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      <title>Convenio de Basilea y Convenio de Estocolmo by valentina caruso alian</title>
      <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g</link>
      <description>Gestion Integrada
Ficha: 1823281
Instructor: Eliana
Grupo de trabajo #3
Camila
Laura Quintero Posada
Ana Maria Zapata Arroyave
Alexander Gil Vargas
Valentina Caruso Alian</description>
      <language>en-us</language>
      <pubDate>2019-03-18 03:21:55 UTC</pubDate>
      <lastBuildDate>2025-09-24 22:52:09 UTC</lastBuildDate>
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         <title>CONVENIO DE BASILEA</title>
         <author>chuly200201</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343131576</link>
         <description><![CDATA[<div>El Convenio de Basilea es un Acuerdo Multilateral sobre Medio Ambiente por medio del cual 170 países dentro del sistema de Naciones Unidas convinieron proteger el medio ambiente y la salud humana de los efectos nocivos provocados por la generación, manejo, movimientos transfronterizos y eliminación de desechos peligrosos. <br>El Convenio obliga a todos los países miembros que se aseguren que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen y eliminen de manera ambientalmente racional y se espera que minimicen las cantidades que atraviesan las fronteras y que traten y eliminen los desechos lo más cerca posible del lugar donde se generen y que impidan o minimicen la generación de desechos en origen. <br>Los Objetivos del Convenio son: <br>1. Prevenir y castigar el tráfico ilícito de desechos peligrosos y otros desechos. <br>2. Obligar a las partes a que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen y eliminen de manera ambientalmente racional.       <br>3. Que las partes minimicen las cantidades de desechos que atraviesen fronteras, que traten y eliminen los desechos lo más cerca posible del lugar de generación.<br>http://www.marn.gob.gt/s/convenio-basilea  <br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-20 00:52:17 UTC</pubDate>
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         <title>CONVENIO DE ESTOCOLMO</title>
         <author>lauraqposada0701</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343144568</link>
         <description><![CDATA[<div>El <a href="http://www.pops.int/"><strong>Convenio de Estocolmo</strong></a> sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes es un Tratado Multilateral Ambiental que busca proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes. Colombia, como país miembro de la Convención desde el año 2010, aprobó el Plan Nacional de Implementación para la aplicación de las obligaciones previstas en el Convención.<br><br>https://www.cancilleria.gov.co/convenio-estocolmo<br><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-20 01:48:27 UTC</pubDate>
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      </item>
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         <title>EL CONVENIO DE ESTOCOLMO FUE FIRMADO </title>
         <author>lauraqposada0701</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343150273</link>
         <description><![CDATA[<div><br><br></div><div>El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes fue firmado por el Gobierno Nacional el 22 de mayo del 2001, con el objetivo de proteger la salud humana y el medio ambiente de la presencia de doce compuestos altamente persistentes en el medio ambiente, denominados COPs, mediante la adopción de medidas de control para producción, importación, exportación, uso y eliminación de estas sustancias. El mencionado Convenio fue ratificado por Colombia mediante la Ley 1196 el día 5 de julio de 2008<br>http://www.minambiente.gov.co/index.php/component/content/article?id=252:plantilla-asuntos-ambientales-y-sectorial-y-urbana-sin-galeria-18</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-20 02:20:20 UTC</pubDate>
         <guid>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343150273</guid>
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         <title>FECHAS IMPORTANTES DEL CONVENIO DE ESTOCOLMO</title>
         <author>lauraqposada0701</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343151691</link>
         <description><![CDATA[<div>En el año 2017 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en alianza con el Fondo para el Medio Ambiente Mundial – FMAM y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, completaron el proceso de revisión y actualización del Plan Nacional de Implementación de este instrumento.<br> De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Convenio, el país presentó en agosto de 2018 su cuarto informe nacional cuya periodicidad es de cada cuatro años, documento en el que se reflejan las medidas adoptadas para aplicar las disposiciones del Convenio.<br> Actualmente el país se prepara para participar en la novena Reunión las Partes del Convenio a celebrase del 29 de abril al 10 de mayo de 2017, de manera conjunta con las COP de los Convenios de Basilea y Rotterdam en Ginebra, Suiza.<br><br></div><div><a href="https://www.cancilleria.gov.co/convenio-estocolmo">https://www.cancilleria.gov.co/convenio-estocolmo</a><br><br><br></div><pre>Del 29 de abril al 10 de mayo de este año, en Ginebra, las conferencias de las Partes en los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo se reunirán por segunda vez consecutivas. Estas "COP triples" se reúnen cada dos años para establecer la agenda y tomar decisiones con el objetivo de proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos nocivos de los productos químicos y los desechos. Este año se realizará una Feria de Información al margen, destacando y promoviendo el intercambio de información como vehículo para la implementación de las tres convenciones, del 2 al 4 de mayo.</pre><div>http://www.brsmeas.org/?tabid=4332&amp;blogId=5170<br><br></div><div><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-20 02:30:11 UTC</pubDate>
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         <title>CONVENIO DE ESTOCOLMO </title>
         <author>anamaria200111</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343152958</link>
         <description><![CDATA[<div>El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) es un tratado mundial para proteger la salud humana y el medio ambiente de los contaminantes orgánicos persistentes (COP). Los COP son productos químicos que permanecen intactos en el medio ambiente por largos períodos de tiempo, son ampliamente distribuidos geográficamente, se acumulan en los tejidos grasos de los organismos vivos y son tóxicos para los seres humanos y la vida silvestre. Los contaminantes orgánicos persistentes circulan a nivel mundial y pueden causar daños dondequiera que viajen. En la aplicación del Convenio, los gobiernos deben adoptar medidas para eliminar o reducir la liberación de contaminantes orgánicos persistentes en el medio ambiente.<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-20 02:39:25 UTC</pubDate>
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         <title></title>
         <author>anamaria200111</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343153525</link>
         <description><![CDATA[<div><br> El Convenio de Estocolmo es tal vez mejor interpretado a través de sus cinco objetivos esenciales:<br> <br> <br><br></div><ul><li>Eliminar los contaminantes orgánicos persistentes peligrosos, comenzando por los 12 peores</li><li>Apoyar a la transición a las alternativas más seguras</li><li>Seleccionar los COP adicionales para los cuales deben tomarse medidas</li><li>Limpiar las existencias obsoletas y equipos que contengan COP</li><li>Trabajar juntos para un futuro libre de contaminantes orgánicos persistentes</li></ul><div>El fondo para el Medio Ambiente (FMAM) es el mecanismo financiero provisional designado del Convenio de Estocolmo.<br>FUENTE DE CONSULTA :http://excops.unep.ch/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=73%3Athe-stockholm-convention&amp;catid=42%3Athe-conventions&amp;Itemid=27&amp;lang=es<br><br><br></div><div><br><br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-20 02:43:28 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>Bajo el Artículo 9 del Convenio de Estocolmo se le exige a la Secretaría delConvenio de Estocolmo que sirva como mecanismo de cámara compensadora de lainformación sobre los contaminantes orgánicos persistentes, incluyendo informaciónprovista por las Partes, organizaciones intergubernamentales y organizaciones nogubernamentales.En respuesta a este mandato, la Secretaría desarrolló un plan estratégico paraocho años, para aplicar un mecanismo de cámara de compensaciones parael intercambio de información, con tres componentes principales: capital deinformación, herramientas e infraestructura, y redes.</title>
         <author>alexander1000902677</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343606600</link>
         <description><![CDATA[<div>file:///C:/Users/JUAN%20PABLO%20BETANCOUR/Downloads/UNEP-POPS-PAWA-SC10-Achievementbooklet.Sp%20(3).pdf</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-21 02:17:21 UTC</pubDate>
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      <item>
         <title>El objetivo que pretende este Reglamento es proteger la salud humana y el medio ambiente de los COP, adoptando las siguientes medidas:•	Prohibiendo directamente la producción, comercialización y uso de los COP producidos de forma intencional, aquellos recogidos en el Convenio y otros tres más: clordecona, hexabromobifenilo y lindano.•	Limitando, en mayor medida que el Convenio, las restricciones o exenciones de producción, comercialización y uso.•	Estableciendo la reducción, minimización y, en la medida de lo posible, la eliminación de los COP procedentes de emisiones no intencionales, los recogidos en el Convenio y además los Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (PAHs).•	Tratando como residuos las existencias almacenadas de COP prohibidos y productos que los contengan</title>
         <author>alexander1000902677</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343609083</link>
         <description><![CDATA[]]></description>
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         <pubDate>2019-03-21 02:31:52 UTC</pubDate>
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         <title>¿CUALES SON SUS OBLIGACIONES Y EN QUE AÑO SE RACTIFICO?</title>
         <author>valentinakruso24</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343736369</link>
         <description><![CDATA[<div> fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y cobro vigencia el 22 de marzo de 1989, regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y su eliminación, definiendo obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición final, aplicando el procedimiento del “consentimiento fundamentado previo” (es decir, los envíos efectuados sin consentimiento son considerados ilícitos, salvo que exista un acuerdo especial.)<br><br>http://www.marn.gob.gt/s/convenio-basilea<br><br></div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-21 12:27:14 UTC</pubDate>
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      </item>
      <item>
         <title>DESECHOS CONSIDERADOS COMO DESECHO PELIGROSO</title>
         <author>valentinakruso24</author>
         <link>https://padlet.com/valentinakruso24/10qmli7fmr0g/wish/343742578</link>
         <description><![CDATA[<div>Algunos de los desechos regulados por el Convenio son: las baterías ácido plomo usadas (BAPU´s), Lámparas fluorescentes, Transformadores y capacitores contaminados con PCB´s (Bifenilos policlorados), Pesticidas y plaguicidas obsoletos, Desperdicios químicos, Desechos eléctricos y/o electrónicos, aceites usados contaminados, desechos biomédicos y bioinfecciosos, compuestos utilizados en la industria como fluidos modificadores de calor en transformadores y condensadores eléctricos, selladores, plasticos, entre otros.<br><br>http://www.marn.gob.gt/s/convenio-basilea</div>]]></description>
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         <pubDate>2019-03-21 12:38:30 UTC</pubDate>
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