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      <title>Comienzos y 3 Tratados  by Zaira Pamela Zambrano Serrano</title>
      <link>https://padlet.com/zairazambrano/2w1kafjro7qs3zda</link>
      <description>Tarea 3</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-03-23 19:37:14 UTC</pubDate>
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         <title>TRATADO DE PAZ, AMISTAD Y LIMITES, CELEBRADO EL 2 DE FEBRERO DE 1848, ENTRE MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS</title>
         <author>zairazambrano</author>
         <link>https://padlet.com/zairazambrano/2w1kafjro7qs3zda/wish/2110460102</link>
         <description><![CDATA[<div>Este Tratado esta conformado por XI Artículos, a partir del Artículo V se estipulan las negociaciones acordadas sobre fronteras. <br><br>Análisis sobre cada uno de los artículos escritos. <br><strong>Artículo I:</strong> Refiere a la paz firme y universal entre los países involucrados en el mismo, así mismo de sus respectivos territorios, ciudades, villas y pueblos. <br><strong>Artículo II</strong>: Habla sobre los convenios entre comisionados del Gobierno Mexicano y del general en jefe de EU. <br><strong>Artículo III:</strong> Refiere que al ratificar el tratado, el gobierno de EU alzara los bloqueos de los puertos mexicanos, así mismo, retirar todas las tropas de la Rep. Mexicana en un periodo máximo de un mes.&nbsp; <br><strong>Artículo IV:</strong> Al concluir el tratado, las fuerzas de EU deberán devolver a la Rep. Mexicana los castillos, territorios, lugares, artillería, armas, aparejos de guerra, municiones, cualquier propiedad publica que fue posesionada en un periodo máximo de tres meses.&nbsp; <br><br><em>Fronteras</em><br><strong>Artículo V:</strong> La línea entre las dos Republicas comenzará en el Golfo de México, tres leguas fuera de tierra a la desembocadura del Rio Bravo del Norte; los Meridional y Occidental de Nuevo México son titulados Mapa de los Estados Unidos de México. <br>El limite que separa la Alta de la Baja California queda convenido con una línea recta tirada desde la mitad del Rio Gila en el punto donde se une con el Colorado, hasta un punto de la costa del Mar Pacifico. <br><strong>Artículo VI:</strong> Los buques y ciudadanos de EU tendrán derecho en todo momento al tránsito por el Golfo de California y el Rio Colorado.<strong> </strong><br><strong>Artículo VII:</strong> Se refiere a la navegación en la Gila y del Bravo será libre y común a los buques y ciudadanos de ambos países. <br><strong>Artículo VIII:</strong> Refiere a que los ciudadanos mexicanos que al finalizar el tratado y acordar fronteras, que hoy son mexicanas después territorios de EU podrán permanecer y conservar sus bienes que posean, así mismo conservar el titulo y derechos de ciudadano mexicano. <br><strong>Artículo IX:</strong> Los mexicanos que no conserven el carácter de ciudadano mexicano, se admitirán por la Constitución Federal de EU, serán mantenidos y protegidos por el goce de su libertad, de su propiedad y derechos civiles. <br><strong>Articulo X:</strong> Las concesiones de tierra hechas por el Gobierno Mexicano o autoridades en territorios antes pertenecientes a México, serán respetadas como válidas. <br><strong>Artículo XI:</strong> El Gobierno de los EU contendrá las indicaciones incursiones por medio de la fuerza siempre que así sea necesario a las tribus salvajes que se hallan actualmente en los territorios que después serán de su propiedad.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-23 19:48:28 UTC</pubDate>
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         <title>TRATADO DE LIMITES, CELEBRADO EL 30 DE DICIEMBRE DE 1853, ENTRE MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS </title>
         <author>zairazambrano</author>
         <link>https://padlet.com/zairazambrano/2w1kafjro7qs3zda/wish/2110550710</link>
         <description><![CDATA[<div>Este Tratado esta conformado por VII Artículos, de los cuales se encuentran derogados los Artículos III, V, VI y VII.<br>concluido y firmado&nbsp; en la Republica Mexicana, el día 30 de diciembre del año 1853, un Tratado entre la Republica Mexicana y los Estados Unidos de América por Antonio López de Santa Anna, presidente de la Rep. Mexicana. <br><br><strong>Artículo I:</strong> Este art. estipula los limites de las fronteras entre México y EU, con base en el Tratado de Guadalupe Hidalgo. Señala que para la ejecución del Tratado cada Gobierno debe nombrar un Comisario, que con común acuerdo de ambas partes, se reúnan en la cd, del Paso Norte, 3 meses después del canje de las ratificaciones del Tratado, procedan a recorrer y demarcar sobre el terreno la línea divisora por el actual Art. <br><strong>Artículo II:</strong> Refiere que el Gobierno de México exime a los EU de las obligaciones del Art. XI del Tratado de Guadalupe Hidalgo y el Art. 33 del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre EU Mexicanos y los EU de América; que en abril 5 de 1831 quedan derogados.&nbsp; <br><strong>Artículo IV:</strong> Refiere que los buques y ciudadanos de EU tendrán derecho del transito libre sin interrupciones por el Golfo de California y por el Rio Colorado para sus posesiones y desde sus posesiones al Norte de la línea divisora de los dos países, sin consentimiento del Gobierno Mexicano. <br><strong>Artículo VIII:</strong> Refiere a la construcción de un ferrocarril en el Istmo de Tehuantepec, el 5 febrero de 1853. Ambos países se deben de ver beneficiados de dicha vía de comunicación; ninguno de los Gobiernos puede obstaculizar el tránsito de personas y mercancías de ambas naciones.&nbsp;<br>Así mismo, EU tendrá derecho de transportar por el Istmo por medio de sus agentes y en valijas cerradas.&nbsp;<br>Los dos gobiernos celebraran un arreglo para el pronto tránsito de tropas y municiones de los EU.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-23 20:57:46 UTC</pubDate>
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         <title>ANEXOS NUMERO 3 Y 6. </title>
         <author>zairazambrano</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2022-03-24 02:08:32 UTC</pubDate>
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         <title>TRATADO MON-ALMONTÉ DE 1860; ANEXO NÚMERO 6</title>
         <author>zairazambrano</author>
         <link>https://padlet.com/zairazambrano/2w1kafjro7qs3zda/wish/2110928010</link>
         <description><![CDATA[<div>Este Tratado consta de 8 Artículos, especifica que según concluido y firmado en la ciudad de Paris el 26 de septiembre de 1859, el Tratado entre México y España para arreglo de las cuestiones pendientes entre ambos países se encamina este nuevo Tratado; con fin de poner término a las diferencias que han surgido entre ambos países y promover una nueva amistad. <br><br><strong>Artículo 1°:</strong> Refiere a que continuara activamente la persecución y castigo de los cómplices que eludieron la acción de la justica y activara los procedimientos a fin de un castigo a los culpables de los crimines perpetrados en el mineral de San Dimas; según habiendo sido juzgados por los Tribunales correspondientes. <br><strong>Artículo 2°:</strong> Estipula que el Gobierno de México pretende cortar las dificultades que se han suscitado entre la Republica y España. A fin de que se perdure la amistad y se mantengan unidas. <br><strong>Artículo 3°:</strong> Refiere que los afectados en consecuencia de los crímenes del 15 de septiembre 1856, en el mineral de San Dimas sean indemnizados. <br><strong>Artículo 4°:</strong> Con base en el art. anterior, refiere que los indemnizados no pueden servir de base ni antecedentes para otros casos de igual naturaleza. <br><strong>Artículo 5°:</strong> Dichas indemnizaciones de los art. anteriores; los Gobiernos de México y España proponen, se determinen en común acuerdo con los Gobiernos de Francia e Inglaterra. <br><strong>Artículo 6°:</strong> Estipula que el Tratado del 12 de Noviembre de 1853 sea restablecido. <br><strong>Artículo 7°:</strong> Las nuevas reclamaciones , serán objeto de arreglos anteriores por los daños y prejuicio entre los gobiernos de México y España. <br><strong>Artículo 8°:</strong> Estipula que el Tratado será ratificado por el Presidente de la Republica Mexicana y por S.M. la Reina de España.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-24 02:16:04 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>TRATADOS DE 14 DE MAYO DE 1836, LLAMDOS DE PUERTO VELASCO, ENTRE SANTA ANNA Y TEJAS; ANEXO NÚMERO 3</title>
         <author>zairazambrano</author>
         <link>https://padlet.com/zairazambrano/2w1kafjro7qs3zda/wish/2111047731</link>
         <description><![CDATA[<div>Artículo V: Establece las líneas divisoras entre la Republica de México y Texas.&nbsp;<br>Los Tratados en Velasco (Texas) fueron repudiados por el Presidente interino. </div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-24 03:39:54 UTC</pubDate>
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         <title>LOS COMIENZOS</title>
         <author>zairazambrano</author>
         <link>https://padlet.com/zairazambrano/2w1kafjro7qs3zda/wish/2111065532</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Naciones Bárbaras de indios</strong><br><em>Población</em>: Se componen por tribus de Indios, unas grandes y pequeñas. No infunden temor por la superioridad que tienen las tropas Imperiales sobre ellas por su disciplina, diferencia de armas, destreza, manejo y uso de caballo.<br>Las mayores y más conocidas son los Apaches y Lipones, la más temible son los Cománches ya que no los dirige ninguna disciplina.<br><br><em>Guerra:</em> La guerra para ellos es más humana; en el momento que piden la paz se les concede, y escarmentados no la vuelven a suscitar en algún tiempo. Los Indios Apóstatas originan la paz frecuentemente, así que, los culpables se refugian en ellos por liberarse del castigo a que los sujetan los crímenes que cometen en los pueblos. <br><br>Comercio: La experiencia ha demostrado que el mejor medio de negociación de comercio y amistad es conservar lo que ya existe y ampliar donde no la hay. La puntualidad en cumplir los tratados y la buena fé en los comercios atrae a los Indios, así que por este medio comunican sus frutos y riquezas, se civilizan y adoptan usos y costumbres. <br><br><strong>Anglo-Americanos</strong><br>El <em>objetivo </em>del Tratado entre fronteras fue en virtud de cesar las pretensiones de ambas naciones por más territorio y de cortar las disputas de la provincia de Texas; así se tiro la línea de mar a mar. <br><em>Ubicación:</em>&nbsp; limites fijados del Occidente del Misisipi al Norte del Rio Rojo en Natchitoches y continua por este rio hasta el Oeste, Rio de Arkansas. Este fue el convenio general de límites celebrado entre los EU y la nación Española para asegurar su amistad. 22 Febrero de 1819. <br>La pretensión de EU tenia doble objetivo: <br>1. Apoderarse de la Bahía del Espíritu Santo, Sn. Bernardo, Arcokisas y otros puertos Mexicanos. <br>2. Adquirir conocimientos íntimos de las provincias inmediatas y las mediterráneas que son las mas ricas y fértiles del Imperio. <br><br><em>Guerra:</em> Entre Estados Unidos y España existió una gran disputa por la provincia de Texas, por su extensión territorial, su fertilidad, rica en metales, producciones naturales y por ser la llave del seno Mexicano. <br><br><em>Población:</em> Compuesta en tres puntos<br>1. Nuevo-Orleans: traslado de diversas familias que las demás le seguían. <br>2. Imperio de EU: gente pobre logró que algunas tierras infértiles fueran útiles y provechosas para su beneficio y de su Estado. <br>3. Europa: emigran por la búsqueda de mejores climas y condiciones de vida.<br><br><strong>RELACIONES EXTERIORES POR POLÍTICA:</strong><br><strong>España</strong><br>El Reino estaba compuesto por el idioma, la religión, la educación y la instrucción civil y política.<br>Existió falta de comercio por inactividad y no tener fabricas, falta de tropas por escases de dinero y proyectos, y sin barcos.<br>El gobierno admite Europeos&nbsp; que quieran poblar la nueva nación y repartirá tierras con el fin de aprovecharlas. <br><br><strong>Francia</strong><br>Reino poderoso por su población, industria y sabiduría; íntimamente relacionado con España, por lo cual, lo aconseja de justicia, reconocimiento y respeto a los Americanos, le antepone las ventajas nacionales, de esta manera se logra el comercio mercantil, las ciencias y la ilustración.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-03-24 03:53:56 UTC</pubDate>
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