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      <title>Universidad Metropolitana de Educacion Ciencia y Tecnología by </title>
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      <description>Asignacion  # 4
Mural informativo sobre la administración de salarios en Panamá.
Xamara Villarreal 8-871-2177  Odalys Mendoza 8-999-211</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-11-05 13:40:53 UTC</pubDate>
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         <title>                                     Introducción </title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<div>La administración de sueldos y salarios envuelve un conjunto de técnicas, orientadas a satisfacer las necesidades de la empresa y de los trabajadores, en lo relativo al establecimiento de un sistema de remuneraciones que contribuya al desempeño de la organización con un alto nivel de eficiencia. Si el trabajo es monótono, peligroso o irritante, o si las condiciones ambientales no son satisfactorias, todo es prioritario desde el punto de vista de la remuneración. En cualquier organización es indispensable contar con un sistema establecido que permita que las relaciones entre la dirección y los trabajadores en lo relativo a la remuneración, resulten equilibradas y justas.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 14:01:01 UTC</pubDate>
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         <title>Marco legal del salario en Panamá</title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<div>El Trabajo y empleo en Panamá se rige por el Código laboral.&nbsp;<br>Este código fue adoptado mediante el Decreto de Gabinete N. 152 de marzo de 1971, reformado por la Ley N. 44 de agosto de 1995 y específica normas para regularizar el trabajo.</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 14:22:56 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 140. </strong>En este artículo se estipula que el salario es la retribución que el empleador le debe pagar a su empleado por el desempeño de sus funciones<strong>, </strong>la cual comprende desde su salario hasta sus bonificaciones, primas y comisiones al que el trabajador tiene derecho.<br><br></div><div><strong>Artículo 141. </strong>Según lo prescrito en este artículo que el salario estipulado no puede ser inferior al salario mínimo fijado en este código laboral.<br><br></div><div><strong>Artículo 142. </strong>Este artículo dicta que el salario solo podrá ser fijado por unidad de tiempo o por tareas realizadas, este salario no podrá ser inferior al salario mínimo fijado en el código laboral,&nbsp; Sin embargo los pagos que el empleador realice a su colaborador en concepto de prima, bonificación y gratificación serán consideradas como salario solo para calcular la prima de antigüedad.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 15:22:33 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 143.</strong> Este artículo ha sido subrogado por el artículo 20 de la Ley No. 44 de 12 de agosto de 1995. En el cual se dictamina que el salario podrá adicionarse con primas por rendimiento, tareas, piezas, incentivos cuantitativos a la producción, pero por medio de este también se prohíbe este pago en actividades como conducción de vehículos, minas, túneles, trabajos de altura, con materiales tóxicos, explosivos, inflamables o radiactivos y cualquier otra que por su naturaleza se repute como peligrosa.<br><br></div><div><strong>Artículo 144.</strong> En este define el salario&nbsp; que recibe el trabajador o su familia en alimentos, habitación y vestidos que se destinan a su consumo personal inmediato. Sin embargo no se computarán como salario en especie los suministros de carácter gratuito que otorgue el empleador al trabajador, los cuales no podrán ser deducidos del salario en dinero.<br><br></div><div><strong>Artículo 146.</strong> Este artículo estipula que en las actividades agropecuarias no serán reconocidas como remuneración la utilización del terreno que el patrono ceda al trabajador para que este lo siembre y coseche sus productos.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 15:58:30 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>kaveny18</author>
         <link>https://padlet.com/kaveny18/29jign8b1qcqo7oh/wish/2371156612</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 147.</strong> En este artículo se dictamina que los dineros que reciba el trabajador de forma ocasional para el desempeño de sus funciones como gastos de representación&nbsp; no podrán ser considerados como su salario.<br><br></div><div><strong>Artículo 148.</strong> La ley dictamina en este artículo que el salario debe ser pagado de forma completa tanto el salario ordinario como el del tiempo extraordinario, y el mismo no podrá pagarse en plazos que excedan a la quincena.<br><br></div><div><strong>Artículo 151. </strong>Según este artículo el salario deberá pagarse en dinero de curso legal en la<strong> </strong>parte estipulada en dinero, que por lo menos deberá<strong> </strong>corresponder íntegramente al mínimo fijado por la ley. Además prohíbe el pago en especie o vales que pretendan sustituir la moneda.<strong> </strong>Sin embargo, se podrá pagar el salario mediante cheque en cualquiera de los siguientes casos:<br><br></div><div>1. si el personal de oficina, reciba el cheque en horario en que pueda realizar el cambio de este en efectivo dentro de su jornada laboral.<br><br></div><div>2. Cuando así se acuerde en una convención colectiva.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 16:11:27 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>kaveny18</author>
         <link>https://padlet.com/kaveny18/29jign8b1qcqo7oh/wish/2371161707</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 154.</strong> El salario se pagará directamente al trabajador o, en caso de incapacidad o ausencia, a la persona de su familia que él autorice por escrito, una vez hechas las deducciones y retenciones autorizadas por este Código.<br><br></div><div><strong>Artículo 155.</strong> Este artículo estipula que en caso de muerte del trabajador, los salarios que éste hubiere devengado, las vacaciones completas o proporcionales que hubiere acumulado, y las demás prestaciones derivadas del contrato a que tuviere derecho, serán remitidos por el empleador al juez seccional de trabajo competente, o le podrán ser exigidos, a petición del interesado, para que el juez haga entrega de la suma de dinero correspondiente, si su importe fuere menor a 1.500 balboas y sin necesidad de juicio de sucesión, a los hijos menores, por conducto de quien o quienes los representen y, en su defecto, al cónyuge o al conviviente, que al momento del fallecimiento del trabajador convivía permanentemente con él.<br><br></div><div><strong>Artículo 159. Según lo que dicta esta ley e</strong>l salario pactado no podrá ser reducido por ninguna<strong> </strong>circunstancia, ni aun mediante el consentimiento del trabajador.<strong> </strong>En los casos en que por razones de crisis económica grave<strong> </strong>de carácter nacional, caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados por las autoridades administrativas de<strong> </strong>trabajo, se ponga en peligro la existencia de la fuente de trabajo, se podrá, de manera temporal, modificar o reducir los<strong> </strong>horarios o la semana de trabajo, correspondiente, con el<strong> </strong>consentimiento de la organización sindical, o de los trabajadores donde no exista ésta, siempre que se acuerden los<strong> </strong>métodos para lograr la recuperación gradual de la jornada de<strong> </strong>trabajo a los niveles existentes antes de la crisis.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 16:19:37 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>kaveny18</author>
         <link>https://padlet.com/kaveny18/29jign8b1qcqo7oh/wish/2371167101</link>
         <description><![CDATA[<div><strong>Artículo 161.</strong> Según este artículo solamente podrán realizarse las siguientes retenciones y descuentos como lo es por el importe del impuesto sobre la renta, La cuota del seguro social, El pago de las deudas que el trabajador contraiga con el empleador en concepto de anticipos de salarios o pagos hechos en exceso, El pago de las cuotas mensuales por la compra de casas habitaciones a la entidad vendedora o a una institución crediticia,&nbsp; El pago de cuotas para asociaciones cooperativas, de ahorros y bancos obreros, El pago de pensiones alimenticias a favor de quienes tuvieran derecho a exigir alimentos, siempre que el descuento fuere decretado y ordenado por autoridad competente entre otras.<br><br></div><div><strong>Artículo 174.</strong> El salario mínimo será fijado periódicamente, por lo menos cada dos años, atendiendo a la recomendación de la Comisión Nacional de Salario Mínimo y por decreto del órgano ejecutivo.<br><br></div><div><strong>Artículo 181. </strong>El régimen interno de trabajo tendrá como objetivo precisar las condiciones obligatorias a que debe someterse el empleador<strong> </strong>y sus trabajadores con motivo de la ejecución o prestación de servicio.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 16:27:53 UTC</pubDate>
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         <title>Diferentes tipos de incentivos Salariales </title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<ul><li><strong>Comisiones</strong>. En esta ocasión, los trabajadores reciben un porcentaje por cada venta o nuevo cliente que consiguen. Es habitual en los puntos de venta y en los perfiles comerciales.</li><li><strong>Méritos</strong>. Las empresas pueden conceder aumentos de salario en función de los logros de cada empleado. Es uno de los incentivos más utilizados.</li><li><strong>Bonos</strong>. Las pensiones, primas anuales, complementos de sueldo, planes de préstamos, bonificaciones y reembolso de medicinas y servicios médicos, entre otros, forman parte de los beneficios económicos habituales.</li><li><strong>Sueldos</strong>. Es la remuneración básica de los empleados por los servicios que prestan a la empresa.</li><li><strong>Equipo</strong>. Se puede recompensar la labor de los grupos de trabajo, favoreciendo a sus miembros en función del resultado que obtienen.</li><li><strong>Unidades de producción</strong>. Es un incentivo para recompensar a los empleados por la cantidad de unidades que producen, es decir, por su rendimiento objetivo.</li></ul><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 16:32:33 UTC</pubDate>
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         <title>Conclusiones </title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<div>Los salarios son un componente fundamental de las condiciones de trabajo y empleo en las empresas. Dado que se trata de un costo para los empleadores y de la principal fuente de ingresos de los trabajadores, los salarios pueden ser objeto de conflictos y se han convertido en uno de los principales temas de las negociaciones colectivas en todo el mundo. Al mismo tiempo, los salarios pueden causar situaciones de discriminación y privación si no se le garantiza a los trabajadores un nivel mínimo que sea digno.<br><br>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; Xamara Villarreal<br><br><br>El salario debe ser considerado tal cual lo establecen sus principios, de proporcionalidad, irrenunciabilidad, de igualdad y suficientemente amplio para que puedan los padres de familias atender convenientemente las necesidades domesticas ordinarias, de allí su protección y consideración de no violación por ser las normas que lo contemplan de orden público.<br><br>                                           Odalys Mendoza<br>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 16:41:04 UTC</pubDate>
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         <title>Bibliografía </title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[<div>BIZNEO. (s.f.). <em>Administración de sueldos y salarios en una empresa.<br></em><br></div><div>Legislativa, A. (1995). <em>Código de Trabajo.</em> Obtenido de https://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/WEBTEXT/42679/67564/S95PAN01.htm<br><br></div><div>Ministerio de Trabajo. (s.f.). Obtenido de https://prl.ceoe.es/informacion/prl-en-el-mundo/panama/<br><br></div><div>&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-11-05 16:48:27 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>kaveny18</author>
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         <description><![CDATA[]]></description>
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