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      <title>El fin del agua se acerca y los conflictos por ella se acrecientan. by Gisela Escamilla</title>
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      <description>Contaminamos y utilizamos el agua sin precedentes y conciencia. 
¡No esperes a que desaparezca!</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2022-09-10 15:26:16 UTC</pubDate>
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         <title>Aristegui  Noticias</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>La CDMX esta en cuenta regresiva...</strong></div><pre>En base a los estudios e investigaciones d<em>el especialista Manuel Perló Cohen, perteneciente al Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, refiere que México cuenta con 653 mantos acuíferos, de los cuales 103 están siendo sobre explotados, además resalta que México comparte acuíferos con Estados Unidos, Guatemala y Belice, lo que podría generar un conflicto con estas naciones a futuro por dicho liquido, pues no existe una legislación internacional sobre su uso. A esto, le añade la contaminación por uso de pesticidas y otras sustancias químicas en el ámbito agrícola y en el industrial, así lo señala el experto. Es una preocupación latente pero poco percibida por sus habitantes, los que hoy no hacen cambios en su consumo y actividades diarias. Si esto no se modifica inmediatamente, en muy probable que en pocos años estemos enfrentando un conflicto mayor por la obtención de este vital y fundamental liquido. </em></pre><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 16:16:05 UTC</pubDate>
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         <title>EXCELSIOR</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
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         <description><![CDATA[<div><strong>Alcaldías sufren la falta de agua en la CDMX.</strong></div><pre>Tláhuac, Iztapalapa y Xochimilco son algunas de las demarcaciones que constantemente padecen del suministro de agua. Ya sea por los daños ocasionados por lo distintos sismos impredecibles que sufre constantemente la CDMX y que afectan a la red de tuberías (sistemas de distribución de agua antiguos) o bien por la sobreexplotación y contaminación de este liquido derivado de las diferentes y excesivas actividades humanas.<em> 
Estas situaciones derivan en conflictos por parte de las comunidades afectadas, llegando a recurrir a la violencia para obtener el agua y llevarla a sus domicilios. 
Tal fue en el año del 2017 que por dichas afectaciones en las tuberías, vecinos y choferes de pipas reportaron el secuestró de estas por parte de algunos otros pobladores, ayudándose de armas de fuego para así desviar las rutas programadas de estos operadores. 
Es verdaderamente preocupante y alarmante las decisiones y acciones que toman los habitantes por la necesidad de obtener es liquido, pues aseguran que los gobiernos olvidan a las comunidades de menores recursos y son estos políticos quienes generan dichos conflictos, ya que no toman acciones que resuelvan esta necesidad de prioridad.  </em></pre><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 16:37:49 UTC</pubDate>
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         <title>Collage</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
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         <description><![CDATA[<div>¿Aún crees que tiene tiempo?</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 16:48:51 UTC</pubDate>
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         <title>Grafica de actividades</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
         <link>https://padlet.com/giselaescamilla08/1sgx514lks2ip2be/wish/2290738924</link>
         <description><![CDATA[<blockquote><strong>El excesivo&nbsp; consumo de agua no tiene justificación&nbsp;</strong></blockquote><div><br></div><pre><strong>En estas Graficas podemos observar cómo en estas dos actividades cotidianas que realizamos en casa, generan un gran desperdicio de agua y también una gran contaminación de ella, ya que en los dos casos los detergentes y limpiadores que se usan para estas actividades cuentan con químicos como son los tensoactivos y los fosfatos que, al ser vertidos al drenaje local, terminan en ríos, lagos o el mar, afectando el crecimiento de plantas, algas y la fauna, generando el proceso de eutrofización del agua (que es un excesos de nutrientes inorgánicos) los que tienen un efecto devastador en el agua y en el medio ambiente en general, incluso en algunos países de Europa ya está prohibido el uso de este tipo de detergentes.</strong></pre><div><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 16:49:43 UTC</pubDate>
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         <title>¿Sabias que...?</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
         <link>https://padlet.com/giselaescamilla08/1sgx514lks2ip2be/wish/2290739174</link>
         <description><![CDATA[<div>Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente (LEGEPA).</div><div><br></div><div>En los artículos 1, 121 y 122 principalmente, se promueve y se garantiza el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano.&nbsp; También se menciona la preservación y protección de la biodiversidad. Donde además, el&nbsp; aprovechamiento sustentable, la preservación, restauración&nbsp; y mejoramiento del suelo, el agua y los demás recursos naturales son disposiciones de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos para establecer un equilibrio ecológico.&nbsp; &nbsp;<br>&nbsp;De estos se desprenden los siguientes párrafos de algunos de sus artículos con mayor relevancia para sus habitantes<br><br><strong>Articulo 1o.</strong> <br>Fracción VI: La prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo. <br><br>Fracción VII: Garantizar la participación de las personas, en forma individual o colectiva en la preservación o restauración del equilibrio ecológico. <br><br>Fracción X: Establecimiento de medidas de control y seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta ley, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales que correspondan.<br><br><strong>Articulo 121.</strong><br><strong>&nbsp;</strong>No podrán descargarse o infiltrarse en cualquier cuerpo o corriente de agua o en el suelo o subsuelo, aguas residuales que contengan contaminantes, sin previo tratamiento y el permiso o autorización de la autoridad federal, o de la autoridad local en los casos de descargas en aguas de jurisdicción local o a los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población.<br><br><strong>Articulo 122.</strong> <br>Las aguas residuales provenientes de usos públicos urbanos y las de usos industriales o agropecuarios que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de las poblaciones o en las cuencas ríos, cauces, vasos y demás depósitos o corrientes de agua, así como las que por cualquier medio se infiltren en el subsuelo, y en general, las que se derramen en los suelos, deberán reunir las condiciones necesarias para prevenir; <em>Párrafo reformado DOF </em><a href="http://dof.gob.mx/index.php?year=1996&amp;month=12&amp;day=13"><em>13-12-1996</em></a></div><div><br></div><ol><li>Contaminación de los cuerpos receptores;</li><li>Interferencias en los procesos de depuración de las aguas; y</li><li>Trastornos, impedimentos o alteraciones en los correctos aprovechamientos, o en el funcionamiento adecuado de los sistemas, y en la capacidad hidráulica en las cuencas, cauces, vasos, mantos acuíferos y demás depósitos de propiedad nacional, así como de los sistemas de alcantarillado.</li></ol><div>Sigue el enlace para conocer más sobre estas leyes.<br><br></div><div>https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/110389/LEGEPA.pdf&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 16:50:12 UTC</pubDate>
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         <title>5 acción que optimizan el agua </title>
         <author>giselaescamilla08</author>
         <link>https://padlet.com/giselaescamilla08/1sgx514lks2ip2be/wish/2290809603</link>
         <description><![CDATA[<div>Utilicemos el ingenio...<br>1. Coloca una cubeta debajo la regadera.&nbsp;<br><br>2. Reutiliza el agua: en plantas, en el inodoro, en el patio, en el baño de tus mascotas o para lavar tu auto.<br><br>3. Junta y lava trastes en menos ocasiones durante el día. &nbsp;<br><br>4. Báñate en menos tiempo y de preferencia cada 3er día. (incluye a tu familia).&nbsp; &nbsp;<br><br>5. Emplea tu iniciativa e imaginación para recolectar agua de lluvia. (con botes o con una tubería dirigida a tu tinaco).&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 19:25:45 UTC</pubDate>
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         <title>Contaminación del agua en el Valle de México</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
         <link>https://padlet.com/giselaescamilla08/1sgx514lks2ip2be/wish/2290850418</link>
         <description><![CDATA[<div>La dura realidad de los capitalinos<br><br>Los seres humanos somos definitivamente la especie que más daño a ocasionado al planeta.&nbsp; Sin embargo, también podemos ser la especie que devuelva un poco de vida a este, o por lo menos aún nos queda un poco de tiempo para intentarlo. &nbsp;<br>Piensa, analiza y actúa. Empatiza con tu entorno y contagia a tu comunidad de acciones que reduzcan la contaminación en el suelo, agua y aire.&nbsp;<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 21:16:45 UTC</pubDate>
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         <title>¿Sabias que...2?</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
         <link>https://padlet.com/giselaescamilla08/1sgx514lks2ip2be/wish/2290861413</link>
         <description><![CDATA[<div>Ley del derecho a los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado y tecnología hídrica de la Ciudad de México.<br><br>En esta ultima reforma, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de marzo de 2019 y que es de interés social, establece en su Articulo 1° regular la gestión integral de los recursos hídricos y al mismo tiempo diligenciar la prestación de los servicios públicos de agua potable, drenaje y alcantarillado [...] &nbsp;<br><br>Capitulo Único&nbsp;<br>El Articulo 5° menciona que toda persona en la Ciudad de México tiene el derecho al acceso suficiente, seguro e higiénico de agua disponible para su uso personal y domestico. Las personas se encuentran en su derecho de presentar denuncias cuando el ejercicio del mismo se limite por actos, hechos u omisiones de alguna autoridad o persona [...]<br><br>Además, cuando se suspenda el servicio de suministro de agua, en caso de uso domestico y de acuerdo con lo previsto en esta ley, las autoridades garantizaran el abasto de agua para el consumo humano a quien se encuentre es este supuesto, mediante la dotación gratuita a través de carros tanques [...]&nbsp;<br><br>Capitulo ll<br>Articulo 16°<br>&nbsp;Fracción X. Restringir el suministro de agua potable a los usuarios cuando por causas de fuerza mayor el abastecimiento sea insuficiente.<br><br>Artículo 17° Corresponde a la Procuraduría la atención de las denuncias ciudadanas que cualquier persona le presente por violaciones o incumplimiento a las disposiciones de la presente Ley, dándole curso legal en los términos de su Ley Orgánica&nbsp;<br><br>Articulo 18°&nbsp;<br>Fracción V.&nbsp; Atender oportuna y eficazmente las quejas que presente la ciudadanía, con motivo de la prestación de servicios hidráulicos de su competencia.<br><br>Capitulo II<br>Artículo 61 BIS.- El Sistema de Aguas analizando el caso en concreto determinará si aplica la suspensión o restricción del servicio de agua potable de uso doméstico, cuando los sujetos obligados omitan el pago de dos bimestres en forma consecutiva o alternada o bien reincidan en declarar consumos menores a los determinados por la autoridad, de los derechos establecidos en el Código Financiero del Distrito Federal, en cuyo caso proporcionará el servicio de suministro de agua potable para las necesidades básicas, considerando 50 litros por persona al día, mediante la dotación a través de carros tanques o hidrantes provisionales o públicos distribuidos en las demarcaciones territoriales, del Distrito Federal y/o vales de garrafones de agua potable en la instalación más cercana del Sistema de Aguas, determinando el monto del servicio dotado, el cual se registrará a cargo del contribuyente, mismo que deberá cubrirlo previo a la reinstalación.<br><br>&nbsp;Artículo 68. Se considera para los efectos de la presente Ley como disposición indebida de agua potable, la entrega a través de carros tanque en lugar o domicilio distinto para el que le fue señalado por la autoridad. El incumplimiento de la orden de entrega o la distracción del contenido del carro tanque, se sancionará conforme a las leyes aplicables.&nbsp;<br><br>Artículo 69. El agua potable que distribuya el Sistema de Aguas a través de la red o por medio de carros tanque para consumo doméstico no podrá ser enajenada, comercializada ni distribuida a nombre o por cuenta de institución alguna que no sea al propio Sistema de Aguas.&nbsp;<br><br>Capitulo ll<br>Articulo 110°&nbsp;<br>Fracción I. Explotar, usar, o aprovechar aguas del Distrito Federal sin título o autorización; así como modificar o desviar los cauces o corrientes asignadas o de jurisdicción del Distrito Federal sin autorización;&nbsp;<br><br>Fracción XII. Negarse el usuario a reparar alguna fuga que se localice dentro de su propiedad, posesión o uso<br><br>Fracción XIII. Desperdiciar el agua, o no cumplir con los requisitos, las normas y condiciones del uso del agua que establece esta Ley, su Reglamento o las disposiciones legales aplicables.<br><br>Artículo 112. Para sancionar las faltas a que se refiere éste capítulo, las infracciones se calificarán, tomando en consideración:&nbsp;<br><br>Fracción I. La gravedad de la infracción;&nbsp;<br>Fracción II. La condición económica del infractor; y&nbsp;<br>Fracción III. La reincidencia del infractor&nbsp;<br><br>Si te interesa saber más sobre estas leyes y sus consecuencias, da click en el siguiente enlace:&nbsp;<br><br>https://paot.org.mx/centro/leyes/df/pdf/2019/LEY_DER_SERV_AGUA_POT_29_03_2019.pdf&nbsp;</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-10 21:52:06 UTC</pubDate>
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         <title>Siempre hay un extra...</title>
         <author>giselaescamilla08</author>
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         <description><![CDATA[<div>Gif de la Nasa</div>]]></description>
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         <pubDate>2022-09-11 01:53:14 UTC</pubDate>
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