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      <title>Los Actos Conclusivos by Enmanuel Santiago</title>
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      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-01-21 02:49:37 UTC</pubDate>
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         <title>Archivo</title>
         <author>enmanuelsantiago12</author>
         <link>https://padlet.com/enmanuelsantiago12/2mqdc4xfovg76vml/wish/2451685597</link>
         <description><![CDATA[<div>Esta herramienta procesal es utilizada por el Ministerio Publico cuando no existe pruebas suficientes para continuar con la investigación, el imputado no ha podido ser individualizado u otra de las razones establecidas en los numerales del 1 al 9 del articulo 281 del C.P.P y por lo tanto los fiscales no pueden hacer una acusación. La víctima del crimen tiene la posibilidad de objetar el archivo. En los numerales del 1 al 4 del articulo antes referido se establece que el archivo no puede ser modificado mientras las circunstancias que lo fundamentan no hayan cambiado, solo en los casos establecidos en los numerales del 5 al 9 en archivo extingue la acción penal.  &nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-01-21 03:17:23 UTC</pubDate>
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         <title>Acusación</title>
         <author>enmanuelsantiago12</author>
         <link>https://padlet.com/enmanuelsantiago12/2mqdc4xfovg76vml/wish/2451698105</link>
         <description><![CDATA[<div>Este es el acto conclusivo al que todo fiscal pretende llegar con su investigación. Esta se da cuando el ministerio publico ha obtenido material o pruebas suficientes para enlazar al imputado con los cargos de los que se le acusa, por lo tanto el proceso puede pasar a la etapa de juicio.&nbsp;En principio el acto de acusación no es apelable, sin embargo, sí se demuestra que durante el proceso de investigación fueron violados los derechos del imputado o dígase el debido proceso, este es susceptible de apelación. </div>]]></description>
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         <pubDate>2023-01-21 04:05:32 UTC</pubDate>
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         <title>Penal Abreviado / Acuerdo Pleno / Acuerdo Parcial</title>
         <author>enmanuelsantiago12</author>
         <link>https://padlet.com/enmanuelsantiago12/2mqdc4xfovg76vml/wish/2451997873</link>
         <description><![CDATA[<div>El penal abreviado son actos conclusivos que permiten que el proceso finalice antes de que llegue a la etapa de juicio, a través de acuerdos las partes pueden desistir de la idea de pasar a la etapa de apertura a juicio y el ministerio publico puede terminar con la investigación. No obstante, no todos los casos son validos para llegar a un acuerdo, por ejemplo para llegar a un acuerdo es necesario que la pena a imponer sea menor o igual a cinco años de pena privativa de libertad, o una sanción no privativa de libertad. Dentro de los posibles acuerdos a los que se puede llegara a través del penal abreviado están, el acuerdo pleno y el acuerdo parcial.  </div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-01-21 18:32:43 UTC</pubDate>
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         <title>Suspensión condicional </title>
         <author>enmanuelsantiago12</author>
         <link>https://padlet.com/enmanuelsantiago12/2mqdc4xfovg76vml/wish/2452163313</link>
         <description><![CDATA[<div>Este acto conclusivo puede ser solicitado por el ministerio publico en los casos previstos por la ley, para llegar a las suspensión necesita cumplirse una serie de condiciones como que el imputado ha declarado su conformidad con la suspensión, ademas este ha tenido que reconocer los hechos por los que se le imputa y este ha reparado los daños causados por la infracción, también este debe de haber firmado un acuerdo con la víctima y ha tenido que presentar garantía suficiente para cumplir con esa obligación, de no cumplirse con una de estas condiciones el juez rechazara la solicitud.&nbsp;<br><br>La suspensión provisional tiene que cumplir con ciertas reglas como el hecho de que esta tiene que durar un plazo no menor de un año ni mayor de tres, ya después de esto dependiendo de las circunstancias características del caso, el juez le impondrá las reglas que este entienda pertinente, por ejemplo, vivir en un lugar un determinado tiempo o someterse a algún tipo de vigilancia.&nbsp;<br><br>Este acto no es apelable, salvo que las reglas impuestas por el juez sean inconstitucionales.&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2023-01-22 05:25:55 UTC</pubDate>
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