<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0">
   <channel>
      <title>La expropiación por parte de la administración pública by Denis Alejandro Flores</title>
      <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq</link>
      <description></description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-07-21 00:24:05 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2026-01-15 02:02:02 UTC</lastBuildDate>
      <webMaster>hello@padlet.com</webMaster>
      <image>
         <url>https://padlet.net/icons/png/263a.png</url>
      </image>
      <item>
         <title>La expropiación forzosa</title>
         <author>denisfloresoficial504</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648851147</link>
         <description><![CDATA[<div>La<strong> expropiación o expropiación forzosa</strong> es el modo que tiene la Administración de quitar la propiedad de un bien o un derecho a una persona particular, a cambio de una compensación.<br>La expropiación se da cuando la Administración Pública quita a una persona la propiedad de un bien o un derecho a cambio de entregarle una indemnización.<br><br>¿Qué caracteriza a la expropiación?<br><br></div><div>Los rasgos que caracterizan a la expropiación son los siguientes:<br><br></div><ul><li>La principal característica es el <strong>carácter coactivo</strong>, ya que el individuo no ofrece su propiedad voluntariamente (el Estado lo reclama de forma unilateral).</li><li>Las personas expropiadas suelen recibir una <strong>compensación económica</strong> en forma de indemnización.</li><li>Los <strong>motivos</strong> de la expropiación pueden ser muy diversos: económicos, políticos, de interés social.</li><li>Debe producirse <strong>conforme con lo dispuesto por las leyes del país</strong>, es decir, que no se realice a través del abuso de poder.</li></ul><div>https://www.conceptosjuridicos.com/mx/expropiacion/ </div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2093634475/93019174c0fab3c06bc71aa889d89c01/image.png" />
         <pubDate>2023-07-21 00:40:08 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648851147</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Requisitos para la expropiación por utilidad púbica</title>
         <author>denisfloresoficial504</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648963601</link>
         <description><![CDATA[<div>Entre los primeros figuran: <br>a) debe ser previa a la expropiación: <br>b) debe ser pagada en dinero y <br>c) debe ser integral. <br><br>Entre los segundos: <br>a) debe ser justa -la indemnización es justa cuando restituye al propietario el mismo valor económico de que se lo priva y debe ser única.<br><br>La <strong>utilidad pública</strong> se entiende implícita, en relación con la expropiación de inmuebles, en todos los planes de obras y servicios del Estado, Provincia y Municipio. Respecto a los bienes muebles, la utilidad pública habrá de ser declarada expresa y singularmente mediante Ley en cada caso, a no ser que se haya autorizado la expropiación para una categoría especial de bienes, en cuyo supuesto bastará el acuerdo del Consejo de Ministros.&nbsp;<br><br>https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/12303-la-expropiacion-forzosa-de-bienes-culturales:-supuestos-y-particularidades/ <br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://www.youtube.com/watch?v=WeHV8wrC8Xo" />
         <pubDate>2023-07-21 03:10:09 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648963601</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos</title>
         <author>denisfloresoficial504</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648964805</link>
         <description><![CDATA[<div>Declarada la utilidad pública o el interés social, la <strong>Administración</strong> resolverá sobre la <strong>necesidad concreta </strong>de ocupar los bienes o <strong>adquirir</strong> los <strong>derechos</strong> que sean estrictamente <strong>indispensables para el fin de la expropiación</strong>. Mediante acuerdo podrán incluirse también entre los bienes de necesaria ocupación los que sean indispensables para previsibles ampliaciones de la obra o finalidad de que se trate.<br><br></div><div>La Administración y el particular a quien se refiera la expropiación podrán convenir la adquisición de los bienes o derechos que son objeto de aquélla libremente y por mutuo acuerdo, en cuyo caso el acuerdo dará por concluido el expediente iniciado. Cuando en el plazo de quince días no se llegara a tal acuerdo, se seguirá el procedimiento general, sin perjuicio de que con posterioridad a su tramitación puedan ambas partes llegar a mutuo acuerdo. Una vez firme el acuerdo por el que se declara la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos expropiables, se determinará su justo precio.<br><br>https://administrativando.es/expropiaciones-forzosas-principio-de-proporcionalidad-y-de-idoneidad/<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://www.conceptosjuridicos.com/wp-content/uploads/2018/09/expropiacion.jpg" />
         <pubDate>2023-07-21 03:11:58 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648964805</guid>
      </item>
      <item>
         <title>¿Qué es el justo precio de una expropiación forzosa?</title>
         <author>denisfloresoficial504</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648966588</link>
         <description><![CDATA[<div>El justo precio es el valor de la indemnización que recibe el dueño o dueños del bien que se va a expropiar. La fijación del justo precio se tramitará como pieza separada, encabezada por la exacta descripción del bien concreto que haya de expropiarse. A tal fin se abrirá un expediente individual a cada uno de los propietarios de bienes expropiables. El expediente será único en los casos en que el objeto de la expropiación pertenezca en comunidad a varias personas, o cuando varios bienes constituyan una unidad económica.<br><br></div><div>La indemnización de una expropiación distingue claramente la diferencia entre expropiación de una confiscación o de un comiso. En el caso de que sea de un comiso no se recibe ningún tipo de pago compensatorio por parte de la Administración.<br><br></div><div>En cada uno de los expedientes así formados la Administración requerirá a los propietarios para que en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la notificación, presenten hoja de aprecio, en la que se concrete el valor en que estimen el objeto que se expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes. La valoración habrá de ser forzosamente motivada y podrá estar avalada por la firma de un perito, cuyos honorarios habrán de acomodarse a las tarifas que apruebe la Administración, siendo siempre estos gastos de cuenta de los propietarios.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://agaz.es/abogados/abogado-administrativo/expropiacion/" />
         <pubDate>2023-07-21 03:15:01 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648966588</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Características de la expropiación</title>
         <author>denisfloresoficial504</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648969774</link>
         <description><![CDATA[<ul><li>La principal característica es el carácter coactivo, ya que el individuo no ofrece su propiedad voluntariamente (el Estado lo reclama de forma unilateral)</li><li>Las personas expropiadas suelen recibir una compensación económica en forma de indemnización</li><li>Los motivos de la expropiación pueden ser muy diversos: económicos, políticos, de interés social</li><li>Debe producirse conforme con lo dispuesto por las leyes del país, es decir, que no se realice a través del abuso de poder.</li></ul><div><br>https://www.conceptosjuridicos.com/mx/expropiacion/</div>]]></description>
         <enclosure url="https://tiempo.hn/wp-content/uploads/2021/07/WhatsApp-Image-2021-07-14-at-6.37.45-PM-1-1068x600.jpeg" />
         <pubDate>2023-07-21 03:20:11 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648969774</guid>
      </item>
      <item>
         <title>¿Quiénes participan en una expropiación forzosa?</title>
         <author>denisfloresoficial504</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648971753</link>
         <description><![CDATA[<ol><li>Beneficiario: Es el destinatario de los bienes o derechos expropiados y es el que representa el interés público o social.&nbsp;</li><li>Propietario o expropiado: Es el titular de las cosas, los derechos o los intereses objeto de la expropiación. Tiene el derecho básico a participar como interesado.</li><li>directo y de percibir la indemnización expropiatoria.</li></ol><div><br>https://www.comunidad.madrid/servicios/urbanismo-medio-ambiente/expropiacion-forzosa</div>]]></description>
         <enclosure url="https://i.ytimg.com/vi/GudwKrvmn8w/maxresdefault.jpg" />
         <pubDate>2023-07-21 03:23:18 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2648971753</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Introducción </title>
         <author>fqgchtxsrz</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2649817141</link>
         <description><![CDATA[<div>La expropiación por parte de la administración pública en Honduras es un tema de profunda relevancia que abarca aspectos legales, sociales y económicos. Consiste en el acto en el cual el Estado toma posesión forzada de propiedades privadas con el propósito de lograr objetivos de interés público o utilidad social. Esta práctica genera debates sobre los derechos y compensaciones de los propietarios afectados, así como la necesidad de equilibrar el bienestar colectivo con la protección de los derechos individuales. Comprender los mecanismos, procedimientos y consecuencias de la expropiación es fundamental para analizar su impacto en el desarrollo y la justicia en el contexto hondureño.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2093580125/571313810553944041794d6b39fab5db/IMG_2542.jpeg" />
         <pubDate>2023-07-23 22:16:49 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2649817141</guid>
      </item>
      <item>
         <title>¿Qué es la expropiación?</title>
         <author></author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650258085</link>
         <description><![CDATA[<div>Alumna. Luisa Valeria Alvarado Garcia&nbsp;<br><br>La expropiación es el acto legal mediante el cual la administración pública o el gobierno toma posesión de una propiedad privada, ya sea terrenos o bienes inmuebles, con el propósito de utilizarla para el interés público o el bienestar de la sociedad en general.<br><br>Este proceso se lleva a cabo cuando la propiedad privada es necesaria para proyectos de utilidad pública, desarrollo de infraestructuras, proyectos de desarrollo económico, preservación ambiental u otras iniciativas que benefician a la comunidad. En la mayoría de los casos, la expropiación está respaldada por leyes específicas y se realiza siguiendo procedimientos legales para garantizar que los propietarios afectados reciban una indemnización justa y adecuada por la pérdida de su propiedad.<br><br>La expropiación es una herramienta utilizada por los gobiernos para llevar a cabo proyectos de interés general que de otra manera podrían verse obstaculizados por la falta de acuerdo con los propietarios privados o por la distribución de la propiedad. Sin embargo, también puede ser un tema delicado y controversial, ya que afecta directamente los derechos de propiedad de los individuos y debe llevarse a cabo con transparencia y equidad.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-24 14:08:17 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650258085</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Expropiación en Honduras </title>
         <author>alvaradovaleria262</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650260544</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;Algunos de los factores que pueden llevar a la expropiación en Honduras incluyen:<br><br>1. Proyectos de infraestructura: La construcción de carreteras, puentes, represas u otros proyectos de infraestructura pública que requieran el uso de terrenos privados.<br><br>2. Desarrollo urbano: La expansión de áreas urbanas y la necesidad de terrenos para la construcción de viviendas, parques, escuelas u otras instalaciones públicas.<br><br>3. Preservación ambiental: La protección de áreas naturales, reservas ecológicas o la preservación de ecosistemas frágiles.<br><br>4. Mejoras en servicios públicos: La necesidad de terrenos para la construcción de hospitales, escuelas, centros de salud u otras instalaciones que beneficien a la comunidad.<br><br>5. Seguridad nacional: En situaciones excepcionales, la expropiación puede llevarse a cabo por razones de seguridad nacional o defensa.<br><br></div><div><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-24 14:12:41 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650260544</guid>
      </item>
      <item>
         <title>¿Cómo procede la expropiación?</title>
         <author>alvaradovaleria262</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650261277</link>
         <description><![CDATA[<div>El procedimiento para la expropiación puede variar según el país y las leyes aplicables, pero en general, sigue ciertos pasos comunes.&nbsp;<br><br>1. Determinación de la necesidad pública.<br><br>2. Ley de expropiación.<br><br>3. Notificación a los propietarios.<br><br>4. Avalúo de la propiedad.<br><br>5. Negociaciones y acuerdo: En algunos casos se pueden llevar a cabo negociaciones.<br><br>6. Desposesión y transferencia de la propiedad.<br><br>7. Pago de la indemnización.<br><br>8. Recursos legales: Los propietarios afectados tienen derecho legales.<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-24 14:14:21 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650261277</guid>
      </item>
      <item>
         <title>¿Cuales son los efectos de la expropiación?</title>
         <author>alvaradovaleria262</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650261780</link>
         <description><![CDATA[<div><br><br>1. Pérdida de propiedad: La expropiación resulta en la pérdida de la propiedad privada de los propietarios afectados.&nbsp;<br><br>2. Indemnización: Generalmente, los propietarios afectados tienen derecho a recibir una compensación o indemnización justa por la pérdida de su propiedad.<br><br>3. Beneficio para el interés público: La expropiación se lleva a cabo para proyectos de utilidad pública o interés social, lo que puede resultar en beneficios para la comunidad en términos de infraestructura, desarrollo económico, servicios públicos o preservación ambiental.<br><br>4. Desplazamiento de personas: En algunos casos, la expropiación puede implicar el desplazamiento forzado de personas y comunidades enteras, lo que puede generar problemas sociales y afectar la vida de las personas de manera significativa.<br><br>5. Impacto en la economía: Dependiendo de la magnitud y naturaleza del proyecto, la expropiación puede tener efectos sobre la economía local y nacional.<br><br>6. Conflicto legal y social: Los procesos de expropiación pueden generar conflictos legales y sociales entre los propietarios afectados, la administración pública y otros actores involucrados.<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-24 14:15:26 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650261780</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Efectos que económico de la expropiación </title>
         <author>alvaradovaleria262</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650263376</link>
         <description><![CDATA[<div><br><br>1. Pérdida de activos: Para los propietarios cuyas propiedades son expropiadas, la pérdida de sus activos puede tener un impacto negativo en sus finanzas personales o comerciales.&nbsp;<br><br>2. Compensación e indemnización: Los propietarios afectados tienen derecho a recibir una compensación o indemnización justa por la expropiación de sus propiedades.&nbsp;<br><br>3. Impacto en la inversión: La posibilidad de que la administración pública expropie propiedades podría disuadir a los inversionistas de invertir en determinadas áreas o sectores.&nbsp;<br><br>4. Costos para la administración pública: La expropiación implica costos para la administración pública, como el pago de indemnizaciones, el desarrollo de proyectos, y otros gastos relacionados.&nbsp;<br><br>5. Impacto en proyectos y desarrollos: Dependiendo de la magnitud y naturaleza del proyecto que motivó la expropiación, esta puede tener un impacto positivo o negativo en la economía local y nacional.&nbsp; &nbsp;<br><br>6. Confianza y percepción del clima de negocios: La expropiación puede afectar la confianza de los inversores en el país y la percepción del clima de negocios.&nbsp;<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-24 14:18:22 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650263376</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Requisitos para la expropiación en Honduras </title>
         <author>alvaradovaleria262</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650267688</link>
         <description><![CDATA[<div>Los requisitos para la expropiación en Honduras están establecidos en la Constitución y en la Ley de Expropiación y Requisición de Bienes de Uso Público. Algunos de los requisitos más importantes incluyen:<br><br>1. Utilidad pública o interés social: La expropiación debe ser realizada por razones de utilidad pública o interés social, es decir, para llevar a cabo proyectos que beneficien a la comunidad en general.<br><br>2. Ley específica: La expropiación debe ser autorizada por una ley específica aprobada por el Congreso Nacional de Honduras. Esta ley debe detallar las razones de la expropiación, los bienes a ser expropiados, y los procedimientos a seguir.<br><br>3. Notificación a los propietarios: Los propietarios de los bienes a ser expropiados deben ser notificados oficialmente de la intención de expropiar sus propiedades y los motivos que justifican la expropiación.<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2095174460/b292a48dd660f58636c41d7d0a3068b9/IMG_3572.jpeg" />
         <pubDate>2023-07-24 14:27:39 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2650267688</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Notificación de la declaratoria de la Expropiación de un Inmueble:</title>
         <author>tamolina2010</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652304322</link>
         <description><![CDATA[<div>&nbsp;La notificación de la declaratoria de expropiación del inmueble podrá hacerse personalmente o mediante el empleo de medios de comunicación masiva con presencia a nivel nacional. &nbsp;<br>La ineficacia, por falta de notificación individualizada de la declaración de necesidad de ocupación a los afectados, provoca la nulidad del procedimiento expropiatorio, con la consecuencia del deber de reintegrarse los bienes expropiados y el justiprecio percibido.<br><br></div><div>El propietario del inmueble expropiado no podrá&nbsp; ser privado del mismo sin que previamente se haya efectuado la indemnización justipreciada correspondiente.&nbsp;<br><br><br>Fuente: Ley de Propiedad de Honduras (Art. 80 y 81).</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270829/aa377758f2e52fedf0aaf48c72b21839/5.jpeg" />
         <pubDate>2023-07-27 22:09:29 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652304322</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Efectos posteriores a la presentación de la solicitud. </title>
         <author>velezr433</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652307708</link>
         <description><![CDATA[<div>Una vez presentada la solicitud el Instituto de la Propiedad a través de la dirección de regularización predial mandara a publicar la fecha, hora y lugar de la audiencia de conciliación entre los acrediten tener inscrito un derecho y concilien sus diferencias.- en caso de que los ocupantes y las personas que tengan pretensiones de propiedad sobre el inmueble no concilien sus diferencias dentro de los tres días siguientes a la celebración de audiencias de conciliación el instituto de la propiedad deberá solicitar al Poder Ejecutivo para que en Consejo de Ministros decrete la expropiación de inmueble.<br><br>Referencia Articulo 79 párrafo tercero de la Ley de Propiedad.<br>Artículos 228, 231, del Reglamento de la Ley de Propiedad.&nbsp;<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270991/ce5e2f6b28f910ace0c06cb3acfb65f0/expropiacion.jpg" />
         <pubDate>2023-07-27 22:27:03 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652307708</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Que es un asentamiento humano.</title>
         <author>velezr433</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652311989</link>
         <description><![CDATA[<div>Se entenderá por asentamiento humano, la radicación con características de arraigo o permanencia consolidada de un considerado numero de personas habitando con un conjunto de elementos básicos que permiten su subsistencia en una área físicamente localizada considerando dentro de los mismos los elementos naturales y las obras materiales que la integran.&nbsp;<br>Referencia articulo 223 del Reglamento de la Ley de Propiedad.<br><br>La solicitud de expropiación podrá ser presentada por los miembros del asentamiento humano, o por un tercero ajeno al asentamiento humano siempre y cuando se cumpla los requisitos establecidos en el articulo 77 y 78 de la Ley de Propiedad.<br>Referencia articulo 225 del Reglamento .</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-27 22:50:16 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652311989</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Propósito de la expropiación </title>
         <author>velezr433</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652327354</link>
         <description><![CDATA[<div>El propósito de la expropiación es la adquisición legal de una propiedad privada por el gobierno. La expropiación se puede utilizar para el cumplimiento de los códigos de vivienda y de seguridad.<br>https://curbelolaw.com/es/que-es-la-expropiacion-en-bienes-raices<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270991/a2c4cc443db99775a3b9f80a1a535371/propisito.webp" />
         <pubDate>2023-07-27 23:43:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652327354</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Expropiación por necesidad publica como mecanismo de regularización </title>
         <author>velezr433</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652338948</link>
         <description><![CDATA[<div>Es de necesidad publica la regularización de la propiedad de inmueble en la que se encuentren los asentamientos humanos establecidos antes del 31 de diciembre del año 2010 y en los que no pueda establecerse claramente la titularidad de los mismos o existiesen disputas entre terceros no poseedores del inmueble respecto a su dominio.<br>Referencia articulo 77 de la Ley de propiedad.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-28 00:15:35 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652338948</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Procedimiento para llevar a cabo el proceso de expropiación como mecanismo de regularización.</title>
         <author>velezr433</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652343744</link>
         <description><![CDATA[<div>Para la aplicación del mecanismo de de regularización de inmuebles por causa de necesidad publica, debe constatarse la existencia y constitución del asentamiento humano, antes del 1 de junio de 1999.<br><br>Referencia artículo 222 del reglamento de la Ley de Propiedad. </div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270991/0aa976e342969b846d1af8cf013898ab/proceso_expropiacion.jpg" />
         <pubDate>2023-07-28 00:25:14 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652343744</guid>
      </item>
      <item>
         <title>El decreto de expropiación deberá contener :</title>
         <author>velezr433</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652362061</link>
         <description><![CDATA[<div>A) Area del poligono expropiado.<br>B)Rumbos y colindancias.<br>C) Medidas lineales perimetricas.<br>D)Mención de declaración como zona catastrar.<br>E)Nombre de los presuntos propietarios ajenos a los asentamientos consignados en el acta de audiencia de conciliación.<br>F)Nombre del asentamiento humano que fue declarado zona expropiada.<br>Referencia articulo 232 del Reglamento de la Ley de Propiedad.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-28 01:01:53 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652362061</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Requisitos de la expropiación:</title>
         <author>alvaradovaleria262</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652378506</link>
         <description><![CDATA[<div><strong><br></strong>4. Indemnización justa: Los propietarios afectados tienen derecho a recibir una indemnización justa y adecuada por la pérdida de sus propiedades. &nbsp;<br><br>5. Derecho de defensa: Los propietarios afectados tienen derecho a presentar sus argumentos y defender sus intereses durante el proceso de expropiación.<br><br>6. Procedimiento legal: La expropiación debe seguir un procedimiento legal establecido en la ley, que garantice la protección de los derechos de los propietarios y respete el debido proceso.<br><br>7. Registro público: La expropiación debe ser inscrita en el Registro Público de la Propiedad para que tenga efectos legales y quede debidamente documentada.</div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-28 01:32:42 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652378506</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Procedimiento de una expropiación </title>
         <author>fqgchtxsrz</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652720101</link>
         <description><![CDATA[<div>La expropiación es un procedimiento mediante el cual la administración pública adquiere la propiedad privada de un ciudadano o entidad para destinarla a un uso público o de interés social.&nbsp;<br><br>Los detalles sobre los pasos y requisitos que deben seguirse para llevar a cabo una expropiación:<br><br><br></div><ol><li>Declaración de utilidad pública o interés social: La administración pública, ya sea a nivel nacional o local, debe declarar que es necesario adquirir una propiedad privada para un proyecto de utilidad pública o interés social. Esto podría incluir proyectos de infraestructura, desarrollo urbano, construcción de carreteras, hospitales, escuelas u otros proyectos que beneficien a la comunidad en general.</li><li>Notificación al propietario: Una vez que se ha tomado la decisión de expropiar una propiedad, la administración pública debe notificar al propietario sobre la intención de expropiación. Esta notificación debe ser entregada por escrito y debe incluir detalles sobre la propiedad en cuestión, el propósito de la expropiación y una oferta inicial de compensación.</li><li>Avalúo de la propiedad: Se debe realizar una tasación o avalúo de la propiedad para determinar su valor justo. El propietario tiene derecho a participar en el proceso de avalúo y también puede obtener una tasación independiente si así lo desea.</li><li>Audiencia pública: Se debe realizar una audiencia pública donde se discutan los detalles de la expropiación y la valoración de la propiedad. En esta audiencia, tanto la administración pública como el propietario pueden presentar sus argumentos y pruebas.</li><li>Compensación justa: La administración pública está obligada a pagar una compensación justa al propietario por la propiedad expropiada. La compensación se basa en el valor de mercado de la propiedad y puede incluir también indemnización por daños y perjuicios que puedan haberse causado al propietario por la expropiación.</li><li>Registro de la expropiación: Una vez que se ha llevado a cabo el proceso de expropiación y se ha pagado la compensación al propietario, se debe registrar la transferencia de propiedad a nombre de la administración pública.</li></ol><div><br><br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-28 17:17:03 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652720101</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Marco legal de la expropiación </title>
         <author>fqgchtxsrz</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652721345</link>
         <description><![CDATA[<div><br>El marco legal de la expropiación por parte de la administración pública en Honduras se encuentra principalmente regulado por la Constitución de Honduras y la Ley de Expropiación Forzosa.<br><br></div><ol><li>Constitución de Honduras:<br>El artículo 107 de la Constitución de Honduras aborda el tema de la expropiación y establece los principios fundamentales que rigen este proceso. Algunos puntos relevantes de este artículo son:</li></ol><ul><li>Se establece que la expropiación solo puede llevarse a cabo por razones de utilidad pública o interés social debidamente comprobado.</li><li>Se garantiza el derecho a la propiedad privada, pero también se reconoce el derecho del Estado a expropiar mediante el pago de una indemnización justa.</li><li>Se establece que la ley determinará los procedimientos para la expropiación y la valoración de los bienes.</li></ul><ol><li>Ley de Expropiación Forzosa (Decreto No. 244-2000):<br>Esta ley regula los procedimientos específicos para llevar a cabo la expropiación y garantiza los derechos de los propietarios afectados. Algunos aspectos importantes de esta ley son:</li></ol><ul><li>Define la expropiación forzosa y establece los casos en los que se puede llevar a cabo, como proyectos de utilidad pública o interés social.</li><li>Establece los pasos a seguir para declarar la utilidad pública o interés social de un proyecto y notificar al propietario afectado.</li><li>Regula los procedimientos para la tasación y valoración de los bienes expropiados, asegurando una compensación justa para los propietarios.</li><li>Garantiza el derecho del propietario a impugnar la expropiación y la valoración de su propiedad, así como a presentar pruebas y argumentos en su defensa.</li><li>Establece las instancias administrativas y judiciales donde se pueden presentar las impugnaciones y recursos.</li></ul><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2093580125/c017d543ad4ced64b1e53b893e1346e2/IMG_2542.jpeg" />
         <pubDate>2023-07-28 17:22:21 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652721345</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Las limitaciones de la expropiación </title>
         <author>fqgchtxsrz</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652722617</link>
         <description><![CDATA[<div>Las principales limitaciones y restricciones que existen en la ley para llevar a cabo una expropiación:<br><br></div><ol><li>Utilidad pública o interés social: La expropiación solo puede realizarse cuando la administración pública declare que la propiedad es necesaria para un proyecto de utilidad pública o interés social debidamente comprobado. Es decir, debe haber un objetivo claro de beneficio para la sociedad.</li><li>Procedimiento legal: La expropiación debe seguir un procedimiento legal establecido en la Ley de Expropiación Forzosa, que incluye la notificación al propietario afectado, la valoración de la propiedad por expertos independientes, la posibilidad de presentar recursos y la realización de una audiencia pública donde se discutan los detalles del proceso.</li><li>Compensación justa: La ley garantiza que el propietario afectado recibirá una compensación justa por la propiedad expropiada. La compensación se basará en el valor de mercado de la propiedad y puede incluir también indemnización por daños y perjuicios que puedan haberse causado al propietario.</li><li>Prohibición de expropiación por motivos políticos: La expropiación por motivos políticos está prohibida en Honduras. La administración pública no puede utilizar la expropiación como una herramienta para perseguir o afectar a personas o grupos por razones políticas.</li><li>Reservas naturales y áreas protegidas: Existen restricciones especiales para la expropiación de propiedades ubicadas en áreas protegidas, reservas naturales o zonas de alto valor ecológico. En estos casos, se deben seguir procedimientos especiales y justificar de manera rigurosa la necesidad de la expropiación.</li><li>Respeto a los derechos humanos: La expropiación no debe violar los derechos humanos de los propietarios afectados. La ley garantiza que se respeten los derechos fundamentales de las personas involucradas en el proceso.</li><li>Alternativas a la expropiación: Antes de proceder con la expropiación, la administración pública debe considerar y evaluar posibles alternativas para lograr sus objetivos sin afectar la propiedad privada.</li><li>Consentimiento del propietario: La expropiación solo puede llevarse a cabo si el propietario da su consentimiento voluntario para la cesión de su propiedad a la administración pública.</li></ol>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-28 17:27:37 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652722617</guid>
      </item>
      <item>
         <title>La ejecución de la expropiación </title>
         <author>fqgchtxsrz</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652723497</link>
         <description><![CDATA[<div>La ejecución de la expropiación, implica una serie de pasos y procedimientos para llevar a cabo la transferencia de la propiedad a la entidad expropiante y realizar el pago de la compensación al propietario afectado.&nbsp;<br><br></div><ol><li>Notificación y declaración de utilidad pública: El proceso de ejecución de la expropiación comienza con la notificación al propietario afectado de la decisión de expropiar su propiedad. Esta notificación debe incluir los detalles del proyecto para el cual se requiere la propiedad y la justificación de la utilidad pública o interés social del mismo.</li><li>Valoración y tasación: Una vez notificado, se procede a la valoración y tasación de la propiedad expropiada. Un equipo de expertos independientes evaluará el valor de mercado de la propiedad y determinará la compensación justa que corresponde al propietario.</li><li>Audiencia pública: Luego de la valoración, se llevará a cabo una audiencia pública donde se discutirán los detalles de la expropiación, incluyendo la valoración de la propiedad y la justificación del proyecto. Tanto la administración pública como el propietario afectado pueden presentar sus argumentos y pruebas en esta audiencia.</li><li>Pago de la compensación: Una vez concluidos los pasos anteriores y cumplidos los plazos legales, la administración pública está obligada a realizar el pago de la compensación al propietario afectado. El monto de la compensación será aquel que se haya determinado en el proceso de valoración y tasación.</li><li>Transferencia de la propiedad: Simultáneamente al pago de la compensación, se procede a la transferencia de la propiedad de manera formal a la administración pública. La propiedad pasa a ser de dominio público o de la entidad expropiante, según lo establecido en la notificación de expropiación.</li><li>Registro de la expropiación: Finalmente, se registra la expropiación en el registro público correspondiente. Con este registro, se oficializa el cambio de propiedad y se completa el proceso de ejecución de la expropiación.</li></ol>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-28 17:30:29 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652723497</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Importancia de la expropiación </title>
         <author>fqgchtxsrz</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652797794</link>
         <description><![CDATA[<div>La expropiación por parte de la administración pública en Honduras es un proceso de gran importancia en el ámbito de la gestión estatal y el desarrollo del país. Algunas de las razones  son:<br><br></div><ol><li>Desarrollo de infraestructura: La expropiación puede ser necesaria para llevar a cabo proyectos de desarrollo de infraestructura pública, como carreteras, puentes, hospitales, escuelas, entre otros. Estas obras son fundamentales para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y promover el progreso económico y social del país.</li><li>Utilidad pública: La expropiación se justifica cuando la administración pública necesita utilizar terrenos o propiedades para fines de utilidad pública, como la construcción de servicios públicos, parques, o proyectos que beneficien a la comunidad en general.</li><li>Regularización de la propiedad: En ocasiones, la expropiación puede ser necesaria para regularizar asentamientos informales o propiedades carentes de títulos de propiedad, permitiendo así que los ciudadanos accedan a servicios básicos y a una mayor seguridad jurídica.</li><li>Impulso al desarrollo económico: La expropiación de tierras para proyectos de desarrollo económico puede generar empleo, fomentar la inversión y mejorar las condiciones económicas en determinadas áreas del país.</li><li>Consolidación de políticas públicas: La expropiación puede respaldar la implementación de políticas públicas relacionadas con la protección del medio ambiente, la preservación cultural o la promoción del turismo.</li><li>Superación de obstáculos legales y sociales: En algunos casos, la expropiación puede ayudar a superar problemas legales o de propiedad que obstaculicen el desarrollo del país.</li></ol><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="" />
         <pubDate>2023-07-29 00:04:31 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652797794</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Fases, factores y requisitos para la expropiación por parte de la administración publica</title>
         <author>jl3873650</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652927731</link>
         <description><![CDATA[<div>Fases&nbsp;<br>1) Fase administrativa<br>a) La previa<br>b) El decreto de la expropiación<br>2) Fase amigable<br>3) Fase del juicio de expropiacion<br><br>Factores indispensables para una expropiacion lagitima<br>1) Utilidad publica o de interes socila<br>2) Justiprecio<br>3) El pago oportuno y efectivo<br><br>Requisitos<br>1) Dispocision formal que declare la utilidad publica<br>2) Declaración de ejecución que exige indispensablemente la transferencia total o parcial de la propiedad o derecho<br>3) Justiprecio del bien objeto de la expropiación&nbsp;<br>4) pago oportuno y en dinero efectivo de justa indemnización<br><br>&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="https://youtu.be/e8Hfd9WuTow" />
         <pubDate>2023-07-29 14:06:24 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652927731</guid>
      </item>
      <item>
         <title>El justiprecio en la expropiación por parte de la administración publica</title>
         <author>jl3873650</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652934536</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>El justiprecio o justo precio</strong><br>Se define como la cuantía indemnizatoria que la Administración expropiante habrá de satisfacer al expropiado que, conforme al procedimiento de expropiación forzosa y por una causa de utilidad pública o interés social, resulte privado de sus bienes o derechos con finalidad compensatoria.<br><br><strong>Elementos</strong><br>Son elementos integrantes del <strong>justiprecio</strong>, de un lado, los daños y perjuicios irrogados al expropiado, de otro, el valor subjetivo del bien o derecho en cuestión.<br><br>C<strong>alculo del justiprecio</strong><br>La indemnización se calculará con arreglo a los criterios de valoración establecidos en la legislación de expropiación forzosa, teniendo en consideración las valoraciones predominantes en el mercado.<br><strong><br>Intereses por demora en el pago del justiprecio</strong><br>El retraso por parte de la Administración tanto en la determinación del justiprecio, como, posteriormente, en su correspondiente abono, conllevará el incremento del mismo en intereses de demora, tal y como seguidamente se expone.<br><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://youtu.be/P4EtohSBEag" />
         <pubDate>2023-07-29 14:34:37 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652934536</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Marco legal para la expropiación por parte de la administración publica</title>
         <author>jl3873650</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652953166</link>
         <description><![CDATA[<div>Artículo 7 de la ley de la administración publica<br><br>Los actos de la Administración Pública, deberán ajustarse a la siguiente jerarquía normativa:&nbsp;<br>1) La Constitución de la República;&nbsp;<br>2) Los Tratados Internacionales ratificados por Honduras;&nbsp;<br>3) La presente Ley;&nbsp;<br>4) Las Leyes Administrativas Especiales;&nbsp;<br>5) Las Leyes Especiales y Generales vigentes en la República;&nbsp;<br>6) Los Reglamentos que se emitan para la aplicación de las Leyes;&nbsp;<br>7) Los demás Reglamentos Generales o Especiales;&nbsp;<br>8) La Jurisprudencia Administrativa; y,&nbsp;<br>9) Los Principios Generales del Derecho Público.&nbsp;</div>]]></description>
         <enclosure url="https://ceiva.com.ve/images/CEIVA-DPP/NuestrosServicios/Informativos/CEIVAteca/MarcoLegal/MarcoLegal.jpg" />
         <pubDate>2023-07-29 16:02:32 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2652953166</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Expropiación Forzosa por parte del Estado de Honduras en el año 2007, de los bienes inmuebles requeridos para realizar la ampliación de la Carretera CA-5 Norte:</title>
         <author>tamolina2010</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653156292</link>
         <description><![CDATA[<div>La Comisión de Obras Públicas y Transporte del Congreso Nacional dictaminó la iniciativa del Poder Ejecutivo orientada a declarar la expropiación forzosa, por causa de interés público, de los bienes inmuebles requeridos para ampliar la carretera CA-5 Norte.<br>De acuerdo con la exposición de motivos, el Congreso Nacional, mediante Decreto No. 72-2007 de fecha 31 de mayo de 2007, dictó una serie de medidas que hacen ágil, expedita y equitativa la implementación de los planes de reasentamiento involuntario de personas aplicables a la ampliación de la carretera CA-5 norte y a la renovación de carreteras secundarias, ambas obras incluidas en el Programa de la Cuenta del Desafío del Milenio.<br>Mediante ley, el Congreso había aprobado la expropiación a un costo de 170 millones de dólares, que se usarían para comprar otros terrenos que se les darían a las familias a las que se les expropien sus bienes inmuebles.&nbsp;<br>En caso de inconformidad, el propietarios del bien inmueble expropiado podrá recurrir a la vía judicial para impugnar el justiprecio determinado, sujetándose a lo establecido en el numeral 4 del artículo 82 de la Ley de la Propiedad.<br><br>Fuente: https://www.laprensa.hn/honduras/expropiaran-bienes-que-impiden-avance-de-la-ca-5-CALP501074</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270829/f0f2547e63d338c56ddc0a5f6b1abccb/1.webp" />
         <pubDate>2023-07-30 16:26:47 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653156292</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Expropiación Forzosa por parte del Estado de Honduras en el año 2005, de un predio de 97 manzanas por donde pasaría la última etapa del Anillo Periférico en la salida de la carretera del norte:</title>
         <author>tamolina2010</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653171023</link>
         <description><![CDATA[<div>El Estado de Honduras se vió perjudicado en una demanda multimillonaria por la expropiación forzosa de un predio de 97&nbsp; manzanas por donde pasaría la última etapa del Anillo Periférico, en la salida de la carretera del norte.<br>Se trató de un reclamo consistente en el pago de una indemnización de 976 millones de lempiras por daños y perjuicios, que fué incoado ante el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo contra el Instituto de la Propiedad (IP).<br>La querella fue puesta el 24 de mayo del 2011 por el Abogado Mario Augusto Duarte en representación de los propietarios de los terrenos, Mario Raúl Pinto, Victor Manuel Cuadra, Lorenzo Zelaya Alger, y Juan Manuel Marrder.<br>El predio abarcaba en ese entonces las colonias Fuerzas Unidas, José Ángel Ulloa, José Arturo Duarte y Lomas del Norte, justamente por donde pasaría la última etapa del anillo periférico.<br>La extensa propiedad motivo de la demanda judicial fue expropiada en 2005 por el Estado por necesidad pública, pues en la zona se harían diversas obras para terminar ese importante proyecto de infraestructura vial de la ciudad.<br>En esa oportunidad, el Poder Ejecutivo en consejo de Ministros emitió el decreto número PCM 031-2005, ordenando la Expropiación Forzosa de 14 colonias, incluyendo las antes citadas para lo cual se fundamentó en la declaratoria 07-2005 de la Dirección General de Regularización Predial del IP.<br>En esa oportunidad no se llegó a una conciliación con los propietarios, por lo que el Estado ordenó a la Contaduría General de la República fijar el justiprecio de los inmuebles.&nbsp;<br><br>Fuente:&nbsp;<br>https://www.laprensa.hn/honduras/estado-esta-expuesto-a-pagar-demanda-por-l976-millones-MTLP786684#image-1</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270829/66260e80546aad740327b19304e452b8/2.jpg" />
         <pubDate>2023-07-30 18:11:22 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653171023</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Efectos de la determinación del pago de la indemnización justipreciada que corresponde a quien resulte afectado por la Expropiación Forzosa por parte del Estado de Honduras, se le aplicará el procedimiento siguiente:</title>
         <author>tamolina2010</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653178429</link>
         <description><![CDATA[<div>1. Una vez realizada la declaratoria de expropiación, el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) procederá a integrar una comisión evaluadora compuesta por tres (3) peritos.<br><br>2. Reunidos los peritos en el día y hora que señale el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), harán un avalúo, los peritos tomarán por base criterios de valoración catastral, financiera, técnica y de mercado.&nbsp;<br><br>&nbsp;3. Dentro de los tres (3) días siguientes a&nbsp; la emisión del dictamen por parte de la comisión evaluadora, el Instituto de la Propiedad (IP) emitirá la resolución correspondiente, misma que deberá publicarse dentro de los tres (3) días de dictada.<br><br>4. Si el propietario o las personas que disputen el dominio del inmueble a expropiar no estuvieren de acuerdo con el justiprecio establecido en la resolución del Instituto de la Propiedad (IP), podrán recurrir por la vía judicial sujetándole al procedimiento que en materia tributaria o impositiva señala la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso -Administrativo.&nbsp;<br><br>Fuente: Ley de Propiedad de Honduras (Art. 82, Num. 1-4).</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270829/5a9404e99e215e1d1043f10d1bf4b1cd/3.jpg" />
         <pubDate>2023-07-30 19:02:01 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653178429</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Causales de la expropiación por parte de la Administración Publica</title>
         <author>jl3873650</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653188387</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Causales de Expropiación<br></strong><br></div><div>La idea del Congreso es crear las condiciones jurídicas para afectar todas las tierras ociosas cuyo monto no está del todo claro.<br><br></div><div>Serán afectadas aquellas tierras privadas que sobrepasen el techo autorizado por la Ley y que varía según la región. Por ejemplo, en el Bajo Aguán el techo máximo de posesión por familia es de 300 hectáreas. Esto quiere decir que quien tenga más de lo autorizado será expropiado.<br><br></div><div>Hay sobretechos que fueron autorizados por la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) bajo el argumento de que eran para producir la tierra.<br><br></div><div>La Comisión Especial del Congreso espera un dictamen de la SAG sobre este particular.<br><br></div><div>Otra causa de afectación será “cuando las tierras se encuentren ociosas o incultas; salvo aquellos casos que por razones no imputables a los propietarios o poseedores; como ser razones de falta de financiamiento, sequía, inundaciones u otras razones de fuerza mayor, lo que se calificará por dictamen de la Comisión Agraria Nacional”.<br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://www.elheraldo.hn/honduras/honduras-vienen-expropiaciones-masivas-y-legalizaciones-de-tierras-FPeh570216#image-1" />
         <pubDate>2023-07-30 20:15:46 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653188387</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Como evitar una expropiación por parte de la administración publica</title>
         <author>jl3873650</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653189367</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>¿Cómo evitar una expropiación?</strong></div><div>Evitar una expropiación una vez que el Estado, la comunidad autónoma o el ayuntamiento declara el acto administrativo, es una labor compleja y casi imposible, pero existen algunas etapas del proceso en el que se puede revertir la acción, total o parcialmente.<br><br></div><div>La primera oportunidad para evitar una expropiación se presenta cuando la Administración declara el acto administrativo y expone la lista de las propiedades que se verán afectadas.<br><br></div><div>En ese momento el propietario dispone de 15 días para presentar alegaciones de forma y fondo contra el acto administrativo. Se pueden proponer alternativas al plan o el proyecto que hace necesaria la expropiación.<br><br></div><div>Se pueden buscar errores en los estudios o procedimientos administrativos que llevaron a la declaración de expropiación o impugnarla por completo, si se considera que realmente no se trata de un proyecto de utilidad pública.<br><br></div><div>Vale la pena apoyarse en profesionales del derecho para llevar adelante las alegaciones, considerando que solo se cuenta con 15 días para tratar de echar atrás la expropiación.<br><br>En caso de que el acto administrativo no pueda ser evitado, existen al menos tres oportunidades más para intentar revertir la expropiación:</div><ul><li>Cuando la Administración expropia más terreno del que realmente necesitaba para el proyecto de utilidad pública.</li><li>En caso de que hayan pasado dos o más años de haberse anunciado el servicio o proyecto que motivó la expropiación, y no se haya realizado ninguna obra o alteración del terreno.</li><li>Cuando la causa que motivó la expropiación haya desaparecido.</li></ul><div><br></div><div><strong>Ejemplos:</strong></div><div>Ejemplo del primer caso es cuando se expropia un terreno de una hectárea y solo se utiliza un cuarto de hectárea o menos. El propietario puede iniciar trámites para recuperar parcialmente el terreno, demostrando que este no es necesario para el proyecto causa de la expropiación.<br><br></div><div>Ejemplo del segundo es cuando pasan más de cinco años desde el momento en que se anunció el proyecto sin que se haya hecho ninguna clase de trabajo en el terreno. O cuando se averigua a través de otras fuentes que el proyecto ha sido cancelado.<br><br></div><div>Y un ejemplo del tercero puede ser cuando el proyecto (un tendido eléctrico, una zona militar o el paso de una tubería), ya no se utilizan, o han perdido su uso.<br><br></div><div>En los tres casos los propietarios expropiados o sus representantes tienen derecho a recuperar la propiedad, devolviendo la indemnización que se les otorgó. Esto se conoce como derecho de reversión.<br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
         <enclosure url="https://www.emerita.legal/blog/administrativo/expropiacion/evitar-expropiacion-137094/#:~:text=La%20primera%20oportunidad%20para%20evitar,fondo%20contra%20el%20acto%20administrativo." />
         <pubDate>2023-07-30 20:23:40 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653189367</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Irregularidades en el proceso de expropiación por parte de la administración publica</title>
         <author>jl3873650</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653203586</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Situaciones Negativas Que Derivan De Las Irregularidades Jurídicas Y Administrativas En La Dirección De Regularización Predial:</strong> <br><br>1. Las incongruencias existentes entre el área de terreno aprobado mediante Decreto ejecutivo que da paso a la expropiación por necesidad publica, y el área que realmente esta ocupado por los barrios o colonias que solicitan la regularización. el Estado debe exigir al Instituto de la Propiedad como ente responsable de dichos procesos, la exactitud en cuanto a la medida del área a expropiar, para así evitar el surgimiento de ocupaciones silenciosas, así como que existan grandes diferencias en los pagos del justiprecio, conflictos comunales, planos incorrectos, entrega de títulos ilegales por encontrarse fuera del área señalada por el Decreto Ejecutivo, etc.; <br><br>2. En la documentación que contienen los expedientes referentes a la expropiación, no existe uniformidad, ni claridad en cuanto al procedimiento a seguir, ni la formalidad e interés que debería existir por el tipo de población a quien son dirigidos los mismos. Del mismo modo, se observo que el procedimiento administrativo y técnico trabaja notoriamente de forma aislada, y sumado a lo anterior la falta de planeación e investigación jurídica, trae como consecuencia que las colonias o barrios beneficiarios del proceso de expropiación, no concluyan exitosamente el mismo; <br><br><strong>ejemplo:</strong>&nbsp;<br>Caso Indemnización De Daños Y Perjuicios Por Lps. 976, 679,204.00 (Según, lo manifestado por informante anónimo)<br><br></div><ul><li>Los Señores Mario Pinto, Víctor Cuadra, Lorenzo Zelaya y Juan Marrder presentaron Demanda por Pago de Daños y Perjuicios por expropiación forzosa por causa de necesidad publica, en contra del Instituto de la Propiedad y determinaron en la misma, una cuantía de Lps. 976, 679,204.00;</li><li>&nbsp; Según lo manifestado la forma en la que los procuradores legales han manejado dicha demanda en el proceso judicial, ha dejado mucho que desear. En vista, que no se han utilizado todos los recursos legales que están al alcance en pro de proteger los interés del I.P., de igual forma no ha habido la suficiente oposición sobre las pretensiones de los demandantes, se han dejado vencer plazos y etapas, de las que pudieron haberse sacado provecho a favor de la Institución a la que representan, etc;</li><li>&nbsp;Continua manifestando, que a raíz de la manifiesta negligencia se comenzó un proceso investigado en contra del procurador legal por el desempeño en las labores a el encomendadas, con el fin que se le dedujera responsabilidad por el perjuicio ocasionado hasta la etapa en la que se encuentra actualmente el proceso judicial;</li><li>Y lejos de sancionar al procurador, la Dirección de Recursos Humanos promovió el traslado de éste a otro puesto de trabajo. Se intentó conocer el nombre del Procurador Legal responsable, pero el nombre no fue revelada por causas que desconocemos;</li><li>Al parecer, la Demanda se perderá por el mal desarrollo que llevo desde su inicio y como consecuencia se condenara nuevamente al Estado&nbsp;<br><br>&nbsp;</li></ul>]]></description>
         <enclosure url="https://departamento19.hn/wp-content/uploads/2021/01/Corrupcion-HN.jpg" />
         <pubDate>2023-07-30 21:51:46 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653203586</guid>
      </item>
      <item>
         <title>Origen del procedimiento Expropiatorio:</title>
         <author>tamolina2010</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653344275</link>
         <description><![CDATA[<div>Fue Napoleón quien, en Ley de 1810 precisó las fórmulas procesales de defensa de la propiedad inmueble frente a los desapoderamientos que originaban las obras públicas, diseñando por primera vez la expropiación forzosa. Actuó como un liberal radical, forzando al Congreso de Estado a que preparasen una Ley cuyas ideas centrales habían de ser la máxima desconfianza hacía la Administración. Por eso no vi otra solución que la de no permitir la cesión forzosa de la propiedad, sino por sentencia judicial recaída en un proceso de naturaleza civil.<br><br></div><div>Con el tiempo la ley de Napoleón sufrió cambios y modificaciones. Quedo en sus manos la transparencia de la propiedad, tras la simple constatación del cumplimiento de los trámites precisos para el efecto traslativo se produjese, pero sin poder de anulación.<br><br><br>Fuente:<br>https://derechouned.com/libro/administrativo-2/evolucion-del-procedimiento-expropiatorio#:~:text=Los%20or%C3%ADgenes%20napole%C3%B3nicos,primera%20vez%20la%20expropiaci%C3%B3n%20forzosa.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270829/ddae2b13a165ba778ae9233b0c6c5dd5/6.jpg" />
         <pubDate>2023-07-31 04:05:54 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653344275</guid>
      </item>
      <item>
         <title>El derecho de reversión en la Expropiación, supuestos en que cabe ejercitarlo:</title>
         <author>tamolina2010</author>
         <link>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653361988</link>
         <description><![CDATA[<div>Supone el derecho que tienen los expropiados a recuperar su bien expropiado, siempre que este tenga un bien concreto y motivado que no se haya llevado a cabo o que haya dejado de ser viable. En ciertas circunstancias, los poderes públicos pueden realizar una expropiación forzosa de su vivienda o terrenos a los propietarios; aludiendo a una causa de interés público mayor. Sin embargo, la ley admite la posibilidad de que los particulares recuperen su propiedad anterior. Esto puede ocurrir si, transcurrido un tiempo, la justificación argumentada para la expropiación no se ha llevado a cabo o bien, no es viable.<br>Son los siguientes casos:</div><ol><li>Cuando no se ejecute la obra o no se establezca el servicio que motivó la expropiación.</li><li>Cuando realizada la obra o establecido el servicio quede alguna parte sobrante de los bienes expropiados.</li><li>Cuando desaparezca la afectación de los bienes o derechos a las obras o servicios que motivaron la expropiación.</li></ol><div><br></div><div>Situaciones en las que no aplica este derecho:</div><div><br></div><ol><li>Si han pasado más de 10 años desde que se finalizó la obra o se inició el servicio público que justifica la expropiación.</li><li>Si se adscribe el bien objeto de expropiación a otra<strong> </strong>finalidad pública, distinta de la inicialmente acordada.</li></ol><div><br>Fuente:<br>https://www.housell.com/blog/derecho-reversion-expropiacion-que-es-plazo/#:~:text=El%20derecho%20de%20reversi%C3%B3n%20en,d%C3%ADa%20de%20las%20administraciones%20p%C3%BAblicas.</div>]]></description>
         <enclosure url="https://padlet-uploads.storage.googleapis.com/2097270829/4390e6bc98b546d9ad13134e1516b78f/images__1_.jpeg" />
         <pubDate>2023-07-31 04:45:32 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/denisfloresoficial504/2l0getvp2yvodbrq/wish/2653361988</guid>
      </item>
   </channel>
</rss>
