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      <title>FORO FORMATIVO - UNIDAD 3 by GIANFRANCO DYLAN NIETO COLLAZOS</title>
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      <description>ASIGNATURA: Historia del Derecho - Derecho Romano.</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2023-04-02 02:15:39 UTC</pubDate>
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         <author>44617858</author>
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         <description><![CDATA[<div>Sí, existe una diferencia importante entre los contratos verbales y escritos.<br><br></div><div>Un contrato verbal es un acuerdo entre dos o más partes que se realiza mediante la expresión oral de las voluntades de las partes. Es decir, no se hace constar por escrito. En este caso, el contrato se basa en la palabra dada por las partes, por lo que puede haber cierta incertidumbre o ambigüedad en cuanto a los términos y condiciones acordados.<br><br></div><div>Por otro lado, un contrato escrito es un acuerdo que se realiza por escrito, ya sea en papel o en formato electrónico. En este caso, todas las condiciones y términos del acuerdo se hacen constar por escrito, lo que permite una mayor precisión y claridad en cuanto a lo acordado entre las partes.<br><br></div><div>Una de las principales ventajas de los contratos escritos es que proporcionan una mayor seguridad jurídica, ya que las condiciones y términos del acuerdo quedan documentados por escrito y son de fácil consulta. Además, en caso de que surjan desacuerdos o conflictos entre las partes, el contrato escrito puede ser utilizado como prueba ante los tribunales de justicia.<br><br></div><div>Por otro lado, los contratos verbales pueden ser más informales y pueden resultar más flexibles para las partes, ya que no requieren de formalidades especiales. Sin embargo, esto también puede hacerlos más susceptibles a la incertidumbre y a la ambigüedad en cuanto a los términos y condiciones acordados.<br><br></div><div><strong>COMENTARIO PERSONAL: </strong>Mi aporte personal va derivado que la principal diferencia entre los contratos verbales y escritos radica en que los contratos verbales se basan en la palabra dada por las partes, mientras que los contratos escritos se basan en un documento escrito que documenta los términos y condiciones acordados. Ambos tipos de contratos tienen sus ventajas y desventajas, y deben ser utilizados de manera adecuada en función de las necesidades y objetivos de las partes involucradas.<br><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div><div><br><br></div><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-04-02 02:34:00 UTC</pubDate>
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         <author>44617858</author>
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         <description><![CDATA[<div>La diferencia entre los contratos reales y consensuales radica en el momento en que se considera que se ha perfeccionado el contrato.<br><br></div><div>Un contrato consensual es aquel que se perfecciona con el simple consentimiento de las partes. Es decir, basta que las partes estén de acuerdo en las condiciones del contrato para que se considere que éste ha sido celebrado y produzca efectos. Un ejemplo de contrato consensual es el contrato de compraventa.<br><br></div><div>Por otro lado, un contrato real es aquel que se perfecciona mediante la entrega de una cosa o un bien. Es decir, para que el contrato se considere celebrado y produzca efectos, es necesario que se realice la entrega del bien o cosa objeto del contrato. Un ejemplo de contrato real es el contrato de prenda.<br><br></div><div><strong>COMENTARIO PERSONAL:</strong> Debemos de mencionar que la principal diferencia entre los contratos reales y consensuales radica en el momento en que se considera que se ha perfeccionado el contrato. En el caso de los contratos consensuales, el acuerdo de las partes es suficiente para que se considere que el contrato ha sido celebrado. En cambio, en los contratos reales, la entrega de la cosa o bien objeto del contrato es necesaria para que se perfeccione el contrato y produzca efectos.</div><div><br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-04-02 02:35:30 UTC</pubDate>
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         <author>44617858</author>
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         <description><![CDATA[<div>La principal diferencia entre los contratos innominados y los contratos nominados radica en su denominación o nombre.<br><br></div><div>Los contratos nominados son aquellos que se encuentran regulados y tipificados por la ley, es decir, tienen un nombre y una regulación específica en el ordenamiento jurídico. Algunos ejemplos de contratos nominados son el contrato de compraventa, el contrato de arrendamiento, el contrato de trabajo, entre otros.<br><br></div><div>Por otro lado, los contratos innominados son aquellos que no tienen una regulación específica en la ley y no tienen un nombre o denominación específica. Estos contratos son aquellos que no están tipificados en la ley, pero que las partes pueden celebrar libremente, estableciendo las condiciones y términos que consideren convenientes. Algunos ejemplos de contratos innominados son el contrato de concesión, el contrato de factoring, el contrato de franquicia, entre otros.<br><br></div><div><strong>COMENTARIO PERSONAL:&nbsp;</strong>En cuanto a mi aporte personal considero que la principal diferencia entre los contratos innominados y los contratos nominados radica en que los contratos nominados son aquellos que tienen una regulación específica en la ley y una denominación o nombre específico, mientras que los contratos innominados son aquellos que no tienen una regulación específica en la ley y no tienen un nombre o denominación específica.</div><div><br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2023-04-02 02:37:00 UTC</pubDate>
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