplicar y receptar evaluaciones fuera de los periodos universitarios, sin respectiva autorización del director de carrera.<br> f. Incumplir las actividades académicas previstas en la ficha de asignación de carga horaria sin la debida justificación. <br>g. No entregar las evaluaciones y demorar en la entrega de calificaciones fuera de la fecha del calendario académico. <br>h. No asistir por parte del docente a más de 10% de sus horas de clase en un mes y las actividades programadas para el periodo académico.<br> i. Todas las que no estén encuadradas como faltas graves o muy graves determinadas en el Reglamento del Código de Ética. <br><br>Art 115. Se consideran faltas graves:<br> a. Obstaculizar o inferir mediante acciones violentas el normal desenvolvimiento de las actividades académicas, culturales y deportivas de la institución. <br>b. Ofender recíprocamente u ofender a los miembros de la comunidad universitaria o atentar contra los intereses de la UCE. <br>c. No acatar la designación para la conformación del Tribunal de Honor. <br>d. Atentar contra la institucionalidad y la autonomía universitaria. <br>e. Utilizar los bienes, espacios físicos y recursos institucionales para actividades de carácter comercial sin previa autorización.<br> f. No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, el presente estatuto o la normativa interna de la UCE. <br>g. Obligar a los estudiantes a participar en manifestaciones políticas partidistas a cambio de beneficios académicos. <br>h. Incumplir sin justificación con las comisiones asignadas por las autoridades universitarias. <br>i. Obligar y organizar a participar en paseos y programas sociales estudiantiles.<br> j. Organizar giras estudiantiles sin justificación académica y sin autorización del decano.<br> k. Cambiar la carga de horas de clase y aprendizaje práctico experimental sin la debida autorización del director de carrera. l. Vender o entregar textos, materiales de cualquier tipo para el desarrollo de las actividades académicas, curriculares y extracurriculares, a cambio de beneficios de cualquier naturaleza. m. Inducir a votar por chantaje para beneficios personales, políticos o partidistas.<br><br><strong><em>Art 116.</em></strong> Se consideran faltas muy graves. <br>a. Cometer cualquier acto de violencia de hecho o palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, autoridades, ciudadanos y colectivos sociales. <br>b. No excusarse de la conformación del Tribunal de Honor cuando se presenten los impedimentos señalados en el estatuto. <br>c. Incurrir en actos de omisión o violencia de género, psicológica o sexual, que se traduce en conductas abusivas dirigidas a perseguir, chantajear e intimidar con el propósito o efecto de crear un entorno de desigualdad ofensivo, humillante, hostil, o vergonzoso para la víctima. <br>d. Incurrir en acoso tipificado en la ley y el Código de Ética. <br>e. Cometer fraude académico conforme a lo señalado en el Reglamento de régimen académico. <br>f. Recibir coimas o exigir cobros a los estudiantes. <br>g. Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes públicos. <br><br><strong><em>Art 117. Reiteración: </em></strong>Se considera falta reiterativa cuando la misma haya sido sancionada, en cuyo caso, incurriría. <br><br><strong><em>Art 118. Sanciones:</em></strong> Conforme a lo establecido por la LOES, y según la gravedad de las faltas cometidas por los estudiantes y docentes, sean estas leves, graves y muy graves las sanciones podrían ser las siguientes: <br>a. Para faltas leves, amonestación verbal o escrita. <br>b. Para faltas graves, suspensión de actividades de hasta 3 periodos académicos. <br>c. Para faltas muy graves, separación definitiva o suspensión temporal de cuatro periodos. <br><br><strong><em>Art 119.</em></strong> Faltas y sanciones de las autoridades: Son faltas de las autoridades universitarias y sus correspondientes sanciones las establecidas en la LOES las infracciones determinadas en el reglamento del ejercicio de la potestad sancionatoria expedidos por el consejo de Educación Superior. <br><br><strong><em>Art 121. Separación definitiva:&nbsp;</em></strong>El HCU resolverá los casos que suponga con sanción la separación definitiva. <br><br><strong><em>Art 122. Órganos competentes:</em></strong> Los órganos competentes para conocer y resolver las faltas serán: <br>a. Para las faltas leves, el órgano competente son los Tribunales de Honor.<br> b. Para las faltas graves, El órgano competente será La Comisión Especial de Asuntos Disciplinarios. <br>c. Para las faltas muy graves. El órgano competente será el HCU.<br><br><strong><em>Art 123.</em></strong> Prescripción de las faltas y sanciones: Las faltas leves en un año, faltas graves en tres años y faltas muy graves en cinco años, siempre y cuando tengan las condiciones de estudiantes o docentes. Las faltas cometidas por las máximas autoridades se sujetarán al Reglamento del ejercicio de potestad sancionadora expedidas por el CES.&nbsp;<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://2.bp.blogspot.com/-8IrJyS99074/WedZZDPsn3I/AAAAAAAAA-I/1v8QM_wPfoAAb5cc_0_iFodBGrpLJf_mQCLcBGAs/s1600/disciplina-significado.png" />
         <pubDate>2023-03-15 20:55:17 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2518375322</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Código de Ética</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2518421537</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><em>Título I: Finalidad, Objetivo, Ámbito de acción El Artículo 1</em></strong> habla de la promoción de la convivencia armónica garantizando la integridad y el respeto de los principios y derechos humanos. El Artículo 2 hace referencia al objetivo y ámbito de acción que permite establecer un conjunto de normas y principios éticos que deben ser conocidas por todos los miembros de la comunidad universitaria orientado a mejorar la convivencia institucional. <br><br><strong><em>Capítulo primero: Principios y valores éticos</em></strong> El Artículo 3 menciona que los principios éticos nacen del reconocimiento a la dignidad humana, el respeto a su diversidad, la priorización de los valores éticos de la educación superior pública y a su desarrollo pleno. El Artículo 4 hace referencia a los valores adoptados por los integrantes de la comunidad universitaria, como guías de las interrelaciones, decisiones y prácticas de sus miembros.<br><br><strong><em>Capítulo segundo:</em></strong> De los principios El Artículo 5 menciona los principios que se consideran en el Código de Ética. Siendo estos los siguientes: <br>a. Libertad de pensamiento y expresión. Respeto de la diversidad de concepciones, pensamientos y expresiones en un marco de diálogo, interculturalidad y la construcción de consensos. <br>b. Laicidad en el accionar universitario. Principio de convivencia ajeno a la imposición de dogmas o fundamentalismos religiosos, políticos y basados en el conocimiento y los saberes. <br>c. Integridad y honestidad intelectual y académica. Producción académica y funciones administrativas con apego a las normas de transparencia y honestidad que rigen a la comunidad científica. <br>d. Justicia y no discriminación. Promover la igualdad de oportunidades y no discriminación por razones étnicas, de edad, sexo, género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología o cualquier otra distinción que atente contra la integridad personal. <br>e. Transparencia. mediante la participación activa, el principio de publicidad, el control social y la rendición de cuentas de manera permanente. <br>f. Auto criticidad. capacidad de distinguir las propias conductas indebidas y la predisposición para corregirlas. <br>g. Interculturalidad. Valorar, reconocer y respetar las diversas identidades culturales para la construcción de la igualdad en la diversidad, <br>h. Responsabilidad social y ambiental. Aplicar, generar y difundir conocimientos y prácticas sociales y ambientales responsables, garantizando los derechos de la naturaleza.<br> i. Confidencialidad, privacidad y protección de la información. Datos, proyectos, innovaciones científicas, información personal, etc. deben ser tratados y resguardados en el marco legal garantizando sus derechos. <br>j. Participación. Promover y respetar la participación de los distintos estamentos de la comunidad universitaria a través de sus órganos colegiados en los diferentes procesos para la toma de decisiones. <br>k. Gratuidad. La UCE garantizará y respetará la gratuidad desde el acceso hasta la culminación de los estudios de grado. <br>l. Calidad. La UCE propenderá al cumplimiento de los indicadores de calidad en las diferentes procesos e instancias y actores de la institución.<br> m. Autodeterminación. La UCE garantizará la producción del pensamiento y conocimiento en el marco de la universalidad del pensamiento, del diálogo de saberes y los avances científico-tecnológicos locales y globales. <br><br><strong><em>Capítulo tercero: </em></strong>De los valores El Artículo 6 considera diversos valores de forma enunciativa y no limitativa. <br>a. Honestidad. Rectitud, la verdad, la justicia y la integridad moral. <br>b. Responsabilidad. Capacidad de reflexionar, administrar, orientar, valorar y asumir las consecuencias de los actos y omisiones. <br>c. Solidaridad. Ayuda mutua entre las personas en situaciones comprometidas o difíciles. <br>d. Cooperación. Trabajo en común llevado a cabo por parte de un grupo de personas o entidades mayores hacia un objetivo compartido. <br>e. Respeto. Actitud de tolerancia al otro que permite una interacción social armoniosa. <br>f. Prudencia. Actuar con sensatez, buen juicio, cautela y moderación. <br>g. Compromiso. Actitud que permite tomar conciencia de cumplir con el desarrollo del trabajo encomendado oportunamente y con calidad. <br><strong><em><br>Título II: Compromisos de la comunidad universitaria&nbsp;<br>Capítulo primero: De los compromisos&nbsp;<br></em></strong>En el artículo 7 se mencionan los compromisos generales que se redactan a continuación:<br>&nbsp;a. Ejercer actividades conforme a los principios y valores consignados en este código. <br>b. Uso responsable los diferentes equipos, mobiliarios e infraestructura de su campus. c. Manejo prudente de la información de carácter sensible y estratégico. <br>d. Respetar la autoría de las creaciones científicas, académicas, técnicas, tecnológicas y artísticas generadas por la comunidad universitaria. <br>e. Uso de los equipos informáticos y de las redes de internet en los términos establecidos para el uso de licencias.<br>&nbsp;f. Buenas prácticas en actividades universitarias, con una cultura de puntualidad. <br>g. Construir una cultura de solidaridad, colaboración mutua, trabajo en equipo, compromiso con la sociedad intercultural y diversa del Ecuador. <br>h. Ejercer sus funciones con probidad e integridad (rectitud, honestidad, responsabilidad, verdad y justicia). <br>i. Establecer relaciones de consideración y respeto entre los miembros de la comunidad universitaria (vínculos de compañerismo y buen trato).<br>&nbsp;j. Conducta apegada con los principios y valores establecidos en este Código. <br>k. Respetar las señales, las normas de tránsito y los lugares de aparcamiento al interior de la Universidad. <br><br><strong><em>Capítulo segundo: Compromisos <br></em></strong>específicos <br>En el Artículo 10 se mencionan los compromisos de los estudiantes universitarios:<br>&nbsp;a. Reafirmar el sentido de pertenencia y de identidad institucional, a través de su participación protagónica en las funciones sustanciales (formación, investigación y vinculación). <br>b. Cumplir sus obligaciones académicas con honestidad, puntualidad, calidad y respetando los derechos intelectuales. <br>c. Propender a su formación profesional integral con énfasis en el desarrollo de sus dimensiones personales, excelencia académica, responsabilidad social y calidad humana.<br>&nbsp;d. Generar actitudes de convivencia armónica, promoviendo prácticas inclusivas y respeto a la dignidad entre sus pares. <br><br><strong><em>Capítulo único de las conductas indebidas </em></strong>El Artículo 13 que refiere la definición menciona que se entiende como conducta indebida todo acto y/o actitud que atente a los principios, valores y compromisos establecidos. Son conductas indebidas las siguientes:<br>&nbsp;a. Violentar las medidas de seguridad físicas o electrónicas establecidas sobre la información generada en la Universidad.&nbsp;<br>b. Incurrir en actos de violencia de hecho o de palabra.&nbsp;<br>c. Incurrir en actos y/o actitudes de discriminación por cualquier razón que atente contra la integridad personal.&nbsp;<br>d. Ejercer abuso de poder, hostigamiento, acoso, coerción, intimidación hacia cualquier miembro de la Institución.&nbsp;<br>e. Obligar o insinuar a los estudiantes que entreguen regalos, valores u otros materiales de cualquier índole, utilizando medios de presión o coerción.&nbsp;<br>f. Obligar, intimidar, amenazar o imponer, ejerciendo una posición de autoridad administrativa.&nbsp;<br>g. Actuar en contra de las personas que piensen o se manifiesten de forma diferente en relación a la ideología política. h. Perpetrar actos de violencia de género, psicológica o sexual tales como solicitar favores sexuales de cualquier índole a cambio de beneficios.&nbsp;<br>i. Atentar contra el buen nombre y la honra de cualquier miembro de la comunidad universitaria usando calumnias o injurias.&nbsp;<br>j. Ofrecer o solicitar sobornos o coimas a cualquier miembro de la comunidad universitaria a cambio de ventajas personales o para terceros.&nbsp;<br>k. Vender textos o materiales de cualquier tipo para el desarrollo de las actividades académicas curriculares y extracurriculares a cambio de beneficios.<br>&nbsp;l. Consumir sustancias estupefacientes, psicotrópicas y bebidas alcohólicas en todos los campus de la Universidad y sus alrededores o realizar actividades académicas bajo el efecto de estas sustancias.&nbsp;<br>m. Utilizar los bienes institucionales tangibles e intangibles para proselitismo político.&nbsp;<br>n. Omitir procesos o acciones a las que esté obligado a realizar en ejercicio de sus funciones.&nbsp;<br>o. Organizar paseos u otras actividades distintas a las que constan en la planificación curricular sin el debido conocimiento y autorización.&nbsp;<br>p. Conceder calificaciones o compensaciones académicas a cambio de favores o regalos.<br>&nbsp;q. Incurrir en fraude o deshonestidad académica en la creación de obras de carácter profesional o científico.<br>&nbsp;r. Atribuirse títulos, experiencia o trayectoria profesional que no posee. s. Incurrir en toda práctica que se contraponga a la honestidad académica.&nbsp;<br>t. Perpetrar actos de naturaleza sexual, hostigamiento y violencia de género y psicológica que afecten la integridad de cualquier miembro de la comunidad universitaria.&nbsp;<br>u. No entregar los archivos y datos informáticos o físicos, o entregarlos desorganizados, incompletos o en desorden, provocando afectación institucional.&nbsp;<br>v. Utilizar los equipos informáticos y de las redes de internet con fines políticos, comerciales, ilegales atenten contra los principios y valores establecidos.&nbsp;<br>w. Manejar la información de rendimientos académicos de manera privada en la Universidad o fuera de ella.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="https://3.bp.blogspot.com/-U_g9pgyWQD8/WK2dQjVxnMI/AAAAAAAAAmY/3LKY2EvFnWMj7haOScW46PsGUrcKB3PsgCLcB/s750/etica.jpg" />
         <pubDate>2023-03-15 22:06:20 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/erazoanahi6/2z76h1jo7ob3r8k4/wish/2518421537</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
